lunes, 6 de julio de 2026

BULA “Sævis Agitáta”, DE CANONIZACIÓN DE SAN JUAN FISHER Y SANTO TOMÁS MORO

BULA “Sævis Agitáta”, DE CANONIZACIÓN DE SAN JUAN FISHER Y SANTO TOMÁS MORO
  
Pío XI, Obispo, Siervo de los siervos de Dios, Para su perpetua memoria.

Sacudida por las olas embravecidas, la barca de Pedro, que representa a la Iglesia, no puede ser sacudida por el miedo ni quebrada por ninguna tormenta: pues es nuestro Señor Jesucristo mismo quien, por medio de su Vicario en la tierra, la dirige y la guía a salvo a puerto, aunque a veces Cristo, a los ojos de los discípulos de poca fe, parezca adormecerse. En verdad, quizás nunca antes se había alzado contra la Iglesia Católica de Cristo una tormenta comparable a la que la azotó con tanta ferocidad en el siglo XVI . Inglaterra, hasta entonces tan devota de la Sede Apostólica, que tan acertadamente había sido llamada la dote de María y el patrimonio de San Pedro, se vio entonces perturbada a su vez por esta admirable unidad de doctrina y gobierno de la Iglesia Católica, una unidad que es, en realidad, la mayor prueba visible de nuestra fe. Sin embargo, incluso en este grave cisma, nuestro Señor Jesucristo no permitió que se rasgara su túnica sin fisuras sin dar a su Inmaculada Esposa la firme esperanza de una gloriosa restauración. En efecto, en aquel entonces, muchos hombres y mujeres valientes no dudaron en arriesgar sus vidas, en derramar su sangre en defensa enérgica de la fe católica y de la suprema primacía de la Iglesia romana, con la cual, debido a su alta preeminencia, toda la Iglesia debe estar de acuerdo, como afirma San Ireneo.

Entre estos mártires, dos ilustres hijos de la nación inglesa, tan queridos para Nosotros, merecen un lugar de honor: uno fue el honor y la gloria de los ministros sagrados, el otro de los laicos. Juan Fisher, Cardenal de la Santa Iglesia Romana y Obispo de Rochester, y luego Tomás Moro, Alto Canciller de Inglaterra, brillan como dos estrellas en el firmamento de la historia inglesa, proclamando incesantemente las verdaderas glorias ancestrales de la patria, implorando ahora y con fervor a Dios el anhelado retorno de los fieles extraviados a la unidad de la fe y a la casa del Padre. Precisamente en su infinita bondad, Dios nos ha concedido el privilegio de otorgar a estos bienaventurados mártires, en virtud del oficio apostólico que ejercemos, los supremos honores reservados a los santos, y de proponerlos a los cristianos como modelos de piedad, fortaleza y amor por esta Sede Apostólica. Llenos de alegría por la Iglesia universal y la nobilísima nación inglesa, deseamos consagrar de buen grado, mediante nuestras presentes Cartas Decretales, la memoria de estos mártires para siempre.

Por lo tanto, hablaremos brevemente, según la costumbre, de la vida de estos dos atletas de Cristo, de su glorioso martirio, así como de todos los actos que, de acuerdo con la ley, precedieron a su actual canonización.

John Fisher nació en Beverly, Inglaterra, en 1469, hijo de Robert y Agnes, comerciantes bastante adinerados. Con apenas siete años, perdió a su padre; recibió diligentemente la educación y el cuidado de su madre y su padrastro. Su primer tutor fue un sacerdote, y ya superaba a otros niños de su edad en inteligencia y diligencia. Posteriormente, asistió a la Universidad de Cambridge, donde estudió con éxito literatura, dialéctica, filosofía y todas las artes liberales. En 1487, obtuvo su licenciatura en Artes y, tres años después, su maestría. En 1491, por méritos académicos, fue uno de los dos duunviros, o procuradores, de su colegio. Ordenado sacerdote, se dedicó con tal empeño y éxito a los estudios teológicos que fue considerado el primero en toda la Universidad de Cambridge: el 5 de julio de 1501, recibió el título de Doctor y Maestro.

Destacado por su erudición y virtud, fue rector del colegio de Michael Housc, donde enriqueció con maestría la mente de sus alumnos no solo con conocimientos científicos, sino también con los principios de la vida cristiana. Posteriormente, fue profesor en la Universidad de Cambridge, donde fue elegido vicerrector por unanimidad de sus colegas, cargo que desempeñó con sumo cuidado hasta 1503, ganándose la gratitud y el reconocimiento público de todos.

Sin embargo, la reputación de piedad y erudición de Jean Fisher se había extendido ampliamente, incluso más allá de los círculos académicos. La reina Margarita, madre del rey Enrique VII, lo eligió como su director espiritual y el de su familia. Por este motivo, Jean renunció a los diversos cargos y puestos que ocupaba en la Universidad. Durante varios años, se dedicó por completo a las prácticas y deberes de la piedad, y especialmente a las obligaciones de su cargo, sin duda honorable, pero también muy exigente: la familia real fue la que más se benefició. El rey Enrique VII, tras mostrarle a este virtuoso sacerdote frecuentes muestras de estima, lo nombró miembro del Consejo Real. En aquel entonces, cuando el estudio de las ciencias sagradas parecía estar decayendo en Inglaterra, John sugirió a la reina madre, con el fin de brindar instrucción religiosa seria también a los laicos, la fundación en Cambridge de dos magníficos colegios: uno dedicado a Cristo Salvador (Christ's College) y el otro a San Juan Evangelista (St. John's College). Él mismo fundó dos cátedras de teología, una en Cambridge y otra en Oxford, así como varias cátedras de griego y latín. Restauró la Universidad de Cambridge; tras haber sido nombrado rector anualmente desde 1504, diez años después recibió el título de rector vitalicio.

Dotado de una profunda erudición en las ciencias humanas y divinas, notable por sus eminentes virtudes, ardiente de celo por la salvación de las almas, lleno de ardor para predicar la palabra divina, particularmente querido por todos los obispos de Inglaterra, John Fisher fue nombrado por el rey Enrique VII, en 1504, obispo de Rochester y confirmado en este nombramiento por las Cartas Apostólicas de Julio II, nuestro predecesor.

Cumpliendo con sus deberes pastorales con la mayor prudencia y vigilancia, el nuevo obispo se preocupó por proteger al rebaño que le había sido confiado de los errores luteranos que entonces se propagaban. Con este fin, visitó cada parroquia de su diócesis en varias ocasiones, desempeñó diligentemente sus demás funciones episcopales y, sobre todo, combatió enérgicamente esta perniciosa herejía tanto en sus discursos como en sus escritos. Incluso en su avanzada edad, a pesar de su mala salud y su frágil constitución, perseveró diligentemente en esta labor. Constantemente ocupado en el trabajo o la oración, disciplinó su cuerpo mediante la abstinencia, el ayuno, el uso de un cilicio, la autodisciplina y otras penitencias. ¡Con qué ardiente caridad ardía hacia su prójimo! Su bondad hacia los pobres y los enfermos da fe de ello: a menudo los visitaba en sus casas, distribuía comida y limosnas, por lo que con razón se le consideraba el médico de los que sufrían, el protector de los cojos, el defensor de la viuda, el guardián del huérfano, el anfitrión acogedor de los viajeros extranjeros.

Intenso era el amor que ardía en su corazón por Dios. Al celebrar la Misa, a menudo se le veían las mejillas humedecidas por las lágrimas; tanto en sus oraciones como en su conversación cotidiana, pronunciaba el nombre de Jesús con dulzura. Disfrutaba conversando sobre las Sagradas Escrituras y asuntos divinos. Con frecuencia reflexionaba y meditaba sobre la muerte, y, por temor a perder la memoria, deseaba tener ante sus ojos, tanto en el altar donde celebraba la Misa como en su casa, una calavera, repitiendo con cariño que la idea de la muerte jamás le había preocupado. Su conversación era afable, tranquila y modesta; pero en asuntos relacionados con Dios y la Iglesia, que por aquel entonces comenzaban a verse gravemente amenazados por ciertos hombres, se mostraba, contrariamente a su costumbre, severo, intrépido y fuerte hasta el punto del heroísmo.

Este valor y magnanimidad se manifestaron de manera notable, primero, en su oposición a la anulación del matrimonio que el rey Enrique VIII, consumido por un amor culpable y apasionado hacia Ana Bolena, comenzaba a invocar contra Catalina de Aragón, su esposa legítima, y luego en su afirmación y defensa de la primacía de la Iglesia Católica Romana. De hecho, mientras que casi todos los nobles del reino, desde el principio, cedieron a los deseos del rey, John Fisher, ante todo, resistió los inicuos designios del monarca, y ningún artificio pudo impedir que este valiente defensor de las leyes matrimoniales apoyara la justa causa de Catalina. Tras la declaración de rebeldía de la reina por una injusta sentencia judicial, Juan, arriesgándose enormemente para su vida, declaró valientemente el 28 de junio de 1529, en presencia de los legados papales y del rey, que, para evitar la condenación de su alma y permanecer fiel a la soberana, y tras sopesar cuidadosamente todos los argumentos, se veía obligado a afirmar y demostrar que el matrimonio de Enrique y Catalina no podía disolverse por ningún poder divino ni humano. Añadió que un discípulo de Cristo debía seguir los pasos de Juan el Bautista, quien no dudó en desafiar a la muerte para defender las sagradas leyes del matrimonio. Estas palabras enfurecieron al rey, quien se vio así comparado abiertamente con Herodes; la respuesta real fue ciertamente insultante, pero carente de valor probatorio. El odio del rey creció aún más cuando el valiente obispo, en virtud de su cargo, se esforzó por oponerse a las leyes hostiles a la religión católica que el poder real estaba promulgando gradualmente.

