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sábado, 11 de agosto de 2018

EL ABORTO SEGÚN LA HALAJÁ

  
Es hora que conozcamos los fundamentos doctrinales de por qué quieren imponer el aborto, y estos principios están en la Halajá, la ley consuetudinaria de los judíos en sus guetos. A ese fin, traemos de RADIO CRISTIANDAD cuatro artículos, citando su autor, fuente y fecha.
  
1. EL ABORTO DE ACUERDO A LA LEY JUDÍA (Dr. Daniel Eisenberg, Aish Latino, 24 de Mayo de 2008)   
Dado que el aborto reaparece constantemente como una cuestión política, vale la pena investigar el enfoque judío sobre el asunto. La opinión judía tradicional del aborto no encaja cómodamente en ninguno de los grandes “bandos”. Ni prohibimos completamente el aborto, ni permitimos el aborto indiscriminado.
  
Dr. David Eisenberg
  
Una mujer puede sentir que hasta que el feto nace, él es simplemente una parte más de su cuerpo, y por lo tanto, conserva el derecho de interrumpir un embarazo no deseado.
  
¿Acaso el judaísmo reconoce el derecho a elegir el aborto? ¿En qué situaciones la ley judía permite el aborto?
  
Obtener un entendimiento claro de cuándo el aborto está permitido (o incluso es requerido) y cuando está prohibido, requiere una comprensión de ciertos aspectos de la halajá (ley judía), que regulan la situación del feto.
  
La forma más fácil de conceptualizar un feto en halajá es imaginarlo como un verdadero ser humano, pero no del todo. En la mayoría de los casos, el feto es tratado como cualquier otra persona. En general, uno no puede deliberadamente dañar un feto. Y a pesar de que la ley judía responsabiliza a alguien que intencionalmente causa un aborto, las sanciones recaen incluso sobre alguien que golpea a una mujer embarazada sin intención alguna y causa un aborto.
   
Esto no quiere decir que todas las autoridades rabínicas consideran al aborto un asesinato. El hecho de que la Torá exige un resarcimiento monetario por causar un aborto es interpretado por algunos rabinos como una indicación de que el aborto no es un crimen capital y por otros como una mera indicación de que no se ejecuta a alguien por realizar un aborto, a pesar de que es un tipo de asesinato.
  
Hay incluso desacuerdo respecto de si la prohibición del aborto es bíblica o rabínica. Sin embargo, es un acuerdo universal que el feto se convertirá en un ser humano y debe haber una razón muy convincente para permitir un aborto.
  
Como norma general, en el judaísmo el aborto está permitido sólo si existe una amenaza directa para la vida de la madre por llevar el feto a término o por el parto mismo. En tales circunstancias,el bebé se considera equivalente a un rodef, un ‘perseguidor’ “que va tras la madre con la intención de matarla”. No obstante, como se explica en la Mishná, si fuera posible salvar a la madre mutilando al feto, como por ejemplo amputándole un miembro, el aborto estaría prohibido.
 
A pesar de la clasificación del feto como un perseguidor, una vez que la cabeza del bebé o la mayor parte de su cuerpo ha salido a través del canal de parto, la vida del bebé se considera igual a la de la madre, y no podemos elegir una vida por sobre otra, porque se considera como si se persiguieran el uno al otro.
   
Es importante señalar que la razón por la que la vida del feto está subordinada a la madre se debe a que el feto es la causa del peligro de muerte de la madre, ya sea directamente (por ejemplo, debido a la toxemia, placenta previa, o presentación podálica) o indirectamente (por ejemplo, la exacerbación de diabetes, enfermedades renales, o hipertensión previamente existentes). Un feto no puede ser abortado para salvar la vida de cualquier otra persona cuya vida no esté directamente amenazada por el feto, tal sería el caso si se pretendiera hacer uso de los órganos fetales para un transplante.
  
El judaísmo reconoce factores psiquiátricos, así como los físicos en la evaluación de la amenaza potencial que plantea el feto a la madre. Sin embargo, el peligro que plantea el feto (ya sea físico o emocional) debe ser tanto probable como sustancial para justificar el aborto. El grado de enfermedad mental que debe estar presente para justificar la terminación de un embarazo ha sido ampliamente debatido por las autoridades rabínicas sin un claro consenso de opinión sobre el criterio exacto para permitir el aborto en tales instancias. No obstante, todos están de acuerdo en que cuando un embarazo puede causar que una mujer se convierta en suicida, hay motivos para el aborto. Sin embargo, varias autoridades rabínicas contemporáneas dictaminaron que dado que las depresiones durante el embarazo y las de post-parto son tratables, el aborto no se justifica.
  
