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domingo, 11 de diciembre de 2016

BARTOLOMÉ CONSTANTINOPOLITANO APOYANDO LOS AMORÍOS DE LETICIA

  
Francisco Bergoglio, hijo perfecto y discípulo fiel del Vaticano II, ha sido denunciado por varios de sus cardenales por las herejías de su documento Amóris Lætítia. Pero el pasado 5 de Diciembre, recibió un apoyo completamente inesperado: el del archicismático “Patriarca Ecuménico” Bartolomé I de Constantinopla, a quien muchos ortodoxos rechazan como liberal y modernista.
 
De hecho, Bartolomé expresó su “admiración” por el documento en una columna para L'Osservatore Romano. En dicha columna,  titulada “Dios es Amor (I Juan 4, 8)” se expresó de esta manera:
“Por supuesto, Amóris Lætítia toca el corazón del amor y la familia, igual que toca el corazón de toda persona viviente en este mundo. Es porque los temas más sensibles de la vida familiar reflejan las cuestiones vitalísimas de pertenencia y comunión. Ya sea lo concerniente a los desafíos del matrimonio y el divorcio, o incluso la sexualidad y la educación de los hijos, todas estas son piezas delicadas y preciosas del sagrado misterio que llamamos vida.
 
En los últimos meses, ha habido muchos comentarios y evaluaciones sobre este importante documento. La gente se ha preguntado cómo se ha desarrollado o defendido la doctrina específica, si las cuestiones pastorales han sido reformadas o resueltas, y si se han reforzado o mitigado reglas particulares. Sin embargo, a la luz de la inminente fiesta de la Encarnación del Señor -una época en que conmemoramos y celebramos que “la palabra divina asumió la carne humana y habitó entre nosotros” (Juan 1,14) – es importante observar que Amoris Laetitia recuerda primero y sobre todo la misericordia y la compasión de Dios, más que únicamente las reglas morales y reglamentos canónicos de los hombres.
 
Lo que sin duda ha sofocado y obstaculizado a la gente en el pasado es el temor de que un “padre celestial” de alguna manera dicta la conducta humana y prescribe la costumbre humana. La verdad es todo lo contrario, y los líderes religiosos son llamados a recordar y, a su vez, a hacer recordar que Dios es vida, amor y luz. De hecho, estos son los términos repetidamente enfatizados por el papa Francisco en su encíclica, que discierne la experiencia y los retos de la sociedad contemporánea para discernir una espiritualidad de matrimonio y familia para el mundo de hoy”.
 