En octubre de 1530, Enrique VIII encarceló por primera vez al obispo de Rochester, junto con otros dos obispos, por rechazar la Ley de Beneficios Eclesiásticos por considerarla injusta y por apelar al Papa al respecto. Posteriormente, debido a que, en una reunión del clero inglés, el prelado fue el único que se opuso firmemente al voto cobarde de todos sus colegas a favor de las dos leyes de divorcio, fue puesto bajo la supervisión del obispo de Winchester desde el 5 de abril de 1533 hasta el 13 de junio del año siguiente, fecha en que, tras recuperar su libertad, regresó con sus queridos feligreses. Poco después, fue acusado de traición y, en su ausencia, condenado a prisión y a la confiscación de sus bienes. El propio rey conmutó la pena por una multa debido a la fragilidad de la acusación, y el obispo recuperó su libertad. Sin embargo, desde ese momento, Ana Bolena, coronada reina el 1 de junio de ese mismo año, siguió albergando un odio feroz hacia el piadoso prelado, quien se mantuvo firme en su lealtad a la causa de la reina Catalina, a los derechos de la Iglesia y, sobre todo, a la suprema autoridad del Romano Pontífice; no le dio tregua. Por lo tanto, el arzobispo cismático de Canterbury convocó a John Fisher a Londres para que prestara el sacrílego juramento prescrito por la ley. El obispo, con gran valentía, se negó a reconocer la legitimidad de la unión del rey con Ana Bolena y del hijo nacido de ella, así como el título de Supremo Jefe Espiritual de la Iglesia de Inglaterra e Irlanda que el rey había asumido con tanta imprudencia y audacia. En consecuencia, ese mismo día fue encarcelado en la Torre de Londres. Allí, el valiente guerrero de Cristo, al igual que Tomás Moro, aguardaba la batalla decisiva.

En noviembre de 1534, se promulgó solemnemente en Inglaterra la ley relativa a la supremacía real en asuntos espirituales, una supremacía que Enrique VIII ya se había arrogado, como ya hemos mencionado. La ley estipulaba la pena de muerte. En aquel momento, el rey envió a varios obispos y laicos de alto rango para intentar doblegar al prisionero ante su indomable resistencia; todos los intentos fueron en vano. Entre ellos se encontraba la falsa e insolente afirmación de que el propio Tomás Moro había decidido prestar el juramento requerido. En represalia, el 2 de enero de 1535, la diócesis de Rochester fue declarada vacante y su obispo despojado de todos sus privilegios episcopales. El 7 de mayo, tras otro interrogatorio traicionero, Juan declaró con valentía que el rey no era en absoluto la cabeza suprema de la Iglesia de Inglaterra. Esta declaración había sido arrancada al prisionero por hombres traicioneros en presencia de un único testigo. Sin embargo, el rey aún no se atrevió a condenar al obispo. Nuestro predecesor, el Papa Pablo III, deseando honrar la inquebrantable firmeza de Jean Fisher y su fidelidad a la Santa Sede, lo había creado cardenal presbítero con el título de San Vitale en el Consistorio celebrado el 20 de mayo. Enfurecido aún más, el rey prohibió al prisionero recibir el capelo cardenalicio que le habían enviado; además, por orden suya, la Santa Sede fue insultada en las iglesias; incluso se dice que afirmó que se las arreglaría para despojar a Jean de la cabeza sobre la que debía descansar el capelo, o, según otros, que enviaría la cabeza del prelado a Roma para que recibiera allí el capelo.

Extenuado por numerosas penurias y privaciones, afligido por la enfermedad y privado de recibir los sacramentos debido a una cruel prohibición, el mártir de Cristo fue llevado ante el tribunal el 17 de junio, acusado de traición por negarle al rey la suprema autoridad espiritual que corresponde exclusivamente al Romano Pontífice. Dado que el obispo continuó afirmando y defendiendo con vehemencia los derechos de Dios y de la Iglesia, fue condenado a la infame muerte de los traidores; posteriormente, el monarca conmutó esta sentencia por la decapitación. Al salir del tribunal, el prisionero parecía rebosar de alegría, como si acabara de regresar de un banquete; mientras lo conducían de vuelta a la mazmorra, un gran número de fieles llorosos lo acompañaban, implorando su bendición.

Tras cuatro días, que el siervo de Dios pasó en perfecta paz interior y dedicado a la oración ferviente, amaneció finalmente la luz suprema del día triunfante. El 22 de junio, fiesta de San Albano, el primer mártir de Inglaterra, el gobernador de la prisión informó al prisionero temprano por la mañana que la hora de su ejecución se acercaba. Con palabras algo vacilantes, lo exhortó a no soportar la idea de ser privado de la vida ese día antes del mediodía, por decreto real, ya que era un anciano y, como tal, no podía vivir mucho más. El anciano respondió serenamente que con gusto daba gracias al rey que, mediante una sentencia capital, lo había librado de esa existencia menguante y angustiosa. Pidió que se le permitiera descansar un poco más. Después de dos horas o más, vinieron a despertarlo. Como si fuera a una boda, quiso ponerse sus mejores ropas y salió de la prisión alrededor de las 9:00 a. m. Luego, abriendo el Santo Evangelio que tenía en sus manos, leyó estos versículos de San Juan (17:3-5): «Y esta es la vida eterna: que te conozcan a ti, el único Dios verdadero, y a Jesucristo, a quien has enviado. Yo te he glorificado en la tierra, completando la obra que me encomendaste. Ahora, Padre, glorifícame en tu presencia con la gloria que tenía contigo antes de que el mundo existiera». Profundamente reconfortado por estas palabras, fue llevado al lugar de la ejecución. Cuando estuvo en el cadalso, se dirigió a la multitud reunida con voz firme y valiente: «Hermanos cristianos, he venido a este lugar a morir por la fe de la Iglesia Católica». Pero doy gracias a Dios; con su apoyo, hasta ahora he mantenido la compostura, sin experimentar temblor ni sentir horror ante la muerte. Por lo tanto, les pido a todos que me ayuden, mediante sus oraciones a Dios, a permanecer firme y fiel a la fe católica en la hora de mi muerte. Ruego fervientemente al Dios inmortal que, en su infinita bondad y misericordia, se digne mantener al Rey sano y salvo y a su reino intacto: que en todo, inspire y sugiera al Rey designios justos y beneficiosos”. Estas palabras y otras semejantes fueron pronunciadas con gran fervor, con una gravedad tan distinguida como venerable, con voz firme y vibrante, y con un corazón gozoso y feliz. De rodillas, el obispo ofreció más oraciones a Dios, incluyendo el himno Te Deum y el salmo In te, Domine, speravi.Entonces, con los ojos y las manos alzados al cielo, este santo e inocente hombre apoyó su cuello en el tajo y ofreció su cabeza al verdugo, quien la cortó fácilmente de un solo hachazo. La cabeza fue exhibida inmediatamente en el Puente de Londres, donde ya yacían las cabezas de varios monjes cartujos, que también habían sido ejecutados pocos días antes por la fe católica y la primacía del Pontífice de Roma. Catorce días después, fue arrojada impíamente al Támesis. Así, el invencible héroe de la fe, Juan Fisher, revestido dos veces con el esplendor de la púrpura, con razón comparado con San Juan Bautista, el Precursor, obtuvo la palma del martirio.

Quince días después, tras la misma tortura y por la misma noble causa, la corona del martirio adornaría la frente de Tomás Moro, Gran Canciller de Inglaterra. Su santa vida y su gloriosa muerte merecen también ser recordadas brevemente.

Thomas More nació en Londres en 1478; su padre, John, era abogado y su madre, Agnes Graunger. Recibió una educación estricta y atenta de sus padres, a la que respondió con mansedumbre, demostrando ser obediente y amable a medida que crecía. Desde joven, se distinguió por su aguda inteligencia y, siendo apenas un adolescente, fue admitido en el círculo íntimo de John Morton, cardenal arzobispo de Canterbury y canciller del Reino de Inglaterra. El cardenal lo tenía en tan alta estima que solía decir que preveía cosas extraordinarias en aquel joven. Poco después, lo envió a Oxford a estudiar humanidades en esa renombrada universidad. Allí, bajo la tutela de Thomas Linacre y William Grocyn, dos maestros excepcionales, Thomas More progresó notablemente, sobre todo en el latín, idioma que más tarde llegó a hablar con tanta fluidez como su lengua materna y que escribía con elegancia. También estudió griego y francés con gran diligencia, además de historia, geometría, matemáticas y música. Pero su padre, jurista y abogado, deseaba que su hijo siguiera la misma trayectoria profesional. Por ello, al cabo de unos años, lo llevó de vuelta a Londres para estudiar jurisprudencia y obtener su título de abogado. En aquella época, Thomas More impartió una serie de conferencias en la iglesia de San Lorenzo, en Londres, sobre * De Civitate Dei* de San Agustín , donde demostró su notable talento como orador, filósofo, historiador y poeta. Mientras estudiaba humanidades y derecho, perfeccionó su conocimiento de la religión católica y se dedicó con ahínco a la práctica de la piedad y otras virtudes: en su profesión de abogado, se mostró verdaderamente desinteresado, ajeno a cualquier atisbo de avaricia, y se esforzó por conciliar armoniosamente los derechos de la justicia más estricta con los de la caridad más bondadosa.

Siendo aún joven, consideró ingresar en la Orden Franciscana y, posteriormente, ordenarse sacerdote. Pasó unos cuatro años con los cartujos en Londres, participando regularmente en sus vigilias, austeridades y ejercicios religiosos. Luego, se vistió con un cilicio, que usó en ciertos días o en momentos específicos durante el resto de su vida. También practicó una rigurosa autodisciplina. Grande fue su piedad hacia Dios, su caridad hacia el prójimo, su templanza, su frugalidad y su mortificación. Así, vivió en el mundo con sobriedad, justicia y devoción a Dios. Siguiendo el consejo de su confesor, a los 27 años se casó con Jeanne Colt, con quien tuvo cuatro hijos: Margaret, Cecilia, Elizabeth y John. Seis años después, su esposa falleció. Deseando brindarles a sus hijos el cuidado que necesitaban, se casó con una viuda, Alice Middleton, con quien siempre vivió en admirable armonía.

Hacia 1524, se instaló cerca de Londres, en la colina llamada Chelsea, a orillas del Támesis. Vivía en una casa grande y hermosa que contenía una capilla privada y una biblioteca. Allí, en compañía de su familia y amigos íntimos, Moro dedicó sus días al estudio de las artes y las letras y a la práctica de la piedad. Nacido y hecho para la amistad, recibía a sus amigos con la mayor cordialidad; así, su casa fue llamada muy acertadamente la morada de las musas, el hogar de todas las virtudes y todas las formas de caridad. Su principal preocupación era inculcar en sus hijos y nietos no solo el conocimiento de las letras, sino aún más el de la religión; mañana y tarde, nunca dejaba de rezar junto con toda su familia. Durante las comidas, hacía leer libros de espiritualidad, como es costumbre en los monasterios, y a veces explicaba el significado oculto de lo que se leía; en los días festivos, pisoteando todo respeto humano, no se avergonzaba de asistir a las ceremonias litúrgicas con su familia, contribuyendo a ellas; En resumen, no había virtud digna de un cristiano de profunda piedad en la que él no sobresaliera.

