En esta nota, que tomamos de Aleteia, vemos la reacción modernista frente a que Bergoglio Sívori/Francisco I decidiera dispensar a Juan XXIII del requisito de dos milagros para su “canonización”. (Aunque en realidad, sólo lo canonizará para la iglesia conciliar, porque Juan XXIII y sus sucesores SON HEREJES ANTE LA IGLESIA CATÓLICA).
Habría bastado la noticia de que Juan Pablo II se convertía oficialmente en Santo para la Iglesia junto a Juan XXIII para que diera la vuelta al mundo suscitando el interés general, pero la particularidad de que con respecto al “Papa Bueno” el Papa Francisco haya decidido aplazar el segundo milagro necesario para la canonización ha aumentado considerablemente la curiosidad.
Se crece más el panteón conciliar: Ahora viene Juan XXIII
“Un milagro para ser beatos y dos para convertirse en santos. Esto es lo que prescribe la “tarifa” moderna de la Iglesia de Roma –dice humorísticamente el titular del Blitz quotidiano (9 de julio) – pero, para acceder a las moradas celestes, de vez en cuando se recibe una “ayudita”. Este es el caso del Papa Roncalli que será santo pronto gracias a una derogación querida por el actual Pontífice, un solo milagro probado, en su caso puede bastar. Para el periódico se trata de una elección “exquisitamente política” del Papa Francisco que se siente muy cercano a Juan XXIII, no solo por el trato humano y la capacidad de acercarse a la gente, sino también por la voluntad reformadora que animó el Papa del Concilio.
Francisco I es, para muchos, un fiel retrato de Juan XXIII (no sólo por su parecido físico, sino por el afecto que despiertan de las masas y por su afán de renovación -DEMOLICIÓN- de la Iglesia)
¿Pero cuáles son las reglas de la materia? ¿Es el caso del Papa Roncalli es una excepción en sentido estricto?
Siempre según Blitz quotidiano los dos milagros son, en verdad, una novedad relativa en la historia de la Iglesia, introducidos solo cinco siglos antes por el Papa Sixto V (1585-1590) y Urbano VIII (1623-1644), que establecen los procedimientos modernos de canonización. Durante los quince precedentes, y los respectivos Papas hechos santos, la regla de los dos milagros no valían. “Incluso –destaca la publicación- para los Pontífices desde Pedro hasta el 335, la santidad se ha reconocido automáticamente en virtud de su, digamos, difícil situación operativa. Todos los obispos de Roma, hasta Constantino, son considerados mártires y por esto Santos. La situación cambia en los siglos siguientes: en los doscientos años posteriores a Constantino los pontífices canonizados fueron unos veinte, con una media de uno cada diez años. Después no. En la Edad Media, de hecho, solo un sucesor de Pedro fue canonizado: Celestino V, el del gran rechazo, el único Papa, hasta Benedicto XVI, que dimitió. Después de tres siglos, en 1606 Pablo V canonizó a Gregorio VII; por tanto se retoma la serie al final de 1800, al final del poder temporal de la Iglesia pero, concluye Blitz quotidiano «nunca antes se había visto un “doblete” como el que, gracias a Francisco, se verá este año».
Las canonizaciones como hoy las conocemos (sus procedimientos y ceremonias), tienen una historia muy corta en la Iglesia: ¡SÓLO 500 AÑOS! (Misa de Canonización realizada en Octubre 21 de 2012)
El Post (6 de julio) recuerda que, actualmente, según la Constitución apostólica Divinius Perfectionis Magister, promulgada en 1983 por Juan Pablo II, el proceso para convertirse en santo, es decir la canonización, requiere diversas condiciones y pasos:
“El candidato debe haber muerto al menos cinco años antes, (a menos que no haya una dispensa del Papa, como hizo Benedicto XVI con Juan Pablo II), debe haber sido proclamado Siervo de Dios y después Beato, y le deben haber reconocido al menos un milagro, si murió mártir, o dos, si no ha sido martirizado”.
¿Entonces Roncalli? ¿Cómo se le puede canonizar si le “falta” un milagro? La palabra definitiva la tiene el vaticanista Andrea Tornielli que en Vatican Insider (15 de julio) explica cómo puede suceder esto según las fuentes autorizadas de Avvenire.
