Si pensabas que la plandemia del coronavirus wuhanense frenaría la praxis ecumenista de la iglesia conciliar, esta noticia te mostrará lo contrario.
La diócesis estadounidense de Kansas City-Saint Joseph, en el número 7 de su Boletín Pastoral, Volumen LXIV (Julio - Agosto), publicó los siguientes avisos en su acápite correspondiente a la Oficina de Relaciones Ecuménicas e Interreligiosas, dirigida por la señora Teresa R. Albright:
[…]
2) ASISTENCIA A SERVICIOS VIRTUALES
La pandemia Covid-19 ha abierto las puertas virtuales a lugares de culto que de otra forma no podríamos sentirnos cómodos de asistir en persona. Para crecer en el respeto y entendimiento mutuo, considera “asistir” a los siguientes servicios.
► Servicio matinal de Shabbat en B’nai Jehudah en Overland Park, Kansas – Sábados, 10:30 a.m.
► Servicio dominical en la 2ª Iglesia Presbiteriana en Kansas City – Domingos, 9:45 a.m.
► Culto en la Iglesia de la Resurrección – Sábados, 5:00 p.m.; Domingos, 7:30 a.m., 9:15 a.m., 11:00 a.m. y 5:00 p.m.
► Oraciones matinales en la Catedral de la Gracia y Santísima Trinidad a las 10:15 a.m.
► Servicio dominical en la Capilla Unity Village en Lee’s Summit – Domingos, 10:30 a.m.
► Culto 24/7 en la Casa Internacional de Oración de Kansas City.
3) CALENDARIO INTERRELIGIOSO 2020
La Oficina de Relaciones Ecuménicas e Interreligiosas ha preparado un Calendario Religioso para el 2020. Click aquí para verlo.
► El Día del Pionero en la Comunidad de Cristo (anteriormente Iglesia Reorganizada de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días) es el 24 de Julio de 2020.
► El Tish’a B’av en el judaísmo es el 30 de Julio de 2020.
► El Eid al Adha en el islam es el 31 de Julio de 2020.
► La Transfiguración del Señor en la Cristiandad Ortodoxa Oriental es el 6 de Agosto de 2020.
► La Dormición de la Madre de Dios en la Cristiandad Ortodoxa Oriental es el 15 de Agosto de 2020.
Cabe resaltar que estas “asistencias” a los servicios de las otras religiones (ofrecidas como un sustituto del servicio novusordiano) tienen sanción oficial, porque fueron publicadas en el boletín diocesano y cuentan con la firma del canonista Kenneth A. Riley, Vicario General y Canciller diocesano de Kansas City-Saint Joseph, por mandato del ordinario local, James Vann Johnston Jr.
Contra el ecumenismo falso, el “diálogo interreligioso” (más correctamente IDOLATRÍA o FORNICACIÓN ESPIRITUAL) están las Sagradas Escrituras, donde Dios mismo ordena a sus fieles apartarse de la adoración falsa:
Y el Magisterio tradicional y legítimo:
James Vann Johnston Jr.
