Páginas

jueves, 21 de diciembre de 2023

MOTU PRÓPRIO “Sacrórum Antístitum”

MOTU PRÓPRIO “Sacrórum Antístitum”, CON ALGUNAS NORMAS PARA RECHAZAR EL PELIGRO DEL MODERNISMO

SAN PÍO X

Venerables hermanos: Salud y bendición apostólica

El peligro del modernismo subsiste
Nos parece que a ningún Obispo se le oculta que esa clase de hombres, los modernistas, cuya personalidad fue descrita en la encíclica Pascendi dominici gregis[i], no han dejado de maquinar para perturbar la paz de la Iglesia. Tampoco han cesado de atraerse adeptos, formando un grupo clandestino; sirviéndose de ello inyectan en las venas de la sociedad cristiana el virus de su doctrina, a base de editar libros y publicar artículos anónimos o con nombres supuestos. Al releer Nuestra carta citada y considerarla atentamente, se ve con claridad que esta deliberada astucia es obra de esos hombres que en ella describíamos, enemigos tanto más temibles cuanto que están más cercanos; abusan de su ministerio para ofrecer su alimento envenenado y sorprender a los incautos, dando una falsa doctrina en la que se encierra el compendio de todos los errores.
   
Ante esta peste que se extiende por esa parcela del campo del Señor, donde deberían esperarse los frutos que más alegría tendrían que darnos, corresponde a todos los Obispos trabajar en la defensa de la fe y vigilar con suma diligencia para que la integridad del divino depósito no sufra detrimento; y a Nos corresponde en el mayor grado cumplir con el mandato de nuestro Salvador Jesucristo, que le dijo a Pedro -cuyo principado ostentamos, aunque indignos de ello: Confirma a tus hermanos. Por este motivo, es decir, para infundir nuevas fuerzas a las almas buenas, en esta batalla que estamos manteniendo, Nos ha parecido oportuno recordar literalmente las palabras y las prescripciones de Nuestro referido documento:
«Os rogamos, pues, y os instamos para que en cosa de tanta importancia no falte vuestra vigilancia, vuestra diligencia, vuestra fortaleza, ni toleréis en ello lo más mínimo. Y lo que a vosotros os pedimos y de vosotros esperamos, lo pedimos y lo esperamos de todos los pastores de almas y de los que enseñan a los jóvenes clérigos, y de modo especial lo esperamos de los maestros superiores de las Ordenes Religiosas.
   
Los estudios de filosofía y teología
I - Por lo que se refiere a los estudios, queremos y mandamos taxativamente que como fundamento de los estudios sagrados se ponga la filosofía escolástica.
   
Ciertamente que si hay alguna cosa tratada con excesivas sutilezas o enseñada superficialmente por los doctores escolásticos; si algo no concuerda con las doctrinas comprobadas posteriormente, o que incluso de algún modo no es probable, está lejos de Nuestra intención el proponer que hoy día se siga[ii]. Es importante notar que, al prescribir que se siga la filosofía escolástica. Nos referimos principalmente a la que enseñó Santo Tomás de Aquino: todo lo que Nuestro Predecesor decretó acerca de la misma, queremos que siga en vigor y, por si fuera necesario, lo repetimos y lo confirmamos, y mandamos que se observe estrictamente por todos. Los Obispos deberán, en el caso de que esto se hubiese descuidado en los Seminarios, urgir y exigir que de ahora en adelante se observe. Igual mandamos a los Superiores de las Ordenes Religiosas. A los profesores advertimos que tengan por seguro que, abandonar al de Aquino, especialmente en metafísica, da lugar a graves daños. Un pequeño error en los comienzos, dice el mismo Santo Tomás, se hace grande al final[iii].
   
Puestos así los fundamentos filosóficos, se deberá proceder a levantar con todo cuidado el edificio de la teología.
   
Estimulad con todo vuestro esfuerzo Venerables Hermanos, los estudios teológicos, para conseguir que, al salir del Seminario, los sacerdotes sepan apreciar esos estudios y los tengan como una de las ocupaciones más gratas. Nadie ignora que entre las muchas y diversas materias que se ofrecen a un espíritu ávido de la verdad, la Sagrada Teología ocupa el primer puesto; ya los sabios antiguos afirmaban que a las demás ciencias y artes les correspondía el papel de servirle, como si fueran sus esclavas[iv].
   
A esto hay que añadir que son dignos de elogio quienes ponen su esfuerzo en aportar nuevo lustre a la teología positiva -siempre con el respeto que se debe a la Tradición, a los Padres y al magisterio eclesiástico (y esto no se puede decir de todos)- con luces tomadas de la verdadera historia.
   
Ciertamente que hoy hay que tener más en cuenta que antes la teología positiva, pero sin que la teología escolástica salga perjudicada; debe llamarse la atención a los que elogien la teología positiva de tal modo que parezcan despreciar la escolástica, pues así hacen el juego a los modernistas.
   
En lo que se refiere a las ciencias profanas, basta con remitirnos a lo que sabiamente dijo Nuestro Predecesor: Trabajad con denuedo en el estudio de las cosas naturales, pues así como ahora causan admiración los ingeniosos inventos y las empresas llenas de eficacia de hoy día, más adelante serán objeto de perenne aprobación y elogio[v]. Pero todo esto sin detrimento alguno de los estudios sagrados; ya lo advierte también nuestro Predecesor, con estas serias palabras: Si se investigan con detenimiento las causas de estos errores, se advierte que consisten principalmente en que hoy, cuanto con mayor intensidad se cultivan las ciencias naturales, tanto más se marchitan las disciplinas fundamentales y superiores; algunas de ellas incluso han caído en el olvido, otras se tratan de un modo superficial e insuficiente y, lo que ya es indignante, se les arrebata el esplendor de su dignidad, manchándolas con enseñanzas perversas y con doctrinas monstruosas[vi]. Mandamos, pues, que en los Seminarios las ciencias naturales se cultiven teniendo en cuenta estos extremos.
    
Selección de profesores
II.-Es necesario tener presentes estas disposiciones Nuestras y de Nuestros Predecesores, a la hora de escoger los Superiores y los profesores de los Seminarios y de las Universidades Católicas.
    