¿Ridiculizando la idea de que el Padre Celestial nos dice qué hacer? ¡Vaya herejía esta, proveniente ahora de un patriarcado” tradicionalmente levantisco y anti-romano cada vez más debilitado como es Constantinopla! Dios, por el solo hecho de ser Dios, tiene derechos sobre toda creatura como está escrito: “De Yahveh es la tierra y cuanto la llena, el orbe, y todos sus habitantes” (Salmo 23, 1), y al ser Él nuestro criador y no nosotros mismos (cf. Salmo 99, 3), todos los hombres, creyentes o no, estamos vinculados por el solo hecho de ser Sus creaturas por la Ley Eterna, comprendida en el Derecho Natural y en la Revelación (a la cual debe ajustarse y someterse toda legislación positiva seglar y religiosa). Además, Dios, como Único y Legítimo Soberano, y Supremo Legislador, puede perfectamente dictaminar y prescribir las conductas y costumbres humanas tanto seglares como canónicas, y castigar a quienes se aparten y hagan apartar a otros de Sus mandatos. Y los Derechos de Dios son estos, DUÉLALE AL QUE LE DUELA:
ART. 1 Dios tiene pleno derecho sobre el hombre creado a Su Imagen y Semejanza, para que dichas criaturas le rindan homenaje de adoración, gratitud, alabanza y gloria que le son debidos.
ART. 2 Dios tiene derecho a nuestro total y absoluto sometimiento de índole personal y social a Sus Santos Mandamientos, de los cuales pedirá cuenta estricta, como Juez Supremo de todos los hombres.
ART. 3 Dios tiene derecho al total y absoluto sometimiento de nuestras leyes humanas a Su Ley Eterna, como fundamento esencial de aquéllas, sin la cual el derecho dejaría de existir.
ART. 4 Dios tiene derecho a ser reconocido por todas las naciones del mundo como Único Soberano y Supremo Juez de todos los hombres.
ART. 5 Dios tiene derecho a que los gobernantes de todas las naciones legislen y promulguen leyes que estén en perfecta armonía con la Ley Eterna.
ART. 6 Dios tiene derecho a que se respete la vida humana en todas sus formas.
ART. 7 Dios tiene derecho a que Su Santísimo Nombre no se suprima de Constitución Política alguna (mucho menos se le relegue a lo último del preámbulo, como ha sucedido en muchos lugares).
ART. 8 Dios tiene derecho a que se respeten los días festivos destinados a Su Culto Público. Ello implica que NO deben ser alterados o suprimidos por ninguna autoridad civil o eclesiástica, sea por el motivo que fuere.
ART. 9 Dios tiene derecho a que se acate y se respete a la Santa Madre Iglesia Católica y Apostólica, fundada por Su Único Hijo Jesucristo.
ART. 10 Dios tiene derecho a que se le adore en la Sagrada Eucaristía, en la que está presente con Su Cuerpo, Sangre, Alma y Divinidad
ART. 11 Dios tiene derecho a que no se desacralicen sus Templos ni se disponga de sus bienes, ni que sus Ministros sean sujetos de tributación. 
ART. 12 Dios tiene derecho a que no se enseñen doctrinas falsas que ofendan Su Divinidad. 
ART. 13 Dios tiene derecho a que se prohíba la libertad de cultos, por cuanto que Él es el Único Dios Verdadero en Tres Personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo. 
ART. 14 Dios tiene derecho a que como Fuente Suprema de toda autoridad, que sus hijos impidan la libertad para ofender Su Divina Majestad, sea de palabra, por escrito, o de cualquiera otra manera. 
ART. 15 Dios tiene derecho a que se prohíban los sacrilegios y profanaciones de sus Templos. 
ART. 16 Dios tiene derecho a que se prohíban injurias a Su Divina Majestad, así como a la Santísima Virgen y contra los santos, mediante películas blasfemas y libros heréticos
ART. 17 Dios tiene derecho a que se hagan manifestaciones públicas de adoración, reparación y desagravio por tantas ofensas recibidas. 
ART. 18 Dios tiene derecho a que sus criaturas protesten ante las autoridades contra el divorcio, matrimonio civil, unión libre, aborto, exhibición de películas blasfemas, pornografía y demás formas de corrupción que existen hoy en día o llegaren a existir en el futuro en la sociedad
ART. 19 Dios tiene derecho a que los padres de familia e instituciones educativas enseñen el Catecismo de la Doctrina Cristiana
ART. 20 Dios tiene derecho a que se mantenga la dignidad de la persona humana creada a Su Imagen y Semejanza, impidiendo la depravación mediante programas de televisión inmorales, periódicos, revistas, clonación, manipulación genética y demás actos tendientes a manipular en cualquiera de sus formas la vida humana para cualquier fin
ART. 21 Dios tiene derecho a establecer en la tierra sobre todos y sobre todo el Reinado Social de Su Hijo Jesucristo, y que por cierto ya está a las puertas
ART. 22 Dios tiene derecho a premiar a los hombres de buena voluntad que con amor cumplen Sus Mandamientos (mientras sean miembros de la Santa Iglesia Católica y Apostólica)
ART. 23 Dios tiene derecho a castigar a los hombres materialistas, inmorales, depravados, enemigos de lo bueno, amadores de los placeres, apóstatas, herejes, injustos, blasfemos, acumuladores de riqueza con el sudor del prójimo; en suma, quienes desobedecen Sus Santos Mandamientos y quienes legislan en contra de sus Leyes Divinas, fuente de todo derecho. Asimismo, Dios tiene derecho a permitir que haya en la tierra guerra, peste, enfermedades, gobiernos injustos que esclavicen, desastres, terremotos, inundaciones, maremotos, erupciones volcánicas, muertes violentas, etc. con objeto de que el hombre vuelva a Él y esté siempre preparado con santo temor cumpliendo Sus Leyes. 
ART. 24 Los hombres y todas las criaturas tienen la obligación de escuchar la voz de Dios, seguir Sus mandatos, representarle ante el mundo y contra el demonio y sus agentes, rendirle alabanza y amor, poner a Dios como Principio, Centro y Fin de todo pensamiento, palabra y obra; así como también el hacer posible los derechos de Dios.
 
Regresando a Bartolomé constantinopolitano y Francisco deuterovaticano, conviene recordar que ambos han manejado una línea de colaboración mutua e intensificada (sobre todo en el ambientalismo, el ecumenismo, la migración, y la persecución a los elementos tradicionalistas de sus iglesias): La pseudoencíclica Laudato Si’, carta de canonización vaticana del ecologismo, está inspirada en Bartolomé; y ahora Bartolomé virtualmente ha adoptado la Amóris Lætítia de Francisco (lo que posiblemente conlleve a aparezca una versión griega de la misma). Aparte, los “ortodoxos orientales” rechazan la enseñanza positiva de Nuestro Señor Jesucristo sobre el matrimonio y presumen aceptar el divorcio con segundas nupcias (aunque con un tiempo sin recibir la comunión entre el divorcio y las segundas nupcias, que se realizan con un rito distinto) por una presunta economía pastoral, al ser común entre ellos esta frase “La Ortodoxia bendice el primer matrimonio, realiza el segundo, tolera el tercero y prohíbe el cuarto”.
 
