lunes, 27 de julio de 2026

KIKOBISPÓN CANARIENSE: «SI LOS DESNUDOS FRENTE A LA CATEDRAL AYUDAN AL MARKETING DE LA CIUDAD, ESTÁ BIEN (NADA MÁS DEJARNOS LIBRE EL PASO A LA CATEDRAL)».


Ayer 26 de Julio, el fotógrafo y “artista” judeoestadounidense Spencer Franklin Tupnik Morrell organizó “Grand Spectrum”, una puesta en escena en el marco del festival Culture & Business Pride en Las Palmas de Gran Canaria (España) consistente en cerca de 500 personas de 23 nacionalidades que posaron desnudas pintadas con los colores de la bandera del “Orgullo del Progreso” (Bandera arcoiris 2.0) frente a la catedral de Santa Ana (por razones de modestia, NO SE PUBLICARÁN LAS IMÁGENES).
  
Tunick dirigió la composición desde la azotea de las Casas Consistoriales y realizó diversas tomas con los participantes orientados hacia la fachada de la catedral, que 45 días antes acogiera el encuentro de León XIV Riggitano-Prévost con el clero y agentes pastorales de la diócesis canariense.
   
La organización (el Cabildo de Gran Canaria, la Promotora de Turismo y el Instituto de Desarrollo Cultural del Gobierno Autonómico de Canarias) eligió la Plaza Mayor de Santa Ana para una imagen destinada a simbolizar, según sus promotores, «la diversidad, la libertad y los derechos de las personas LGTBIQA+», horas después del ataque con coche ariete en el desfile del “Orgullo” en Berlín por el alemán de origen libanés Abdul Ballout (abatido al día siguiente) que dejó una mujer muerta y otros 29 heridos.
   
La intervención causó traumatismos para ingresar a la catedral a fin de celebrar la fiesta patronal. Solo la actuación de la policía permitió un pasillo para ingresar a la catedral para el servicio Novus Ordo de las 10:00h.
  
Incluso, según la prensa local, algunos de los participantes en la intervención accedieron posteriormente a la catedral todavía cubiertos con la pintura utilizada para formar la bandera arcoíris.
  
Al respecto, el obispón local José Mazuelos Pérez (abajo; “instalado presbítero el 17 de Marzo de 1990 y obispón el 6 de Junio de 2009 por el cardenal Carlos Amigo Vallejo OFM)  justificó la puesta en escena, diciendo ante el canal de televisión Canarias7: «No solo no estoy en contra de esta intervención artística, sino que la apoyo en la medida en que entiendo que todo lo que sea marketing para la ciudad es bueno». Su única crítica fue la “falta de comunicación” toda vez que, «de haber sido informado con antelación, el Obispado habría organizado mejor los accesos a la catedral».
  
  
Y ante el diario izquierdista caviar El País, Mazuelos (médico de profesión; e irónicamente conservador y miembro –o por lo menos afín– del Camino Neocatecumenal) fue más explícito: «No tengo ningún problema. Cuando vamos a la playa vemos cuerpos desnudos, ¿no?», dijo.

NI SIQUIERA LAS APLICACIONES SON “LUGARES SEGUROS” EN EL VATICANO


  
  
La aplicación “Click to Pray”, que está conectada con el Vaticano, expuso la información del usuario durante meses debido a una vulnerabilidad de seguridad, informa la publicación de ciberseguridad Dark Reading.
  
La aplicación, que está disponible para iOS y Android, es operada por la Red Mundial de Oración por el Papa (el antiguo Apostolado de la Oración), una obra pontificia confiada a los jesuitas.
  
Dark Reading informa que la aplicación contenía una vulnerabilidad llamada Referencia Directa Insegura a Objetos (IDOR). Esto ocurre cuando una aplicación permite a los usuarios solicitar información utilizando una cuenta o un número de registro, pero no verifica que estén autorizados para verla.
   
Al alterar estos identificadores, un atacante puede acceder a los datos de otros usuarios porque no existen comprobaciones de seguridad adecuadas.
  

Los nombres y direcciones de correo electrónico vinculados a aproximadamente 719.517 cuentas fueron accesibles a través de este defecto.
  
Según se informa, la vulnerabilidad fue descubierta en Enero de 2026 por un investigador de seguridad independiente conocido como “BobDaHacker”. Él afirmó que los repetidos intentos de notificar a las partes pertinentes (la RMOP y la agencia de comunicación española “La Machi”) quedaron sin respuesta antes de que el asunto se hiciera público.
  
Este incidente es el último de una serie de problemas de ciberseguridad que demuestran la falta de fiabilidad de la infraestructura digital del Vaticano.
   
Los sitios web del Vaticano han experimentado interrupciones varias veces en los últimos 20 años. En 2023, documentos confidenciales del Sínodo del Vaticano sobre la Sinodalidad fueron encontrados en un servidor en la nube no seguro.

NOVENA DE NUESTRA SEÑORA DE ÁFRICA DE CEUTA

Novena dispuesta a devoción del Licenciado Don Benito de San Martín, capellán de la Santa Imagen de Nuestra Señora en África; e impresa en Barcelona por la imprenta de Juan Piferrer en el año 1735 a devoción Don José Díaz de Paredes, capellán del segundo batallón del Regimiento de Infantería de España. Nihil obstat del Rvdo. P. Agustín de Castejón, del Colegio Imperial de la Compañía de Jesús de Madrid, el 15 de Julio de 1723; e Imprimátur por el canónigo Dr. Cristóbal Damasio, Inquisidor ordinario y Vicario de la Villa de Madrid por el Ilmo. Sr. Dr. Diego de Astorga y Céspedes, Arzobispo primado de Toledo, el 17 de Julio de 1723.

PROLOGO A LOS DEVOTOS DE NUESTRA SEÑORA DE ÁFRICA
Después que se conquistó Ceuta, y se dieron en ella cultos al verdadero Dios por los Cristianos, para que esta Ciudad fuese broquel contra la Berbería y antemural de España, y para que los mares no la inundasen ni los Moros restableciesen su dominio, ni con peste le asolase (epidemia común en aquellos países ardientes y destemplados), dispuso Dios hubiese Protectora Soberana que incesantemente abogue y pida a las puertas, siempre francas, de la piedad de su Santísimo Hijo, para que la Plaza se mantenga defendida, aunque incesantemente amenazada, sirviendo estas visibles amenazas para el arrepentimiento de las culpas en todos los vecinos.

Es ella una peregrina y milagrosa Imagen de María, cuyo titulo es Nuestra Señora de África, con la de Sacratísimo Difunto Hijo en los brazos, inclinada a un tiempo a tan Divino lastimoso objeto, y también al Pueblo; a éste, para la enmienda de sus culpas con que renuevan los cuchillos de dolores a Hijo y Madre Santísimos; y a Aquél para que incline la vara de su clemencia, y piedad hacia las almas, pues la destinó el mismo Dios ofendido para Patrona, Protectora y Medianera entre el rigor de su justicia y el horror de tan repetidas culpas.
   
Según la más seguida opinión, fue hallada esta Sacratísima Imagen a poco menos de un tiro de cañón de las murallas, disponiendo milagrosamente se le fabricasen Casa y Templo en la Plaza de dicha Ciudad, por estar este sitio en lo más estrecho de los mares, y mas inmediato al frente y avenida de los Bárbaros, Y habiéndose sorbido el mar varias ciudades de la costa y tierra adentro, se mantiene ella, bien que invadida de ambos mares, quebrando en sus muros el orgullo de sus olas, y regando con frecuentes espumas sus calles y edificios.

En la aflicción que se vio Ceuta cuando España estuvo apestada, llegando el aire contagioso a inficionar a Gibraltar con manifiesto peligro de introducir sus estragos en la costa de África, sacaron esta Santísima Imagen en procesión (que es la única vez que ha salido) y puesta en las murallas al frente de Gibraltar, al mismo tiempo que el pueblo, contrito y lloroso, hacía diferentes promesas y votos para lograr eficaz su patrocinio, consiguió este universal clamor de corazones verdaderamente arrepentidos, no solo la libertad de Ceuta, sino sosegar también el furor contagioso encendido en Gibraltar y España, para cuya memoria y eterno agradecimiento, votó solemne Fiesta, que se repite todos los años el día nueve de Febrero.
  
Buena prueba es de su Protección el funesto estrago que ocasionaron las armas bárbaras enemigas a los primeros lances del sitio que pusieron a Ceuta el año de mil seiscientos noventa y tres. Entraron, pues, los Moros con superbísimo coraje y audacia en la Plaza de Armas a la una del día, y degollando nuestra Guarnición, dominaron el terreno en menos de una hora (hasta aquí la amenaza de la ira de Dios por medio de las piedades de su Madre), pero encaminándose a las puertas principales el rigor de sus armas, fue su bárbaro arresto no solamente reprimido, sino es que se cortaron y precipitaron los moros, sin saber quién los arrojaba y envaraba la fuga. Muchos se quedaron clavados en las estacas, y en menos de media hora restaurasen los Cristianos los importantes puertos ya perdidos, clamando a un tiempo con general confianza animosísima: «Virgen de África, Virgen de África».

En todas las funciones de salidas, en que se encomiendan los soldados al prodigioso favor de esta Divina Africana, Emperatriz de las Armas Católicas, les infunde y da tal valor que, al salir a los ataques, ya publican la victoria, como se vio (entre otras) en la acción general que, hizo el Excelentísimo señor Marques de Gironella con solos sesenta caballos, y la mayor parte de la Guarnición siendo los moros muchos más en comparación en el numero; pues previniéndose los Soldados en el Templo de esta Sagrada Imagen dos días antes confesando y comulgando, no obstante que conocían el manifiesto riesgo a que en lo natural caminaban, al salir por las puertas empezaron a clamar públicamente: «Virgen de África, victoria, victoria»; y sin llegar a las manos desampararon los bárbaros sus bien formados ataques huyendo unos, desmayando otros, y todos sorprendidos de un fatal asombro, pudiendo con este milagroso accidente hacerse los Cristianos dueños de sus fortalezas sin más pérdida que la de un hombre; y así en todas las funciones infunde esta Militante Divina Reina tal valor y esfuerzo en los soldados, que andan ellos pretendiendo exponerse y salir a los riesgos más conocidos, y no irán a la Plaza de Armas sin entrar primero en su Templo a implorar con devota oración su favor y auxilio.
  
Muchas veces se ha visto Ceuta amenazada de hambre por causa, o de estar introducida la Guerra en España, o tormentas excesivas en el mar, o infieles corsarios que embarazan el paso a los socorros; y acudiendo con devotas Rogativas los Cristianos a esta Señora, han amanecido varias veces embarcaciones de bastimentos en el puerto; y otras pasando los barcos por entre las armadas enemigas, y aun otras moviendo su Majestad los corazones de los Prelados, Cabildos y Gobernadores en España para socorrerla, de suerte que solo ha quedado en amenaza el fatal anuncio del hambre, sobrando por último los bastimentos.
   
