Páginas

miércoles, 12 de octubre de 2022

EL VERDADERO CONCEPTO DE LA TRADICIÓN, SEGÚN Mons. FRANCESCO SPADAFORA

Traducción del artículo publicado en RADIO SPADA.
  
Tradítio legis (Mosaico del baptisterio de San Juan en la fuente, Nápoles).
   
Trádidi vobis quod et accépi”, dice San Pablo escribiendo a los Corintios (1.ª Cor. I, 2). Pero, ¿qué es aquella Tradición que es significada en estas palabras? Porque actualmente su noción, por causa de los errores del Vaticano II, es tan poco conocida, tratemos de entenderla por la explicación de Mons. Francesco Spadafora (1913-1997), famoso Ordinario de Exégesis en la Lateranense, entre los miembros de aquella escuela teológica romana que buscó oponerse al neomodernismo. 
  
El depósitum fídei. «¡Oh Timoteo!, guarda el depósito de la fe que te he entregado, evitando las novedades profanas en las expresiones o voces, y las contradicciones de la ciencia que falsamente se llama tal, ciencia vana que profesándola algunos vinieron a perder la fe». 1.ª Tim. 6, 20 s.
  
El depósito es toda la doctrina y los preceptos del Divino Maestro que Timoteo y, en general, los ministros de la Iglesia deben custodiar intacta, sin alteración (Alberto Vaccari SJ).
  
Y más: «Estoy cierto de que Él (Dios) es poderoso para conservar mi depósito (el conjunto de las verdades reveladas, según todos los Padres griegos) hasta aquel día (del encuentro con Cristo – juicio particular). Como norma de sanas doctrinas ten las que has recibido de mí, con la fe y caridad en Cristo Jesús. Guarda el buen depósito con la virtud del Espíritu Santo, que habita en nosotros» (2.ª Tim. 1, 12-14). (P. Alexis Médebielle, en Dictionnaire de la Bible. Supplément, tomo II, 374 ss. – Ceslas Spicq OP, Les Epîtres Pastorales, Tomo II, J. Gabalda, París 1969, 4.ª ed., pág. 719 s.; Justo Collantes SJ, Cartas Pastorales, en La Sagrada Escritura, Nuevo Testamento, II, BAC 211, Madrid 1962, pág. 1042).
  
«El buen depósito, el precioso depósito, es sin duda la totalidad de la doctrina revelada, transmitida por San Pablo. Precioso porque es en realidad un tesoro inestimable. La fuerza para conservarlo intacto se tiene por el Espíritu Santo, dada a Timoteo en su ordenación (2.ª Tim. 1, 6 s.) y que permanece perennemente en él» (Justo Collantes).
  
En este conjunto de verdades, que Jesucristo Nuestro Señor confió a sus Apóstoles, se basa el Concilio de Trento en su formulación clarísima.
«Sacrosáncta … Tridentína Sýnodus … hoc sibi perpétuo ante óculos propónens, ut, sublátis erróribus, púritas ipsa Evangélii in Ecclésia conservétur: quod promíssum ante per prophétas in Scriptúris sanctis, Dóminus noster Jesus Christus, Dei Fílius, próprio ore primum promulgávit, deínde per suos Apóstolos, tamquam fontem omnis et salutáris veritátis et morum disciplínæ, omni creatúræ prædicári jussit: perspiciénsque hanc veritátem et disciplínam continéri in libris scriptis et sine scripto traditiónibus, quæ ab ípsius Christi ore ab Apóstolis accéptæ, aut ab ipsis Apóstolis Spíritu Sancto dictánte, quasi per manus tráditæ, ad nos usque pervenérunt: orthodoxórum Patrum exémpla secúta, omnes libros tam Véteris quam Novi Testaménti nec non traditiónes ipsas, tum ad fidem, tum ad mores pertinéntes, tamquam vel ore tenus a Christo, vel a Spíritu Sancto dictátas, et contínua successióne in Ecclésia cathólica conservátas, pari pietátis afféctu ac reveréntia súscipit ac venerátur» [1] (Sesión IV, 8 de Abril de 1546; Denz. 783-784).
La tradición apostólica (sine scripto traditiónes) es pues el conjunto de las verdades reveladas que Jesús transmitió inmediatamente a sus Apóstoles, y que fue completado por las revelaciones “dictadas” a los mismos por el Espíritu Santo. Esta es la fuente junto a la Sagrada Escritura, de toda verdad revelada y de la moral.
  
Tradición: verdad conservada por sucesión continua en la Iglesia Católica.
  