Como ya hemos mencionado, estaba profundamente entregado al estudio de las artes liberales y poseía un amplio conocimiento de los textos sagrados y la literatura profana. Compuso varias obras para defender la verdad e inspirar devoción. Escribió numerosas cartas en las que, verdaderamente problemático para los herejes, como le gustaba llamarse a sí mismo, defendía sin temor la fe y la religión contra los errores de los reformadores. Gracias a su notable erudición y brillantes virtudes, se ganó la más alta estima de todos, incluso del rey Enrique VIII; por consiguiente, comenzó a ser consultado sobre asuntos de orden público y negociaciones. Inicialmente miembro del Parlamento, formó parte de una embajada enviada a Flandes en 1515; dos años después, se encontraba en Francia en una misión oficial. En 1518, fue miembro del Consejo Privado del Rey, luego Presidente de la Cámara de los Comunes, Canciller del Ducado de Lancaster y, finalmente, en octubre de 1529, para gran satisfacción de todo el reino, fue nombrado Alto Canciller de Inglaterra. En el desempeño de sus diversos cargos, se distinguió por su extraordinaria lealtad y diligencia. Cuanto mayor era su dignidad, autoridad u honor, más se mostraba, de manera admirable, superior a todos los demás por su modestia, la integridad de su carácter, su paciencia y sus siempre humanitarios sentimientos, teniendo un único objetivo: servir al Rey y al pueblo lo mejor que pudiera, pero sobre todo, al Rey de Reyes.

Todo parecía transcurrir sin problemas hasta que Enrique VIII, cegado por su intenso amor por Ana Bolena, deseó fervientemente que su matrimonio con la reina Catalina fuera declarado ilegítimo. Por ello, interrogó repetidamente a Tomás Moro sobre este divorcio. Sin dudar jamás de la validez e indisolubilidad del matrimonio que el rey había contraído con Catalina, el canciller nunca aprobó el plan del monarca. Su postura no fue diferente cuando, para obedecer su conciencia, trabajó con ahínco, junto con el obispo de Winchester, Stephen Gardiner, para que la Cámara de los Lores rechazara la injusta ley sobre la sumisión del clero. Actuó de manera similar cuando Enrique VIII buscó el reconocimiento de sus súbditos como cabeza suprema de la Iglesia de Inglaterra, exigiendo que se le otorgara dicho título. Cuando se dio cuenta de que el rey, en su obstinación, quería casarse con Ana Bolena y obtener opiniones favorables de las Universidades y la Cámara de los Lores para este asunto, para no verse obligado a actuar en contra de las leyes de Dios y de la Iglesia, Thomas, el 16 de mayo de 1532, renunció espontáneamente, para gran pesar de todos los buenos ciudadanos, a su cargo de Canciller, dignidad inmediatamente posterior a la real. A partir de entonces, llevó una vida tranquila cerca de su familia, dedicándose habitualmente a ejercicios piadosos, conversaciones espirituales y lecturas edificantes; preparó asiduamente su alma para afrontar la batalla final que preveía. En efecto, dos años después, en febrero, fue citado a comparecer ante el tribunal. Se le acusó de haber publicado una obra en contra del divorcio del rey. Se defendió de tal manera que, profesando abiertamente su fe católica, logró refutar por completo esta calumniosa acusación. Sin embargo, la ira del rey hacia él se volvió cada vez más violenta. Se recurrió a las amenazas para obligarlo a aceptar el segundo matrimonio real como legítimo. Él se negó rotundamente. Cuando el duque de Norfolk le recordó las conocidas palabras: «La ira del príncipe es la muerte», respondió con tanta prontitud como firmeza: «¿Acaso hay algo más, mi señor?... Entre usted y yo solo existe esta diferencia: que yo puedo morir hoy, mientras que usted puede morir mañana».

Mientras tanto, ese mismo año, el 4 de abril, Sábado Santo, llegó a Londres la noticia del dictamen del Papa Clemente VII que ratificaba la validez del matrimonio del rey Enrique VIII con la reina Catalina. El 13 de abril, Thomas More compareció ante los jueces o comisionados reales para prestar juramento sobre la ley de sucesión real en Inglaterra. Este juramento (en su preámbulo) también contenía una negación de la autoridad suprema del Romano Pontífice. El excanciller declaró que, de hecho, estaba dispuesto a reconocer lo establecido respecto al orden de sucesión real, pero de ninguna manera lo que afirmaba la inexistencia de la autoridad papal en Inglaterra. Pocos días después, el 17 de abril, fue encarcelado en la Torre de Londres, donde permaneció hasta su muerte el 6 de julio del año siguiente (1535).

Ni las tentaciones de ningún tipo, combinadas con los intereses humanos —especialmente las lágrimas de su familia, el tierno afecto de su hija Margarita, sus lágrimas y lamentos, ni la subasta de todas sus posesiones, ni las discusiones de sus amigos y conciudadanos más eminentes, ni las afrentas y amenazas de sus adversarios, ni la inmundicia y dureza de la mazmorra, ni el hambre, la persecución, ni el peligro de una muerte inminente— pudieron perturbarlo ni cambiar la resolución de su alma. Al contrario, se mantuvo lleno de alegría, llegando incluso a componer una breve obra titulada: «No hay que temer morir por la fe»; de modo que su cautiverio fue considerado una continua profesión de fe e incluso un verdadero martirio. Mientras tanto, se había promulgado la ley que mencionamos anteriormente, relativa a la supremacía espiritual del rey: se imponía la pena de muerte a quienes se negaban a reconocer dicha supremacía. Ana Bolena continuó incitando al rey contra Tomás Moro con más ferocidad que nunca. Por lo tanto, Enrique insistió en que el prisionero prestara el juramento prescrito por la ley, a lo que Thomas se negó categóricamente. El 1 de julio de 1535 , compareció ante el tribunal. Allí, fue acusado de alta traición por los siguientes motivos: se negó a someterse a la ley sacrílega relativa a la supremacía espiritual del rey en Inglaterra; escribió una carta a John Fisher instándolo a guardar silencio; y finalmente, dijo que esta ley sobre la traición era como una espada de doble filo: quien la suscribía perdía su alma, y quien la rechazaba se arriesgaba a ser privado de su vida física. Aunque Thomas se defendió muy hábilmente de estas acusaciones, fue condenado a la muerte más atroz para los traidores. Esta sentencia fue posteriormente conmutada por el rey a la decapitación. Después de que se pronunciara la sentencia, Thomas, para liberar su conciencia, expresó libre y claramente sus pensamientos sobre esta ley, y dirigiéndose a los jueces, pronunció un magnífico discurso; En ella, habló con tanta elocuencia sobre la violación de los derechos de Dios y de la Iglesia, sobre la primacía espiritual del Romano Pontífice sobre el mundo cristiano, que se podría decir con toda verdad: «Fue el Espíritu Santo quien lo inspiró a proclamar lo que proclamó». Concluyó esta profesión de fe deseando a sus jueces injustos el mismo destino que a San Esteban y San Pablo; así como Pablo, otrora perseguidor de Esteban, es ahora su compañero en la gloria celestial, así también él y sus jueces, ahora enfrentados en esta tierra, puedan estar en completa armonía en la vida venidera y compartir los mismos sentimientos en perfecta caridad.

De vuelta en prisión, Thomas More dedicó los últimos días de su vida a meditar sobre asuntos celestiales, a la oración y a las penitencias corporales. El 5 de julio, envió a su hija Margaret su cilicio y su disciplina, junto con una carta escrita a carbón. En ella, expresaba su más profundo afecto por su familia y amigos, y al mismo tiempo, hablaba de su alegría por morir por una causa tan noble, demostrando que su mente estaba completamente absorta en Dios, que ahora solo experimentaba lo celestial y que su alma estaba en completa paz. Al día siguiente, víspera de la fiesta de Santo Tomás de Canterbury y octava de la festividad de los santos apóstoles Pedro y Pablo, como había deseado ardientemente, le informaron muy temprano por la mañana que, por orden del rey, la sentencia de muerte se ejecutaría antes de las 9:00 a. m. Se mostró agradecido al monarca. Continuando con su meditación sobre la Pasión de Cristo, salió de prisión apresuradamente, como si fuera a una fiesta, llevando una cruz roja en la mano. Conducido al lugar de la ejecución, dirigió unas palabras a la multitud allí reunida, pidiéndoles que fueran testigos de que moría, como dijo, en la Iglesia y por la fe de la Iglesia Católica, fiel servidor del rey, pero sobre todo de Dios Todopoderoso. Agradeció al verdugo y lo abrazó, pidiendo a todos los presentes que oraran a Dios por él y por su rey. Luego se arrodilló y recitó devotamente el Miserere . Habiendo terminado, radiante de alegría, ofreció con gozo su cabeza al verdugo. Así, como John Fisher unos días antes, Tomás Moro murió a su vez mártir por la causa de la santidad del matrimonio cristiano y la supremacía espiritual, prerrogativa que solo posee el Romano Pontífice. Por orden del rey, la cabeza del mártir fue exhibida en una estaca en el Puente de Londres; aproximadamente un mes después iba a ser arrojada al río, cuando la hija mayor de Tomás Moro, Margarita, la obtuvo del verdugo a cambio de un precio. El cuerpo fue enterrado en la capilla de San Pedro en Tower Hill: allí habían reposado los restos del obispo de Rochester, a quien Thomas tuvo el privilegio de tener como amigo en vida y como un nobilísimo compañero al obtener la palma del martirio.