Todo aquel que de cualquier modo estuviese tocado por el modernismo, sin ninguna consideración deberá ser apartado de los puestos de gobierno y de la enseñanza; si ya los ocupa, habrá que sustituirlo. Igual hay que hacer con quienes de modo encubierto o abiertamente alienten el modernismo, alabando a los modernistas y disculpándolos, criticando la Escolástica, los Padres y el magisterio eclesiástico, haciendo de menos a la obediencia a la potestad eclesiástica en quienquiera que la ostente; y también hay que obrar así con quienes se aficionen A las novedades en materia de historia, de arqueología o de estudios bíblicos; y con quienes dan de lado a las disciplinas sagradas, o les anteponen las profanas.
    
En esto, Venerables Hermanos, sobre todo en la elección de profesores, nunca será demasiada la vigilancia y la constancia; los discípulos saldrán a los maestros. Por estos motivos, con conciencia clara de cuál es vuestro oficio, actuad en ello con prudencia y con fortaleza.
   
Con la misma vigilancia y exigencia se deberá conocer y seleccionar a quienes deseen ser ordenados. ¡Lejos, lejos de las Sagradas Ordenes el amor a las novedades! Dios aborrece los espíritus soberbios y contumaces.
     
Nadie podrá obtener de ahora en adelante el doctorado en Teología y en Derecho Canónico, si no ha cursado antes los estudios de filosofía escolástica. Y, si lo obtiene, será inválido.

Decretamos que se extienda a todas las naciones lo que la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares determinó en 1896 con respecto a los clérigos seculares y regulares de Italia.
    
Los clérigos y sacerdotes que se inscriban en una Universidad o en un Instituto católico, no deberán estudiar en ninguna Universidad civil las disciplinas de las que ya haya cátedra en aquellos. Si en algún sitio se hubiese permitido esto, mandamos que no se vuelva a hacer.
     
Los Obispos que estén al frente de estas Universidades o Institutos, cuiden con toda diligencia de que se observe en todo momento lo que hemos mandado.
    
La prohibición de libros
III.-Igualmente los Obispos tienen la obligación de velar para que no se lean los escritos modernistas, o que tienen sabor a modernismo o le hacen propaganda; si estos escritos no están editados, deberán prohibir que se editen.
    
No se deberá permitir que los alumnos de Seminarios y Universidades tengan acceso a esta clase de libros, periódicos y revistas, pues no son menos dañinos que los contrarios a las buenas costumbres; incluso hacen más daño, porque corroen los fundamentos de la vida cristiana.
    
El mismo juicio merecen las publicaciones de algunos escritores católicos -por lo demás, bien intencionados-, que, poco formados en teología y contagiados de filosofía moderna, se dedican a armonizar esta filosofía con la fe y hasta pretenden, según dicen, que la fe saque provecho de ello. Precisamente porque estos escritos se leen sin recelo, dado el buen nombre de sus autores, es por lo que representan un mayor peligro para ir paulatinamente deslizándose hacia el modernismo.
     
En materia tan importante como ésta, Venerables Hermanos, procurad desterrar con energía todo libro pernicioso que circule en vuestras diócesis, por medio incluso de una prohibición solemne. Por más que la Apostólica Sede se esfuerce en eliminar esta clase de escritos, son ya tan abundantes, que faltan las fuerzas para localizarlos a todos. Así, puede suceder que se eche mano de la medicina cuando la enfermedad se ha contraído hace tiempo. Queremos, pues, que los Obispos cumplan con su obligación sin miedo, sin prudencia de la carne, sin escuchar clamores de protesta, con suavidad, ciertamente, pero imperturbablemente; recuerden lo que prescribía León XIII en la Constitución apostólica Officiórum ac munerum: Los Ordinarios, incluso actuando como delegados de la Apostólica Sede, deben proscribir y alejar del alcance de los fieles los libros y los escritos perjudiciales que se editen o se difundan en sus diócesis[vii]. Estas palabras conceden un derecho, pero también imponen una obligación. Nadie puede pensar que cumple con esa obligación si denuncia algún que otro libro, pero consiente que otros muchos se difundan por todas partes.
    
Y no os confiéis, Venerables Hermanos, por el hecho de que algún autor haya obtenido el Imprimátur en otra diócesis, porque puede ser falso o porque le ha podido ser concedido con ligereza o con demasiada blandura o por un exceso de confianza en el autor; cosa ésta que puede ocurrir alguna vez en las Ordenes Religiosas. Sucede que, así como no a todos conviene el mismo alimento, libros que en un lugar pueden ser inocuos, en otro lugar pueden ser perniciosos por una serie de circunstancias. Así, pues, si algún Obispo, después de asesorarse debidamente, cree conveniente prohibir en su diócesis alguno de estos libros, le concedemos sin más facultad para hacerlo, e incluso le mandamos que lo haga. Pero llévese a cabo todo esto con delicadeza, limitando la prohibición al clero, si ello bastara; los libreros católicos tienen el deber de no poner a la venta los libros prohibidos por el Obispo.
    
Ya que hemos tocado este punto, miren los Obispos que los libreros no comercien con mala mercancía por afán de lucro, pues en algunos catálogos abundan los libros modernistas elogiados profusamente. Si estos libreros se niegan a obedecer, no duden los Obispos, después de llamarles la atención, en retirarles el título de libreros católicos; y más todavía si tienen el título de libreros episcopales. Si ostentan el título de libreros pontificios, habrán de ser denunciados a la Santa Sede.
    
Por último, queremos recordar a todos lo que se dice en el artículo XXVI de la Constitución Officiórum: Todos aquellos que han obtenido permiso apostólico para leer y retener libros prohibidos, no pueden por eso leer ni retener los libros o periódicos prohibidos por el Ordinario del lugar, a no ser que en el indulto apostólico se haga constar la facultad de leer y retener libros condenados por quienquiera.
    
Los censores de oficio
IV.-Pero no basta con impedir la lectura y la venta de los libros malos, sino que es preciso también evitar su edición. Por consiguiente, los Obispos han de conceder con mucha exigencia la licencia para editar.
   