Ha traído esta Santísima Imagen a su Templo toda la devoción y culto de la Iglesia Catedral de Ceuta, acogiendo en él a su ilustrísimo Cabildo, que gustoso celebra allí sus funciones Eclesiásticas, sin que alguno de sus individuos haya experimentado la menor lesión de bala, bomba o piedras en tan dilatado tenaz sitio, siendo preciso pasar expuestos allí conocidamente a sus riesgos para acudir a la Iglesia. A que se añade, que siendo innumerables las bombas que los bárbaros han arrojado, sin haber convento, iglesia, ermita o casa que no haya experimentado el riguroso efecto de su hostilidad; solo este Santo Templo de Nuestra Señora de África ha sido privilegiado, estando su situación en el más próximo lugar al destino y blanco de estas baterías. No tiene en sus sagradas paredes pintado algún milagro, porque varios que han puesto luego se han desvanecido, y no se pueden numerar los prodigios sin número que esta Sacratísima Imagen ha hecho y hace en Ceuta, España, y en los mares, así públicos, como privados; pues apenas habrá militar en los Reales Ejércitos del Rey Católico que no deba a esta Señora algún especial favor y beneficio.
  
Pero porque no sabemos si las amenazas divinas (reprimidas hasta hoy por beneficio de esta Señora) pasarán algún día, por justos juicios de Dios, a descargar el último fatal golpe de su ira, irritada con la continuación de nuestros desacatos, convendrá mucho el templar el justo merecido rigor de la indignación de Dios, procurando cada uno de los vecinos y habitadores de Ceuta reformar sus costumbres, y dedicarse de corazón a la práctica de obras cristianas y ejercicio de virtudes, para que logren así del piadosísimo liberal corazón de la Divina Africana Protectora la continuación de su Patrocinio y amparo fidelísimo, librando así a Ceuta de los continuos ayes y sustos en que tantos años ha gime y teme su ruina y exterminio. Y para mas obligar las entrañas de esta Piadosísima Madre será sin duda medio gratísimo a sus ojos, el que antes de su día, a veinte y siete de Julio, se empiece en su santo Templo y Casa su devotísima Novena, acabándola en el día cuatro de Agosto, víspera del día de su Fiesta principal. Y el que no pueda concurrir por alguna indispensable ocupación o embarazo, la podrá hacer en su casa con su familia, y los soldados en sus cuarteles, confesando y comulgando el día primero, o último, o en ambos de la Novena. Fuera de esto, se procurará en cada uno de los nueve días hacer en reverencia de los Dolores de la Madre y Tormentos del Divino Hijo alguna obra de mortificación con prudente medida y reflexión a las circunstancias del estado de cada uno, siendo la regla más segura seguir en esta parte el dictamen del Confesor.
  
Siempre que se viere Ceuta amenazada de alguna aflicción temporal, será dictamen muy cuerdo y saludable no lisonjearse con esperanzas aéreas de que no pasará de amenaza, con la confianza de otros favores debidos a su Soberana Protección, antes bien se debe justamente recelar la ejecución del último castigo, y para evitarlo con nuevo y humilde recurso a la piedad de María Dolorosa, convendrá mucho para aplacar la indignación de su Hijo Santísimo, acogerse todos con devotísimo fervoroso corazón al asilo eficaz de su Novena, y lo mismo debe hacerse en las necesidades de nuestra Monarquía, sequedad en los campos, y en cualquier otra necesidad en lo espiritual, corporal y temporal; y aun cada uno por cualquier necesidad o pretensión privada que tenga. Y para animar a los devotos de la Novena con el auxilio espiritual y goce de las indulgencias.
   
El Excelentísmo Señor Don Diego de Astorga y Céspedes, por la Divina Gracia, Arzobispo de Toledo, concedió benignamente a todos los vecinos y forasteros de dicha Ciudad de Ceuta, ochenta días de Indulgencia en cada uno de los nueve días a los que asistieren o hicieren dicha Novena, así en el Templo de Nuestra Señora como en sus casas. Y también por las mismas razones de piedad justísima, concedió otros cuarenta días de Indulgencia en los mismos días de la Novena el Ilustrísimo Señor Don Tomás de Aguero, Obispo que fue de Ceuta; el Ilustrísimo Señor Don Fr. Tomás del Valle, Obispo que fue de Ceuta, concedió cuarenta días de Indulgencia. Así mismo el Ilustrísimo Señor Don Andrés Mayoral, Obispo actual de Ceuta, concede otros cuarenta días. También el Ilustrísimo Señor Don Bartolomé de Camacho y Madueño, Obispo de Tortosa, concede cuarenta días. Asimismo, el Ilustrísimo Señor Don Pedro de Copons y de Copons, Arzobispo de Tarragona, concede ochenta días; y el Ilustrísimo Señor Don Felipe de Aguado y Requejo, Obispo de Barcelona, concede cuarenta días de Indulgencia. De suerte que el que hiciere la Novena gana en cada día trescientos y sesenta días de Indulgencia. Y lo mismo el que rezare una Salve delante de la Santa Imagen, rogando a Dios por la Paz y Concordia entre los Príncipes Cristianos. El Eminentísimo Señor Cardenal Don Diego de Astorga concedió cien días de Indulgencia a todas las personas que rezaren una Salve delante de la Santa Imagen, que se venera con el titulo de África, en la iglesia parroquial de Orán.
  
NOVENA DE NUESTRA SEÑORA DE ÁFRICA, PATRONA Y ESPECIAL PROTECTORA DE LA CIUDAD DE CEUTA, ANTEMURAL DE ESPAÑA
   

Postrados a los pies de María Dolorosa delante de una Imagen suya (si se puede haber), y hecha devotamente la Señal de la Cruz, se dirá con fervoroso y entrañable afecto el Acto de contrición a la letra, como lo enseña el Catecismo; y acabado este, se dirá la oración siguiente, que se repite todos los días.

Por la señal ✠ de la Santa Cruz, de nuestros ✠ enemigos, líbranos Señor ✠ Dios nuestro. En el nombre del Padre, y del Hijo ✠, y del Espíritu Santo. Amén.
    
ACTO DE CONTRICIÓN
Señor mío Jesucristo, Dios y hombre verdadero, Criador y Redentor mío, por ser Vos quien sois y porque os amo sobre todas las cosas, me pesa de todo corazón de haberos ofendido: propongo firmemente de nunca más pecar, y de apartarme de todas las ocasiones de ofenderos, y de confesarme y cumplir la penitencia que me fuere impuesta: ofrézcoos mi vida, obras y trabajos en satisfacción de todos mis pecados; y así como os lo suplico, así confío en vuestra bondad y misericordia infinita me los perdonaréis, por los merecimientos de vuestra preciosísima Sangre, Pasión y Muerte, y me daréis gracia para enmendarme y para perseverar en vuestro santo servicio hasta la muerte. Amén.

ORACIÓN PARA TODOS LOS DÍAS
Dolorosísima Virgen María, dignísima y verdadera Madre del Unigénito del Padre hecho hombre por nuestro amor en tus purísimas entrañas; postrado humilde y confiadamente a tus pies sacratísimos, te pido y ruego, Señora y Madre mía dulcísima, que si el favor y merced que deseo lograr de tu piadoso corazón en esta Novena ha de ser para gloria de Jesús, tu Hijo crucificado, y bien de mi alma, me lo alcances de su bondad piadosísima; y si no, me concedas lo que tú, segurísima y bondadosa esperanza mía, conocieres ser más conforme a la divina voluntad.

DÍA PRIMERO – 27 DE JULIO
Dolorosísima María, único y poderoso asilo de mi corazón y alma, que para dar principio a la Pasión de tu Hijo Jesús, y después de la Cena e institución del Sacramento del Altar, sentiste en tu amoroso y tierno corazón la penetrante herida con que te traspasaron las lágrimas y dulces afectos cariñosos con que se despidió de tu amable compañía, pidiéndote, como verdadero e hijo tuyo, licencia para ir a padecer por nosotros los pecadores: por el inexplicable y vivísimo dolor que sentiste en esta despedida, te suplico me apartes y dividas de todos los afectos que en esta vida mortal me puedan apartar de tu dulce compañía en el cielo; y que me alcances el favor que os pido en esta Novena, si ha de ser para gloria de Dios, tuya, y bien de mi alma.

Aquí se rezarán tres Avemarías en reverencia a las almas santísimas de tu Hijo y tuyas, y se prosigue hablando con su Majestad la siguiente Oración:

ORACIÓN 
Poderosísima Virgen María, fiel y cariñosa Madre de los hijos de la Iglesia que viven en los presidios y países de África: pues con tanta razón eres llamada en los cielos y en la tierra Madre de la Fe y de la Santa Iglesia, triunfadora siempre de la gentilidad, secta mahometana y herejías; por reverencia y amor a aquella sangre preciosísima que Jesús tomó de tu purísimo corazón y entrañas, te pido, divina Africana mía, nos alcances del poder de tu Hijo (que puso y dejó en tus manos la conversión verdadera) la reducción a la fe de todos los herejes y gentiles, la defensa victoriosa contra los bárbaros de este tu presidio y ciudad de Ceuta, el arrepentimiento de las culpas y la perseverancia en gracia de todos sus moradores y soldados tuyos que asisten a su defensa, y a mí la gracia que te suplico en esta Novena. Amén.

Después, levantando el corazón a Dios y a nuestra Madre y Señora de África, con humilde y fervorosa confianza de conseguir, si conviene, lo que se pide, hará cada vez interiormente su súplica y oración particular, y se prosigue:

ORACIÓN A JESÚS CRUCIFICADO
Divino amante Jesús crucificado, que difunto ya en el doloroso seno de tu afligida e inconsolable Madre, eres lastimoso objeto a los mares de su llanto, con que solicitas también de nuestros duros corazones el más vivo, tierno y continuo por nuestras culpas. No permitáis, Señor, se pierdan las almas redimidas con tu Sangre preciosísima: antes bien, aplacado con las lágrimas y gemidos amorosos con los que os pide su salud eterna la que escogisteis por Madre a un tiempo de Dios y de los pecadores. Herid eficazmente con vuestros auxilios los corazones de todos, y en especial de los que nos gloriamos con el título de hijos y esclavos de su Madre Dolorosa, para que despreciadas las honras, riquezas y deleites de esta vida, merezcamos conseguir la eterna por medio de una buena muerte. Amén.
   