Pero ocurre algo: muchas iglesias y fieles ortodoxos parecen estar levantándose contra el modernismo ecumenista que desde el Fanar (el Vaticano ortodoxo) se pretende imponer: El Concilio Panortodoxo celebrado en la isla de Creta entre el 19 y el 26 de Junio contó con la ausencia de los patriarcados de Moscú, Georgia, Antioquía de los Greco-melquitas y Bulgaria, que rechazaron también el documento conclusivo del mismo al considerarle ecumenista, toda vez que le otorga rango eclesial a los herejes, en especial a “la para-sinagoga latina papal”, contraviniendo a los Siete Santos Concilios. Así mismo, la Unión de Clérigos y Monjes Ortodoxos de Grecia declaró que el Concilio cretense se desvió de la Doctrina Tradicional de los siete Santos Concilios e introdujo innovaciones canónicas como el matrimonio mixto. Además, afirmaron que dicho concilio no era santo porque
algunos de los documentos aprobados por éste [Concilio] contradicen las decisiones hechas en el Espíritu Santo por los Santos Apóstoles y los Santos Padres, especialmente en relación a los herejes. El Espíritu Santo no puede contradecirse a Sí mismo: ellos condenaron las herejías y anatematizaron a los herejes en los Concilios verdaderamente santos, pero en el “Concilio” de Creta ellos los confesaron como iglesias… El Concilio de Creta no lucha contra las herejías, sino que les acordó el estatus de eclesialidad”.
 
Sumado a ello, a Bartolomé y demás prelados ortodoxos participantes y simpatizantes del Concilio de Creta se les ha removido de los dípticos en varios monasterios ortodoxos por causa de ser considerados herejes modernistas e impulsores del ecumenismo de origen masónico (la masonería en la Ortodoxia se ha hecho notoria desde finales del siglo XIX). Casos ejemplares de estas remociones han sido el de un grupo de sesenta monjes del Monte Athos, dirigidos por el hieromonje Gabriel del monasterio de Koutloumosiou, que presentó una carta a los abades del Monte Athos pidiéndoles que rechazaran como falso a dicho concilio y cesaran de conmemorar al Patriarca de Constantinopla en la Divina Liturgia, aduciendo que éste había sobrepasado a todos los herejes. Y en la iglesia ortodoxa de Rumanía, los monasterios de Ouitz y Lacul Frumos cesaron de conmemorar a su Patriarca Daniel de Bucarest por causa de que éste participó y apoyó el Concilio de Creta.

Recordemos que en la ortodoxia, el Canon XV del Concilio Primero-segundo de Constantinopla ordena que los monjes deben cesar la conmemoración de un Obispo o Patriarca que se aparte de la Fe borrándolo de los Dípticos (algo similar a omitir el “una cum” en los Católicos); y que en caso de disputas se convoque un Concilio ecuménico para aclarar la situación -no un sínodo controlado por el prelado que esté en entredicho-:
“Cuanto se predica del hieromonje (sacerdote) que se separa del Obispo o del Metropólita (Arzobispo), será aplicable con mayor razón respecto al Patriarca. Acerca de si incurre en cisma cualquier hieromonje, obispo o metropólita que intenta sececionarse o apostatar de la comunion con su propio Patriarca no haciendo mención de su nombre como está ordenado y señalado en la divina Mistagogia, antes del pronunciamiento del Sínodo y del juicio contra el Patriarca, el Santo Sínodo ha decretado que esa persona sea separada de toda función sacerdotal, si él solo es hallado culpable de esta transgresión. Esas reglas, por tanto, han sido aprobadas y ordenadas en vista de aquellos que bajo el pretexto de algunas acusaciones contra sus prelados se apartan de él, creando un cisma y quebrantando la unidad de la Iglesia. Pero en el caso de aquellos que se apartan a sí mismos de la comunión con su prelado por causa de alguna herejía condenada por los Santos Sínodos o los Padres, esto es, porque el prelado enseña públicamente herejía y predica con la cabeza descubierta en la iglesia, dichas personas no sólo no están sujetas a las penas canónicas por apartarse de la comunión con el auto-llamado obispo antes de la sentencia conciliar sinodal, sino que se les considerará merecedoras de la debida honra entre los fieles Ortodoxos, porque no son sino falsos obispos y falsos maestros aquellos a quienes dichos monjes han desafiado, y no fragmentaron la unidad de la Iglesia con el cisma, sino que han celosamente buscado salvar a la Iglesia de todo cisma y división”.

¿Se puede afirmar que existe un “movimiento sedevacantista” dentro de la Iglesia Ortodoxa? No con plena seguridad, pero es una posibilidad que debe considerarse seriamente, pues muchos ortodoxos consideran a Bartolomé (y a sus antecesores Melecio IV, Atenágoras y Demetrio) como herejes modernistas y liberales... como Roncalli y todos sus sucesores (Bergoglio y los que vengan) lo son ante los Católicos tradicionales. El hecho de que Bartolomé sea borrado de los dípticos permite deducir que la Sede constantinopolitana está vacante.

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