Como regla general, la ley judía no asigna valores relativos a diferentes vidas. Por lo tanto, casi la mayoría de los principales poskim (rabinos calificados para decidir sobre los asuntos de ley judía) prohíben el aborto en casos de malformaciones o anomalías presentes en el feto. El Rav Moshé Feinstein, uno de los más importantes poskim del siglo pasado, dictamina que incluso la amniocentesis está prohibida si se realiza para evaluar únicamente los defectos de nacimiento para que los padres puedan solicitar un aborto. Sin embargo, un examen puede realizarse si es con vistas a llevar a cabo una acción permitida, como por ejemplo una amniocentesis o un examen de niveles de alfa-fetoproteína para mejorar el tratamiento médico del peri-parto o del post-parto.
 
Si bien la mayoría de los poskim prohíben el aborto por fetos defectuosos, el Rav Eliézer Yehudá Waldenberg es una notable excepción. El Rav Waldenberg permite el aborto en el primer trimestre de un feto que nacerá con una deformidad que le ocasionara sufrimiento, y el aborto de un feto con un defecto mortal como el Síndrome de Tay-Sachs hasta el séptimo mes de gestación. Las autoridades rabínicas también discuten la permisión del aborto para madres con rubéola y de fetos con Síndrome de Down confirmado.
  
Hay desacuerdo también respecto al aborto por adulterio, o en otros casos de embarazo que son fruto de una relación bíblicamente prohibida. En casos de violación e incesto, la cuestión fundamental seria el “peaje” emocional que la madre debe pagar por llevar a término el embarazo.En los casos de violación, el Rav Shlomó Zalman Aurbach permite a la mujer utilizar métodos que interrumpen la gestación después de tener relaciones, como por ejemplo la píldora postcoital. El mismo análisis utilizado en otros casos de daño emocional se podría aplicar aquí. Con respecto a los casos de adulterio se interponen consideraciones adicionales en el debate, con sentencias que van desde la prohibición hasta considerar una mitzvá el hecho de abortar.
   
He tratado de destilar la esencia del enfoque tradicional judío sobre el aborto. No obstante, el caso de cada mujer es único y especial, y los parámetros que determinan la permisión de abortar de acuerdo a la halajá son sutiles y complejos. Es fundamental recordar que cuando uno se enfrenta a un paciente, una autoridad halájica competente debe ser consultada en todos los casos.
 
2. ¿QUÉ DICE EL JUDAÍSMO SOBRE EL ABORTO? (Federico Risacovsky - Radio JAI, 23 de Febrero de 2018)
  
Radio Jai entrevistó a dos rabinos, uno ortodoxo y otro conservador, para entender cuál es la mirada del judaísmo al respecto. ¿Existen diferencias entre ambas corrientes?
  
Uno de los debates que cobró mayor fuerza en la Argentina en los últimos días ha sido el de la despenalización del aborto. Este martes, miles de mujeres se manifestaron frente al Congreso, y luego el Gobierno del presidente Mauricio Macri aceptó que este tema sea discutido por diputados y senadores.
  
Los rabinos Ariel Groisman (ortodoxo, del Gran Templo Paso) y Adrián Herbst (conservador, de NCI Emanuel) coincidieron en que existen dos casos en los que para el judaísmo el aborto está permitido: violación y riesgo de vida para la madre.
  
Ariel Groisman y Adrián Herbst
  
Con respecto a la primera situación, Groisman explicó que “el aborto está permitido hasta los 40 días de concepción”, aunque admitió que hay opiniones de sabios judíos que en estos casos aceptan que el aborto se realice “hasta los 3 meses”.
  
Asimismo, el referente del Gran Templo Paso aclaró que “siempre se puede abortar cuando la vida de la madre corre riesgo, incluso un minuto antes del nacimiento”.
  
Por su parte, Herbst hizo hincapié en la afección de la salud física y la psíquica de la madre y señaló que “en estos casos la vida de la madre está por encima de la del feto”. Sin embargo, uno de los problemas aquí es que la salud física es más fácil de definir, pero el concepto de salud mental es más complejo de encuadrar.
  
La santidad de la vida
“El tema del aborto es muy complejo, yo no creo que ninguna mujer quiera abortar”, señaló Groisman, quien citó el versículo 9.6 del génesis para hacer referencia a la prohibición del aborto, el cual dice que “aquel que derramare sangre de una persona dentro de otra persona, su sangre será derramada porque con la imagen y semejanza Dios creó al ser humano”. “Todos, judíos y no judíos, tienen prohibido el aborto bajo la ley de la Torá”, sentenció.
   