Tan pronto como los acontecimientos de los que hemos hablado hasta ahora, aunque de forma demasiado sucinta, se dieron a conocer en el mundo católico, no es de extrañar que John Fisher y Thomas More fueran considerados, inmediatamente después de sus muertes, con toda razón, entre los mártires cristianos, no solo por la notable santidad de sus vidas, sino mucho más porque en sus gloriosas muertes derramaron su sangre por la fe católica. Esto también fue cierto para muchos otros cristianos ingleses que, en aquel entonces y por la misma causa, afrontaron valientemente la muerte. Muy poco después de su fallecimiento, el 26 de julio de 1535, en Cartas dirigidas al emperador Carlos V y al cristianísimo rey Francisco I , nuestro predecesor Pablo III no dudó en escribir lo siguiente: «De repente, el rey Enrique, y esto lo contamos con el más profundo pesar, ha sometido públicamente al obispo de Rochester, ilustre por su virtud, renombrado por su erudición y venerable por su edad, a esto». El clero, elevado, glorioso y distinguido, del reino de Inglaterra, así como de otras naciones, fue ejecutado por la mano del verdugo, el castigo máximo reservado para los malhechores y criminales. Todo esto es, en verdad, sumamente deplorable, pero la causa de la muerte lo es aún más. Fue por Dios, por la religión católica, por la justicia, por la verdad, que este santísimo hombre fue ejecutado, pues defendió no solo, como Tomás, arzobispo de Canterbury, los derechos de un individuo, sino también los de la Iglesia universal. Por la misma razón, Enrique ha infligido, o sin duda infligirá, el mismo castigo a un gran número de otros clérigos y religiosos. Entre estas víctimas se encontraba Tomás Moro. No era clérigo, es cierto, sino un simple laico; sin embargo, sobresalía en el conocimiento de las ciencias sagradas y la literatura, y no temía afirmar públicamente la verdad.

Nuestros predecesores Gregorio XIII, en las Cartas Apostólicas Quoniam divinae bonitati del 23 de abril de 1579; Sixto V, en la Constitución Apostólica Afflictae et crudeliter del 3 de septiembre de 1586; y Urbano VIII, en las Cartas Apostólicas Non semper terrena felicitas del 30 de marzo de 1626 , hablaron con el mayor elogio de estos mismos mártires, así como de muchos otros que fueron ejecutados en aquel tiempo por la fe ortodoxa. En su inestimable obra sobre la beatificación de los Siervos de Dios y la canonización de los beatos, Benedicto XIV ofrece ejemplos de un gran número de fieles que perecieron por orden del rey Enrique VIII y la reina Isabel de Inglaterra: los escritores eclesiásticos los llaman mártires, aunque las causas de su martirio nunca fueron presentadas ante la Congregación de Ritos. El mismo Papa también habla en términos excelentes de nuestros dos atletas de Cristo. Esto es lo que escribe sobre John Fisher: Todos saben ya que, a través de las obras que publicó, iluminó la piedad de los católicos; refutó en un libro notable las doctrinas perversas de los herejes, principalmente las de Martín Lutero; finalmente, encarcelado al mismo tiempo que Tomás Moro, por orden de Enrique VIII, rey de Inglaterra, quien, después de haber sido un hombre y un rey de gran mérito, se había transformado en una bestia feroz y un monstruo, presentó su cabeza sin temblar al hacha del verdugo, negándose a dar su consentimiento a la ley por la cual este mismo príncipe se declaraba cabeza suprema de la Iglesia y deseaba ser considerado como tal. Respecto a Tomás Moro, Benedicto XIV escribe esto: Si es lícito mezclar hechos recientes con acontecimientos antiguos, el ejemplo del mártir Tomás Moro parece útil, aunque aún no ha sido reconocido por la Iglesia. El Senado inglés había aprobado un decreto que reconocía al rey como cabeza de la Iglesia de Inglaterra. Tomás no podía aprobar tal ley. Debido a esto y a otras acusaciones en su contra, el juez concluyó que Thomas estaba luchando contra una ley del reino, rechazando la autoridad real, y que era culpable del delito de traición. El canciller que había sucedido a More y el duque de Norfolk apelaron a él, prometiéndole el perdón del rey si, como decían, Thomas recapacitaba y abandonaba su obstinación. Pero él respondió a esta propuesta: «Agradezco sinceramente a Sus Señorías la amabilidad que me muestran; sin embargo, ruego fervientemente a Dios Todopoderoso que me conceda una firme confirmación en los sentimientos ortodoxos en los que me encuentro, para poder perseverar en ellos hasta la muerte».

Estos intrépidos heraldos y defensores de la fe y la supremacía de la Iglesia Católica Romana no solo fueron considerados y designados como verdaderos mártires de Cristo por sus contemporáneos y por quienes vivieron después de ellos —entre los que se encontraban numerosas figuras ilustres, notables por su vida santa y su erudición, astutos políticos, historiadores, humanistas, teólogos e incluso varios adversarios de la religión—, sino que también fueron rodeados de muestras de veneración. El papa Gregorio XIII, mencionado anteriormente, dio el ejemplo; autorizó diversas prácticas propias del culto público y eclesiástico en honor de estos confesores de la fe. Además, permitió el uso de las reliquias de estos mártires en la consagración de altares en ausencia de reliquias de los santos mártires anteriores. Fue él quien también encargó los frescos de la iglesia de San Esteban el Redondo, en el monte Celio de Roma, que representan las pasiones o torturas de los mártires cristianos. Con su permiso, y a expensas de un tal George Gilbert, el pintor Nicolas Circignagno reprodujo, en magníficas pinturas destinadas a la iglesia del Colegio Inglés en Roma —una iglesia dedicada a la Santísima Trinidad bajo el patrocinio de Santo Tomás de Canterbury—, a todas las figuras inglesas que, desde el comienzo de la conversión de Inglaterra hasta nuestros días, habían sufrido la muerte por la fe católica. Este acontecimiento está registrado en los anales del Colegio en la fecha correspondiente. A finales del siglo XVIII , estas pinturas fueron completamente destruidas por manos enemigas. Pero, con la aprobación del mismo Pontífice, se realizaron reproducciones mediante grabados en cobre en Roma en 1584. La vigésimo séptima lámina reproduce el martirio de John Fisher y Thomas More, y su elogio está redactado de la siguiente manera:

John Fisher, obispo de Rochester en Inglaterra, nombrado cardenal, de conducta y doctrina intachables y de gran renombre, fue condenado a muerte por Enrique VIII por defender la autoridad papal. Thomas More, un caballero ejemplar que había ostentado el cargo más alto del reino, notable por su prudencia, erudición, pureza moral y gentileza, fue decapitado por orden del propio rey por la misma razón. Ambos son la gloria de la nación inglesa; el primero, el honor del clero; el segundo, el honor de los laicos.

Dado que todos estos acontecimientos tuvieron lugar en una iglesia romana abierta a todos y bajo la atenta mirada de los pontífices romanos, son prueba fehaciente de la veneración pública que se les profesaba a estos mártires. Esta veneración ha continuado, con mayor o menor intensidad, pero de forma constante, hasta nuestros días. Con razón, debido a los indultos especiales de los Romanos Pontífices sobre los primeros mártires ingleses que, de 1535 a 1583, murieron por la fe católica y por la supremacía del Papa sobre toda la Iglesia, y cuyos sufrimientos fueron representados en frescos pintados antiguamente, por orden de Gregorio XIII, en la Iglesia de la Santísima Trinidad del Colegio Inglés en Roma, y posteriormente grabados en cobre en la misma ciudad en 1584, con la autorización privilegiada de ese mismo Pontífice, León XIII, Nuestro predecesor de ilustre memoria, declaró solemnemente, por decreto de la Congregación de los Sagrados Ritos, el 29 de diciembre de 1886, la fiesta de Santo Tomás de Canterbury, cuya fe y constancia los mártires mencionados imitaron tan valientemente, que la existencia de un indulto eclesiástico público era cierta, es decir, que el caso excepcional (beatificación equivalente), previsto por los decretos del Papa Urbano VIII de bendita memoria, fue verificado. En consecuencia, los cincuenta y cuatro mártires cuyos nombres se citan en el decreto, entre los que destacan John Fisher y Thomas More, fueron elevados a los honores de beatos. En cuanto a Nosotros, mediante las Cartas Apostólicas Atrocissima tormenta, de fecha 15 de diciembre de 1929, beatificamos solemnemente a otros ciento treinta y seis atletas de Cristo, todos ellos ejecutados de la manera más cruel, entre 1541 y 1680, por la fe católica, apostólica y romana y por la primacía espiritual de los sucesores del apóstol San Pedro. Luego, mediante las Cartas Pro tuenda, del 22 de diciembre de 1929, también conferimos el título de beato a John Ogilvie, martirizado en Escocia por la misma causa.

Pero, al acercarse el cuarto centenario de la gloriosa muerte de los beatos Juan Fisher y Tomás Moro, el cardenal Francisco Bourne, arzobispo de Canterbury, un ilustre prelado recientemente fallecido, y de acuerdo con él, muchas personas de eminente dignidad, los cardenales de la Santa Iglesia Romana, todos los arzobispos y obispos de Inglaterra, Escocia e Irlanda, cada uno con su clero y pueblo, y en el mundo católico, la mayor cantidad de prelados, universidades, colegios, seminarios, institutos religiosos y, finalmente, una multitud de otras personas, quizás doscientas mil o más, entre las que había algunos no católicos bien conocidos, nos dirigieron peticiones rogándonos encarecidamente que confiriéramos los honores de la canonización a estos dos eminentes y bienaventurados mártires.

Aceptamos con gran alegría estas peticiones. En consecuencia, instruimos a la Sagrada Congregación de Ritos para que, en primer lugar, sometiera los actos del martirio de estos bienaventurados a un examen muy riguroso, pues al tratarse la causa de confirmación de su culto, esta cuestión en particular no se examinó, ya que el derecho canónico de la época no lo requería. La Sección Histórica de la Congregación de Ritos, en particular, reconoció la evidencia del martirio de estos dos héroes, tanto desde el punto de vista de los hechos materiales como de su formalidad intrínseca, es decir, tanto con respecto a las dos víctimas como al príncipe perseguidor. Por lo tanto, el 29 de enero de este año (1935), se celebró la Congregación General en Nuestra presencia. Nuestro querido hijo Rafael-Carlos Rossi, Cardenal de la Santa Iglesia Romana, relator de la Causa, presentó la siguiente cuestión para su debate: si, en el caso y con respecto al efecto en cuestión, consideraba el martirio del beato Juan Fisher, Cardenal, y de Tomás Moro, la razón de este martirio y los prodigios o milagros ocurridos desde que se autorizó la veneración de estos mismos Beatos. Después de que cada uno de los presentes —cardenales, oficiales, prelados y consultores— expresara su opinión, decidimos esperar hasta el día 10 del mes siguiente para dar a conocer nuestra decisión, deseando mientras tanto buscar, en un asunto de tanta importancia, una comprensión más profunda. En el día señalado (10 de febrero), convocamos a Nuestra presencia a Nuestros amados Hijos Cardenal Camillo Laurenti, Prefecto de la Sagrada Congregación de Ritos, y al mencionado Cardenal Relator de la Causa, así como a Nuestros amados Hijos el Secretario de la Congregación de Ritos, Alfonso Carinci, y el Promotor General de la Fe, Salvador Natucci. Después de celebrar devotamente la Santa Misa, declaramos solemnemente: Es tan evidente por el martirio y la causa del martirio del Beato Juan Fisher, Cardenal, y Tomás Moro, que, concediéndose dispensas por prodigios o milagros y todas las demás dispensas oportunas y necesarias, la Causa puede avanzar a nuevas etapas.

