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domingo, 18 de agosto de 2024

OBISPONES NIGERIANOS CONDENAN ABUSOS LITÚRGICOS PRODUCIDOS POR EL RITO NOVUSORDITA


La Conferencia de Obispos Católicos de Nigeria (CBCN en inglés) emitió el 15 de Agosto una declaración condenando los abusos litúrgicos (traducción tomada de INFOCATÓLICA):
    

TRADUCCIÓN
CONFERENCIA DE OBISPOS CATÓLICOS DE NIGERIA
Lote 459, Zona catastral B2
Avenida Sur, Durumi 1
Abuya

+234(0)818 807 9892

catholicsecretariatng@gmail.com
catholicsecretariatofnigeria@csn.ng

www.cbcn.org

Casilla Postal 6523 Garki, Abuya, Nigeria
   
A todos los sacerdotes católicos de Nigeria
   
SOBRE LOS ABUSOS DURANTE LAS CELEBRACIONES LITÚRGICAS
   
1.- La sagrada liturgia es el corazón de nuestro culto y la cumbre de nuestra vida cristiana. Es un acto de culto divino que pertenece a toda la Iglesia y debe ser salvaguardado con la máxima reverencia y fidelidad. Sin embargo, observamos con profunda preocupación y justa indignación un alarmante aumento de aberraciones durante el culto en toda nuestra nación, perpetradas por algunos de nuestros propios sacerdotes. Estos abusos incluyen
  • desviaciones de las oraciones y rúbricas prescritas de la Misa, incluyendo la Plegaria Eucarística;
  • manejo irreverente de la Eucaristía;
  • caminar por el pasillo mientras se lleva la custodia durante la exposición del Santísimo Sacramento y bendecir al pueblo usando gestos parecidos a la aspersión del Agua Bendita;
  • música inapropiada, incluida la importación de música profana a la liturgia;
  • danza indecorosa, incluso con la custodia que contiene la Eucaristía;
  • comercialización de la liturgia en forma de demasiadas colectas y recaudación de fondos justo en medio de las celebraciones litúrgicas;
  • el uso del púlpito para perseguir intereses personales;
  • la incorporación de costumbres locales incompatibles con la fe bajo el paraguas de la inculturación;
  • la no utilización de ornamentos apropiados;
  • la falta de preparación adecuada para cada aspecto de la celebración litúrgica;
  • la invención de ritos, como la Dedicación del Niño, en la que algunos sacerdotes colocan al niño en el altar, cuando, según la enseñanza de la Iglesia, un niño es dedicado a Dios durante el bautismo;
  • la bendición de objetos no aprobados por la Iglesia como sacramentales;
  • y muchos otros.
Estas graves violaciones no sólo son una afrenta directa a la santidad de la liturgia, sino también una fuente de escándalo y vergüenza para la Iglesia en Nigeria.
  
2.- Que quede inequívocamente establecido: La liturgia no es un patio de recreo privado para la innovación personal. No es una plataforma para la autoexpresión del celebrante. Es un encargo sagrado, transmitido por la Iglesia, que debe celebrarse según las normas y tradiciones establecidas. La Constitución sobre la Sagrada Liturgia del Concilio Vaticano II es clara: «La regulación de la sagrada liturgia depende únicamente de la autoridad de la Iglesia» (SC, 22). Cualquier sacerdote que se encargue de desviarse de estas normas es culpable de una grave traición a su deber sagrado y está descarriando a los fieles.
   
3.- Condenamos, en los términos más enérgicos posibles, todos y cada uno de los abusos dentro de la sagrada liturgia. Tales acciones no son meros errores de juicio; son violaciones del orden sagrado y deben ser tratadas como tales. Recordamos a nuestros sacerdotes que el altar no es un escenario para el teatro, ni la liturgia un lugar para la novedad. La Iglesia nos ha dado directrices claras sobre cómo debe celebrarse la liturgia, y éstas deben seguirse sin excepción. La fidelidad a las leyes de la Iglesia no es opcional, sino obligatoria. Los fieles no merecen otra cosa que la celebración verdadera y reverente de los misterios de nuestra fe.
   