“Es muy importante conocer el valor de la santidad de la vida como un concepto amplio, no solo desde un punto de vista biológico, sino también sagrado, cada vida tiene un alma, y si uno aborta corta una energía espiritual”, explicó Groisman.
  
“La ley judía es bastante clara respecto al aborto”, aseguró el rabino de NCI Emanuel.
  
Dilemas y valores en conflicto
A su vez, Herbst señaló que “la tradición judía diferencia el concepto de ‘problema’ del de ‘dilema’”. Un “problema” es una situación conflictiva que tiene una (o varias) resolución claramente imaginable y visible. Un “dilema”, en cambio, es una situación conflictiva que no tiene una resolución claramente imaginable y visible. “En esta situación, dos valores importantes para nosotros entran en conflicto entre sí”, aseguró Herbst. Por eso, se presenta el dilema entre dos valores muy importantes: por un lado, el valor del derecho y la santidad de la vida; y por el otro lado, el valor del derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo y su vida.
  
El rabino de NCI Emanuel explicó: “A priori la ley judía no permite el aborto, pero a posteriori hay casos en los cuales un tribunal rabínico lo puede autorizar. Si una mujer se presenta ante mí y me dice ‘Quiero abortar’, mi obligación como rabino es contestarle que eso no está permitido, pero le pido que se siente y me cuente su situación, ya que luego de escuchar el caso y hacer las consultas pertinentes a otras autoridades rabínicas y a profesionales de otras áreas (médicos, psicólogos, asistentes sociales, etc.) puede ser que se le autorice la realización del aborto”.
  
El rol del Estado y de la sociedad civil
“Es muy importante que las organizaciones civiles y gubernamentales se ocupen de este tema. Habiendo tantas parejas que no pueden tener hijos, bien se podría hacer una conexión entre aquellas mujeres que quieren abortar y las parejas que desean tener hijos y no pueden hacerlo para acelerar el proceso de adopción”, propuso Groisman. De hecho, resaltó que “la Torá exalta a aquellos que adoptan a un Ser Humano y considera que le está salvando la vida”.
  
“El judaísmo es muy sabio, tiene miles de años de experiencia, y su voz puede ser muy útil para el debate público, ya que el aborto es un tema filosófico”, concluyó Herbst.
  
3. ¿CUÁL ES LA OPINIÓN DE LA TORÁ ACERCA DEL ABORTO? (Rabino Tzvi Freeman, CHABAD.ORG, sin fecha).
  
Rabino Tzvi Freeman
 
Pregunta: ¿Qué dice la Biblia acerca del aborto? ¿La vida de un niño vale menos que la de un adulto? ¿La vida comienza con el nacimiento o con la concepción?
  
Respuesta: El judaísmo contiene mucha más sabiduría que la que usted puede leer en la Biblia. Hay una tradición muy rica que nos dice cómo entender la Biblia y cómo aplicarla. Esa tradición ha sido transmitida de maestros a discípulos en una cadena inquebrantable desde Moisés. Eventualmente, mucha de ella fue escrita en la Mishná y el Talmud, junto con muchas discusiones y decretos que fueron basados en esas enseñanzas tradicionales.
 
Por ejemplo, la Biblia nos dice: “No matarás”. ¿Pero qué quiere decir? ¿Qué ocurre si alguien trata de matar a otros? ¿Qué ocurre si quiere matarme?
  
Nuestra tradición nos dice que la Biblia no habla de tales casos. Si alguien está por matarlo, o a alguna otra persona inocente, usted necesita proteger esas vidas inocentes, aun si esto significa matar al asesino.
  
Esto también se aplica al aborto. Un feto es una vida potencial, por lo que no tenemos permitido matar a un feto. Sin embargo, si el feto pone en peligro la vida de la madre y la única manera de proteger a la madre es tomando la vida del feto, entonces debemos hacerlo.
  
No obstante esto es sólo mientras el feto es una vida en potencia. Una vez que la cabeza del bebé emergió, se ha convertido en un ser humano completo con el mismo estatus que la madre. Aun a pesar que la madre tiene una familia que cuidar y es considerada viable y valiosa, consideramos esto como un tema de una vida contra otra. En ese punto, no podemos dar precedencia a ninguna vida. La vida de acuerdo a nuestra tradición, no es algo a lo que se pueden aplicar valores relativos.
 
Hay mucha literatura acerca de este tópico. Y como en todas las áreas complejas de halajá (ley judía), cada caso necesita ser evaluado por un rabino —quien cuando sea necesario consultará con profesionales médicos y/o rabinos que son expertos en ese campo legal en particular.
 