Para las revelaciones “dictadas” a los Apóstoles por el Espíritu Santo, ver el estudio magistral del eximio exegeta André Feuillet: «Munus doctrinále Parácliti in Ecclésia».
  
«Adhuc multa hábeo vobis dícere (es Jesús que habla, en el discurso de despedida a sus Apóstoles), sed non potéstis portáre modo, cum áutem venérit ille Spíritus veritátis, dedúcet vos in totam veritátem …» (Joann. 16, 12-15) [2]. El Espíritu de verdad os guiará por toda la verdad entera (A. Vaccari).
  
«Apóstolis –comenta André Feuillet– Paráclitus datur ad constituéndam Traditiónem apostólicam, quæ fundaméntum fídei pro tota vita Ecclésiæ usque ad finem mundi habénda est; lumen Parácliti ulterióri Ecclésiæ concéditur … ad magis mágisque investigándas divítias traditiónis apostólicæ» [3].
   
La Tradición apostólica constituye el depósitum fídei, esto es, el conjunto de verdades reveladas comunicadas por Jesús, el revelador definitivo (Hebr. 1, 1 s.), a los Apóstoles y completadas por la acción del Espíritu Santo sobre los mismos.
  
Los Apóstoles enseñaron este conjunto de verdades a los primeros fieles, y lo transmitieron fielmente a los primeros obispos (ej. Timoteo, Tito). Es lo que resulta indiscutiblemente de todas las cartas de San Pablo (cf. 1.ª Cor. 1, 17; 9, 16; 15, 1-11, etc.) hasta en las pastorales.
  
Transmitieron pues las “traditiónes”. «Tenéte traditiónes, quas didicístis, sive per sermónem sive per epístolam nostram» (2.ª Tes. 2, 15; 3, 14) [4].
  
El conjunto de las verdades reveladas era una totalidad ya completa cuando los Apóstoles comenzaron a actuar el mandato de predicar en Palestina y hasta los confines de la tierra. Por cuarenta días, entre la Resurrección y su visible Ascención al cielo, Jesús se apareció a sus Apóstoles, con el doble objetivo (expresamente revelado por San Lucas): «confirmar su fe en la Resurrección, esta prueba suprema del Cristianismo, y completar su instrucción» (Jules Renié, Actes des Apôtres, en La Sainte Bible, Pirot-Clamer, tomo XI, 1. París 1949, pág. 37): «hablándoles del reino de Dios» (Act. 1, 13). «Es normal que los últimos coloquios de Nuestro Señor con los Apóstoles hayan concernido a la constitución del reino de Dios, la Iglesia».
   
Los escritos ocasionales de los Apóstoles y de los otros autores inspirados vendrán a continuación y no enmudecerán el mandato de Jesús, la constitución de la Iglesia.
  
La tradición apostólica no es solamente una fuente de transmisión de las mismas verdades reveladas atestiguadas por la Sagrada Escritura, y mucho menos solo una fuente de luz para la recta interpretación de las revelaciones contenidas en los Libros Sacros; sino que es fuente o canal también de distintas verdades teóricas o prácticas, derivantes también por Jesucristo o por el Espíritu Santo, por medio del ministerio apostólico. Se tiene así la Tradición constitutiva. Entre estas verdades está para poner fuera de discusión a) el Canon de los Libros Sagrados, y b) su interpretación que se extiende a todas y cada una de sus partes.
  
Es a la Sagrada Jerarquía, el Magisterio, que Jesucristo ha confiado la custodia del depósitum fídei, garantizando al mismo tiempo la fidelidad y la interpretación infalibile. Según el testimonio de San Agustín: «Ego vero Evangélio non credérem, nisi a me cathólicæ Ecclésiæ commóveret auctóritas» (Contra la Epístola de Manés, 5: Patrología Latína 42, 176).
  
Si los Protestantes admitiesen cuanto en realidad es bastante claramente revelado en la Sagrada Escritura (Joann. 14, 16), esto es, la ayuda indefectible prometida por Jesucristo a su Iglesia, a fin de volverla idónea para ilustrar e interpretar rectamente el depósito de la revelación, dejando el erróneo e infundado principio de la sola Scriptúra, acabarían con aceptar sin dificultad alguna todos los dogmas, sin exceptuar los marianos. En cambio, hasta cuando no reconocerán el Magisterio, y no retendrán la Tradición como otra fuente constitutiva de la revelación, no aceptarán nunca los recientes dogmas marianos y será ilusorio el esperar que sean inducidos a esto con nuestras denominadas demostraciones científicas.
  