Después se saludan las cinco preciosísimas Llagas de Jesús difunto en el regazo y seno de María, para mejor obligar a la Dolorosa Madre.
  • A la Llaga del Pie izquierdo: Salúdote, preciosísima amorosa Llaga de mi Señor Jesucristo, y os pido, Señor, me perdonéis por ella cuanto os he ofendido; que traigáis a vuestra gracia a todos los pecadores, y defendáis poderosamente a esta Ciudad de las armas enemigas. Amén. Padre nuestro, Ave María y Gloria Patri.
  • A la Llaga del Pie derecho: Salúdote, hermosísima sangrienta Llaga de mi Señor Jesucristo, y os pido, Señor, me perdonéis por ella cuanto os he ofendido; la libertad dichosa para el Cielo a todas las benditas Almas del Purgatorio; y a esta Plaza la libréis de las plagas de peste y enfermedades contagiosas. Amén. Padre nuestro, Ave María y Gloria Patri.
  • A la Llaga de la Mano izquierda: Salúdote, Celestial Divina Llaga de mi Señor Jesucristo, y os pido, Señor, me perdonéis por ella cuanto os he ofendido; la salud, libertad y consuelo para los enfermos en los hospitales, prisioneros en las cárceles y cautivos en los moros; y para esta Ciudad el socorro abundante de mantenimientos y agua para los campos. Amén. Padre nuestro, Ave María y Gloria Patri.
  • A la Llaga de la Mano derecha: Salúdote, dulcísima penetrante Llaga de mi Señor Jesucristo, y os pido, Señor, me perdonéis por ella cuanto os he ofendido; que abráis liberalmente la diestra de tu misericordia con los pobres y necesitados; y a esta Ciudad la libréis de las inundaciones del mar y armas enemigas. Amén. Padre nuestro, Ave María y Gloria Patri.
  • A la Llaga del Costado Sacratísimo: Salúdote, cordialísima inmortal Llaga de nuestro Señor Jesucristo, y os pido, Señor, por ella, que con los dos penetrantes filos de amor y compasión a los tormentos y dolores de su afligidísima Madre, hieras, llagues y penetres profundamente mi corazón; alivies y defiendas a tu Santa Iglesia de las tribulaciones con que la persigue el Infierno; y a esta Ciudad la conserves hasta el fin en la pureza de la Fe, y en el temor y amor santo tuyo y de tu dulcísima Madre. Amén. Padre nuestro, Ave María y Gloria Patri.

DÍA SEGUNDO – 28 DE JULIO
Por la señal…
Acto de contrición y Oración para todos los días.
   
Dolorosísima María, mar amargo de penas donde entraron a derramar sus corrientes todos los ríos de los dolores e injurias de tu Hijo Jesús; por aquel dolor agudísimo que atravesó tu espíritu al saber que tu amado Hijo había sido entregado por el traidor Judas con un beso de paz en el Huerto de Getsemaní, y que habiendo sido atado como malhechor fue desamparado de sus discípulos: te suplico, Madre mía, que por las oraciones y sudor de sangre de tu Hijo en el Huerto, aprisiones mi alma y corazón con las ataduras del amor de tu Hijo y tuyo, para que así, siempre prisionero en esta vida, logre la libertad en la eterna; y también te suplico me concedas la gracia que pido en esta Novena, si es para gloria de Dios y bien de mi alma. Amén.
   
Rezar tres Ave Marías. Las demás Oraciones y la Salutación a las Santas Llagas se dirán todos los días.
   
DÍA TERCERO – 29 DE JULIO
Por la señal…
Acto de contrición y Oración para todos los días.
   
Dolorosísima María, teatro el más lastimoso de las penas, lágrimas y dolores, que no obstante el inmenso peso de su rigor, seguisteis con espíritu magnánimo e invencible las huellas de la Pasión de tu Hijo, llorando con inconsolable llanto la bofetada que sufrió humilde en casa de Anás, las irrisiones y escarnios en la de Caifás, y el encierro inhumano en el calabozo aquella noche: te pido, Señora y Madre mía, por el imponderable dolor que ocasionó en tu corazón el puñal tres veces sangriento de tus dolores y penas, que arraigues en el mío un verdadero amor y caridad hacia todos mis prójimos y una invencible paciencia en todos los trabajos de esta vida, para lograr tu perpetua vista y compañía en la eterna; y también te suplico la gracia que pido en esta Novena, si es para gloria de Dios y bien de mi alma. Amén.
   
Rezar tres Ave Marías. Las demás Oraciones y la Salutación a las Santas Llagas se dirán todos los días.

DÍA CUARTO – 30 DE JULIO
Por la señal…
Acto de contrición y Oración para todos los días.
   
Dolorosísima María, inaccesible abismo de lágrimas y amarguras, que después de una noche tan prolija de tormentos de tu Hijo, le visteis salir a las calles públicas llevado ignominiosamente como malhechor por los sayones y verdugos, lastimado y aprisionado con sogas y cadenas, y lleno su hermosísimo rostro de salivas inmundas y asquerosas hasta el Pretorio de Pilatos, donde le visteis y oísteis ser objeto de las calumnias y acusaciones de la ingrata Jerusalén: por aquel dolor tan penetrante y vivo que estampó en tu corazón vista tan lastimosa y tierna, te pido selles en el mío hasta morir la imagen de tu Hijo Santísimo, así dolorido y afeado por mi amor, para que esta celestial amargura me preserve siempre de la corrupción de mi alma. Y también te suplico concedas la gracia que solicito en esta Novena, si es para mayor gloria de Dios y bien de mi alma. Amén.
   
Rezar tres Ave Marías. Las demás Oraciones y la Salutación a las Santas Llagas se dirán todos los días.

DÍA QUINTO – 31 DE JULIO
Por la señal…
Acto de contrición y Oración para todos los días.
   
Dolorosísima María, escollo inmutable y peregrino donde quiebran su furor todas las olas del diluvio de los dolores y penas sin hacer mella en la invencible constancia de tu corazón: por el profundísimo dolor que dividió tu espíritu hasta el último fondo del sentimiento al ver a tu Santísimo Hijo Jesús burlado por Herodes y su ejército, vestido ignominiosamente con el traje y librea de loco e insensato, y pospuesto a Barrabás: te pido humildemente vistas a mi alma hasta la muerte con la túnica y estola blanca de la divina gracia, teñida con la sangre del Cordero Jesús, tu Hijo; y también te suplico la gracia que deseo en esta Novena, si es para gloria de Dios y bien de mi alma. Amén.
   
Rezar tres Ave Marías. Las demás Oraciones y la Salutación a las Santas Llagas se dirán todos los días.

DÍA SEXTO – 1 DE AGOSTO
Por la señal…
Acto de contrición y Oración para todos los días.
   
Dolorosísima María, centro anchuroso a donde caminan y descansan todos los ríos de las penas y tormentos, y de donde salen todas las corrientes caudalosas para llenar las almas de todos los santos; por los vehementísimos dolores que sentiste imponderables en tu tierno corazón y espíritu al descargar la justicia del Eterno Padre el rigor de nuestras culpas con cinco mil y más azotes sobre el delicado cuerpo de tu Hijo: te pido humildemente, Madre mía, riegues mis potencias y sentidos con las lluvias de esa sangre, y con la que a arroyos derramasteis de sangriento llanto con el dolor de mis culpas y compasión a las innumerables heridas y llagas de tu Hijo, para que así, regada la tierra de mi corazón con la sangre de tu inocente Abel, dé el fruto de buenas obras y virtudes que tú deseas y me pides; y también te suplico consiga la gracia que pido en esta Novena, si es para gloria de Dios y bien de mi alma. Amén.
   
Rezar tres Ave Marías. Las demás Oraciones y la Salutación a las Santas Llagas se dirán todos los días.
   
DÍA SÉPTIMO – 2 DE AGOSTO
Por la señal…
Acto de contrición y Oración para todos los días.
   
Dolorosísima María, celestial esfera y elemento donde viven y respiran todas las especies de dolores, cuyo número innumerable, después de Dios, solo te es conocido a ti; por aquel dolor y océano de amarguras que sentiste en los senos más profundos de tu corazón al ver coronar de espinas penetrantes, y vestir de ignominiosa púrpura y cetro al mejor Salomón, Jesús, que viste de hermosura al cielo y la tierra; y por el que también sentisteis al ver llevar a tu inocente hijo Isaac con la dura y pesada cruz a cuestas, arrastrado, caído y afrentado con la compañía de dos ladrones, cegando sus hermosos ojos con la tierra y polvo que le arrojaban, e hiriendo sus oídos con execrables injurias y blasfemias: te pido, Madre mía, de tu divino y hermoso Nazareno, auxilio y fortaleza para llevar las cruces de esta vida, y también la gracia que deseo en esta Novena, si es para gloria de Dios y bien de mi alma. Amén.
   
Rezar tres Ave Marías. Las demás Oraciones y la Salutación a las Santas Llagas se dirán todos los días.
   
DÍA OCTAVO – 3 DE AGOSTO
Por la señal…
Acto de contrición y Oración para todos los días.
   
Dolorosísima María, celestial tesoro y depósito de todos los tormentos y penas de la pasión de tu Hijo, espejo purísimo donde reverberan sus amarguras, sus congojas, sus lágrimas, sus tristezas, sus desamparos y agonías: por aquellas tres dolorosísimas horas en que al pie de la Santa Cruz bebió tu sediento y amante espíritu de aquel destrozado árbol de la vida todas las aguas de su Pasión y muerte, clavado tu corazón en la cruz con los mismos clavos con que visteis le puso en ella la impiedad de los judíos: te pido, Madre mía, me alcances de tu crucificado Hijo Jesús gracia eficacísima para vivir y morir crucificado al mundo en la cruz de mi Redentor; y también te suplico la gracia que deseo en esta Novena, si es para gloria de Dios y bien de mi alma. Amén.
   
Rezar tres Ave Marías. Las demás Oraciones y la Salutación a las Santas Llagas se dirán todos los días.

DÍA NOVENO – 4 DE AGOSTO
Por la señal…
Acto de contrición y Oración para todos los días.
   
Dolorosísima María, impenetrable abismo donde se recogieron los diluvios de la Pasión y muerte del Hijo del Eterno Padre, después de que a tu vista le viste con voz clamorosa entregar su espíritu en las manos de su piedad y misericordia: por aquel dolor dolorosísimo que traspasó las amorosas telas de tu corazón con el impío golpe de la lanza que penetró el de tu difunto Hijo, y que te redujo a la soledad más desabrida y triste, siendo universal la borrasca de tus penas al ver ya difunto al Divino Nazareno, a quien tienes ante tu vista en el regazo y seno de tus brazos protectores (recibiendo en ellos ríos de sangre que brotan de estas sangrientas llagas y de su cuerpo sacratísimo): te suplico me alcances la gracia que pido en esta Novena, si es para gloria de Dios y bien de mi alma. Amén.
   
Rezar tres Ave Marías. Las demás Oraciones y la Salutación a las Santas Llagas se dirán todos los días.

domingo, 26 de julio de 2026

PROMOCIÓN DE SINODALISTAS

Noticias tomadas de GLORIA NEWS.
  
1.º NUNCIO PROMOTOR DEL DOCUMENTO DE ABU DABI, NUEVO OBSERVADOR ANTE LA ONU EN NUEVA YORK.
   

León XIV Riggitano-Prévost nombró ayer 25 de Julio al nuncio Christophe Zakhia el-Kassis (en árabe كْرِيسْتُوفَر زَخَّيَا الْقُسُس), de 58 años, como nuevo Observador Permanente de la Santa Sede ante las Naciones Unidas en Nueva York.
  
