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miércoles, 9 de septiembre de 2015

“FRANCIS HAS VINDICATED ME” (ENRIQUE VIII DE INGLATERRA)

Enrique VIII, el iniciador de la herejía anglicana, estará de plácemes en el Infierno ante esta noticia del Vaticano cisma:
  
FRANCISCO BERGOGLIO ABREVIÓ EL PROCESO DE NULIDAD MATRIMONIAL MEDIANTE DOS MOTU PRÓPRIOS
    
En el Aula Juan Pablo II de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, ha tenido lugar la presentación de las dos Cartas Apostólicas «Mitis Judex Dóminus Jesus» (reformatorio del Código de Derecho Canónico de 1983, para el Rito Romano) y «Mitis et miséricors Jesus» (reformatorio del Código de los Cánones de las Iglesias Orientales) en forma de Motu Próprio del Antipapa Francisco Bergoglio, sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio.
 
“En la historia, la Iglesia se propuso siempre hacer visible y eficaz la gracia salvífica de Cristo”, reiteran las dos Cartas Apostólicas que el “Obispo” de Roma encomienda “a la intercesión de la Virgen María, Madre de Misericordia, asimismo a los santos Apóstoles Pedro y Pablo”, por la «operosa ejecución del nuevo proceso matrimonial».
 
Antipapa Francisco, si bien afirma que el matrimonio es “el fundamento y el origen de la familia cristiana”, justifica sus Motus proprios afirmando que no pretende “favorecer la nulidad del matrimonio, sino la celeridad de los procesos” (MILES CHRISTI dixit: Está igual que el dictador castro-chavista de Venezuela, que dice querer dialogar con el gobierno de Colombia y al mismo tiempo ordena agresiones para los ciudadanos de esa última nación. Sostener el matrimonio, pero “bautizando” el divorcio). Cuatro son los cambios principales que introducen en ambos Códigos Canónicos deuterovaticanos:
  1. Sólo habrá una sentencia en favor de la nulidad, en lugar de las dos decisiones afirmatorias (Tribunal diocesano y Tribunal eclesiástico nacional), limitándose además la apelación ante la Penitenciaría Apostólica y la queja ante la Signatura Apostólica en el Vaticano.
  2. El proceso será célere (durará máximo un año) y gratuito (salvo algunas costas procesales, que serán moderadas).
  3. Se introduce una nueva causal: la “falta de fe que puede generar la simulación del consenso o el error que determina la voluntad”.
  4.  El Obispo diocesano es juez en su iglesia particular, y deberá constituir un tribunal, sea en la pequeñas o grandes diócesis.
 
Esto, como dijimos, es una de las cargas de profundidad que los kasperianos han lanzado para el Sínodo de la Familia en Octubre, para favorecer a los que quieren destruir el Matrimonio pero que no querían pasar por los trámites establecidos. Y si Enrique VIII viviera hoy, se ahorraría el arrogarse la Jefatura sobre la iglesia inglaterrense, pues Francisquito le concederá gustoso la nulidad.
 
Santo Tomás Moro, Mártir de la Indisolubilidad del Matrimonio Católico, RUEGA POR NOSOTROS

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