Dado que son muchas las cosas que se exigen en la Constitución Officiórum, para que el Ordinario conceda el permiso de editar, y como no es posible que el Obispo pueda hacerlo todo de por sí, en cada Diócesis deberá haber un número suficiente de censores de oficio, para examinar los libros. Recomendamos encarecidamente esta institución de los censores, y no sólo aconsejamos sino que mandamos taxativamente que se extienda a todas las diócesis. Deberá haber en todas las curias diocesanas censores de Oficio, que examinen los escritos que se vayan a editar; se deberán elegir de entre ambos cleros, que merezcan confianza por su edad, su erudición, su prudencia, que mantengan un firme equilibrio en lo que se refiere a las doctrinas que se deben aprobar y las que no se deben aprobar. A ellos se deberá encomendar el examen de los escritos que, según los artículos 41 y 42 de la Constitución citada, necesitan autorización para ser publicados; el Censor expresará su juicio por escrito. Si este juicio fuera favorable, el Obispo autorizará la publicación, con la palabra Imprimátur, que irá precedida de la expresión Nihil obstat y la firma del Censor.
       
Igual que en las demás otras, también en la Curia romana se han de instituir censores de oficio. Serán nombrados por el Maestro del Sacro Palacio, oído el Cardenal Vicario de la Urbe y con el consentimiento y la aprobación del Sumo Pontífice. Será el Maestro del Sacro Palacio quien designe el censor que deba examinar cada escrito, y también él dará la autorización de publicar -igualmente podrá hacerlo el Cardenal Vicario del Pontífice o quien haga sus veces-, siempre precedida, como queda dicho, de la fórmula de aprobación y de la firma del Censor.
    
Sólo en circunstancias extraordinarias y muy excepcionalmente, según el prudente juicio del obispo, podrá omitirse el nombre del Censor.
    
El nombre del Censor no deberá ser conocido por el autor, hasta que emita un juicio favorable, para evitarle molestias mientras está examinando el escrito o por si no autoriza la publicación.
    
Nunca se deberá nombrar censores Religiosos sin primero pedir la opinión reservada de su Superior Provincial o, si es en Roma, del Superior General; ellos darán fe de las buenas costumbres, de la ciencia y de la rectitud doctrinal de la persona designada.
    
Advertimos a los Superiores Religiosos del gravísimo deber que tienen de no permitir que ninguno de sus súbditos publique nada sin que medie la aprobación de ellos mismos o del Ordinario.
   
Por último. advertimos y declaramos que quien ostente el título de censor no podrá nunca hacerlo valer ni nunca lo ha de utilizar para refrendar sus opiniones personales.
   
Una vez dichas estas cosas en general, mandamos que en concreto se observe lo que estatuye en el artículo 42 la Constitución Officiórum con estas palabras: Está prohibido que, sin previa autorización del Ordinario, los clérigos seculares dirijan diarios o publicaciones periódicas. Si usan mal de esa autorización, se les deberá amonestar y privar de ella.
     
En cuanto a los sacerdotes que son corresponsales o colaboradores de prensa, dado que con frecuencia escriben en publicaciones tocadas con el virus del modernismo, los Obispos deben cuidar de que no traspasen los límites permitidos y, si es preciso, retírenles la autorización. Advertimos seriamente a los Superiores Religiosos que hagan lo mismo: si no hacen caso de esta advertencia, deberán intervenir los Ordinarios con autoridad delegada del Sumo Pontífice.
    
Se hará todo lo posible para que los periódicos y las revistas escritas por católicos tengan un censor. Su trabajo consistirá en leer todo lo escrito, después de publicado, Y, si encuentran algo incorrecto, deberán exigir una rápida rectificación. Esta misma facultad tendrá el Obispo, incluso contra la opinión favorable del Censor.
   
La asistencia a Congresos y Asambleas
V.-Ya hemos citado los Congresos y las Asambleas, como lugares en los que los modernistas tratan de defender y propagar públicamente su pensamiento.
    
De ahora en adelante, los Obispos no permitirán, sino por rara excepción, que se celebren asambleas de sacerdotes. Y aun en el caso de permitirlas, que sólo sea con la condición de que no se trate en ellas de asuntos que únicamente competen a los Obispos o a la Sede Apostólica; que nada se proponga o se reclame en detrimento de la potestad sagrada; que en absoluto se hable en ellas de nada que huela a modernismo, a presbiterianismo o a laicismo.
    
A estas asambleas o congresos, autorizados uno a uno por escrito y en momento adecuado, no deberá asistir ningún sacerdote de otra diócesis a quien su Obispo no se lo permita por escrito.
  
Los sacerdotes deberán siempre tener presente la seria advertencia de León XIII[viii]: La autoridad de sus Obispos ha de ser santa para los sacerdotes; tengan por cierto que, si el ministerio sacerdotal no se ejerce bajo el magisterio de los Obispos, no será ni santo, ni eficaz, ni limpio.

El Consejo de Vigilancia
VI.-¿De qué serviría, Venerables Hermanos, que diésemos órdenes y preceptos, si no se observaran puntual y decididamente? Para tener la alegría de ver que estas prescripciones se cumplen, Nos ha parecido conveniente extender a todas las diócesis lo que, ya hace años, decidieron los Obispos de la Umbría[ix]: Para arrancar los errores que se han difundido y para evitar que se sigan divulgando o que sigan surgiendo maestros de impiedad que mantengan vivos los perniciosos efectos que ha producido esta divulgación, el Santo Sínodo determina que. siguiendo el ejemplo de San Carlos Borromeo, en cada diócesis se cree un Consejo compuesto por sacerdotes de uno y otro clero, cuyo cometido sea estar atentos para ver qué nuevos errores nacen y con qué nuevas técnicas se difunden, e informar de ello al Obispo, para que. debidamente asesorado, ponga los remedios que apaguen el mal desde su mismo comienzo. a fin de que no se divulgue haciendo cada vez más daño a las almas. o que no eche raíces y crezca, lo cual sería peor.
    
Este Consejo, que queremos se llame de vigilancia, mandamos que sea creado cuanto antes en cada una de las diócesis. Las personas que de él formen parte, cumplirán con su cometido del mismo modo que hemos establecido para los censores. Cada dos meses tendrán una reunión con el Obispo; lo que en esa reunión traten o decidan será secreto.
    
Por razón de su oficio, tendrán las siguientes atribuciones: estar alerta para descubrir cualquier indicio de modernismo en los libros y en la enseñanza; determinar, con prudencia. pero con rapidez y eficacia, lo que sea preciso para conservar sano el clero y la gente joven.
    