Habiendo observado las mismas formalidades, decretamos el 3 de marzo que la canonización de estos mismos Beatos podía proceder sin peligro. Sin embargo, para seguir el procedimiento legal establecido por Nuestros predecesores en un asunto tan importante, convocamos primero a Nuestros venerables Hermanos los Cardenales de la Santa Iglesia Romana en un Consistorio secreto el 1 de abril en el Palacio Apostólico del Vaticano. Dirigiéndonos a los presentes , explicamos de inmediato el propósito de esta reunión: solicitar su opinión sobre este asunto, a saber, si era apropiado otorgar los honores reservados a los santos o canonizar a los Beatos Mártires Juan Fisher, Cardenal de la Santa Iglesia Romana, Obispo de Rochester, y Tomás Moro, Alto Canciller de Inglaterra. Después de Nuestro discurso, Nuestro querido Hijo, el Cardenal Camille Laurenti, Prefecto de la Sagrada Congregación de Ritos, pronunció un elocuente discurso sobre la vida y el martirio de cada uno de estos Beatos y relató cuidadosamente todos los actos que la Sagrada Congregación de Ritos, tras un examen serio, había admitido y aprobado en su Causa de canonización. Luego, solicitamos personalmente la opinión de cada uno de los cardenales. Habiendo recibido y acogido con agrado dichas opiniones, decidimos celebrar un Consistorio público el cuarto día de este mismo mes, donde se haría una solemne petición a favor de la Causa de canonización de estos Beatos.

Esta súplica fue hecha en este Consistorio, y de manera notable, por Nuestro amado Hijo Auguste Milani, Decano del Colegio de Abogados Consistoriales. Respondimos que estábamos muy deseosos de otorgar a estos Beatos los más altos honores, tanto más porque no solo la Iglesia Militante recibiría de esta cabeza un nuevo adorno y gloria, sino también porque estos Beatos, intercesores y protectores ante Dios, enseñarían a todos los fieles, y ante todo a sus compatriotas, a ser firmes en la defensa, si fuera necesario incluso hasta la muerte, de la religión católica, a despreciar esta vida perecedera y a comportarse como cristianos perfectos. Además, obtendrían de Dios que la poderosa nación inglesa volviera a dar, a la vanguardia y con brillantez, el ejemplo de la profesión de la fe romana, que es la única que se nutre de la verdad inmutable, establecida inquebrantablemente en la Cátedra de San Pedro; Y también que esta nación, conmovida por este nuevo y luminoso destello de santidad, dirija sus pensamientos hacia aquel centro del catolicismo del que recibió con tanto entusiasmo, bajo los auspicios del Papa Gregorio Magno, la doctrina de Cristo y el culto cristiano. Hemos dicho que esperamos este resultado no solo porque estos bienaventurados mártires ofrecen a Dios sus súplicas, sino también porque sus vidas han sido dadas a conocer al mundo entero.

Sin embargo, para que todo se llevara a cabo correctamente según la tradición de la Sede Apostólica, declaramos que no deseábamos dar a conocer nuestra opinión, que se esperaba y se deseaba que fuera motivo de alegría, antes de haber recabado y considerado, en un Consistorio semipúblico, los votos de los cardenales, patriarcas y demás obispos reunidos para tal fin. Mientras tanto, exhortamos a todos los presentes a que ofrecieran sus oraciones a Dios, para que obtuvieran para nuestro entendimiento la luz del Espíritu Santo y así pudiéramos tomar la decisión apropiada sobre un asunto de tanta importancia. Este Consistorio semipúblico fue fijado por Nosotros para el 9 de mayo siguiente. Cartas que dirigimos a los obispos, no solo a los más cercanos a Nosotros, sino también a los más lejanos, les informaban de este grave asunto para que, si les era posible, vinieran a Nosotros y nos dieran su opinión. Ordenamos que se enviara a cada uno de ellos un resumen de la vida y los hechos de la Causa de canonización del Beato Juan Fisher, Cardenal, y de Tomás Moro, para que, tras estudiar y examinar detenidamente el asunto, cada uno pudiera darnos a conocer su opinión. El día indicado, nos dirigimos primero a Nuestros Venerables Hermanos, los Cardenales de la Santa Iglesia Romana, así como a todos los obispos presentes, reunidos en el Consistorio del Palacio Apostólico; luego les preguntamos qué opinaban de la Causa en cuestión, pidiéndoles a cada uno que nos la comunicara individualmente. Recibimos la aprobación de todos los presentes. Todos coincidieron con Nuestro pensamiento y lo expresaron con gran entusiasmo. Experimentamos una inmensa alegría por ello y, tras este acuerdo unánime, decidimos concluir esta Causa mediante los solemnes ritos de canonización. La fecha para esta celebración final en la Basílica de San Pedro se fijó para el 19 de mayo. Confiábamos en que este acontecimiento, recibido con alegría por el pueblo inglés y en todo el mundo católico, traería considerable gloria y beneficios a la Iglesia. Además, exhortamos a todos los presentes a que unieran nuestras súplicas a sus más fervientes oraciones, para que Dios, autor y proveedor de toda santidad, se dignara iluminar y guiar nuestras mentes. Según la costumbre, se instruyó a los protonotarios apostólicos presentes para que redactaran las actas oficiales de estos acontecimientos.

Cuando llegó el día que habíamos señalado, las Órdenes del clero secular y regular en gran número, los prelados y oficiales de la Curia Romana, junto con Nuestros venerables Hermanos los cardenales de la Santa Iglesia Romana, y los patriarcas, arzobispos, obispos y abades, acudieron a la Basílica Vaticana, espléndidamente decorada y ya repleta de fieles. Mientras nos precedían en una piadosa y solemne procesión, hicimos Nuestra entrada en la Basílica. Después de adorar devotamente el Santísimo Sacramento, nos dirigimos a Nuestro trono para tomar nuestro lugar. Entonces, Nuestro querido Hermano Cardenal Camillo Laurenti, Prefecto de la Sagrada Congregación de Ritos y encargado de esta Causa de Canonización, nos pidió, por medio de Nuestro querido Hijo Auguste Milani, Decano del Colegio de Abogados Consistoriales, que, según la costumbre, inscribiéramos a estos dos mártires en el catálogo de los santos. Una petición similar se formuló una segunda y una tercera vez, es decir, con mayor urgencia, y luego con suma urgencia. Dos veces, con todos los presentes y con el mayor fervor, imploramos la luz divina, elevando mentes y corazones en oración a los nuevos santos. A estos últimos, con fervientes súplicas, les imploramos especialmente esta gracia: que los pueblos que se han dividido, y en particular aquellos que hoy reciben un nuevo honor, regresen felizmente al seno de su Madre, la Santa Iglesia, donde la verdadera fe jamás puede errar, donde la caridad divina jamás se enfría, donde el resplandor de la santidad siempre brillará. Finalmente, desde la altura de esta Cátedra de la Verdad, donde el Beato Pedro vive y preside en su propio asiento, pronunciamos esta sentencia definitiva:

En honor de la Santísima Trinidad, para la exaltación de la fe católica y la extensión de la religión cristiana, por la autoridad de Nuestro Señor Jesucristo, de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo, y por la Nuestra, tras una madura deliberación, después de haber implorado frecuentemente la ayuda divina, y por consejo de Nuestros venerables Hermanos los cardenales de la Santa Iglesia Romana y de los patriarcas, arzobispos y obispos residentes en Roma, decidimos y declaramos santos al bienaventurado Juan Fisher, cardenal de la Santa Iglesia Romana, y al bienaventurado Tomás Moro, laico, y los inscribimos en el catálogo de santos; decretando que su memoria sea honrada piadosamente y devotamente como santos mártires, por la Iglesia universal, cada año, en el día de su nacimiento al cielo, es decir, para Juan Fisher el 22 de junio, para Tomás Moro el 6 de julio. En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén.

Luego, accediendo a la petición presentada por el mencionado decano de los abogados consistoriales en nombre del mismo cardenal, dispusimos que estas Cartas Decretales fueran enviadas con el sello de plomo, y ordenamos a los protonotarios apostólicos que redactaran el documento oficial para preservar eternamente la memoria de esta canonización. Además, dimos gracias al Todopoderoso por tan gran bendición. Después de haber implorado la intercesión de los nuevos santos mártires ante Dios, concedimos indulgencia plenaria a todos los fieles presentes. Entonces, comenzamos a ofrecer, según el rito solemne, el Santo Sacrificio de la Misa. Después de la lectura del Evangelio, dirigiendo una homilía al clero y al pueblo, pronunciamos un breve elogio de estos santos mártires y exhortamos fervientemente no solo a los presentes, que allí se encontraban en actitud de profunda devoción, sino también a todos aquellos en el mundo que son Nuestros hijos en Cristo, a dirigir sus mentes y corazones a imitar las virtudes de estos santos e implorar su intercesión para sí mismos y para la Iglesia. Esto es lo que predijimos favorablemente: mediante fervientes súplicas, los fieles se esforzarán sobre todo por obtener de Dios, por la intercesión de estos dos protectores celestiales, que la nación inglesa, considerando el resultado de sus vidas, imite su fe y, por ello, regrese a Nosotros «en la unidad de la fe y del conocimiento del Hijo de Dios». Dijimos que aquellos que aún están separados de Nosotros pueden ser llamados a Él. Consideren atentamente las antiguas glorias de su Iglesia, que reflejan y realzan al máximo los gloriosos esplendores de esta Iglesia romana; que consideren también, como fervientemente deseamos, que esta Sede Apostólica los ha esperado largamente para recibirlos a todos cuando finalmente regresen, no a una morada extranjera, sino a su propia casa. Después de la lectura de esta homilía, hemos concluido, si Dios quiere, la solemne Misa.