Un sacerdote maronita ordenado el 21 de Mayo de 1994 por el archieparca maronita Khalil Abi-Nader y abogado canónico de Beirut, El-Kassis ha servido en el cuerpo diplomático del Vaticano desde 2000.
  
Había pasado once años (2007-2018) en la Sección Primera (Relaciones con los Estados) de la Secretaría de Estado del Vaticano.
  
Carrera en países musulmanes
Francisco Bergoglio lo nombró nuncio apostólico en Pakistán en 2018, siendo “instalado” arzobispón el 19 de Enero de 2019 por el cardenal Pietro Parolin Miotti.
  
En 2023, se convirtió en el primer nuncio apostólico residente en los Emiratos Árabes Unidos.
   
En 2024, Bergoglio amplió sus responsabilidades al nombrarlo nuncio en Yemén y delegado apostólico para la Península Arábiga.
  
En la ONU, ahora sucede al arzobispón milanés Gabriele Giordano Caccia, de 68 años. Riggitano-Prévost lo había nombrado nuncio en los Estados Unidos en marzo.
  
La ecología como prioridad
Durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP28), que se celebrará en Dubai en 2023, El-Kassis dijo a Vatican News que las religiones tienen «un gran papel que desempeñar» para abordar el supuesto cambio climático antropogénico.
  
Elogió las políticas ambientales de los EAU, describiendo su transición del petróleo a la energía limpia como “muy impresionante” y “un modelo para otros países”.
  
El documento de Abu Dabi, su fuente de inspiración
En la Feria Internacional del Libro de Abu Dabi en mayo de 2024, El-Kassis elogió el documento herético bergogliano de Abu Dabi de 2019 («Dios quiere todas las religiones»), diciendo que representa «la culminación de un diálogo constructivo y sincero entre las dos instituciones religiosas más grandes del mundo, la Iglesia católica y Al-Azhar (la autoridad religiosa suní de Egipto».
  
El-Kassis llamó al documento «una fuente de inspiración para millones de personas en todo el mundo, que encarna altos valores humanos».
  
Valoró los esfuerzos de Bergoglio para difundir los valores del documento comprometiendo a las instituciones, organizaciones y tomadores de decisiones para integrarlo en los sistemas educativos.
  
Consagró la iglesia en la Casa de la Familia Abrahamica
En noviembre de 2024, el arzobispón El-Kassis presidió la “bendición” de la Iglesia de San Francisco dentro del complejo de la Casa de la Familia Abrahamica. El edificio en la isla Saadiyat contiene una mezquita, una iglesia y una sinagoga lado a lado, construidas explícitamente como la realización física del documento de Abu Dabi de 2019.
  
El-Kassis elogió al jeque Mohamed bin Zayed Al Nahayan (dictador de Emiratos Árabes Unidos) diciendo que la Casa de la Familia Abrahamica “materializó visiblemente” la paz y el diálogo entre las religiones.
  
2.º MÉJICO: POSESIÓN DE OBISPÓN SINODALISTA EN DIÓCESIS DE ECATEPEC.
  

Después  de dos años de vacante diocesana, el 22 de julio, el obispón José Guadalupe Torres Campos, de 66 años, se posesionó como tercer ordinario de la diócesis de Ecatepec (Méjico). La diócesis tiene 1,5 millones de católicos y alrededor de 100 parroquias.
  
Nacido en León (Guanajuato), Torres Campos (“instalado” presbítero el 2 de julio de 1984 por Anselmo Zarza Bernal, y obispón el 22 de febrero de 2006 por Renato Ascencio León, ambas con el rito montini-bugniniano) fue hasta entonces obispón de Ciudad Juárez y ha ministrado a lo largo de la frontera norte de México durante los últimos once años. Muchas fotos en Internet lo muestran con ropa civil. León XIV ha nombrado un vocal defensor de la inmigración y un ideólogo pastoral de la “cercanía” y del “acompañamiento”.
  
El obispón Torres se hizo conocido por su enfoque en los migrantes, incluyendo la celebración de abusos litúrgicos en medio del fronterizo Río Grande o Bravo. También estaba comprometido con el alcance social.
  
Durante la toma de posesión, Torres describió el estilo “sinodal” del ministerio que representará: 
«Vengo con el deseo sincero de escuchar antes de hablar, de conocer antes de decidir. Quiero ser para ustedes un obispo cercano que camine entre su pueblo, un pastor que no tenga miedo de acercarse a las heridas de las personas, un padre que procure que nadie se sienta solo, olvidado o excluido del amor de Dios o de la vida de la Iglesia. 
  
Vamos a caminar juntos, escucharnos unos a otros y discernir juntos lo que el Espíritu Santo está pidiendo a nuestra Iglesia diocesana».
  
En la toma de posesión del obispón, la presidenta municipal (alcaldesa) Azucena Cisneros Coss aprovechó la oportunidad para proponer una agenda secular: «Hoy iniciamos una nueva etapa de diálogo, acompañamiento y construcción de paz» entre la municipalidad y la Iglesia, enfatizó.

EL CASO SLIPYJ: HISTORIA Y PRECISIONES

Tomado de ACTUALITÉS FSSPX (Distrito de Italia). Se publica en refutación a La Nuova Bussola Quotidiana, que ha tomado la “Cuestión de Écône” con un celo tan contrario a ciencia más parecido al odio personal que un análisis doctrinal (donde igual, también fracasan como los neoconservadores desesperados que son).
   
EL CASO SLIPYJ Y LAS CONSAGRACIONES EPISCOPALES SIN MANDATO APOSTÓLICO
  
Timbre postal conmemorativo del cardenal José Slipyj, por valor de 15 karbóvanets (Correo ucraniano, 1993).
 
¿Existe algún precedente histórico de consagraciones episcopales realizadas por la Sociedad de San Pío X sin mandato apostólico? ¿Hay otros casos en la historia de la Iglesia en los que un obispo consagrara a otros en contra de la voluntad del Papa, sin recibir condena alguna? ¿Se justifica la actuación de la Fraternidad únicamente desde una perspectiva teológica, o podemos recurrir a ejemplos concretos, quizás de hace tan solo unas décadas? Estas son las preguntas que intentaremos responder.
   
Antes de comenzar, una nota sobre la metodología. El episodio que vamos a relatar no es desconocido. Muchos han hablado de él, especialmente en internet, en los últimos meses. El problema es que estas intervenciones, tanto a favor como en contra de la Fraternidad, a menudo carecen de una base canónica e histórica sólida. Sus conclusiones son inciertas o, en algunos casos, completamente falsas. Por esta razón, hemos decidido retomar el tema en su totalidad y reexaminarlo desde cero basándonos en las fuentes. Para evitar que la lectura resulte demasiado engorrosa, hemos incluido solo los elementos principales de la historia en el cuerpo del artículo, mientras que los datos secundarios y las referencias se pueden encontrar en las notas finales [1].

EL HECHO
El 2 de mayo de 1977, tres obispos fueron consagrados sin mandato apostólico en el monasterio estudita de Castel Gandolfo. Los consagrados fueron Iván Choma, Ľubomír Husar y Stepán Czmil. El consagrante fue el cardenal José Slipyj, arzobispo mayor de Leópolis de los Ucranianos [2]. La ceremonia se llevó a cabo en absoluto secreto.

Intentemos comprender el contexto. Tanto el cardenal como los obispos que él consagró pertenecían a la Iglesia grecocatólica ucraniana, una comunidad católica oriental que profesa la fe católica en su totalidad, pero celebra la misa con un rito y sigue una disciplina canónica diferente a la de la Iglesia latina. 

Slipyj se convirtió en Metropólita de Leópolis y, por lo tanto, en jefe de la Iglesia grecocatólica ucraniana, en 1939, en vísperas de la invasión soviética. Cuando, en 1945, los comunistas intentaron suprimir a la comunidad grecocatólica y fusionarla con la Iglesia ortodoxa, Slipyj se negó a apostatar. Por ello, fue arrestado y deportado al gulag. Permaneció allí durante 18 años, ofreciendo un admirable testimonio de la fe católica frente a la tiranía comunista. Fue liberado en 1963, gracias a la presión del Vaticano y del gobierno de Estados Unidos. Pudo viajar a Roma y participar en el Concilio Vaticano II. En 1964, Pablo VI le confirió el título de Arzobispo Mayor, con poderes cuasi patriarcales sobre la Iglesia grecocatólica ucraniana, y en 1965 lo elevó al cardenalato. Prohibido de regresar a Ucrania, entonces parte de la Unión Soviética, pasó el resto de su vida en Roma.

Iván Choma era su secretario. Ľubomír Husar pertenecía a los Salesianos y Stepán Czmil a los Estuditas, una orden monástica ucraniana. No está claro si Slipyj quería conferirles únicamente el poder de la orden (convirtiéndolos en obispos auxiliares) o también el de jurisdicción (nombrándolos obispos de una diócesis). Algunos enfoques sugieren la segunda hipótesis [3].

En todo caso, no cabe duda de que las consagraciones episcopales del cardenal Slipyj se llevaron a cabo sin mandato apostólico y completamente sin el conocimiento del Papa. Las fuentes históricas lo afirman unánimemente [4]. Borís Gudziak, rector de la Universidad Católica Ucraniana de 2002 a 2013, habla de «consagraciones válidas pero ilícitas» [5]. Iván Dacko, secretario personal de Slipyj de 1976 a 1984, informa que este último, «después de la audiencia del 13 de diciembre de 1976, salvo las reuniones formales, ya no tuvo más reuniones privadas con Pablo VI» [6].

¿También se oponía el Papa? Todo nos lleva a creer que sí. Como veremos más adelante, Pablo VI no quería nombrar nuevos obispos para las sedes ucranianas. Además, si Slipyj pensaba que el Papa estaba de acuerdo, ¿por qué actuar en secreto? Al fin y al cabo, era cardenal y vivía a tiro de piedra de Roma. Habría sido muy fácil reunirse con el Sumo Pontífice. Cuando, menos de un año después, se conoció la consagración clandestina de Czmil, la Curia Romana mostró una considerable irritación [7] y exigió que Slipyj se justificara [8].

LA JUSTIFICACIÓN
¿Cómo justificó Slipyj su acción? Existen fundamentalmente dos razones: la primera es la “oficial”, dada en respuesta a una petición específica de la Santa Sede; la segunda es la “extraoficial”, que conocemos a través de los testimonios de sus colaboradores.
            
Primera razón. Cuando el cardenal Paul-Pierre-Charles Philippe Adam OP, prefecto de la Congregación para las Iglesias Orientales, le preguntó con base en qué derecho había realizado la consagración, Slipyj respondió: «Con base en los derechos de la Unión de Brest, que el Romano Pontífice garantizó al Metropólita de Kiev y a sus sucesores» [9]. En otras palabras, para Slipyj, consagrar obispos era su derecho como cabeza de la Iglesia grecocatólica ucraniana (cargo que antes ostentaba el Metropólita de Kiev, pero que actualmente ostenta el Metropólita de Leópolis). Este derecho se fundamentaba en una concesión explícita del Papa, realizada con motivo de la Unión de Brest, cuando, en 1595, la Metrópolis de Kiev, ya ortodoxa, volvió a la comunión con la Iglesia católica. Veremos, en la segunda parte del artículo, la validez de esta justificación.
            