Tengan cuidado con los vocablos de nuevo cuño, y recuerden los consejos de León XIII[x]: No se deberá tolerar en escritos católicos los modos de decir que siguiendo la corriente a las novedades malas, se burlen de la piedad de los fieles, propongan un nuevo estilo de vida cristiana, unos nuevos preceptos de la Iglesia, unas nuevas aspiraciones espirituales, una nueva vocación social del clero, una nueva civilización cristiana, y otras muchas cosas parecidas. Nada de esto se tolerará ni en los libros ni en las conferencias.
   
Las Sagradas Reliquias y las tradiciones piadosas
No se olviden de prestar atención a los libros que tratan de tradiciones piadosas locales o de las Sagradas Reliquias. No consentirán que en periódicos o revistas piadosas se hable de estos temas sin respeto o con desprecio, ni pretendiendo dar criterio, principalmente -como ocurre con frecuencia-, si se afirma que son cosas relativas o se emiten opiniones basadas en prejuicios.
   
Acerca de las Sagradas Reliquias, hay que tener en cuenta lo siguiente: si los Obispos -que son los únicos que tienen esta facultad- saben con certeza que una reliquia no es auténtica, la deben retirar del culto de los fieles; si una reliquia no tiene su «auténtica» (certificado de autenticidad), por haberse perdido en alguna revolución civil o por alguna otra causa, no se deberá proponer al culto público hasta que el Obispo no la haya debidamente reconocido. No se echará mano del argumento de prescripción o de presunción fundada sino cuando se pueda basar en la antigüedad del culto, como recomienda el Decreto de la Congregación para las Indulgencias y para las Sagradas Reliquias, del año 1896: Las reliquias antiguas se deben seguir venerando como siempre, a no ser que en un caso particular haya motivos para pensar que son falsas.
    
Cuando se trate de juzgar las tradiciones piadosas, se deberá tener presente que la Iglesia ha obrado en esto siempre con tanta prudencia, que no permite que estas tradiciones se pongan por escrito si no es con toda cautela y sin antes hacer la declaración mandada por Urbano VIII; y aun actuando así, no afirma la verdad del hecho: se limita a no prohibir que se crea en él, a no ser que para ello falten argumentos humanos. La Sagrada Congregación de Ritos, hace treinta años decretaba[xi]: Esas apariciones o revelaciones no fueron ni aprobadas ni condenadas por la Sede Apostólica, que solamente permite que se crea piadosamente en ellas con fe humana, conforme a la tradición de que gozan, confirmada por testimonios y documentos apropiados. Quien se atenga a esto nada debe temer, pues la devoción a alguna aparición, en lo que respecta al hecho, lleva implícita la condición de que ese hecho sea verdad, y entonces se llama relativa; pero también se llama y es absoluta porque se fundamenta en la verdad, ya que se dirige a las personas de los Santos que se quiere honrar. Esto mismo se ha de decir de las Reliquias.
    
Por último, encomendamos a este Consejo de vigilancia que no pierda de vista en ningún momento a las instituciones sociales ya los escritos sobre cuestiones sociales, para que no se introduzca en ellos nada de modernismo, sino que se atengan a las prescripciones de los Romanos Pontífices.
   
Ultimas recomendaciones
VII.-Para que no caiga en olvido lo que aquí mandamos, deseamos y ordenamos que todos los Obispos, en el plazo de un año después de publicado este documento, y más adelante cada tres años, manden un informe detallado y jurado a la Sede Apostólica acerca de todos los extremos que en esta Carta hemos desarrollado; asimismo lo harán acerca de las doctrinas que estén de actualidad entre el clero, de modo particular en los Seminarios y en los demás Institutos católicos, incluidos los que no estén sometidos a la autoridad del Ordinario. Lo mismo ordenamos a los Superiores Generales de las Órdenes Religiosas».
   
La enseñanza en los Seminarios y Noviciados
Confirmamos todo esto, urgiéndolo en conciencia, contra quienes, sabedores de ello, no obedezcan; y añadimos algunas particularidades que se refieren a los alumnos de los Seminarios ya los novicios de los Institutos religiosos.
   
En los Seminarios, las enseñanzas deben de estar programadas de modo tal que toda su planificación lleve a formar sacerdotes dignos de llevar ese hombre. No se puede pensar que la combinación de todas las enseñanzas vaya a ir en detrimento de la piedad. Todo ello toma parte en la formación, y son como las palestras en donde con una preparación diaria se ejercita la sagrada milicia de Cristo. Para conseguir un ejército bien entrenado, dos cosas son absolutamente necesarias: la doctrina que cultiva la mente y la virtud que perfecciona el alma. La una exige que los jóvenes alumnos seminaristas se instruyan en aquello que tiene más íntima relación con los estudios de las cosas divinas; la otra exige una singular categoría en la virtud y en la constancia. Observen, pues, quienes enseñan las asignaturas y la piedad, qué esperanzas da cada uno de los alumnos, y examinen las disposiciones que cada cual tiene; vean si se dejan llevar por su manera de ser, si son proclives al espíritu profano; si tienen disposiciones para ser dóciles, inclinados a ser piadosos, si no son dados a tenerse en buen concepto, si saben aprender lo que se les enseña; miren si van hacia la dignidad sacerdotal con rectitud de intención, o si se mueven por razones humanas; observen, por último, si poseen la santidad y la doctrina convenientes para esa vida; si faltara algo de esto, miren si al menos se podría asegurar que se proponen adquirirlo con decisión. Ofrecen no pocas dificultades estas averiguaciones; si les faltan las virtudes alas que Nos hemos referido, cumplirán los actos de piedad hipócritamente, y se someterán a la disciplina sólo por temor y no por convencimiento interior. Quien obedezca servilmente o rompa la disciplina por superficialidad o por rebeldía, está muy lejos de poder desempeñar el sacerdocio santamente. No se puede pensar que quien menosprecia la disciplina en casa no se apartará de ningún modo de las leyes públicas de la Iglesia. Si un Superior ve que algún muchacho está en estas malas disposiciones, adviértale de ello una y otra vez y, después de la experiencia de un año, si ve que no se corrige, deberá dimitirlo y ni él ni ningún otro Obispo lo volverán a admitir.
    
Condiciones para acceder al sacerdocio
Hay dos cosas que se requieren absolutamente para promover a alguien al sacerdocio; una vida limpia junto con una doctrina sana. No se olvide que los preceptos y consejos que los Obispos dirigen a quienes se inician en las sagradas Ordenes, también se aplican a quienes se preparan para ellas: «Hay que procurar que estos elegidos estén adornados de sabiduría celestial, de buenas costumbres y de una continua observancia de la justicia. ..Que sean honestos y maduros en ciencia y en obras..., que en ellos brille toda forma de justicia.»
   
