sábado, 19 de enero de 2019

OFICIAL: “Ecclésia Dei” NO VA MÁS


RENDICIÓN DE CUENTAS: «Ché Benedicto, ya acabé con Ecclésia Dei». «Muy bien, Francisco, hiciste lo que yo no podía por el ascendiente que tengo entre los “tradis”, ha-ha-ha».
 
El pasado Jueves 17 de Enero de 2019, la Pontificia Comisión “Ecclésia Dei”, fundada mediante el Motu Próprio “Ecclésia Dei Adflícta” el 2 de Julio de 1988 por Karol Józef Wojtyła Katzorowski, en arte Juan Pablo II, para recibir y dirigir a los tradicionalistas que se indignaron contra el Arzobispo Marcel Lefebvre por las consagraciones del 29 de Junio en el marco de su operación, LLEGÓ A SU FINAL, como se venía anunciando desde semanas atrás. Y esto de la misma forma legal en que nació, y que es la favorita de Bergoglio: un Motu Próprio (traducción no oficial de Bruno de la Inmaculada para ADELANTE LA FE; original italiano aquí).
CARTA APOSTÓLICA EN FORMA DE «MOTU PROPRIO» DEL SUMO PONTÍFICE FRANCISCO ACERCA DE LA PONTIFICIA COMISIÓN “Ecclésia Dei”
  
Desde hace más de treinta años, la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, instituida con el Motu Proprio Ecclesia Dei adflicta, del 2 de julio de 1988 se ha encargado con sincera preocupación y loable desvelo de la tarea de colaborar con los obispos y con los dicasterios de la Curia Romana a fin de facilitar la plena comunión eclesial de los sacerdotes, seminaristas, comunidades y religiosos vinculados a la fraternidad fundada por monseñor Marcel Lefebvre que deseaban permanecer unidos al Sucesor de San Pedro en la Iglesia Católica manteniendo sus propias tradiciones espirituales y litúrgicas [1]
  
De ese modo, ha podido ejercer su autoridad y competencia en nombre de la Santa Sede sobre dichas sociedades y asociaciones, en tanto no se dispusiera otra cosa [2]
  
Más tarde, en virtud del motu proprio Summorum Pontificum del 7 de julio de 2007, la Pontificia Comisión amplió la autoridad de la Santa Sede sobre los mencionados institutos y comunidades religiosas, que observaban la forma extraordinaria del Rito Romano y asumido las tradiciones precedentes de la vida religiosa, velando por que se observasen y cumpliesen las disposiciones establecidas [3]
  
Dos años más tarde, mi venerado predecesor Benedicto XVI, mediante el motu proprio Ecclesiæ unitatem del 2 de julio de 2009, reorganizó la estructura de la Pontificia Comisión a fin de que se adaptara mejor a la nueva situación que había surgido con la remisión de la excomunión de los cuatro obispos consagrados sin mandato pontificio. Considerando además que después de ese acto de gracia las cuestiones tratadas por dicha comisión pontificia eran de índole primariamente doctrinal, la vinculó orgánicamente a la Congregación para la Doctrina de la Fe, conservando no obstante los fines iniciales, si bien modificando su estructura [4].
  
Ahora bien, dado que la Feria IV de la Congregación para la Doctrina de la Fe del 15 de noviembre de 2017 formuló la solicitud de que el diálogo entre la Santa Sede y la Fraternidad Sacerdotal San Pío X se llevara a cabo directamente a través de la mencionada Congregación, solicitud que aprobé in Audientia al Prefecto el día 24 del mismo mes, y que dicha propuesta fue aceptada por la Comisión Plenaria de la mencionada Congregación celebrada del 23 al 26 de enero de 2018, tras larga reflexión he llegado a la siguiente conclusión:
  • Considerando que en la actualidad no se dan las mismas circunstancias que llevaron al santo pontífice Juan Pablo II a instituir la Pontificia Comisión Ecclesia Dei;
  • Constatando que los institutos y comunidades religiosas que celebran habitualmente según la Forma Extraordinaria han encontrado una estabilidad propia de número y de vida;
  • Teniendo en cuenta que la finalidad y las cuestiones tratadas por la Pontificia Comisión Ecclesia Dei son de orden principalmente doctrinal;
  • Y deseando que dichas finalidades se hagan cada vez más patentes para la conciencia de las comunidades eclesiales,
por la presente Carta Apostólica motu proprio dada, 
  
DECIDO:
  1. Queda suprimida la Pontificia Comisión Ecclesia Dei instituida el 2 de julio de 1988 por el motu proprio Ecclesia Dei adflicta.
  2. Los cometidos de la Comisión en cuestión quedan transferidos íntegramente a la Congregación para la Doctrina de la Fe, en cuyo seno será establecida una sección especial encargada de continuar la labor de vigilancia, promoción y tutela que realizaba la suprimida Pontificia Comisión Ecclesia Dei.
  3. Las cuentas de la Pontificia Comisión se incorporan a la contabilidad ordinaria de la mencionada Congregación.
Determino además que el presente motu proprio, que debe observarse a pesar de cualquier circunstancia contraria aunque digna de particular mención, sea promulgado mediante publicación en el diario L’Osservatore Romano del 19 de enero de 2009 entrando en vigor de inmediato, y que seguidamente se incluya en el comentario oficial de la Santa Sede, Acta Apostolicæ Sedis.
  
Dado en Roma, junto a San Pedro, el 17 de enero de 2019, VI de nuestro pontificado.
 