Contra el ecumenismo falso, el “diálogo interreligioso” (más correctamente IDOLATRÍA o FORNICACIÓN ESPIRITUAL) están las Sagradas Escrituras, donde Dios mismo ordena a sus fieles apartarse de la adoración falsa:
«Yo soy Yahveh, tu Dios, que te saqué de Egipto, de la casa de la esclavitud. No tendrás otros dioses delante de mí». (Éxodo 20, 2-3)
«Guárdate de contraer jamás amistad con los habitantes de aquella tierra, lo que ocasionaría tu ruina, antes bien destruye sus altares, rompe sus estatuas, y arrasa los bosquetes consagrados a sus ídolos. No quieras adorar a un dios extranjero. Yahveh tiene por nombre Celoso. Dios quiere ser amado Él solo. No hagas liga con los habitantes de aquellos países: no sea que después de haberse corrompido con sus dioses, y adorado sus estatuas o simulacros, alguno te convide a comer de las víctimas sacrificadas. Ni desposarás a tus hijos con las hijas de ellos, no suceda que después de haber idolatrado ellas, induzcan también a tus hijos a corromperse con la idolatría». (Éxodo 34, 12-16)
«No podéis beber el cáliz del Señor y el cáliz de los demonios: no se puede participar de la mesa del Señor, y de la mesa de los demonios». (1 Corintios 10, 21)
«No querais unciros en yugo con los infieles. Porque ¿qué tienen que ver la santidad o la justicia con la iniquidad? ¿Y qué compañía puede haber entre la luz y las tinieblas? ¿O qué concordia entre Cristo y Belial? ¿O qué parte tienen el fiel y el infiel? ¿O qué consonancia entre el Templo de Dios y los ídolos? Porque vosotros sois templo de Dios vivo, segun aquello que dice Dios: “Habitare dentro de ellos, y en medio de ellos andaré, y Yo seré su Dios, y ellos serán mi pueblo. Por lo cual salid vosotros de entre tales gentes, y separaos de ellas, dice el Señor, y no tengais contacto con la inmundicia o idolatría, y Yo os acogeré, y seré yo vuestro padre, y vosotros sereis mis hijos y mis hijas, dice el Señor todopoderoso”». (2 Corintios 6, 14-18)
«Y oí otra voz del Cielo, que decía: Los que sois del pueblo mio, escapad de ella [de Babilonia], para no ser participantes de sus delitos, ni quedar heridos de sus plagas. Porque sus pecados han llegado hasta el cielo, y Dios se ha acordado de sus maldades». (Apocalipsis 18, 4-5)
Y el Magisterio tradicional y legítimo:
- «Nadie puede orar en común con los herejes y cismáticos […] No está permitido a los herejes entrar en la casa de Dios, mientras ellos continúan en la herejía». (Concilio de Laodicea, can. 6, año 367)
- «No hay que rezar ni cantar salmos con los herejes, y todo el que se comunica con aquellos que están separados de la comunión de la Iglesia, ya sea clérigo o laico, que sea excomulgado». (Concilio de Cartago, años 397 y 419)
- «El que ora con herejes es un hereje». (San Agatón)
- «Si algún eclesiástico o laico, va a la sinagoga de los judíos, o la casa de reunión de los herejes para unirse en oración con ellos, que sean depuestos y privados de la comunión. Si algún obispo o un sacerdote o diácono se unen en oración con herejes, que sea suspendido de la comunión». (Concilio III de Constantinopla, año 680)
- «Se preguntó si un sacerdote del Líbano podía durante la Misa mencionar al Patriarca de los Armenios (que es cismático), con la intención de orar por él. La petición para esta concesión se formuló con carácter urgente en orden de atraer a las gentes a una gran amistad con los Latinos. La Sagrada Congregación respondió que eso NO SE DEBE HACER, y que debería ser firmemente prohibido». (Suprema Congregación del Santo Oficio, Acta del 7 de Junio de 1673)
- «Lejos, sin embargo, de los hijos de la Iglesia Católica ser jamás en modo alguno enemigos de los que no nos están unidos por los vínculos de la misma fe y caridad; al contrario, si aquellos son pobres o están enfermos o afligidos por cualesquiera otras miserias, esfuércense más bien en cumplir con ellos todos los deberes de la caridad cristiana y en ayudarlos siempre y, ante todo, pongan empeño por sacarlos de las tinieblas del error en que míseramente yacen y reducirlos a la verdad católica y a la madre amantísima, la Iglesia, que no cesa nunca de tenderles sus manos maternas y llamarlos nuevamente a su seno, a fin de que, fundados y firmes en la fe, esperanza y caridad y fructificando en toda obra buena (Col. 1, 10), consigan la eterna salvación». (Pío IX, Encíclica Quánto conficiámur, Nº 8, 1863)