Habríamos dicho ya bastante acerca de la honestidad de vida, si no fuera porque no es fácil separarla de la doctrina que cada cual asimile y las opiniones propias que defienda. Mas, como se dice en el libro de los Proverbios: Al hombre se le conoce por su sabiduría[xii]; y como dice el Apóstol: Quien... no permanece en la doctrina de Cristo, no tiene a Dios[xiii]. Cuando hay que dedicarse a aprender tantas y tan variadas cosas como nuestro tiempo enseña, de nada mejor se puede echar mano que de las luces que proporciona el progreso humano. Así, pues, si quienes forman parte del clero quieren llevar acabo su tarea según exigen estos tiempos, si quieren con fruto exhortar a la sana doctrina y argumentar contra quienes la impugnan[xiv], si quieren aprovechar para la Iglesia las realizaciones del genio humano, es necesario que adquieran ciencia y no una ciencia vulgar, y es necesario que se mantengan firmes en la doctrina. Hay que luchar contra enemigos bien preparados, que con frecuencia unen un alto nivel de estudios a una ciencia construida con astucia, cuyas teorías erróneas y vibrantes están expuestas con gran aparato de palabras, para que parezca que están diciendo algo nuevo y peregrino. Por eso hay que preparar seriamente las armas, es decir, han de adquirir gran riqueza de doctrina todos aquellos que se disponen a pelear en una tarea santísima y particularmente ardua.
    
Como la vida del hombre es tan limitada, que apenas si puede tomar un sorbo del abundante manantial que es el conocimiento de las cosas, hay que moderar el ansia de aprender y recordar estas palabras de San Pablo: no elevarse por encima de lo debido[xv]. Por esta razón, como los clérigos tienen la obligación de estudiar mucho y seriamente, ya en lo que se refiere a las Escrituras, como a la Fe, a las costumbres, a la piedad y al culto -la así llama- da ascética-, ya lo que se refiere a la historia de la Iglesia, el derecho canónico, a la elocuencia sagrada; con objeto de que los jóvenes no distraigan su tiempo con otras cuestiones, recortándolo de lo que es su principal estudio, prohibimos terminantemente que lean periódicos y revistas, por buenas que sean; los Superiores que no cuiden extremadamente esto, han de sentir gravemente culpable su conciencia.
   
Medidas contra la infiltración del modernismo
Para evitar toda posibilidad de que el modernismo se infiltre disimuladamente, queremos no sólo que se observe lo que decíamos en el número segundo más arriba trascrito, sino que además mandamos que cada doctor, al acabar los estudios de su segundo año, presente a su Obispo el texto que se propone explicar, o las cuestiones o tesis que va a exponer; aparte de esto, se deberá observar cómo lleva sus clases durante un año; si se ve que se aparta de la buena doctrina, esto será motivo para que se le haga abandonar la docencia. Por último, aparte de la profesión de fe, habrá de entregar a su Obispo el juramento, cuya fórmula se incluye más adelante, debidamente firmado.
    
También entregarán a su Obispo este juramento, además de la profesión de Fe, con la fórmula prescrita por Nuestro Antecesor Pío IV, y las definiciones añadidas por el Concilio Vaticano I:
I.-Los clérigos que se inician en las Ordenes mayores; a cada uno de ellos habrá que entregarle antes un ejemplar de la profesión de fe y otro del juramento, para que lo consideren detenidamente y conozcan también la sanción que lleva consigo la violación del juramento, como más adelante diremos.
II.-Los sacerdotes que se destinen a oír confesiones y los oradores sagrados, antes de que se les conceda autorización para ejercer sus funciones.
III.-Los Párrocos, Canónigos, Beneficiarios, antes de tomar posesión de su beneficio.
IV .-Los oficiales de las curias episcopales y de los tribunales eclesiásticos, incluidos el Vicario general y los jueces.
V .-Los predicadores en tiempo de Cuaresma.
VI.-Todos los oficiales de las Congregaciones Romanas o de los tribunales, ante el Cardenal Prefecto o el Secretario de la Congregación o tribunal correspondiente.
VII.-Los Superiores y doctores de las Familias Religiosas y de las Congregaciones, antes de tomar posesión de su cargo.
  
La profesión de fe a que nos hemos referido y el documento impreso con el juramento han de ser expuestos en un tablón de anuncios especial en las Curias episcopales y en las oficinas de todas las Congregaciones Romanas. Si alguien osara violar este juramento -lo que Dios no permita- será acusado ante el Tribunal del Santo Oficio.
  
JURAMENTO ANTIMODERNISTA

LA PREDICACIÓN SAGRADA
Como quiera que después de una detenida observación Nos hemos dado cuenta de que sirven de poco los cuidados que los Obispos ponen para que se predique la Palabra, y esto no por culpa de los oyentes, sino más bien por causa de la arrogancia de los predicadores, que exponen la palabra de los hombres y no la de Dios, hemos creído oportuno divulgar en lengua latina, y recomendar a los Ordinarios el documento que, por mandato de Nuestro Predecesor León XIII, fue publicado por la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares, el día 31 de julio de 1894, y enviado a los Ordinarios de Italia y a los Superiores de las Familias y Congregaciones Religiosas :

Piedad y doctrina
1.º «En primer lugar, por lo que se refiere a las virtudes de que deben estar adornados de manera muy eminente los oradores sagrados, tengan buen cuidado los Ordinarios y los Superiores de las Familias religiosas de no confiar es santo y salutífero ministerio de la palabra divina a quienes no sean piadosos con Dios ni amen a Jesucristo, Hijo de Dios y Señor nuestro, y no desborden de sí  esta piedad y este amor. Si estas dotes faltan en los predicadores de la doctrina católica, no conseguirán ser más que bronces que resuenan o unos címbalos que tañen[xviii]; jamás les debe faltar aquello de lo que procede la fuerza y la eficacia de la predicación evangélica, es decir, el celo por la gloria de Dios y por la salvación eterna de las almas. Esta necesaria piedad que deben tener los oradores sagrados ha de traslucirse muy particularmente en la manera de manifestarse su vida, no vaya a ser que la conducta de quienes predican esté en contradicción con lo que recomiendan sobre los preceptos y las costumbres cristianas, y no destruyan con obras lo que edifican de palabra. Esa piedad no debe resentirse de nada profano: debe estar adornada de gravedad, para que se vea que de verdad son ministros de Cristo y dispensadores de los misterios de Dios[xix]. De lo contrario, como acertadamente advierte el Doctor Angélico: si la doctrina es buena y el predicador es malo, éste es ocasión de blasfemia de la doctrina divina[xx].