Segunda razón. Según el testimonio de Mons. Husar (uno de los obispos consagrados clandestinamente) y otros contemporáneos, Slipyj actuó debido a una “situación de necesidad”. Durante tres décadas, las sedes episcopales de la Iglesia grecocatólica en Ucrania habían estado vacantes. La única que aún tenía obispo era Leópolis, pero su obispo residía en Roma y no tenía posibilidad de regresar a su tierra natal. El Vaticano se negó a brindar ayuda alguna. La Ostpolitik estaba en pleno apogeo.  Nombrar obispos grecocatólicos para las sedes ucranianas habría comprometido el diálogo con los comunistas (que habían prohibido legalmente a la Iglesia grecocatólica) y el ecumenismo con los ortodoxos (que consideraban la Unión de Brest un abuso). El cardenal Slipyj temía que la Iglesia grecocatólica ucraniana quedara sin jerarquía. En consecuencia, sabiendo que Pablo VI nunca la proveería, procedió con las consagraciones episcopales sin mandato apostólico.

EL DERECHO
Ahora debemos determinar, a la luz del derecho canónico, si las razones esgrimidas por Slipyj y sus colaboradores son válidas; es decir, si bastan para justificar una consagración episcopal sin mandato apostólico. ¿Es cierto que Slipyj simplemente ejerció su derecho y que, por consiguiente, sus consagraciones no solo son válidas, sino también lícitas? ¿Y es cierto que, en la Iglesia de aquel entonces, existía un estado de necesidad que legitimaba tal elección?
            
Respecto a la primera razón, afirmamos sin reservas que, en 1977, el Arzobispo Mayor de Leópolis no tenía derecho a consagrar obispos para su Iglesia sin el permiso del Papa.

En el momento de la Unión de Brest (1595), los delegados ucranianos solicitaron y obtuvieron que sus obispos, designados por el Rey de Polonia, recibieran la institución canónica y la consagración del Metropólita de Kiev, sin necesidad de confirmación por parte del Papa [11].
            
Cabe señalar que esta facultad no era un derecho innato perteneciente a los Patriarcas Orientales (con quienes el Metropólita, cabeza de la Iglesia grecocatólica ucraniana, estaba equiparado de alguna manera), sino un privilegio otorgado por el Papa. En la bula de concesión, Clemente VIII especificó que el Metropólita ucraniano actuaba «por autoridad y en nombre de la Santa Sede» y que, debido a la distancia de Ucrania, recurrir a Roma para la confirmación de cada nombramiento episcopal habría sido muy inconveniente [12]. Ahora bien, así como el Romano Pontífice concede un privilegio, también puede revocarlo. Además, el Metropólita de Kiev no podía nombrar obispos a su antojo. La elección de estos correspondía al Rey de Polonia y, posteriormente, tras la partición de este último, al Emperador de Austria [13]. El Metropólita se limitaba a otorgar la institución canónica y la consagración. Finalmente, la concesión de la Santa Sede solo afectaba a los nuevos obispos diocesanos de las sedes grecocatólicas ucranianas. Esto significa que el traslado de un obispo de una sede a otra, así como el nombramiento e institución de obispos auxiliares, estaba reservado a Roma [14].
            
En cualquier caso, el privilegio de confirmar obispos sin la intervención de Roma probablemente fue revocado ya con el Concordato entre la Santa Sede y la República de Polonia de 1925 [15].
            
Pero hay un documento que no deja lugar a dudas. Se trata del motu próprio “Cleri sanctitáti” (2 de junio de 1957), mediante el cual Pío XII promulgó una parte del derecho canónico oriental, la relativa a los ritos y las personas. En él también encontramos las normas sobre la postulación, la institución y la consagración de obispos. El canon 392, § 2 establece claramente que «el Romano Pontífice nombra libremente a los obispos o confirma a los que han sido elegidos». En cuanto a la institución canónica, el canon 395, § 1 especifica que está reservada exclusivamente al Papa. En otras palabras, las nominaciones o instituciones episcopales ya no eran posibles sin la intervención del obispo de Roma, quien en algunos casos elegía directamente al candidato, mientras que en otros confirmaba al candidato elegido por otros [16]. Además, tan solo unos años antes, el Santo Oficio había emitido un decreto (9 de abril de 1951) que amenazaba con la excomunión a cualquier obispo, de cualquier rito o dignidad, que hubiera conferido la consagración episcopal a un candidato no expresamente designado o confirmado por la Santa Sede. Esta norma, que para nosotros los occidentales puede parecer obvia, constituyó un cambio significativo para los orientales, dado que los jefes de algunas Iglesias católicas orientales, como la ucraniana, habían gozado en el pasado del privilegio de conferir la institución canónica a sus obispos sin pasar por Roma. En los patriarcados católicos orientales hubo numerosas controversias y descontentos, pero al final prevaleció la voluntad del Papa [17].
            
Algunos podrían objetar que la reserva papal de los nombramientos episcopales orientales fue abrogada por el decreto “Orientálium Ecclesiárum” del Concilio Vaticano II (21 de noviembre de 1964). En él, de hecho, se estableció que los Patriarcas Orientales debían recuperar sus antiguos derechos y privilegios, incluido el de «nombrar obispos de su propio rito» (n. 9). Sin embargo, es evidente que la decisión del Concilio no tiene la fuerza de una ley inmediatamente aplicable, sino que expresa una orientación general que la Santa Sede debía traducir en disposiciones prácticas. Prueba de ello es que, ya en 1976, Pablo VI confirmó en consistorio la elección de obispos realizada en los Patriarcados Orientales, exactamente como lo hizo Juan XXIII en 1959 [18], es decir, antes de “Orientálium Ecclesiárum”. 
            
En resumen, en 1977, nadie, ni siquiera el jefe de una Iglesia católica oriental, podía consagrar obispos sin el permiso del Papa [19]. Era imposible que Slipyj lo desconociera, dado que había vivido en Roma durante catorce años, ocupado cargos en la curia y estaba muy familiarizado con la práctica canónica vigente en aquel momento. ¿Por qué procedió de todos modos? Probablemente porque estaba convencido de que la posibilidad de nombrar obispos sin mandato apostólico era un derecho inherente de los Patriarcas orientales (no olvidemos que firmó y aceptó ser llamado “patriarca”, aunque el Papa nunca le había otorgado este título) o, en cualquier caso, fruto de un acuerdo bilateral entre el Patriarcado y la Santa Sede, que no podía ser revocado unilateralmente [20]. Sin embargo, la idea de Slipyj contradice abiertamente lo declarado por Clemente VIII y Pío VI, el derecho canónico de Pío XII y la práctica secular de la Iglesia católica.
            
En cuanto a la segunda razón, es muy difícil hablar de un verdadero “estado de necesidad” en el caso de las consagraciones de Slipyj. 
            
Todas las fuentes que consultamos parecen confirmar la existencia de un estado de necesidad. Andréi Chirovsky, quien en aquel entonces estudiaba en el Colegio Ucraniano de Santa Sofía en Roma y ahora es una figura destacada en la jerarquía católica ucraniana en Estados Unidos, afirma claramente: «La diplomacia vaticana en aquel momento parecía más interesada en buscar un acercamiento con el Kremlin que en proteger los intereses de los católicos ucranianos. El patriarca [réctius arzobispo mayor] José temía que la Iglesia católica ucraniana se quedara sin jerarquía. Por lo tanto, decidió dotar a la Iglesia en Ucrania de su propia jerarquía» [21]. En otras palabras, si Slipyj no hubiera consagrado a esos tres obispos, la Iglesia grecocatólica ucraniana pronto se habría extinguido. ¿Fue esto realmente así?
            
Es cierto, como ya hemos visto, que en 1977 ya no había obispos grecocatólicos residentes en Ucrania. Pero la jerarquía grecocatólica ucraniana no existía solo en su tierra natal. Entre los siglos XIX y XX, muchos ucranianos emigraron al extranjero y se establecieron diversas diócesis para ellos. En 1977, fuera de Ucrania, existían diez eparquías [= diócesis] y cuatro exarcados [= vicariatos apostólicos] con el mismo número de obispos diocesanos, sin contar los auxiliares, que eran renovados periódicamente por el Papa. Ciertamente, no se podía hablar de la inminente extinción de la jerarquía grecocatólica ucraniana. 

Además, Choma, Husar y Czmil no fueron consagrados obispos para  ir inmediatamente  a ejercer su ministerio en Ucrania, en la “Iglesia del Silencio”. Husar admite que «Slipyj me consagró por si la situación en Ucrania lo requería». Sin embargo, esto nunca sucedió: «Cuando la Iglesia [grecocatólica] fue reconocida [por el gobierno ucraniano] en 1990, ya no nos necesitaban» [22]. Tanto es así que estos obispos, hasta la década de 1990, no ejercieron ningún tipo de ministerio episcopal.

En resumen, la necesidad que Slipyj invocó para justificar sus consagraciones era puramente futura e hipotética: los nuevos obispos solo tendrían que viajar a Ucrania cuando la situación cambiara. Pero, llegado ese punto, ¿qué necesidad habría de obispos clandestinos? Un obispo de rito ucraniano residente en el extranjero podría haber sido trasladado fácilmente a su país, o se podrían haber realizado nuevas consagraciones en ese mismo momento (y no antes). Entonces, ¿dónde estaba el estado de necesidad?

Cabe señalar también que la necesidad invocada por Slipyj no se refería a la fe, sino simplemente a la salvaguarda (totalmente hipotética, como acabamos de ver) de la jerarquía de su rito en su país. Esta necesidad es radicalmente distinta de la actual, y en materia de fe, a la que ha recurrido la Fraternidad. Y, en nuestra opinión, no basta para justificar una consagración episcopal sin un mandato apostólico.

¿CÓMO TERMINÓ?
A la luz de lo que hemos relatado, cabría esperar que Slipyj y los obispos que consagró hubieran sido excomulgados o incluso declarados cismáticos. Nada de eso ocurrió. El paralelismo con la Fraternidad Sacerdotal San Pío X termina ahí. 

Al igual que la Fraternidad, Slipyj también realizó consagraciones episcopales en contra del derecho canónico de la época y en contra de la voluntad del Papa. Pero, a diferencia de la Fraternidad, la reacción del Vaticano fue sumamente benevolente.

Aparte de una solicitud de justificación por parte de la Congregación para las Iglesias Orientales, que no tuvo seguimiento, Slipyj no recibió ninguna reprimenda. No hubo declaración de  excomunión latæ senténtiæ (aunque el derecho canónico de la época la contemplaba) ni, mucho menos, de cisma [23]. El cardenal continuó su ministerio exactamente como antes.