- «Ahora bien, la doctrina católica nos enseña que el primer deber de la caridad no está en la tolerancia de las opiniones erróneas, por muy sinceras que sean, ni en la indiferencia teórica o práctica ante el error o el vicio en que vemos caídos a nuestros hermanos, sino en el celo por su mejoramiento intelectual y moral no menos que en el celo por su bienestar material. Esta misma doctrina católica nos enseña también que la fuente del amor al prójimo se halla en el amor de Dios, Padre común y fin común de toda la familia humana, y en el amor de Jesucristo. [...] Nos preguntamos, venerables hermanos, en qué ha quedado convertido el catolicismo de “Le Sillon”. Desgraciadamente, el que daba en otro tiempo tan bellas esperanzas, este río límpido e impetuoso, ha sido captado en su marcha por los enemigos modernos de la Iglesia y no forma ya en adelante más que un miserable afluente del gran movimiento de apostasía, organizado en todos los países, para el establecimiento de una Iglesia universal que no tendrá ni dogmas, ni jerarquía, ni regla para el espíritu ni freno para las pasiones y que, so pretexto de libertad y de dignidad humana consagraría en el mundo, si pudiera triunfar. el reino legal de la astucia y de la fuerza y la opresión de los débiles, de los que sufren y trabajan». (San Pío X, Encíclica Notre Chargue Apostolique, 1910)
- «Es ilegal para los fieles ayudar de cualquier manera activa,o participar en los servicios sagrados de los no católicos». (Código Pío-Benedictino de Derecho Canónico, can. 1258, par. 1)
- «Una persona que por su propia voluntad y a sabiendas ayuda de cualquier forma a propagar la herejía, o que se comunica en los ritos sagrados con los herejes en violación de la prohibición del Canon 1258, es sospechoso de herejía». (Código Pío-Benedictino de Derecho Canónico, can. 2316)
- «Siendo todo esto así, claramente se ve que ni la Sede Apostólica puede en manera alguna tener parte en dichos Congresos [interreligiosos], ni de ningún modo pueden los católicos favorecer ni cooperar a semejantes intentos; y si lo hiciesen, darían autoridad a una falsa religión cristiana, totalmente ajena a la única y verdadera Iglesia de Cristo». (Pío XI, Encíclica Mortálium Ánimos, Nº 10, 1928)
- «Y más: que a nadie, so pretexto de alimentar la concordia, es lícito disimular un dogma al menos; como en efecto, nos advierte el patriarca [San Cirilo] de Alejandria: “desear la paz es el mayor y principal bien... mas por este motivo no se puede despreciar la virtud de piedad para con Cristo”. Por lo que, no conduce al suspirado retorno de los hijos errantes a la fe legítima y recta en Cristo, aquel camino y método que propone apenas los puntos de doctrina en que concuerdan todas –o por lo menos la mayor parte de– las comunidades que ostentan el nombre cristiano; sino aquel que pone como fundamento de la concordia y consenso de los fieles cristianos en la totalidad e integridad de las verdades divinamente reveladas». (Pío XII, Encíclica Orientális Ecclésiæ, Nº 8, 1944)
- «Toda vez que no es raro tanto dentro como fuera de los supradichos congresos [“ecuménicos”] tener lugar actos de adoración mixta, una vez más se advierte a todos que cualquiera communicátio in sacris está totalmente prohibido de acuerdo a las normas de los Cánones 1258 y 731, § 2, y que debería ser firmemente prohibido». (Suprema Congregación del Santo Oficio, Advertencia del 5 de Junio de 1948)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Preferiblemente, los comentarios (y sus respuestas) deben guardar relación al contenido del artículo. De otro modo, su publicación dependerá de la pertinencia del contenido. La blasfemia está estrictamente prohibida. La administración del blog se reserva el derecho de publicación (sin que necesariamente signifique adhesión a su contenido), y renuncia expresa e irrevocablemente a TODA responsabilidad (civil, penal, administrativa, canónica, etc.) por comentarios que no sean de su autoría.