4.- A nuestros obispos, los principales liturgistas de sus diócesis, les hacemos un solemne encargo: Tomad medidas inmediatas y decisivas para corregir estos abusos. Los fieles confían en vosotros como líderes, y es vuestro deber sagrado asegurar que la liturgia en vuestras diócesis se lleve a cabo con la dignidad y reverencia que exige. Como afirman las leyes universales de la Iglesia, «dentro de los límites de su competencia, corresponde a los Obispos diocesanos establecer en la Iglesia confiada a su cuidado, normas litúrgicas que sean obligatorias para todos» (Canon 838 §4). Cuando sea necesario, se deben emplear medidas penales para que los sacerdotes infractores rindan cuentas, haciéndoles comprender la gravedad de sus actos y disuadiendo a otros de cometer ofensas similares. Los directores diocesanos de liturgia y los vicarios foráneos (decanos) deben colaborar estrechamente con sus obispos en esta sagrada tarea. Es imperativo que trabajen juntos para asegurar que los sacerdotes dentro de sus jurisdicciones se adhieran estrictamente a las directivas de la Iglesia. Este esfuerzo de colaboración es esencial para mantener la unidad y santidad de nuestro culto litúrgico.

5.- A los sacerdotes os decimos esto: Se os confía la sagrada responsabilidad de celebrar los misterios de nuestra fe. No es una responsabilidad que deba tomarse a la ligera, ni que permita interpretaciones personales. La Constitución sobre la Sagrada Liturgia del Concilio Vaticano II nos recuerda que «la Madre Iglesia desea vivamente que todos los fieles sean conducidos a esa participación plenamente consciente y activa en las celebraciones litúrgicas que exige la naturaleza misma de la liturgia» (SC, 14). Esto sólo puede lograrse cuando la liturgia se celebra con el decoro, la reverencia y la fidelidad que exige. Los abusos y las desviaciones de la forma prescrita no sólo son inaceptables, sino que constituyen un grave perjuicio para los fieles y para la Iglesia.
    
6.- En conclusión, renovemos todos nuestro compromiso con la celebración correcta y fiel de la liturgia. La liturgia es un anticipo del banquete celestial, un encuentro sagrado con lo divino, y debe celebrarse siempre con la máxima solemnidad y reverencia. Cualquier acción que disminuya este encuentro sagrado debe ser condenada y corregida con la seriedad que merece. Extendemos nuestra más sincera gratitud a todos los sacerdotes que, en su celebración de la liturgia, permanecen fieles a las enseñanzas y tradiciones de la Iglesia. Vuestro compromiso con la reverencia, el decoro y la fidelidad sostiene la santidad de nuestro culto y sirve de brillante ejemplo para todos. Que nuestras celebraciones litúrgicas reflejen siempre la belleza, el orden y la santidad que deben transmitir, acercando a los fieles al misterio de Cristo; y que la Virgen, asunta al cielo, interceda por nosotros para que seamos fieles a las enseñanzas de su Hijo y de la Iglesia. Amén.
    
Dado el quince de agosto del año del Señor dos mil veinticuatro, en la solemnidad de la Asunción de la Bienaventurada Virgen María.
   
(Sell.)
  
(Fdo.) Lucius Iwejuru Ugorji
Arzobispo de Owerry
Presidente de la CBCN
    
(Fdo.) Donatus Aihmiosion Ogun OSA
Obispo de Urumi
Secretario de la CBCN
   
(Fdo.) Augustine Ndubueze Echema
Obispo de Aba
Director del Comité de Liturgia de la CBCN
  
Al comentario del documento en la página Nigeria Catholic Network la acompaña una extraña imagen hecha con inteligencia artificial:
  

Pero más extraño que eso es que los obispones nigerianos solo se dedicaron a atacar las consecuencias mas no a la raíz de estos abusos litúrgicos, que es la “reforma litúrgica” bugniniana del Concilio Ladrón deuterovaticano que produjo el rito novusordita.