4. RABINO DE LA PONTIFICIA ACADEMIA PARA LA VIDA JUSTIFICA EL ABORTO POR VIOLACIÓN Y ENFERMEDAD IRREVERSIBLE DEL FETO (Redacción de InfoCatólica, 12 de Febrero de 2018)
El Rabino Fernando Szlajen, doctor de Filosofía y miembro ordinario de la Pontificia Academia para la Vida, escribió la semana pasada el artículo «Aborto a demanda: el crimen como derecho» en el que aunque dice rechazar el aborto, lo acaba justificando en casos de violación y enfermedad irreversible mortal del no nacido.
  
Rabino Fernando “Fishel” Szlajen
  
El artículo fue publicado en InfoBae. Aunque reconoce «que la propia Biblia reconoce la vida humana desde la concepción (en hebreo miShaat Pekidá)» y advierte que «‘el derecho a decidir sobre el propio cuerpo’ manipula y oculta intencionalmente la realidad por no tratarse de una cuestión corpórea del sujeto para consigo mismo, sino primordialmente de dos vidas humanas distintas; de la relación entre un ser humano y su prójimo, donde natural y transitoriamente una se encuentra dentro de otra», luego afirma:
En un solo caso la Biblia exige abortar, cuando la vida del conceptus amenace inexorablemente la de su madre, resolviendo que mientras no haya nacido se prioriza la vida de la mujer por ser primera. Dicho caso, tipificado bajo la ley de rodef, ‘persecutor’, preceptúa matar a quien amenace cierta y efectivamente la vida de otro, aun cuando no sea consciente de ello.
 
En casos de anencefalia, irreversibles patologías degenerativas o terminales donde el conceptus morirá indefectiblemente, tipificadas como tzórej gadol, ‘gran necesidad’, por la pérdida, el asedio y la opresión a la persona, el aborto es permitido con severas restricciones en tiempo y forma. Similares criterios se aplican a la mujer embarazada por violación, encontrándose en serio riesgo psicofísico. No obstante, estos casos son cuantitativamente insignificantes respecto de los 56 millones de abortos inducidos anuales en el mundo cuya mayoría son embarazos no deseados por ser conflictivos respecto de los intereses personales, familiares o sociales y hasta por control de natalidad, reales motivos de la actual petición por la despenalización del aborto a demanda.
  
CONCLUSIÓN
Así las cosas, vemos que los judíos están en discrepancias entre sí, lo que confirma que la vida de los niños por nacer, depende de la decisión de los Rabinos que actúan como jueces en cada caso. Mientras que la Religión Única y Verdadera, que es el Catolicismo preconciliar, es claro al condenar tajante y gravemente esta práctica, invóquese la causal que sea:
“Los que procuran el aborto, sin exceptuar a la madre, incurren, si se sigue el efecto, en excomunión latæ senténtiæ reservada al ordinario, y si son clérigos deben además ser depuestos”. (Código Pío-Benedictino de Derecho Canónico, Canon 2350 §1).
Sobra preguntarles a los judíos, atendiendo que dicen estar todavía esperando a su mesías…, con dejar el aborto a discrecionalidad, ¿no hay riesgo de matarlo antes de nacer? ¿Qué pasó con lo de considerar bajo maldición a las mujeres infértiles, justamente porque no serían lo que toda mujer judía deseaba ser: la madre de su mesías? ¡Acabáramos de enterarnos! Para los señores del gueto, el mesías no un Hombre-Dios como lo dicen los cristianos, sino un hombre como cualquiera (sobresaliente sí, pero puro hombre):
“El concepto judío del Mesías es aquél que está claramente explicado por los profetas de la Biblia. Él es un líder de los judíos, fuerte en sabiduría, poder y espíritu. Él es el que va a traer completa redención espiritual y física al pueblo judío. Junto con esto, traerá paz eterna, amor, prosperidad y perfección moral al mundo entero. El Mesías judío es realmente un ser humano en origen. Él nace de padres humanos ordinarios y es de carne y hueso como todos los mortales.” (Rabino Aryeh Moshe Eliyahu Kaplan Lackman, ¿El mesías verdadero? Una respuesta judía a los misioneros -fragmento-. Torá.org.ar)
 
En una palabra, están describiendo al anticristo, como lo define la tradición cristiana (un hombre concebido como los demás, que será reconocido como líder de los judíos y traerá una paz al mundo), y por ende se puede prever con qué facilidad serán engañados, ellos y todos los contaminados y corrompidos por sus ideas, ya que rechazaron al verdadero Mesías, Jesús el Cristo.
  
Y otra vez, todo encaja…

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