   Pero a la piedad y las demás virtudes cristianas no les debe faltar ciencia; es evidente por sí, y la experiencia así lo confirma, que quienes no poseen abundante doctrina -principalmente doctrina sagrada- no pueden expresarse con sabiduría, no con rigor sistemático, ni con fruto; y tampoco quienes confiados en su innata facilidad de palabra, suben al púlpito con desenfado, casi sin prepararse. Estos ciertamente dan palos en el vacío, e inconscientemente son causa de que la palabra divina sea despreciada y objeto de burla; a ellos se les pueden aplicar sin restricción las palabras divinas: Ya que tú has rechazado la ciencia, yo te rechazaré también, para que no ejerzas mi sacerdocio[xxi]»

«Predicad el Evangelio...»
2º. - «Por consiguiente, que los Obispos y los Ordinarios de las Familias religiosas no confíen el ministerio de la palabra a ningún sacerdote, sin que antes les conste que tiene una notable cantidad de piedad y de doctrina. Vigilen atentamente para que sólo hablen de las cosas que son propias de la predicación divina. En qué consisten estas cosas lo dijo el mismo Cristo nuestro Señor: Predicad el Evangelio...[xxii] Enseñándoles a observar todo lo que os he mandado[xxiii]. A lo cual Santo Tomás comenta: Los predicadores deben dar luz en lo que hay que creer, orientar en lo que hay que hacer, decir lo que hay que evitar, y ya apremiando, ya exhortando, no cesar de predicar a los hombres[xxiv]. El Concilio de Trento dice: Poniéndoles de manifiesto los vicios que deben abandonar, y las virtudes que les conviene adquirir, para que puedan eludir la pena eterna y alcanzar la gloria del cielo[xxv]. Todo esto lo resumió Pío IX escribiendo así: Predicando a Cristo crucificado, y no a sí mismos, anuncien al pueblo con claridad y sencillez los dogmas y preceptos de nuestra santa religión, valiéndose de un lenguaje serio y elegante; expongan a todos con detalle cuáles son sus correspondientes deberes, aparten a todos del pecado, enciéndalos en piedad; de esta forma, los fieles, alimentados con la palabra de Dios, se apartarán de todos los vicios, se sentirán inclinados a la virtud y podrán verse a salvo de las penas eternas y alcanzarán la gloria del cielo[xxvi]. De todo esto resulta evidente que los temas sobre los que hay que predicar son el Símbolo de los Apóstoles, la ley de Dios, los Mandamientos de la Iglesia, los Sacramentos, las virtudes y los vicios, los deberes de estado, los Novísimos del hombre, y las demás verdades eternas».

Más sermones y menos «conferencias»

   3º -  «Pero no es raro que a los modernos ministros de la palabra divina se les dé poco de esta riquísima e importantísima cantidad de cosas; las dejan de lado como si fueran algo desusado e inútil y casi las rechazan. Se han dado cuenta de que estas cosas que hemos citado no son precisamente las más apropiadas para arrancar esa popularidad que tanto apetecen; buscan sus propias cosas, no las cosas de Jesucristo[xxvii], y esto lo hacen incluso durante los días de cuaresma y en los demás tiempos solemnes del año. No sólo le cambian el nombre a todo, sino que ahora sustituyen los sermones de siempre por una especie de discursos poco adecuados para dirigirse a las mentes, a los que llaman CONFERENCIAS, que se prestan más a elucubraciones que a mover las voluntades ya estimular las buenas costumbres. No se convencen de que los sermones morales aprovechan a todos, mientras que las conferencias apenas si son de provecho para unos pocos; si en la predicación se lleva acabo un examen detenido de las costumbres, inculcando la castidad, la humildad, la docilidad a la autoridad de la Iglesia, de por sí se rectificarán las ideas equivocadas en la fe y se dará acogida a la luz de la verdad con mejor disposición de ánimo. Los conceptos equivocados que muchos tienen sobre la religión, sobre todo entre los mismos católicos, se deben achacar más a las malas inclinaciones de la concupiscencia que a una actitud errada de la inteligencia, como afirman estas palabras divinas: Del corazón salen los malos pensamientos. ..las blasfemias[xxviii]. Haciendo referencia a las palabras del Salmista: Dijo el insensato en su corazón: Dios no existe[xxix], San Agustín comenta: en su corazón no en su cabeza».

Predicar con sencillez

      4º -  «De todas formas no hay que tomar lo que hemos dicho como si estas maneras de dirigir la palabra sean por sí reprobables, sino por el contrario, si se hace bien, pueden ser grandemente útiles e incluso necesarias para combatir los errores con que la religión es atacada. Pero hay que eliminar absolutamente del púlpito las maneras pomposas de hablar, que no hacen más que dar vueltas alas cosas en vez de animar ala buena conducta; que se refieren a lo que es más propio de la sociedad civil que de la religión; que miran más a la elegancia en el decir que. al logro de frutos. Todas estas cosas son más propias de ensayos literarios y de discursos académicos, pero no concuerdan en absoluto con la dignidad y la categoría de la casa de Dios. Los Discursos o conferencias que tienen por objeto defender la religión contra los ataques de los enemigos aun cuando a veces sean necesarios, no son cosa que esté al alcance de todos, sino que hay que ser muy capaz para ello. Pero incluso estos eximios oradores se han de andar con gran cautela, pues es- tas defensas de la religión sólo convienen si así lo aconsejan las circunstancias de lugar, de tiempo y de género de oyentes, y cuando se vea que no van a quedar infructuosas: es innegable que el juicio acerca de la oportunidad o no, corresponde a los Ordinarios. Además, en esta clase de discursos confíese más en la fuerza de la doctrina sagrada que en las palabras de la sabiduría humana; que la exposición tenga fuerza y sea lúcida, no ocurra que en las mentes de los oyentes queden grabadas más profundamente las teorías falsas que la verdad que se les opone, o que sobresalgan más las objeciones que las respuestas. De manera especial habrá que no abusar de estos discursos, sustituyendo por ellos a los sermones, como si éstos fuesen de menor categoría y menos eficaces, dejándolos, por consiguiente, para predicadores y oyentes vulgares; es muy cierto que a la gran masa de fieles les son altamente necesarios los sermones sobre las buenas costumbres, pero esto no quiere decir que deban tener menos categoría que los discursos apologéticos; de manera  que los sermones se han de predicar por oradores de gran prestigio, sin tener en cuenta si el público oyente es de lo más elegante o de lo más corriente, y, al menos de vez en cuando, se deberán organizar estos sermones con especial cuidado. si no se hace así, la mayoría de los fieles estará siempre oyendo hablar de los errores, que casi todos ellos detestan; pero nunca oirá hablar de los vicios y pecados que a ellos y a todos nos acechan y manchan».