Habiendo considerado cuidadosamente todo lo que debía tenerse en cuenta, con pleno conocimiento de los hechos, en virtud de la plenitud de Nuestra autoridad apostólica, confirmamos y corroboramos, y nuevamente establecemos, decretamos y damos a conocer a la Iglesia universal cada una de las cosas antes mencionadas. Además, queremos que las copias, incluso impresas, de estas Cartas Decretales, siempre que lleven la firma y el sello manuscritos de un notario apostólico, tengan exactamente la misma autoridad que las presentes Cartas si se presentaran o mostraran. Si alguien se atreviera a violar lo que hemos decretado, inscrito, mandado, establecido y querido por medio de estas Cartas, o fuera tan imprudente como para oponerse a ello, sepa que incurriría en la indignación de Dios Todopoderoso y de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo.

Dado en Roma, cerca de San Pedro; el 19 de mayo, cuarto domingo después de Pascua, del año 1935, de nuestro decimocuarto Pontificado.

Yo, Pío, Obispo de la Iglesia Católica.

(A continuación se incluyen las firmas de diecisiete cardenales).

P. Thomas-Pie, OP, card. Boggiani, Canciller de la SER Camille card. Laurenti, Prefecto de la S. Congregación de los Ritos. Joseph Wilpert, decano del Colegio del Protonato apostólico.

Fuente: Actas de SS Pío XI , vol. XIII, pág. 49, The Good Press – AAS, vol. XXVIII, 1936, pág. 185.

LA VERDADERA LIBERTAD DE EXPRESIÓN NACE DEL CELO POR LA VERDAD

En medio de todo esto, nos gusta alzar la vista y contemplar la fortaleza interior que poseen los elegidos de Dios, a pesar de la opresión externa. Elevados interiormente, fijan sus mentes en lo alto y consideran todo lo que sufren en esta vida como algo muy inferior y ajeno a ellos; y, por así decirlo, mientras se esfuerzan por trascender lo terrenal, casi ignoran sus propios padecimientos. A sus ojos, lo que destaca en lo terrenal carece de importancia. Pues, como si estuvieran en la cima de una gran montaña, desprecian las llanuras de esta vida y, trascendiéndose a través de las alturas espirituales, ven sometidos en su interior todo aquello que exteriormente se enorgullece de la gloria carnal. Por lo tanto, no perdonan ningún poder que se alce contra la verdad, sino que aplastan con la autoridad del espíritu a aquellos que ven envanecidos por la exaltación.
  
De esto se deduce que Moisés, viniendo del desierto, confronta con autoridad al rey de Egipto, diciendo: «Así te dice el Señor, Dios de los hebreos: “¿Hasta cuándo te negarás a servirme? Deja ir a mi pueblo para que me ofrezca un sacrificio”» ( Éxodo 10:3). Y cuando el faraón, oprimido por las plagas, le dijo: «Ve y ofrece sacrificios a tu Dios en mi tierra» ( Éxodo 8:25), Moisés, con autoridad inmediatamente mayor, respondió: «Esto no se puede hacer; porque vamos a ofrecer al Señor nuestro Dios un sacrificio que es abominable para los egipcios» ( Éxodo 8:26).
  
De esto se desprende que Natán confronta al rey que ha pecado: primero le revela la imagen de la transgresión que ha cometido, y luego lo declara culpable con la voz de su propio juicio, y de inmediato agrega diciendo: "Tú eres el hombre que ha hecho esto" (2. Reg. 12,7).
  
Por eso, el hombre de Dios, enviado a Samaria para destruir la idolatría, mientras el rey Jeroboam quemaba incienso en el altar, sin temer al rey ni sentirse oprimido por el terror de la muerte, ejerció sin temor contra el altar la autoridad de su propia voz, diciendo: «Altar, altar, así dice el Señor: A la casa de David le nacerá un hijo, cuyo nombre será Josías, y él sacrificará sobre ti a los sacerdotes de los lugares altos» (1 Reyes 13:2).
  
Por eso, cuando el orgulloso Acab, sometido al culto de los ídolos, se atrevió a reprender a Elías, diciendo: «¿Eres tú quien perturba a Israel?» (3 Reyes 18:17), Elías inmediatamente refutó la necedad del orgulloso rey con la autoridad de una reprimenda justa, diciendo: «No soy yo quien perturba a Israel, sino tú y la casa de tu padre, que habéis abandonado los mandamientos del Señor y habéis seguido a los Baales» (3 Reyes 18:18).
  
Por eso, cuando los sacerdotes y los gobernantes, enfurecidos incluso con azotes, le prohibieron a Pedro hablar en el nombre de Jesús, él respondió inmediatamente con gran autoridad, diciendo: «Juzgad vosotros mismos si es justo delante de Dios obedeceros a vosotros antes que a Dios. Porque no podemos dejar de hablar de lo que hemos visto y oído» ( Hechos 4:19-20).
  
Por eso Pablo, al ver al sumo sacerdote sentado en contra de la verdad, y siendo golpeado por uno de sus ministros, no respondió con maldiciones, sino que, lleno del Espíritu Santo, profetizó con voz clara, diciendo: «¡Dios te castigará, pared blanqueada! ¿Te sientas a juzgarme según la ley, y, quebrantando la ley, mandas que me golpeen?» ( Hechos 23:3) [1] …
  
Esta libertad de los santos surge del celo por la verdad, no del vicio del orgullo. Que los hombres santos pronuncien palabras tan elevadas por celo por la verdad, y no por orgullo, queda claramente demostrado por ellos mismos, pues demuestran con sus obras y palabras la humildad que poseen y la profunda caridad que sienten hacia aquellos a quienes reprenden. El orgullo, en efecto, engendra odio, humildad y amor. Por lo tanto, las palabras que el amor endurece ciertamente brotan de la humildad.
  
Los hombres santos, en realidad, no se liberan por el orgullo ni se dejan dominar por el miedo; sino que, cuando la rectitud los eleva a la libertad de expresión, la consideración de su propia debilidad los mantiene en la humildad. Si bien reprenden los pecados de los pecadores, castigándolos desde lo alto, al juzgarse a sí mismos con mayor sutileza, casi se colocan entre los marginados; y cuanto más persiguen el mal en los demás, más severamente se reprimen a sí mismos; y, a la inversa, cuanto menos se perdonan, aunque actúen mejor, más vigilantemente reprenden las acciones de los demás.

SAN GREGORIO MAGNO. Morália, o Exposición sobre Job VII, 35, 55. En Migne, Patrología Latína 75, cols. 795-797.
   
NOTA
[1] «Pablo dijo esto con autoridad apostólica, impulsado por el celo, amenazando y prediciendo la justa plaga de Dios al juez injusto, sobre todo para defender su propio derecho y su honor ante el tribuno [Claudio Lisias] que lo había salvado del tumulto; así lo afirman San Juan Crisóstomo y Ecumenio. En un sentido místico, San Agustín, en el libro 1 de De sermóne Dómini in monte, capítulo 19, enseña que estas palabras de Pablo no suenan tanto a insulto como a profecía, de modo que los sabios comprenderían que con la venida de Cristo el muro blanqueado, es decir, la hipocresía del sacerdocio [de la Antigua Alianza], iba a ser destruido» (Cornelio Alapide, Commentaria in Sacram Scripturam, tomo X. Nápoles, 1869, pág. 267) .

domingo, 5 de julio de 2026

PRIMEROS MOVIMIENTOS EN TORNO A LA “CISMÁTICA” FSSPX

Noticias tomadas de distintas fuentes. ADVERTENCIA: Mucho texto.
  
1.º NADA MÁS LES FALTÓ EXIGIRLES PACTO DE SANGRE: VATICANO PRESENTA PROTOCOLO DE “RECONCILIACIÓN” PARA LOS MIEMBROS DE LA FSSPX.
  
El Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó el 2 de Julio el procedimiento para la “reconciliación” con el Vaticano de los clérigos de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X (FSSPX), junto con un procedimiento separado para los fieles laicos.
  
El documento tiene dos versiones: una para los sacerdotes y otra para los laicos
    

TRADUCCIÓN
   
DICASTERIO PARA LA DOCTRINA DE LA FE
  
PROCEDIMIENTO PARA LA RECONCILIACIÓN DE LOS SACERDOTES PROVENIENTES DE LA FRATERNIDAD SACERDOTAL SAN PÍO X
  
El procedimiento seguido del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, en vigencia desde el 1 de Julio de 2026, prevé que un sacerdote que haya decidido abandonar la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, dispuesto a aceptar el Concilio Vaticano II y la legitimidad del Novus Ordo Missæ, si bien siga ligado al usus antíquior, debe: 
  1. Encontrar un Ordinario (Obispo diocesano, Superior mayor de los Institutos clericales de derecho pontificio de vida consagrada y Sociedades clericales de derecho pontificia de vida apostólica, etc.) dispuesto a recibirlo ad experiméntum
  2. Redactar, de su puño y letra, una carta al Santo Padre presentándose y solicitando la remisión de las censuras incurridas bien por haber recibido la ordenación sacerdotal de un obispo excomulgado o canónicamente irregular, o porque, aunque ordenado válida y lícitamente, se unió posteriormente a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X. 
  3. Anexar su certificado de ordenación sacerdotal.
  4. Anexar la Profesión de Fe y la Fórmula de Adhesión, con fecha y firma (ver Anexos A y B). 
  5. Hacer enviar por medio del Ordinario los tres documentos anteriormente mencionados al Dicasterio para la Doctrina de la Fe, junto con una carta anexa de éste expresando su disposición de recibir al sacerdote ad experiméntum en su diócesis o instituto.
Al recibir del Ordinario estos tres documentos, el Dicasterio preparará el Rescripto remisorio de las censuras, que será firmado por el Prefecto y el Secretario de la Sección Doctrinal.

Luego el Dicasterio transmitirá el rescripto al Ordinario junto con una carta anexa autorizándolo a recibir al solicitante por un período de prueba no menor a un año ni superior a tres, luego del cual podrá proceder a su incardinación.
  
Recientemente se decidió que si el período de prueba no tuviere buen suceso, el Ordinario retornará el Rescripto al Dicasterio para la Doctrina de la Fe, allegando una relación de por qué no tuvo lugar la incardinación.
  
***
  
PROCEDIMIENTO PARA LA RECONCILIACIÓN DE ALGUNOS FIELES LAICOS PROVENIENTES DE LA FRATERNIDAD SACERDOTAL SAN PÍO X

Este procedimiento concierne a la cuestión de la imputabilidad, o el grado de responsabilidad subjetiva de los fieles laicos que han adherido formalmente o asisten regularmente a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X y piden entrar en plena comunión con la Iglesia Católica.