Ni siquiera en 1980, cuando el propio Slipyj reveló a Juan Pablo II que los obispos consagrados clandestinamente no eran uno, sino tres, hubo reacción alguna. Todo lo contrario. A petición del Papa, la Santa Sede inició un procedimiento canónico que condujo al reconocimiento, en 1997, de Choma y Husar como obispos. Sin retractación, abjuración ni carta de disculpa [24]. Posteriormente, Mons. Husar se convirtió en Arzobispo Mayor de Leópolis y Cardenal (2001). Su proceso de “beatificación” se inició el 26 de febrero de 2024.

Esto no debería sorprender, puesto que Juan Pablo II había llegado a la conclusión de que las consagraciones de Slipyj no eran ilícitas. Dacko lo afirma explícitamente: «El padre Werenfried von Straaten O. Præm., […] gracias a su relación personal con el Santo Padre, ayudó a Slipyj a convencer al Papa de que la decisión que había tomado en aquel momento era la correcta» [25]. El 17 de octubre de 1984, Juan Pablo II elogió a Slipyj en estos términos: «Su memoria permanecerá imborrable en los anales de la historia civil y religiosa y nunca olvidaremos su figura ascética y hierática, severa y solemne. Sobre todo, nunca olvidaremos la enseñanza que impartió con toda su vida» [26].

¿Por qué esta diferencia de trato entre Slipyj y la Fraternidad Sacerdotal San Pío X? ¿Quizás porque no era apropiado atacar a alguien a quien todos consideraban un mártir del comunismo? ¿O quizás porque el cardenal ucraniano no tuvo problema en aceptar las innovaciones del Concilio, llegando incluso a afirmar, por ejemplo, que «no existe una diferencia dogmática significativa» entre las Iglesias ortodoxa y católica [27], y que la concesión de la dignidad patriarcal no depende del derecho canónico, sino de la autoconciencia eclesial del pueblo de Dios? [28].

CONCLUSIONES
El precedente histórico de las consagraciones de Slipyj nos permite extraer algunas conclusiones teológicas importantes, que están en perfecta armonía con lo que ya hemos expuesto en otros artículos.
            
1) La Santa Sede no cree que la consagración episcopal contra la voluntad del Papa esté prohibida por derecho divino y, por lo tanto, no sea lícita bajo ninguna circunstancia. Como hemos visto, Juan Pablo II llegó a creer que la decisión de Slipyj era acertada. Por esta razón, ni él ni los obispos que consagró recibieron condena alguna. De hecho, fueron presentados como ejemplos a seguir. Nada de esto habría sido posible si la Santa Sede hubiera estado convencida de que las consagraciones episcopales sin mandato apostólico son un acto intrínsecamente malo y prohibido por derecho divino.  En ese caso, de hecho, habría sido necesario declarar que Slipyj y los obispos que consagró habían incurrido en una pena canónica o, al menos, en un pecado muy grave. No habría sido posible conferirles cargos capitales en la Iglesia sin algún tipo de retractación o penitencia.
            
2) La Santa Sede tampoco considera que la consagración episcopal contra la voluntad del Papa sea en sí misma un acto cismático ni que merezca la excomunión.  Esta es la consecuencia lógica de lo expuesto en la primera conclusión.
            
3) La Santa Sede reconoce que un estado de necesidad puede ser razón suficiente para proceder con consagraciones episcopales contra la voluntad del Papa.  Según algunas fuentes, esta fue la razón que llevó a Juan Pablo II a excusar a Slipyj y reconocer oficialmente a los obispos que él mismo consagró. Y se trataba de un estado de necesidad puramente hipotético y objetivamente insuficiente. Si esto bastó para justificar consagraciones sin mandato, ¿por qué no habría de ser suficiente el actual estado de necesidad, en materia de fe, que encontramos hoy en la Iglesia?
            
En resumen, el episodio de Slipyj atestigua una vez más, y en la práctica, la bondad de la elección de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X. Oremos para que algún día el Papa también, como sucedió con el arzobispo ucraniano, reconozca que la Fraternidad hizo lo correcto.

Padre DANIELE DI SORCO FSSPX

NOTAS
[1] Obras más citadas: ANTOINE ARJAKOVSKYConversations with Lubomyr Cardinal Husar: Towards a Post-Confessional Christianity (Conversaciones con el cardenal Ľubomír Husar: Hacia una Cristiandad posconfesional), traducido del francés, Leópolis, Editorial de la Universidad Católica Ucraniana, 2007. – IVÁN DACKO, Il periodo romano della vita di Josyf Slipyj e il suo ritorno postumo in Ucraina (El período romano de la vida de José Slipyj y su regreso póstumo a Ucrania), en JOSÉ SLIPYJ, Memorias, editada por Iván Dacko, Alberto Di Chio y Luciana Mirri (Universidad Católica Ucraniana), Leópolis-Roma, 2018. – ANDRÉI CHIROVSKYThe Surprising Easter Connection of Pope Francis (La sorprendente conexión pascual del Papa Francisco), en «Logos: A Journal of Eastern Christian Studies» 54 (2013), págs. 9-12. – Todas las traducciones son nuestras.
[2] Este hecho está claramente atestiguado por diversas fuentes, todas coincidentes: ARJAKOVSKY, págs. 12 y 30-31; DACKO, pág. 392; CHIROVSKY, pág. 10. Véase también To the Light of Resurrection through the Thorns of Catacombs. The Underground Activity and Reemergence of the Ukrainian Greek Catholic Church (Hacia la luz de la resurrección a través de las espinas de las catacumbas. La actividad subterránea y el resurgimiento de la Iglesia grecocatólica ucraniana), Leópolis, Editorial de la Universidad Católica Ucraniana, 2014, pág. 83.
[3] Chirovsky (pág. 11) habla de Czmil como “obispo de Lutsk”, una sede episcopal ucraniana vacante desde 1973 (cf. GIORGIO FEDALTO, Hierarchía ecclesiástica orientális, Padua, Messaggero, 2006, págs. 101-102). Czmil, como veremos, murió menos de un año después de su consagración; por lo tanto, el título de Lutsk —si el informe de Chirovsky es fiable— solo pudo haber sido recibido de Slipyj. Además, en catholic-hierarchy.org y otros sitios, Mons. Choma figura como obispo titular de la diócesis ucraniana de Przemyśl (Polonia) desde 1977 (año de su consagración clandestina) hasta 1991 (cuando la Santa Sede nombró a un obispo). Esta noticia, de verificarse, confirmaría aún más que la intención de Slipyj era consagrar obispos diocesanos con poder de jurisdicción.
[4] Arjakovsky, pág. 12 (prefacio de Borís Gudziak): «sin el conocimiento y la bendición de Roma»; Dacko, pág. 392: «sin informar al Papa»; Chirovsky, pág. 10: «sin el permiso papal (mandato apostólico)».
[5] Arjakovsky, pág. 12.
[6] Dacko, pág. 388.
[7] Dacko, págs. 392-393; Chirovsky, pág. 10: «en un acto que causó muchas irritaciones en la Curia Romana, ya que el derecho canónico romano requería permiso papal para la consagración de un obispo». Chirovsky añade que el derecho canónico oriental no requería un mandato apostólico; pero esta afirmación, como veremos más adelante, es falsa.
[8] Así fue como sucedieron las cosas. Slipyj no solo consagró a los tres obispos en secreto, como ya hemos dicho, sino que durante varios años mantuvieron absoluto secreto sobre lo ocurrido. Nadie, aparte de ellos (y quizás algunos amigos íntimos), sabía que eran obispos. No ejercieron ninguna función episcopal. Tenemos el testimonio directo de Mons. Husar al respecto: «No experimenté ninguna tragedia ni sufrimiento porque no estaba desempeñando el papel de obispo. Mons. Choma pensaba exactamente igual que yo. No nos interesaba en absoluto desempeñar el papel de obispos ni que se nos llamara como tales» (Arjakovsky, pág. 31). Sin embargo, menos de un año después, el 22 de enero de 1978, uno de los obispos consagrados clandestinamente, Stepán Czmil, falleció repentinamente de un ataque al corazón. Durante su funeral en la Catedral de Santa Sofía en Roma, el Cardenal Slipyj quiso que se le vistiera con las vestiduras pontificias y que se le mencionara como el «difunto Obispo Stepan». El asunto inevitablemente llegó a oídos de la Santa Sede. Pocos días después, Slipyj recibió una carta del cardenal Philippe, prefecto de la Congregación para las Iglesias Orientales, preguntándole si realmente había mencionado al obispo Stepan. Tras recibir una respuesta afirmativa, el cardenal Philippe le preguntó con qué derecho había realizado la consagración episcopal (Dacko, págs. 392-393). No se menciona nada sobre la consagración episcopal de Choma y Husar, que permaneció en secreto, como veremos, hasta 1980.
[9] Dacko, pág. 393. El mismo autor añade al respecto: «La fidelidad es una relación recíproca, lo que en nuestro caso significaba que Slipyj debía ser siempre obediente y leal al Santo Padre, pero al mismo tiempo esperaba que el Obispo de Roma cumpliera las promesas de sus predecesores y respetara plenamente todos los derechos de las Iglesias orientales, como había declarado solemnemente el Papa Eugenio IV (1431-1447) en el Concilio de Florencia (1439). Además, consciente de que era el sucesor de los Metropólitas de Kiev y Galicia, esperaba que los Papas respetaran los 33 artículos firmados por los obispos de la Metrópolis de Kiev, que establecían que el Metropólita, tras la elección por el santo sínodo, tenía derecho a consagrar nuevos obispos sin informar al Papa» (ibid., pág. 394).
[10] Dacko, pág. 393; Chirovsky, pág. 10; Arjakovsky, pág. 12 (prefacio de B. Gudziak). El testimonio de primera mano de uno de los consagrados, monseñor Husar, es decisivo: «Además, en aquel entonces el Vaticano estaba llevando a cabo su famosa Ostpolitik. El gobierno soviético se aprovechó de esto y pidió a la Santa Sede que cerrara nuestro seminario menor en Roma. El seminario se resistió, pero nunca fuimos bien vistos en Roma. Slipyj me consagró obispo por si la situación en Ucrania lo requería» (Arjakovsky, pág. 31).
[11] Este es uno de los artículos o condiciones planteadas por los obispos ucranianos a la Santa Sede para la unión con Roma. Texto en ATANASIO GREGORIO WELYKYJ, Documénta uniónis Beresténsis ejúsque auctórum (1590-1600), Roma, Padres Basilios, 1970, pág. 109.
[12] Se trata de la bula “Decet Románum Pontíficem” del 23 de febrero de 1596. Texto en Welykyj, Documénta uniónis Beresténsis, cit., págs. 292-294. Las mismas expresiones se encuentran en la bula “In universális Ecclésiæ”, emitida por Pío VII el 24 de febrero de 1807. Texto en A. G. Welykyj, Documénta Pontíficum Romanórum históriam Ucráinæ illustrántia (1075-1953),  vol. II, Roma, Padres Basilios, 1954, págs. 313-319; véanse en particular las págs. 314 y 317.
[13] Bula “In universális Ecclésiæ”, citada en la nota anterior (pág. 317).
[14] Tanto Clemente VIII como Pío VII, en las bulas citadas en las notas anteriores, enumeran las sedes episcopales para las que el Metropólita podía conferir la institución canónica. El privilegio se extendía únicamente a estas. En cuanto al traslado de un obispo de una sede a otra, véase el breve de Pío IX “Per apostólicas lítteras” (5 de septiembre de 1848), que especifica que, incluso en la Iglesia greco-católica ucraniana, tal acto está reservado al Sumo Pontífice (texto en Welykyj, Documénta Pontíficum Romanórum,  cit., págs. 386-387).
[15] El privilegio se mantuvo vigente, al menos en teoría, hasta 1917. En ese año, se menciona en una carta enviada por Benedicto XV al cabildo catedralicio de Przemyśl (texto en Welykyj, Documénta Pontíficum Romanórum, cit., pág. 524). Después de la Primera Guerra Mundial, los territorios de las diócesis greco-católicas ucranianas pasaron del Imperio Austríaco a la República de Polonia. Los obispos ya no podían ser nombrados por el emperador. El problema se resolvió con el Concordato entre la Santa Sede y Polonia de 1925: la elección de arzobispos y obispos (en cuya lista también aparecen las sedes greco-católicas ucranianas) la haría directamente la Santa Sede (art. 11).
[16] La legislación canónica oriental de Pío XII fue aprobada con una fórmula muy amplia, que abolía cualquier ley, costumbre o privilegio contrario, ya fuera general o particular; por lo tanto, también los privilegios otorgados por Clemente VIII y Pío VI a la Iglesia greco-católica ucraniana. 
[17] Para una reconstrucción histórica exhaustiva del conflicto entre algunos patriarcas católicos orientales y Roma en relación con los nombramientos episcopales, véase el artículo de GIOVANNI COCOL’idea e lo sviluppo della prima codificazione orientale tra il Vaticano I e il Vaticano II (La idea y el desarrollo de la primera codificación oriental entre el Vaticano I y el Vaticano II), en “Jura orientalia” 9 (2013), págs. 14-59.
[18] Compárese la  provísio ecclesiárum  (es decir, el nombramiento o confirmación de las sedes episcopales vacantes) del Consistorio del 14 de diciembre de 1959 (Acta Apostólicæ Sedis  52 [1960], pág. 22) con la del Consistorio del 24 de mayo de 1976 (Acta Apostólicæ Sedis  68 [1976], pág. 382).
[19] Dacko menciona la facultad otorgada por Pío XII a los obispos tras el Telón de Acero para asegurar la continuidad y sucesión de sus sedes consagrando a hombres dignos como obispos (pág. 403). Sin embargo, esta facultad solo podía utilizarse cuando era imposible comunicarse con Roma, lo cual ciertamente no era el caso de Slipyj en 1977.
[20] En su testamento, iniciado en 1970 y completado en 1981, Slipyj llegó incluso a afirmar que la dignidad patriarcal y los derechos vinculados a ella no dependen del derecho canónico, sino más bien de la autoconciencia eclesial del pueblo de Dios: «Le expliqué constantemente al difunto Papa Pablo VI que en la Iglesia Oriental ni los Papas ni los concilios ecuménicos han establecido jamás Patriarcados en las Iglesias particulares separadas. La concesión de autoridad patriarcal siempre ha sido fruto de la conciencia cristiana madura del pueblo de Dios y de todos sus grupos compuestos, de la conciencia del clero y los pastores, pero de manera particular la conciencia de las comunidades laicas —el rebaño espiritual confiado a sus servicios pastorales— ha desempeñado un papel importante en esta cuestión» (Slipyj, Memorias, cit., p. 514, énfasis nuestro). Slipyj, «mientras era fiel al Papa, no negó el respeto por los derechos de una Iglesia sui juris. Además, incluso un Papa está obligado a respetar los derechos de dicha Iglesia» (Dacko, pág. 394, énfasis nuestro).
[21] Chirovsky, pág. 10. Véase también Dacko, pág. 393, Arjakovsky, pág. 12 (prefacio de B. Gudziak) y el testimonio directo de Mons. Husar (Arjakovsky, pág. 31).
[22] Arjakovsky, pág. 31 (el subrayado es nuestro).
[23] Ninguna de las fuentes que consultamos lo menciona, ni siquiera Dacko, que es muy preciso y también relata los episodios de conflicto entre Slipyj y la Santa Sede.
[24] Nuevamente, ninguna fuente menciona esto.
[25] Dacko, pág. 403 (énfasis añadido).
[26] Dacko, pág. 378 (énfasis añadido).
[27] Carta pastoral sobre la unidad en Cristo, 3 de junio de 1976 (en Dacko, pág. 382).
[28] Véase la nota n.º 21.

