martes, 24 de julio de 2012

EL PRIMER DERECHO DE DIOS/ LA PRIMERA OBLIGACIÓN DEL HOMBRE

Desde LOS DERECHOS DE DIOS

 "Ante Mí, los "derechos humanos" que tanto predican los masones NO SON SINO PRETENSIONES. Uno sólo de los Derechos que Yo tengo desde la Eternidad valen más que todas las declaraciones que dé el mundo." (Yahveh Dios)

Es bien sabido que Dios, en cuanto al hombre, solo tiene derechos, y es consecuencia de esto que el hombre, en cuanto a Dios, solo tenga obligaciones....

¿Y esto, por que? ¡Porque el Creador es Dios, y los creados somos nosotros!

Luego entonces, Dios puede disponer segun su criterio de sus creaciones, y nosotros, sus creaturas, debemos todo (en justicia), hasta el mismo ser a Dios...
Ahora bien: Dios, como es Dios, ¿a que tiene derecho, en primer lugar, de parte de sus creaciones?

Dios tiene derecho, antes que nada, a ser a ser AMADO por sus creaturas POR LO QUE ES en si mismo, y por lo que representa para sus creaciones...

¿Y que es Dios en si mismo?

Dios es el ser que compendia y que es fuente de todos los bienes... ni más ni menos... Todo lo deseable (en cuanto a cosa buena para las finalidades propias del ser) nos viene de Dios, asi que somos DEUDORES totales a Dios...

¿Y que significa esto para nosotros (si, nosotros: yo, tú, el, la ciudad entera, el continente entero... y aunque no quiera, la humanidad entera)?

Significa que a Dios le debemos EN JUSTICIA Y POR LO MENOS, AMOR POR LO QUE ES Y POR HABERNOS DADO LO QUE SOMOS (el ser y la existencia).

Asi que, en resumidas cuentas, a Dios le corresponde el amor, y la obediencia incondicional de sus creaciones, y a las creaturas, nos toca el deber de ser cumplir al menos con lo justo.

Amar (obedecer, seguir, corresponder) a quien nos amó primero.

1 comentario:

  1. Me podrían decir en que parte o en que documento del magisterio o de la doctrina católica se encuentra esto?? O en que documento se puede ahondar más? Gracias

    ResponderEliminar

Preferiblemente, los comentarios (y sus respuestas) deben guardar relación al contenido del artículo. De otro modo, su publicación dependerá de la pertinencia del contenido. La blasfemia está estrictamente prohibida. La administración del blog se reserva el derecho de publicación (sin que necesariamente signifique adhesión a su contenido), y renuncia expresa e irrevocablemente a TODA responsabilidad (civil, penal, administrativa, canónica, etc.) por comentarios que no sean de su autoría.