La imposición de una pena canónica sobre los laicos pertenecientes a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X no debe presumirse automático, sino que debe evaluarse según cada caso.
  
Toda vez que la imputabilidad requiere pleno conocimiento y consentimiento deliberado, se pueden considerar como ejemplos de imputabilidad: 
1. Los laicos miembros de la Tercera Orden de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X; 
2. Los laicos que participan habitualmente en las celebraciones litúrgicas de la FSSPX mientras comparten formalmente sus posiciones doctrinales.
Por el contrario, los siguientes no deben considerarse imputables: 
3. Los laicos que asistieron a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X solamente por razones espirituales o litúrgicas; 
4. Los laicos que, si bien son conscientes de las tensiones con la Santa Sede, no rechazan el Magisterio o la autoridad del Romano Pontífice.
Si un laico perteneciente a las categorías descritas en los numerales 1 y 2 hubiere incurrido en una pena canónica y busca la plena comunión con la Iglesia Católica, el procedimiento requiere un acto formal expresando plena adhesión a la doctrina católica y obediencia a la jerarquía eclesiástica bajo la jurisdicción del Ordinario local, garante de la unidad de esa iglesia particular.

Por consiguiente, tal laico debe: 
  • Presentar al Ordinario local la Profesión de Fe y la Fórmula de Adhesión, debidamente fechada y firmada (ver Anexos A y B).   
Una vez obtenida la documentación, el Ordinario del lugar proveerá para recibir al fiel laico en los tiempos y los modos que considere más oportunos, sirviéndose por ejemplo del Rito de admisión a la plena comunión de la Iglesia Católica por aquellos que fueron válidamente bautizados, debidamente adaptado.
  
Respecto a los laicos a que hacen relación los numerales 3 y 4, bastará que se dirija a un sacerdote en plena comunión, con la decisión de no frecuentar en adelante la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.
  
y dos anexos que deben firmarse: una Profesión de Fe compuesta del Credo Niceno-Constantinopolitano y tres elementos de la profesión de fe de 1989 (Anexo A); y una Fórmula de Adhesión (Anexo B):
   

TRADUCCIÓN
Anexo A (PROFESIÓN DE FE)
Yo, N. creo con fe firme y profeso todos y cada uno de los artículos contenidos en el Credo, a saber:
  
[Sigue el texto del Credo Niceno-Constantinopolitano]. Amén.
   
Con fe firme, creo también todo lo que contiene la Palabra de Dios, ya sea escrita o transmitida por la Tradición, que la Iglesia propone como divinamente revelado, ya sea por juicio solemne o por su Magisterio ordinario y universal.
   
Asimismo, acepto y sostengo firmemente todas y cada una de las enseñanzas propuestas definitivamente por la Iglesia en materia de fe y moral.
    
Además, con sumisión religiosa de voluntad e intelecto, me adhiero a las enseñanzas que proclaman tanto el Romano Pontífice como el Colegio Episcopal al ejercer su auténtico Magisterio, aunque no tengan la intención de proclamarlas mediante un acto definitivo.

Dado en L.

Fecha: DD/MM/AAAA

Firma:

Anexo B (FÓRMULA DE ADHESIÓN)
  
Yo, N. prometo fidelidad a la Iglesia Católica y al Romano Pontífice, Pastor Supremo de la Iglesia, Vicario de Cristo, Sucesor de San Pedro en su primado y Cabeza del Colegio Episcopal, absteniéndome de toda declaración pública que pueda oponerse o a su persona o a su magisterio (cf. cánones 1373 y 1365 del Código de Derecho Canónico).
   
Acepto la doctrina enseñada en el n.º 25 de la Constitución Dogmática Lumen Géntium del Concilio Vaticano II sobre el Magisterio de la Iglesia y la adhesión debida al mismo.

Con respecto a ciertas doctrinas enseñadas por el Concilio Vaticano II, o reformas posteriores en la Sagrada Liturgia o el Derecho Canónico, que a algunos les pueden parecer difíciles de conciliar con declaraciones previas del Magisterio, me comprometo a seguir un enfoque positivo en su interpretación bajo la guía del Magisterio de la Iglesia, para que ninguna de estas enseñanzas pueda separarse del resto del sagrado patrimonio doctrinal de la Iglesia.
  
Declaro además que acepto la validez del Sacrificio de la Misa y de los Sacramentos celebrados con la intención de hacer lo que hace la Iglesia, y de acuerdo con los ritos contenidos en las ediciones típicas del Misal Romano y los libros rituales promulgados por los Sumos Pontífices Pablo VI y Juan Pablo II.
   
Finalmente, prometo adherirme a la disciplina común de la Iglesia y a sus leyes, especialmente a las contenidas en el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II.

He firmado todo lo anterior de mi propio puño y letra.
  
Dado en L.

Fecha: DD/MM/AAAA

Firma:
    
Un comentarista dijo al respecto de los anexos: «Nada más le faltó que exigieran además firmarlo con sangre, para que sea un pacto satánico en toda regla».
  
Respecto a la última cláusula de la fórmula de adhesión, aquí es donde surge una pregunta: El mismo día en que se publicó el documento, León XIV Riggitano-Prévost recibió en audiencia privada al saliente presidente colombiano Gustavo Francisco Petro Urrego, quien llevó como parte de su comitiva a su nueva pareja sentimental Vanessa Cortés Carmona, después de su separación (tomarlo con pinzas) de su segunda esposa Verónica del Socorro Alcocer García, sin tener un cargo público y a costa de los contribuyentes colombianos ¿Eso se puede criticar, o se incurrirá en “excomunión” al hacerlo?
  

2.º OBISPÓN DE OGDENSBURGO DECLARA A LA FSSPX «EN CISMA FORMAL».
  

El obispón Terry Ronald LaValley Gadway de Ogdensburgo (estado de Nueva York) emitió una carta pastoral fechada a 1 de Julio declarando que la Fraternidad Sacerdotal de San Pío X (FSSPX) está en “cisma formal” con la Iglesia Sinodita, después de la ordenación de cuatro obispos.
   

TRADUCCIÓN


Diócesis de Ogdensburgo
                                                                 Mons. Terry R. LaValley
Calle Washington 604 • Apartado Postal 369 • Ogdensburgo, NY 13669
(315) 393-2920 • Fax (866) 314-7296 • email: rgrizzuto@rcdony.org
   
1 de Julio de 2026
San Junípero Serra, Sacerdote
  
Querida familia diocesana, 

Es con gran tristeza que debo compartiros que la Fraternidad Sacerdotal San Pío X (FSSPX) está en cisma formal con la Iglesia Católica Romana por cuenta de las ordenaciones [sic] episcopales no autorizadas de cuatro obispos sin mandato papal (cf. Canon l 013).
  
Estos obispos ordenados [sic] hoy, y los obispos que los consagraron, han incurrido en excomunión automática cuya remisión es reservada exclusivamente al Papa. Tal desobediencia al Papa León XIV como el Sucesor de San Pedro, el primer Papa al cual Cristo confió su Iglesia, es considerada como un acto cismático, y lesiona gravemente la unidad de la Iglesia por la cual Cristo oró tan fervientemente la noche antes de morir.
   
Este proceder por la FSSPX constituye una separación formal de la comunión eclesiástica, y como tal es ilícito y prohibido para los católicos romanos participar y recibir los Sacramentos de los obispos y sacerdotes asociados con la Fraternidad San Pío X, incluyendo el Bautismo, la Confirmación, la Sagrada Eucaristía, la Penitencia, el Matrimonio y las Órdenes Sagradas. La única excepción prevista por el Derecho Canónico es el Sacramento de la Penitencia en el caso de peligro de muerte (cf. cánones 976 y 1752).
  
Es de gran importancia darse cuenta que la división entre la Fraternidad San Pío X y la Iglesia Católica Romana simplemente no es sobre la celebración de la Misa y los Sacramentos. La FSSPX repudia y denuncia la doctrina del Concilio Vaticano II, particularmente el ecumenismo, la libertad religiosa, la colegialidad de los obispos con el papa, y el entendimiento eclesiástico y la relación con el judaísmo.
  
Movido por la atención de las almas, debo instruir a los fieles de la Diócesis de Ogdensburgo a evitar participar en las actividades de la Fraternidad San Pío X en la Capilla Santa Teresa en Nicholville (NY), como también a sus escuelas. Invito también a los que han estado asistiendo a la Misa o los Sacramentos administrados por los sacerdotes de la Fraternidad San Pío X a buscar ahora el consejo y alimento espiritual de la Misa y Sacramentos Latinos tradicionales celebrados en la iglesia de Santa María en Potsdam (NY) o la iglesia de Santa María en Evans Mills (NY).
   
A nuestros hermanos sacerdotes en la Fraternidad San Pío X que no deseen ser parte de esta ruptura con la Sede de Pedro, siempre estoy presto a recibiros y ayudaros a permanecer dentro de la Iglesia Una, Santa, Católica y Apostólica.
   
En el presente, oremos fervientemente por la unidad de la Iglesia, y pidamos a María, Madre de la Iglesia, que interceda por la Iglesia y sus miembros en este momento de triste división.
  
Con atención y preocupación, pido la bendición de Dios sobre todos los moradores dentro de los límites de la Diócesis de Ogdensburgo. «Padre, que seamos uno».
  
Fielmente vuestro en Cristo,
  
(Fdo.) Mons. Terry R. La Valley
Obispo de Ogdensburgo

Junto con la misiva incluyó una lista de preguntas frecuentes (que no vamos a traducir), repitiendo los lugares comunes de la Secta Sinodita respecto de la FSSPX.
   
3.º LA RESPUESTA DEL PADRE PAGLIARANI: «PEDIMOS PAN, Y NOS DAN UNA PIEDRA».
  
El padre Davide Pagliarani, Superior General de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, redactó una carta a León XIV Riggitano-Prévost en respuesta a la “excomunión” que le fulminara su prefecto Víctor Manuel “Tucho” Fernández Martinelli el día anterior (Fuente: ACTUALITÉS FSSPX).
Fraternidad Sacerdotal San Pío X – FSSPX
  
El Superior General
  
A Su Santidad
el Papa León XIV

Écône, 3 de julio de 2026

«¿Qué padre, entre vosotros, si su hijo le pide pan, le dará una piedra? ¿Si pide pescado, en lugar de pescado le dará una serpiente? ¿O si pide un huevo, le dará un escorpión? Si, pues, vosotros, aunque malos, sabéis dar buenas cosas a vuestros hijos, ¡cuánto más el Padre celestial dará el Espíritu Santo a quienes se lo pidan!» (Lc. XI, 11-13).
  