   La Sagrada Escritura, fuente de predicación

   5º. - Cuando el tema escogido para los sermones no es desacertado, hay otras cosas, muy graves, que producen lástima, si se consideran el estilo y la forma del discurso. Como espléndidamente dice Santo Tomás de Aquino, para que de verdad sea luz del mundo, el predicador de la palabra divina ha de reunir tres condiciones: primero, la solidez de doctrina, para no desviar de la verdad; segundo, claridad de exposición, para que su enseñanza no sea confusa; tercero, eficacia, para buscar la alabanza de Dios y no la suya propia[xxx]. Pero la verdad es que, las más de las veces, la forma de hablar hoy día no está poco lejos de esas claridad y sencillez evangélicas que deben ser sus características, sino ..que más bien está toda cifrada en filigranas oratorias y en temas abstractos, que Superan la capacidad de entender del pueblo corriente. Es cosa verdaderamente lamentable, dan ganas de llorar con e las palabras del profeta: Las criaturas pidieron pan y no hubo quien se lo diera[xxxi]. Y también es muy te triste que con frecuencia falte en los sermones contenido religioso, ese soplo de piedad cristiana, esa fuerza divina y esa virtud del Espíritu Santo que mueve las almas y las impulsa hacia el bien: para conseguir esta fuerza y esta virtud, los predicadores sagrados siempre han de tener presentes las palabras del Apóstol: Mi palabra y mi predicación no consisten en persuasivos vocablos de sabiduría humana, sino en mostrar el espíritu y la virtud[xxxii]. Quienes confían en persuasivos vocablos de sabiduría humana, casi nada o nada tienen en cuenta la palabra divina ni las Sagradas Escrituras, que ofrecen el más poderoso y abundante manantial para la predicación, como no hace mucho tiempo enseñaba León XIII, con estas importantes palabras: «Esta característica virtud de las Escrituras, que procede del soplo del Espíritu Santo, es la que da autoridad al orador sagrado, le otorga la libertad de apostolado, le confiere una elocuencia viva y convincente. Quienquiera que esgrime al hablar el espíritu y la fuerza de la palabra divina, ése no habla sólo con palabras, sino con firmeza, con el Espíritu Santo y lleno de confianza[xxxiii]. Hay que decir que actúan a la ligera y con imprudencia quienes predican sus sermones y enseñan los preceptos divinos como si solamente utilizaran palabras de ciencia y de prudencia humanas, apoyándose más en sus propios argumentos que en los divinos. La oratoria de éstos, aun cuando sea brillante, necesariamente carecerá de vigor y será fría, puesto que le falta el fuego de la palabra de Dios, y por eso estará lejos de tener esa fuerza que es propia de la palabra divina: Viva es la palabra de Dios, y eficaz, y penetrante como una espada de doble filo que llega hasta los entresijos del alma[xxxiv]. Además de que las personas más sabias están de acuerdo en que las Sagradas Escrituras son de una maravillosa, variada y rica elocuencia, adecuada a las cosas más grandes, San Agustín también lo comprendió así y habló de ello ampliamente[xxxv]; incluso es algo que se pone en evidencia en los oradores sagrados de mayor categoría, y quienes deben su fama a una asidua frecuentación ya una piadosa meditación de los Libros Sagrados así lo afirmaron, dando gracias a Dios[xxxvi]».

   »La Biblia es, pues, la principal y más asequible fuente de elocuencia sagrada. Pero quienes se constituyen en pregoneros de novedades, no alimentan el acervo de sus discursos de la fuente de agua viva, sino que insensatamente y equivocados se arriman a las cisternas agrietadas de la sabiduría humana; así, dando de lado a la doctrina inspirada por Dios, o ala de los Padres de la Iglesia y a la de los Concilios, todo se les vuelve airear los nombres y las ideas de escritores profanos y recientes, que toda- vía viven: estas ideas dan lugar con frecuencia a interpretaciones ambiguas o muy peligrosas».

Buscar el fruto sobrenatural en la predicación

   »Otra manera de hacer daño es la de quienes hablan de las cosas de la religión como si hubiesen de ser medidas según los cánones y las conveniencias de esta vida que pasa, dando al olvido la vida eterna futura: hablan brillantemente de los beneficios que la religión cristiana ha aportado a la humanidad, pero silencian las obligaciones que impone; pregonan la caridad de Jesucristo nuestro Salvador, pero nada dicen de la justicia. El fruto que esta predicación produce es exiguo, ya que, después de oírla, cualquier profano llega a persuadirse de que, sin necesidad de cambiar de vida, él es un buen cristiano con tal de decir: Creo en Jesucristo[xxxvii]». 

   »¿Qué clase de fruto quieren obtener estos predicadores? No tienen ciertamente ningún otro propósito más que el de buscar por todos los medios ganarse adeptos halagándoles los oídos, con tal de ver el templo lleno a rebosar, no les importa que las almas queden vacías. Por eso es por lo que ni mencionan el pecado, los novísimos, ni ninguna otra  cosa importante, sino que se quedan sólo en palabras complacientes, con una elocuencia más propia de un arenga profana que de un sermón apostólico y sagrado, para conseguir el clamor y el aplauso; contra estos oradores escribía San Jerónimo: Cuando enseñes en la Iglesia, debes provocar no el clamor del pueblo, sino su compunción: las lágrimas de quienes te oigan deben ser tu alabanza[xxxviii]. Así también estos discursos se rodean de un cierto aparato escénico, tengan lugar dentro o fuera de un lugar sagrado, y prescinden de todo ambiente de santidad y de eficacia espiritual. De ahí que no lleguen a los oídos del pueblo, y también de muchos del clero, las delicias que brotan de la palabra divina; de ahí el desprecio de las cosas buenas; de ahí el escaso o el nulo aprovechamiento que sacan los que andan en el pecado, pues aunque acudan gustosos a escuchar, sobre todo si se trata de esos temas cien veces seductores, como el progreso de la humanidad, la patria, los más recientes avances de la ciencia, una vez que han aplaudido al perito de turno, salen del templo igual que entraron, como aquellos que se llenaban de admiración, pero no se convertían[xxxix]».