sábado, 25 de julio de 2026

PRÉVOST NOMBRA JUECES DEL TRIBUNAL SUPREMO VATICANO

Noticia tomada de GLORIA NEWS.
  

León XIV Riggitano-Prévost nombró hoy a siete nuevos miembros (jueces) de la Signatura Apostólica (Tribunal supremo en materia judicial y contenciosa administrativa, y sede de casación):
  1. Salvatore Joseph Cordileone Giardina (arzobispón de San Francisco, Estados Unidos), ex funcionario de la Signatura;
  2. Krzysztof Nitkiewicz Bartnik (obispón de Sandomierz, Polonia);
  3. Edward Mark Lohse Dedrick (obispón de Kalamazoo, Estados Unidos), ex funcionario de la Signatura;
  4. Juan Ignacio Arrieta y Ochoa de Chinchetru, “sacerdote del Opus Dei” y ex Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos;
  5. Eduardo Baura de la Peña, “sacerdote del Opus Dei” y profesor de Derecho Canónico en la Pontificia Universidad de la Santa Cruz;
  6. Gianpaolo Montini (presbítero de la diócesis de Brescia, Italia), profesor de derecho canónico en la Pontificia Universidad Gregoriana (¿y sobrino-nieto de Pablo VI?); y
  7. Ulrich Rhode SJ, profesor de derecho canónico en la Pontificia Universidad Gregoriana.
Los nombramientos sustituyen a los miembros cuyos mandatos de cinco años, conferidos en Junio de 2021, han concluido. Entre los que completan su servicio están los cardenales Joseph William Tobin Kerwin C.Ss.R. (arzobispón de Newark, EE. UU.), Mario Grech Attard (Secretario general del Sínodo), James Michael Harvey Redmond (arcipreste de la Basílica de San Pablo Extramuros), y Gerhard Ludwig Müller Straub (exprefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe).
  
El jesuita alemán Ulrich Rhode es el único nombrado promovido desde dentro del propio tribunal, habiendo servido como Referendario (consultor) de la Signatura Apostólica desde 2021.

ANTIGUO CONVENTO SERÁ RECONVERTIDO EN HOTEL


La ministra de las Fuerzas Armadas francesas Catherine Jeanne Marie Vautrin Laudry y el alcalde de Versalles François Paul Juvenal de Mazières Perrin anunciaron el 23 de julio que el antiguo Convento de los Recoletos en Versalles se convertirá en un hotel de lujo.
  
Situado a menos de 100 metros del Palacio de Versalles, se espera que el sitio histórico reabra alrededor de 2030.
  
Construido en 1684 durante el reinado del rey Luis XIV, el convento fue diseñado por el arquitecto Jules Hardouin-Mansart. Originalmente albergó a los Recoletos, una reforma de la Orden Franciscana de Regular Observancia fundada hacia 1583 por el excapuchino François Doziech en Aquitania siguiendo el modelo de la reforma descalza de España. Los monjes vivían en la pobreza, la oración y la predicación mientras servían al pueblo de Versalles y a los ejércitos reales.
  
Después de la Revolución Francesa (donde se negaron a darle asilo a los diputados del Tercer Estado participantes del Juramento del Juego de Pelota, trasladándose a la iglesia –actualmente catedral– de San Luis), los monjes fueron expulsados y la propiedad fue nacionalizada. La capilla del convento fue demolida en 1796, y los edificios restantes fueron utilizados sucesivamente como prisión, enfermería militar, cuartel del ejército (de ahí partió en 1914 el 5.º Regimiento de ingenieros para la Gran Guerra), y oficinas administrativas como el Servicio de Infraestructura de la Defensa y los servicios departamentales de la Oficina Nacional de Combatientes y Víctimas de la guerra.
 
Contrario a versiones circuladas en años anteriores acerca de la venta (y que un grupo de Emiratos Árabes Unidos estaba interesado en su compra), el Estado francés conservará la propiedad de la propiedad, pero otorgará un arrendamiento enfiteutico a largo plazo a un operador privado responsable de restaurar y operar el sitio como un hotel de lujo.

Los estudios técnicos están programados para 2026-2027, con una convocatoria de propuestas de proyectos a principios de 2028 y se espera que el hotel abra alrededor de 2030.

NO ES MORAL SALIR CON DIVORCIADOS, ASÍ NO SEAN CATÓLICOS

Traducción del Comentario de los Padres de TRADITIO. La respuesta también aplica para el caso contrario, o si viene del “divorcio eclesiástico” que son las anulaciones conciliares.
  
Los matrimonios irregulares son un tema complejo que depende de una investigación detallada de las circunstancias, la fluidez en latín, la comprensión del derecho canónico, el conocimiento de los principios del derecho eclesiástico, ciencia teológica y terminología técnica.
Tu primer recurso siempre es tu propio sacerdote católico tradicional.
  
«Estimados Padres de TRADITIO: ¿Es moral salir con alguien divorciado que nunca fue católico? ¿Dónde puedo encontrar una respuesta en el derecho canónico?» (Benny).

RESPUESTA DE LOS PADRES DE TRADITIO: Dos personas no católicas pueden contraer un matrimonio válido, que sería prácticamente igual de permanente que un matrimonio entre dos católicos. Por lo tanto, esta mujer seguiría casada, ya que el divorcio civil es nulo, incluso para un matrimonio no católico (salvo en los casos excepcionales de un matrimonio inválido, como entre menores de edad o con un grado de consanguinidad demasiado cercano, como primos hermanos).

En cualquier caso, no deberías salir con una mujer que no sea una verdadera católica y una posible pareja para el matrimonio.

El derecho canónico no te servirá. Los matrimonios irregulares son un tema complejo, que el derecho canónico solo aborda de forma general. Para tratar una cuestión así, necesitarías no solo fluidez en latín, sino también conocimientos de los principios del derecho canónico, la teología y la terminología técnica, así como la aplicación de la ley a los casos matrimoniales. ¡Tampoco se puede comprender el derecho seglar con solo hojear unas pocas páginas de un libro de leyes! Tu primer recurso siempre será tu sacerdote católico tradicional.

viernes, 24 de julio de 2026

PORTAL DE NOTICIAS VATICANO NORMALIZA LA INMORAL FECUNDACIÓN IN VITRO

Noticia tomada de GLORIA NEWS.
  

Vatican News, el costoso portal de noticias del Vaticano con una modesta audiencia en línea, publicó el artículo “Reproducción asistida: cuando la IA se usa contra los seres humanos” (titulado en español como “Procreación asistida: el papel de la IA divide a la bioética”) el 21 de Julio sobre las implicaciones éticas de la inteligencia artificial en la fecundación in vitro (FIV).
  