Artículo de Andrea Tornielli en Vatican Insider, donde explica la canonización “sui generis” de Juan XXIII. (Hacer clic para agrandar)
Si muchos recuerdan la petición de “santo súbito” que se dio durante los funerales de Juan Pablo II, pocos saben que algo parecido pasó con Juan XXIII. En el pleno de los trabajos conciliares –relata la periodista Stefania Falasca en Avvenire– el teólogo Yves Congar escribía en su diario que el cardenal belga Lèon Joseph Suenens quiso concluir su intervención sobre el esbozo “De Ecclesia” pidiendo la canonización por aclamación de Juan XXIII. “Un objetivo este –escribía Congar- que obtener enseguida”. Una petición compartida por muchos otros padres conciliares y por miles de fieles que lloraban la desaparición del pontífice de Sotto il Monte.
El hereje Yves Congar refiere en su diario que durante el Vaticano II, el cardenal Suenens propuso la canonización de Juan XXIII (que había muerto durante las sesiones del Concilio)
El pasado 5 de julio el Papa Francisco promulgó el decreto sobre el milagro por intercesión del beato Juan Pablo II y contemporáneamente aprobó los votos favorables expresados por la Sesión Ordinaria de los cardenales y de los obispos para la canonización “pro gratia” del beato Juan XXIII. “Esto quiere decir –escribe Avvenire– que el Papa Bergoglio ha acogido favorablemente las motivaciones presentadas por la Congregación de los Santos sobre la petición de la postulación de la causa de Juan XXIII, para poder proceder a su canonización incluso en ausencia de un milagro formalmente reconocido, como sucede en la práctica para llegar a la proclamación de la santidad”.
La posibilidad de proclamar la santidad también en ausencia de un milagro científica y teológicamente demostrado, confirma Avvenire, no es una novedad absoluta: se trata sobre todo de una “excepción contemplada en la práctica, que ha tenido varios precedentes”.
Recientemente, por ejemplo, se dio el caso de los Santos Mártires chinos (Agustín Zhao Rong y 119 compañeros) proclamados santos por Juan Pablo II en el 2000. “Los mártires –recuerda Avvenire-, a los que la Iglesia recuerda el 9 de julio, llegaron a la beatificación por el procedimiento regular en momentos diversos. Sus causas se unificaron y, con la firma del decreto “de signis” Juan Pablo II, los dispensaron del milagro, los inscribió directamente entre los santos el 1º de octubre del año del Gran Jubileo. Los elementos que lo llevaron a esta determinación por parte del Papa Wojtyla fueron: una indiscutible y creciente fama signorum (es decir una fama de signos y milagros) atribuida a ellos después de la beatificación y la influencia especial que su memoria había ejercitado en la perseverancia de la fe en contextos extremos y difíciles”.
En el caso de Juan XXIII las razones principales por las que proceder a la canonización son esencialmente dos: “La primera tiene que ver con la excepcional amplitud del culto litúrgico ya reconocido al beato, que, previa petición de autorización, fue concedido por la Santa Sede a distintas diócesis del mundo, de Asia a las Américas. La memoria litúrgica de Juan XXIII, oficialmente inscrita en el calendario de las Iglesias particulares, de hecho se configura como similar a la de un santo canonizado”. “A este culto –recuerda Avvenire- se une también una creciente fama de signos y milagros que acompaña en el pueblo de Dios la memoria del Papa bueno. A partir del día de su beatificación, sucedida el 3 de septiembre del 2000, de hecho llegaron a la postulación desde todas las partes del mundo, numerosas señalaciones de gracias y de favores obtenidos por intercesión del beato, a menudo acompañados de documentación médica. Cerca de unos veinte casos muy interesantes”.
La segunda motivación decisiva se le dio por el “santo súbito” de los padres del Concilio Vaticano II que, justo después de la muerte de Roncalli, “hicieron esperar su inmediata canonización incluso como acto del mismo Concilio. Ningún candidato a la canonización puede por tanto vanagloriarse actualmente de una excepcionalidad similar: un culto litúrgico difundido ya en la Iglesia Universal y una petición de canonización por aclamación expresa en un Concilio”.
Aquí se “desvelan” las principales razones que el Papa Francisco ha aprobado para considerar el procedimiento de la canonización del Beato Juan XXIII. Ningún “descuento” en la santidad.
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