Deber grave de los Obispos

   »Siendo, pues, deseo de esta Sagrada Congregación, por mandato de nuestro Santísimo Señor el Papa, cortar tantos y tan grandes abusos, apremia a los Obispos ya los Superiores de las Familias Religiosas para que con toda su autoridad apostólica se opongan a ellos y cuiden de extirparlos con todo su empeño. Habrán de recordar lo que les ordenaba el Concilio de Trento[xl] -tienen obligación de buscar personas idóneas para este oficio de predicar-, conduciéndose en este asunto con la mayor diligencia y cautela. Si se tratase de sacerdotes de su propia diócesis, cuiden los Ordinarios de no autorizar nunca para predicar a nadie cuya vida, cuya ciencia y cuyas costumbres no hayan sido antes probadas[xli], es decir, si no se les ha encontrado idóneos por me- dio de un examen o de algún otro modo. Si se trata de sacerdotes de otra diócesis, no permitirán que suban al púlpito, sobre todo en las festividades solemnes, si no consta antes por escrito la autorización de su propio Ordinario, garantizando sus buenas costumbres y su aptitud para ese oficio. Los Superiores de las Ordenes, Sociedades o Congregaciones Religiosas no autorizarán a ninguno de sus súbditos para que prediquen, y mucho menos los recomendarán ante los Ordinarios, si no están debidamente convencidos de su honestidad de vida y de sus facultades para predicar. Si después de haber autorizado por escrito a un predicador, comprueban que éste se aparta en su predicación de las normas que en este documento establecemos, deberán obligarle a obedecer; y si no hiciera caso, le deberán prohibir que predique, incluso si fuese menester  con las penas canónicas que parezcan oportunas».

   Hemos creído conveniente prescribir y recordar todo esto, mandando que se observe religiosamente; Nos vemos movidos a ello por la gravedad del mal que aumenta día a día, y al que hay que salir al paso con toda energía. Ya no tenemos que vernos, como en un primer momento, con adversarios disfrazados de ovejas, sino con enemigos abiertos y descarados, dentro mismo de casa, que, puestos de acuerdo con los principales adversarios de la Iglesia, tienen el propósito de destruir la fe. Se trata de hombres cuya arrogancia frente a la sabiduría del cielo se renueva todos los días, y se adjudican el derecho de rectificarla, como si se estuviese corrompiendo; quieren renovarla, como si la vejez la hubiese consumido; darle nuevo impulso y adaptar- la a los gustos del mundo, al progreso, a los caprichos, como si se opusiese no a la ligereza de unos pocos sino al bien de la sociedad.

   Nunca serán demasiadas la vigilancia y la firmeza, con que se opongan a estas acometidas contra la doctrina evangélica y contra la tradición eclesiástica, quienes tienen la responsabilidad de custodiar fielmente su sagrado depósito.

   Hacemos públicas estas advertencias y estos saludables mandatos, por medio de este Motu proprio y con conciencia de lo que hacemos; habrán de ser observados por todos los Ordinarios del mundo católico y por los Superiores Generales de las Ordenes Religiosas y de los Institutos eclesiásticos; queremos y mandamos que se ratifique todo esto con Nuestra firma y autoridad, sin que obste nada en contra.

   Dado en Roma, junto a San Pedro, el 1 de septiembre de 1910, año octavo de Nuestro Pontificado.


[i] Del 8 de septiembre de 1907

[ii] León XII, encíclica Aeterni Patris

[iii] De ente et Essentia, introducción

[iv] León XIII, carta apostólica, 10 de diciembre de 1889

[v] Alocución Pergratus Nobis a los investigadores de la ciencia, del 7 de marzo de 1880

[vi] Ibidem

[vii] 25-1-1897: ASS, vol. 30, pag.39

[viii] Encíclica Nobilísima, 8-2-1884

[ix] Actas de la Reunión de Obispos de la Umbría, Noviembre de 1849. tit. II, art. 6

[x]  Instrucción S. C. NN. EE. EE., 27-1-1902

[xi] Decreto dl 2 de mayo de 1877

[xii] Prov. 12, 8

[xiii] 2 Jn. 9

[xiv] Tit. 1, 9.

[xv] Rom., 12, 3

[xvi] San Irineo

[xvii] Tertuliano, De praescr, c. 28

[xviii] I Cor. 13, 1

[xix] I Cor 4,1

[xx] Comm. in Matth. V

[xxi]  Os 4, 6

[xxii] Mc 16 15

[xxiii] Mt 28,20

[xxiv] Ibidem

[xxv] Sesión V, cap. 2 De Reform

[xxvi] Encíclica 9-XI-1846

[xxvii] Filip 2,21

[xxviii] Mt. 15,19

[xxix] Salm 13, 1

[xxx] Ibidem

[xxxi] Tren 4, 4

[xxxii] I Cor. 2, 4

[xxxiii] I Tes 1, 5

[xxxiv] Hebr. 4, 12

[xxxv] De Doctr. Christ., IV, 6, 7

[xxxvi] Encíclica de Studiis Script. Sacr., 18-XI-1893

[xxxvii] Cardenal Bausa, arzobispo de Florencia, ad iuniorem clerum, 1892

[xxxviii] Ad Nepotian

[xxxix] Cfr. San Agustín, in Matth. XIX, 25

[xl] Sesión V, c.2 De reform.

[xli] Ibidem

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Preferiblemente, los comentarios (y sus respuestas) deben guardar relación al contenido del artículo. De otro modo, su publicación dependerá de la pertinencia del contenido. La blasfemia está estrictamente prohibida. La administración del blog se reserva el derecho de publicación (sin que necesariamente signifique adhesión a su contenido), y renuncia expresa e irrevocablemente a TODA responsabilidad (civil, penal, administrativa, canónica, etc.) por comentarios que no sean de su autoría.