4 comentarios:

  1. Consulta se puede decir que el cardenal nigeriano Francis Arinze no sería obispon pues fue consagrado en 1965 y si el ordenara sacerdotes y consagrara obispos con el rito tradicional éstos serían válidos, por ejemplo seminaristas de la FSSP, el ICRSS o el IBP.. Gracias desde ya por su respuesta .

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    1. Francis Anizoba Arinze fue consagrado obispo en 1965, por ende es válido (y eso agrava su status de apóstata –y si no se arrepiente antes de morir, le agravará sus tormentos en el Infierno–). Si él confiriese las órdenes para los ex-Ecclésia Dei (FSSP, ICRSS, IBP y los demás) con el rito tradicional, estas serían (siguiendo al Angélico Santo Tomás) válidas por la potestad de orden de Arinze, aunque ilícitas por falta de jurisdicción por causa de su apostasía, y en todo caso se deben evitar porque la formación de ellos fue en el modernismo. PERO la realidad es que para dichas “ordenaciones” no van a llamar nunca a Arinze o a algún otro, sino a un obispón para que los “ordene” con el rito antiguo, por lo que se está frente a un acto inválido y simulado. Para muestra, cuando la “consagración episcopal” de Fernando Arêas Rifan, el superior de los traidores de Campos, en 2002, el “consagrante” no fue Dom Licinio Rangel SSJV (consagrado el 28 de Julio de 1991 por Bernard Tissier de Mallerais FSSPX), sino el cardenal modernista Darío Castrillón Hoyos (“instalado” obispón el 18 de Julio de 1971 por Angelo Palmas, in illo témpore nuncio en Colombia), por donde se colige que Arêas Rifan es inválido y sus “ordenaciones” en Campos también son inválidas y simulación. Y en el supuesto (improbable, imposible e impensable, como se colige de lo anterior) que Arinze lo hiciera, el hecho de que los “ordene” para reconocer el Vaticano II y asistir/presidir/concelebrar el Novus Ordo por lo menos una vez al año en presencia del obispón local hará inválidas esas “ordenaciones” por defecto grave en la intención .

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    2. Pero Dom Licinio actuó como co consagrante por lo que sería él el verdadero consagrante de Rifan pues Dom Licinio era un obispo válido. Saludos.
      https://www.catholic-hierarchy.org/bishop/brifan.html

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    3. Si bien Dom Licinio actuó de co-consagrante, ello no lo convalida, porque (como dijimos en anterior oportunidad), en la práctica romana, los co-consagrantes son asistentes del obispo consagrante para garantizar la validez para determinadas ceremonias, a saber: después de ayudar a colocar el libro de los Evangelios sobre los hombros del electo, se unen al consagrante imponiendo las manos sobre su cabeza, y diciendo sobre él las palabras «Áccipe Spíritum Sanctum» [Recibe el Espíritu Santo], PERO la validez reside en que el CONSAGRANTE (que debe ser un obispo VÁLIDO) diga el Prefacio, cuyas palabras esenciales para la validez, como declaró ex cáthedra el Papa Pío XII, son «Comple in sacerdóte tuo ministérii tui summam, et ornaméntis totíus glorificatiónes instrúctum, cœléstibus ungüénti rore santífica» [Completa en tu sacerdote la suma de tu ministerio y, provisto de los ornamentos de toda glorificación, santifícalo con el rocío del ungüento celeste]. Y si bien Darío Castrillón Hoyos dijo las palabras, al ser él inválido, hizo simulación y la ceremonia fue írrita y vacía (nadie puede dar lo que no tiene), y por ende Arêas Rifan como obispo es tan inválido como Bergoglio, cualquier obispón okupa diocesano o como el “arzobispo” anglicano de Canterbury.

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