FRANCISCO
   
NOTAS
[1] Cf. Juan Pablo II, Carta Apostólica ‘Motu proprio’ Ecclésia Dei adflícta, 2 de Julio 1988, AAS LXXX (1988), 12 (15 de Noviembre de 1988), 1495-1498, 6a.
[2] Cf. Rescríptum ex Audiéntia Sanctíssimi, 18 de Octubre de 1988, AAS LXXXII (1990), 5 (3 de Mayo de 1990), 533-534, 6.
[3] Cf. Benedicto XVI, Carta Apostólica ‘Motu proprio’ Summórum Pontíficum, 7 de Julio de 2007, AAS XCIX (2007), 9 (7 de Septiembre 2007), 777-781, 12.
[4] Cf. Benedicto XVI, Carta Apostólica ‘Motu proprio’ Ecclésiæ unitátem, 2 de Julio de 2009, AAS CI (2009), 8 (7 de Agosto de 2009), 710-711, 5.
  
Es de resaltar que se dice en las consideraciones que «los institutos y comunidades religiosas que celebran habitualmente según la Forma Extraordinaria han encontrado una estabilidad propia de número y de vida», y que «la finalidad y las cuestiones tratadas por la Pontificia Comisión Ecclesia Dei son de orden principalmente doctrinal». Analicemos estos dos enunciados:
  • Es cierto que, a diferencia de sus pares Novus Ordo, las comunidades “Ecclésia Dei” están creciendo en miembros y en vocaciones, y recientemente se les ha concedido retornar a la Semana Santa pre-1955 (aunque con la modificación de la oración por los judíos del Viernes Santo). Pero no es menos cierto tampoco que su existencia misma está perseguida por Bergoglio, a quien no le tembló su senil mano para destruir a los Franciscanos de la Inmaculada, la abadía trapense de Mariawald y la Família Christi (y eventualmente hacerle visita canónica a los Heraldos del Evangelio), sin más motivo y móvil que hacerse con los bienes y reiterar que en la iglesia conciliar, el único rito que tiene cabida es el montini-bugniniano.
  • La Comisión trata de temas doctrinales (cosa que Bergoglio no entiende y le importa un soberano bledo), pero irónicamente es una institución que se quedó anquilosada como el escampadero de los indignados con las consagraciones de Mons. Lefebvre y el beligerante celo de mons. Castro-Mayer (que al mismo Vaticano le daba miedo enfrentar). De otra parte, los avances que tuvo en las negociaciones con la Fraternidad San Pío X fueron nulos excepto por el “levantamiento” de unas excomuniones INEXISTENTES ante el derecho; y la Frater prefería negociar directamente con la CDF, de la cual la comisión era un apéndice incompetente y molesto (dicho en buen romance, una situación tipo «prefiero hablar con su superior»).
Finalmente, y no nos cansaremos jamás de reiterarlo, EL PROBLEMA NO ES SOLAMENTE LA LITURGIA, EL PROBLEMA ES LA FE CATÓLICA. La del Vaticano II no es la Iglesia Católica, porque no posee su doctrina, su espiritualidad y su derecho canónico. Y litúrgicamente, el rito roncalliano de la Misa, la Semana Santa de 1955 y el salterio de Bea son creaciones imbuidas de modernismo y Nueva Teología, contrarias a la legítima Oración de la Iglesia.
  
A las comunidades surgidas en o asimiladas por la hoy difunta Ecclésia Dei, unas consideraciones finales: Vosotros sois en la Iglesia Conciliar un elemento folclórico, y Bergoglio con este Motu os ha reafirmado que sólo sois un accesorio y escampadero para lefebvristas inconformes. Ahora, esta es una oportunidad única que se os presenta, y la decisión está en vuestras manos: o permanecéis en la iglesia conciliar (bien asimilándoos por entero al Novus Ordo, o llevándoos vuestros ornamentos de puntilla y brocado, los ornamentos buenos que os quedan y el pan de oro con la Frater), o reflexionáis y volvéis a la verdadera Iglesia Católica rechazando el Vaticano II, sus falsos papas y su falsa liturgia. Aquí, en la verdadera Iglesia Católica, tendréis que recibir las Órdenes Sagradas (porque las órdenes conciliares, aún siguiendo el rito antiguo, SON NULAS al ser conferidas por obispos inválidos), pero podréis salvar vuestras almas, que es lo que realmente importa.
 
JORGE RONDÓN SANTOS
19 de Enero de 2019
Sábado de Santa María, y fiesta de San Canuto Rey de Dinamarca, y de los Santos Mario, Marta, Audifax y Ábaco, mártires.

2 comentarios:

  1. Quieres decir que no gozaban de Sacramentos válidos? Que hay de la Fraternidad de san Pedro, si es esto es así, también la fraternidad de san Pedro esta amenazada

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    1. Así es. Los obispos de la iglesia conciliar son instalados según el Pontifical de 1968, que está afectado por la misma invalidez que impone Apostólicæ Curæ a las órdenes anglicanas, y por ello no tienen sucesión apostólica que transmitir. Si acaso el bautismo era válido (si se hizo con la forma e intención), y el matrimonio es válido pero ilícito. Los demás sacramentos son inválidos y hasta sacrílegos.

      En cuanto a la FSSP, hay un artículo publicado sobre ellos en el año 2013: http://wwwmileschristi.blogspot.com/2013/07/la-agonia-de-la-fraternidad-sacerdotal.html

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