Beatísimo Padre:

La notificación de la decisión tomada por la Santa Sede respecto a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, firmada por Su Eminencia el cardenal Fernández, nos ha llegado y es ya de conocimiento público.

Nos parece que esta decisión pone una vez más en evidencia el contexto extremadamente trágico en el que se encuentra la Iglesia universal. Lo que la Fraternidad San Pío X hizo y seguirá haciendo no es otra cosa que una iniciativa extrema de socorro de las almas, en medio de la confusión doctrinal y moral en la que se halla inmersa la Iglesia. De ninguna manera pretendemos sustituirnos a la Iglesia y no tenemos otro propósito que permanecerle fieles.

En conciencia no hemos estimado que pudiéramos sustraernos al deber moral que tenemos para con las almas, como ya lo hemos explicado a Vuestra Santidad, tanto en privado como en público.
  • Habíamos pedido pan, es decir, un poco de comprensión ante un sincero caso de conciencia, un gesto de paternidad no tanto hacia la Fraternidad San Pío X, sino hacia las almas, prometiéndole convertirlas en verdaderos hijos de la Iglesia romana; lamentablemente, hemos recibido una piedra.
  • Habíamos pedido pescado, es decir, la posibilidad de obtener provisionalmente los medios necesarios para seguir formando buenos sacerdotes que prosigan su misión de dar a conocer a las almas a Nuestro Señor; lamentablemente, hemos recibido una serpiente.
  • Habíamos pedido un huevo, prometiendo devolverlo en cuanto sea posible. En efecto, la santa Tradición que conservamos en las almas pertenece a la Iglesia, nuestra Madre —y no a la Fraternidad San Pío X—, y tenemos por seguro que un día un Papa querrá valerse de ella para el bien de la Iglesia universal; lamentablemente, hemos recibido un escorpión.
  • Habíamos pedido ser instruidos y confirmados en la fe de siempre; en vez de eso, fuimos declarados cismáticos por segunda vez.
A pesar de las sanciones que recaen sobre nosotros, la Fraternidad San Pío X renueva sinceramente la promesa que ya había hecho a Vuestra Santidad. Permítame al respecto retomar libremente lo que ya había expresado:
«La Fraternidad le promete […] dedicar todas sus energías a preservar la Tradición y a ponerla al servicio de la Iglesia. De esta manera, la Fraternidad San Pío X no se limita a conservar prácticas antiguas, sino que favorece y preserva las vocaciones sacerdotales, las vocaciones religiosas, las familias numerosas y profundamente cristianas; en una palabra, todo lo que manifiesta la vitalidad de la Iglesia, de la gracia y de la fe católica. Nuestra intención no es proponer a la Iglesia un museo de cosas antiguas, sino la Tradición íntegra, fecunda, encarnada y vivida en las almas.
   
[…] Estoy seguro de que un día Usted mismo o uno de sus sucesores podrá y querrá valerse de este servicio; nuestra única razón de ser es ofrecerlo en la Iglesia y para la Iglesia» (Carta personal dirigida a Su Santidad el 21 de noviembre de 2025).
Pero, sobre todo, la Fraternidad San Pío X le promete hoy que no recibe estas nuevas sanciones –objetivamente injustas e inválidas– en un espíritu de amargura o rebeldía.
   
Las condenas recientes, como las del pasado, nos alcanzan en lo que nos es más querido: nuestro apego a nuestra Madre, la Iglesia romana. Sin embargo, aun en esta prueba, todo debe contribuir al bien de las almas y de la Iglesia misma. Por lo tanto, estas condenas nos alientan a querer aún más a la santa Iglesia y a atender sus necesidades más que nunca con todas nuestras fuerzas. Por este mismo motivo la Fraternidad San Pío X ofrece de buen grado el sufrimiento ocasionado por estas nuevas sanciones por el bien de la Iglesia universal y por Vuestra Santidad.
   
Estamos seguros de que un día Usted mismo o uno de sus sucesores querrá hacer suyo el programa de San Pío X: «Restaurar todo en Cristo», Instauráre ómnia in Christo. Aquel día, el Santo Padre descubrirá en la Fraternidad San Pío X no un conjunto de serpientes y escorpiones, sino un pequeño ejército de hijos leales, dispuestos a todo para apoyarlo en la restauración de todas las cosas en Nuestro Señor y para reivindicar ante la humanidad entera los derechos imprescriptibles de Cristo Rey sobre todas las almas y sobre todas las naciones.
  
Aquel día el Santo Padre descubrirá con gran alegría y profundo consuelo almas auténticamente católicas, almas cuyo vínculo con la Iglesia jamás se fundó en las arenas movedizas de un diálogo ambiguo, sino sobre la roca de la fe de Pedro.
   
Le pedimos a la Santísima Virgen María que apresure la llegada de ese día, y deseamos sobre todo que Vuestra Santidad conozca cuanto antes esta alegría y este consuelo.
   
Mientras tanto, si le es posible a pesar de su decisión reciente, bendíganos como a sus hijos. Para nosotros nada cambió, nada cambiará jamás.
   
Confiado en la divina Providencia, a la que nada se le escapa y que lee hasta el fondo del corazón de cada hombre, me reafirmo, Santísimo Padre, como su muy devoto hijo en el Señor.
   
(Fdo.) Davide Pagliarani, Superior General
  
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Casa generalicia
Castillo Schwandegg
CH-6313 Menzingen (cantón de Zug)
Tel. +41 41 757 10 50

El tono es radicalmente distinto y contrapuesto a la respuesta que el 6 de Julio de 1988 le dieron al cardenal curial beninés Bernardin Gantin Tonondji († 2008) el superior general Franz Schmidberger y los superiores provinciales de la FSSPX, en la cual esencialmente declararon su gozo y gratitud al ser considerados excomulgados por una falsa iglesia: «Nada mejor pedimos que ser declarados fuera de esta impía comunión de los impíos. […] Ser públicamente asociados con esta sanción que es infligida sobre los seis Obispos Católicos, Defensores de la Fe en su integridad y entereza, sería para nosotros un sello de honor y una señal de ortodoxia ante los fieles».
  
4.º CARTA DE UN CONVERSO: LA CRISIS DE LA FSSPX NO ES UNA ABSTRACCIÓN

Un converso bajo el seudónimo Aquinas Bear redactó el siguiente artículo en su cuenta de Twitter/X (vía COMPLICIT CLERGY):
«He tratado de mantenerme lejos de la guerra tribal en torno a la FSSPX porque no pertenezco a ninguna facción. Solo quiero que me dejen practicar la Fe ortodoxa.
  
Soy converso, pero no estoy desinformado. Antes de ingresar a la Iglesia Católica, estudié teología católica, historia de la Iglesia, autoridad papal, derecho canónico, el Concilio Vaticano II, la Tradición y el Magisterio. Leí la Suma Teológica de principio a fin. He continuado estudiando desde entonces. Entiendo por qué la consagración de obispos sin mandato papal se considera un acto canónico extraordinariamente grave. También entiendo por qué la FSSPX cree que existe un estado de necesidad. Ambas afirmaciones son ciertas.
  
Lo que no puedo ignorar es la flagrante diferencia entre la severidad mostrada hacia la FSSPX y la paciencia que Roma demuestra repetidamente en otros ámbitos. 

Roma negocia en secreto con un gobierno chino que se inmiscuye en el nombramiento de obispos. Tolera años de presión doctrinal abierta por parte de la Iglesia alemana sobre moral sexual, ministerio ordenado, eclesiología y otros asuntos relacionados con el Depósito de la Fe.
  
La Iglesia ahora permite bendiciones pastorales a parejas del mismo sexo, insistiendo en que la doctrina no ha cambiado. Se nos repite constantemente que la Iglesia sinodal debe escuchar, acompañar, dialogar, tender puentes y buscar la fraternidad con protestantes, cristianos ortodoxos, judíos, musulmanes, no creyentes y prácticamente todos los demás. La Iglesia coloca a mujeres que apoyan el aborto en puestos clave de la curia. La Iglesia considera “incorrecto” negar la comunión a un político que defiende abiertamente múltiples herejías.
   
Sin embargo, a los católicos que se adhieren a la Sagrada Tradición, la Sagrada Escritura y el Magisterio perenne se les trata como si fueran el único grupo ajeno a la paciencia, el diálogo, el acompañamiento o la misericordia pastoral. Esta contradicción es difícil de ignorar.

Con todo, para mí. esta no es solamente una discusión sobre el Vaticano II, el derecho canónico, la obediencia, el cisma, o la política interna de la Iglesia.
  
Paso la mayor parte del tiempo en casa. Nunca he asistido a una capilla de la FSSPX, pero los sacerdotes de la FSSPX han sido de los pocos que han estado dispuestos a venir a mi casa y brindarme atención pastoral y sacramental durante los últimos tres años.
   
Mi parroquia no ha podido enviar a sus sacerdotes porque ahora vivo fuera de sus límites geográficos. Al parecer, el obispo local es muy estricto con estas normas, pero escribe con entusiasmo sobre cómo acompaña a los “marginalizados” cada mes de junio.
   
Me han ofrecido visitas de ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión, pero eso no satisface mi necesidad espiritual. Necesito un sacerdote. Necesito confesarme. Necesito la comunión sacerdotal. Necesito dirección espiritual y atención pastoral de alguien que pueda escucharme, aconsejarme, absolverme y administrarme los sacramentos.
   
En los últimos años, los únicos sacerdotes que han venido a mi casa han sido dos de la iglesia local de la FSSPX. Las personas a las que ahora se tacha de cismáticas en internet son, en la práctica, de los pocos clérigos que se han presentado en persona.  
  
Así que, cuando la gente celebra las acciones punitivas contra la FSSPX o les grita casualmente “cismáticos”, no están abordando una disputa abstracta de facciones. Están abordando algo que puede dejar a personas como yo sin medios útiles para la confesión, la Comunión, la dirección espiritual, y la cura sacerdotal regular.
  
No estoy rechazando el papado.
   
No me uniré a ninguna tribu.
   
Intento seguir siendo un católico ortodoxo que sigue las Escrituras, la Tradición y el Magisterio con la conciencia tranquila».