Salaverri (Theología Fundamentális, pág. 756 ss.) precisa:
  1. Divína Apostolórum tradítio est primárius revelatiónis fons: 
  2. Tradítio ut revelatiónis fons, antiquitáte, plenitúdine et sufficiénza, ipsam sacram Scriptúram antecéllit. [5]
  
Se trata de doctrina implícite definitíva en los Concilios Tridentino y Vaticano I (D. 783, 1787) o al menos theológice certa, esto es, deducida con certeza por las definiciones de los mismos Concilios (D. 786, 1788).
  
[…] [En la formulación de la Dei Verbum [6]], la doctrina católica era mortificada: mortificada sin motivo … Para proponer al respecto la doctrina católica, conviene retornar al esquema dispuesto por la Comisión preparatoria e inconsultamente archivada por el Concilio Vaticano II. La formulación era clarísima y perfecta: «Sacra Scriptúra non est únicus fons Revelatiónis quæ continétur in depósito fídei. Nom præter divínam Traditiónem, qua Sacra Scriptúra interpretátur (tradición interpretativa), habétur Tradítio divína veritátum quæ in sacra Scriptúra non continéntur (Tradición constitutiva)” [7].
 
Mons. FRANCESCO SPADAFORA, La Tradizione contro il Concilio (La Tradición contra el Concilio), Volpe Editore, Roma, 1989, págs. 50-58.
  
NOTAS
[1] «El sacrosanto … Concilio de Trento, legítimamente reunido en el Espíritu Santo, bajo la presidencia de los tres mismos Legados de la Sede Apostólica, poniéndose perpetuamente ante sus ojos que, quitados los errores, se conserve en la Iglesia la pureza misma del Evangelio que, prometido antes por obra de los profetas en las Escrituras Santas, promulgó primero por su propia boca Nuestro Señor Jesucristo, Hijo de Dios y mandó luego que fuera predicado por ministerio de sus Apóstoles a toda criatura [Mt. 28, 19 s; Mc. 16, 15] como fuente de toda saludable verdad y de toda disciplina de costumbres; y viendo perfectamente que esta verdad y disciplina se contiene en los libros escritos y las tradiciones no escritas que, transmitidas como de mano en mano, han llegado hasta nosotros desde los apóstoles, quienes las recibieron o bien de labios del mismo Cristo, o bien por inspiración del Espíritu Santo … y también las tradiciones mismas que pertenecen ora a la fe ora a las costumbres, como oralmente por Cristo o por el Espíritu Santo dictadas y por continua sucesión conservadas en la Iglesia Católica».
[2] «Aun tengo otras muchas cosas que deciros; mas por ahora no podeis comprenderlas. Cuando empero venga el Espíritu de verdad, Él os enseñará todas la verdades necesarias para la salvacion»
[3] «A los Apóstoles les fue dado el Paráclito para constituir la Tradición Apostólica, que se debe tener por fundamento de la fe hasta el fin del mundo. La luz del Paráclito es concedida a la Iglesia en los siglos … para siempre más investigar las riquezas de la Tradición Apostólica».
[4] «Mantened las tradiciones o doctrinas que habéis aprendido, ora por medio de la predicación, ora por carta nuestra».
[5] «La divina Tradición apostólica es fuente primaria de la Revelación. La Tradición, como fuente de la Revelación, precede por antigüedad, plenitud y suficiencia a la misma Sagrada Escritura».
[6] La constitución conciliar Dei Verbum sustituyó el esquema De fóntibus revelatiónis, fruto de la teología romana, hecho rechazar por los Padres y peritos progresistas, o mejor, modernistas, con la complicidad de Juan XXIII porque reproponía el dogma católico fijado en Trento, comprendida la noción de Tradición como fue expuesta por Spadafora, en vista a los protestantes, con los que necesitaba sin embargo instaurar el diálogo ecuménico.
[7] «La Sagrada Escritura no es la única fuente de la Revelación que está contenida en el Depósito de la Fe. De hecho, más allá de la divina tradición por la que se interpreta la Sagrada Escritura, se tiene también la divina Tradición de verdades que no están contenidas en la Sagrada Escritura».

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Preferiblemente, los comentarios (y sus respuestas) deben guardar relación al contenido del artículo. De otro modo, su publicación dependerá de la pertinencia del contenido. La blasfemia está estrictamente prohibida. La administración del blog se reserva el derecho de publicación (sin que necesariamente signifique adhesión a su contenido), y renuncia expresa e irrevocablemente a TODA responsabilidad (civil, penal, administrativa, canónica, etc.) por comentarios que no sean de su autoría.