El artículo (publicado en ocasión de la inauguración del primer laboratorio de fertilidad totalmente automatizado en Estados Unidos) trata la FIV intrínsecamente mala como una forma establecida de “reproducción médicamente asistida” y se centra en los riesgos que plantea la automatización.
   
El autor del artículo es un tal Davide Dionisi, que trabajó durante más de 25 años en Radio Vaticana–Vatican News y ahora es el Enviado Especial de Italia para la Promoción de la Libertad de Religión y la Protección de las Minorías Religiosas.
  
Dionisio se apoya en los comentarios de la filósofa especialista en bioética Laura Palazzani, miembro de la Pontificia Academia para la Vida.
  
Palazzani argumenta que la tecnología debe “apoyar el proceso clínico” en lugar de reemplazar al médico. Ella insiste en que los médicos siguen siendo indispensables durante los procedimientos que incluyen «la recuperación y el procesamiento de gametos, la fertilización in vitro y el cultivo y la transferencia de embriones».
  
Una de las preocupaciones centrales del artículo es la posibilidad de que los algoritmos, en lugar de los embriólogos, puedan decidir qué embriones deben transferirse.
   
«Por lo tanto, existe un riesgo bioético específico cuando es un algoritmo, y no solo el embriólogo, el que evalúa y selecciona los embriones a transferir», dice Palazzani. Ella pide supervisión humana, transparencia y responsabilidad en la selección de embriones.

LA ERRADICACIÓN DEUTEROVATICANA DEL OFICIO DIVINO

Traducción del artículo publicado por Patricius Anthony en TRADITIO.
  
MÁS DEVASTACIÓN TRAS EL VATICANO II: LA ERRADICACIÓN DEL OFICIO DIVINO

Distribución del Salterio semanal en el Breviario Romano (Amberes, Imprenta de Plantin 1733).
Las Horas del Oficio Divino siempre han sido el centro de la liturgia de la Iglesia, de la cual la Santa Misa es solo una parte.
  
Aunque resulte difícil de imaginar, es totalmente posible que la creación de un culto sacrílego no apostólico no haya sido la acción más reprobable llevada a cabo por los bárbaros litúrgicos conciliares durante su reinado aparentemente interminable.

La sustitución de la Liturgia de las Horas por el sagrado Divinum Officium (Oficio Divino), la oración pública oficial de la Iglesia Católica, ha sido una parodia y abominación aún mayor que la promulgación de la inválida y protestantizada “Misa” del Novus Ordo.

Desde sus orígenes en la antigüedad, basándose en pasajes del Antiguo y Nuevo Testamento, venerables oraciones y sermones de los más ilustres Padres y Doctores de la Iglesia, biografías de mártires y santos, el Oficio Divino ha nutrido las almas de incontables religiosos, clérigos y laicos católicos, en el que un texto lo describe como «la obra del Espíritu Santo de unos 3000 años». Igualmente importante, el Oficio Divino ha sido la forma más eficaz para que las criaturas de Dios Todopoderoso adoren a su Creador, que, aunque el mundo moderno piense lo contrario, es el propósito último de la vida.

En su magnífico y conciso estudio The Sacrifice of Praise: An Introduction to the Meaning and Use of the Divine Office (Sacrificio de alabanza: Introducción al significado y uso del Oficio Divino), Vilma G. Little describe lo que realmente es el Oficio:
«Se trata de esa ronda diaria de oración pública vocal que la Iglesia ha ordenado recitar en su nombre por todos los clérigos de órdenes mayores, por todos aquellos que ostentan algún beneficio eclesiástico y por casi todos los religiosos y religiosas, hombres y mujeres, que han hecho votos solemnes».
Las oraciones del Oficio Divino se dividen en Horas canónicas y tienen su origen en la piadosa práctica del rey David de adorar a Dios Todopoderoso siete veces al día, como se registra en el Salmo 118: «Siete veces al día te alabo» y «A mitad de la noche me levanto para alabarte».

Las dos partes más antiguas del Oficio Divino, las laudes (Laudes), el canto de los salmos de alabanza al amanecer, y el encendido de las lámparas al anochecer, el lucernario (Vísperas), provienen de la práctica litúrgica del antiguo Templo. Estas dos Horas se originaron antes del comienzo de la antigüedad cristiana, como explica Little:
«En ellas [Laudes y Vísperas] encontramos un vínculo ininterrumpido con los videntes y profetas del Antiguo Testamento. Hay desarrollo, pero no ruptura, y el culto vocal cristiano se considera la continuación y el perfeccionamiento del culto del Templo, puesto que la Iglesia cristiana, mediante una transición necesaria y natural, es el cumplimiento de la Iglesia de la Promesa».
La siguiente adición, las matutinas (Maitines), una práctica que se había desarrollado a partir de un servicio de vigilia, fue consagrada por el emperador Justiniano en 530 y colocada antes de las Laudes. A medida que las tres grandes horas públicas (Laudes, Vísperas y Maitines) se formalizaron en la práctica eclesiástica, se produjo un desarrollo concomitante de “oraciones privadas” que con el tiempo se añadieron al Oficio. Derivadas de la antigua costumbre judía de rezar en el Templo durante la tercera (9 a. m.), la sexta (mediodía) y la novena (3 p. m.) horas, la Tercia, la Sexta y la Nona llegaron a conocerse como las “Horas Menores”.

Little habla de su transición de la devoción privada a formar parte del Oficio:
«Creciendo en silencio y al margen del culto público oficial, encontramos desde la época de los Apóstoles tres pequeñas “Horas”… Esta costumbre fue continuada por cristianos devotos que disfrutaban de tiempo libre, hombres y mujeres que habían consagrado sus vidas a Dios. Estos, conocidos como los célibes y las vírgenes, se reunían para orar a estas horas tradicionales entre semana, ya fuera en una casa particular o en una iglesia. Más tarde, cuando estos grupos se retiraron de las ciudades para formar los primeros centros monásticos, estas tres Horas se añadieron al curso diario de oración».
Así, Little resume acertadamente las horas principales y secundarias:
«Las seis “Horas” descritas anteriormente conforman un ciclo diario equilibrado de alabanza divina. Las Vísperas, Maitines y Laudes dedican el tiempo desde la puesta del sol hasta el amanecer, mientras que la Tercia, la Sexta y la Nona interrumpen las horas laborables del día. Todas estas “Horas”, las tres mayores y las tres menores, están vinculadas a la Misa del día mediante la Colecta».
Para finalizar el día, se realizan la hora prima (Prima), la segunda oración matutina, y las Completas (Completórium), la segunda oración vespertina. Ambas se regularizaron en el siglo VIII, registrándose la primera aparición de la Hora Prima en el monasterio de San Jerónimo en Belén, mientras que las Completas formaban parte del ritual nocturno de San Basilio en la época en que no existía el oficio de vigilia.
   
A diferencia de las devociones privadas, incluido incluso el Santísimo Rosario, el Oficio Divino es, con mucho, la oración más espiritualmente poderosa que las criaturas de Dios Todopoderoso pueden realizar en su honor. También está destinado a ser cantado y recitado para el “consumo público”, como escribe Little:
«El Oficio Divino, por su propia naturaleza, es un culto público y coral; incluso quienes participan en él en privado no deben ignorar las condiciones que rigen esta forma de oración. En efecto, el Oficio no es ni puede ser jamás una oración privada, sino que, independientemente de cómo se presente, sigue siendo la ofrenda social de alabanza a Dios que la Iglesia ofrece. Todos los que participan en él, ya sea públicamente en la iglesia, en la soledad de la celda de un ermitaño o en el lecho de un enfermo, se unen a él no solo como individuos, sino siempre como miembros del coro universal, en la cámara de audiencias del Dios Altísimo y en presencia de los ángeles».
A pesar de un breve resurgimiento de la participación laica en el Oficio durante la década de 1950, especialmente en Estados Unidos, debido en gran parte al renovado énfasis en el canto por parte del gran San Pío X, se había producido un declive gradual en su recitación pública desde la época de la Revuelta Protestante. Varios factores contribuyeron a este declive, siendo el más evidente la trágica desintegración de la cristiandad y, a raíz de ella, el auge del Estado-nación secular y su adopción de la ahora sacrosanta doctrina de la “separación de la Iglesia y el Estado”. Tras un par de siglos, este principio rector ha tenido un éxito rotundo, superando su intención original y logrando lo que muchos de sus defensores habían anhelado desde el principio: la “separación del hombre de su Creador”.

Otra causa del declive del Oficio Divino ha sido la popularidad de las devociones privadas y, aún más preocupante, en los tiempos modernos, el excesivo énfasis en las apariciones, especialmente las de la Santísima Virgen. El fervor por eventos como Fátima ha eclipsado, lamentablemente, la devoción a la Misa y los Sacramentos, adquiriendo un carácter casi de culto. Incluso en los círculos tradicionales, el Santísimo Rosario se suele considerar la cumbre de la oración católica, mientras que el Oficio Divino rara vez se menciona. Cabe recordar que «cien oraciones privadas», como señaló San Alfonso María de Ligorio, «no tienen tanta eficacia como una sola petición ofrecida en el Oficio Divino».

Mediante la Encarnación, la Pasión, la Crucifixión, la Muerte y la Resurrección, la humanidad comprendió el verdadero propósito de la vida: alcanzar la salvación eterna. El Divino Redentor proveyó los medios para lograr este fin mediante la institución de los Sacramentos. Con el tiempo, la humanidad, especialmente la occidental, reconoció esto y creó sociedades donde la Misa, los Sacramentos y el Oficio se convirtieron en parte integral de la vida. El máximo esplendor del cristianismo se manifestó en suelo europeo, donde el Oficio y la Misa se escuchaban desde las magníficas catedrales hasta los monasterios más remotos, en las abarrotadas iglesias parroquiales y en las más humildes capillas que salpicaban el paisaje.

Trágicamente, sin embargo, el hombre ha olvidado el sacrificio supremo de su Redentor y la razón de su creación. Las grandes estructuras construidas para la gloria del Dios Todopoderoso son ahora, en su mayoría, museos, venerados no como lugares de culto divino, sino por su belleza estética. El hombre moderno construye, hedonistamente, como lo hicieron sus ancestros romanos paganos, estadios para juegos deportivos profanos.

Peor aún, la misma institución que era el conducto de la gracia santificante entre el Cielo y la tierra ha sido infiltrada por lo diabólico, que ha inspirado a sus actuales administradores corruptos a reemplazar la Misa, los Sacramentos y el Oficio Divino con sustitutos falsos, banales y artificiales. Que un verdadero católico siquiera considere hablar, y mucho menos negociar para reintegrarse, con algunos de los mismos individuos responsables del derrocamiento de la fe tradicional es sumamente inquietante.

Hace ya mucho tiempo que se debería reproducir el Oficio Divino, preferiblemente en su versión original anterior a 1945, libre de las horribles retraducciones del Salterio realizadas por los jesuitas bajo el pontificado de Pío XII, y ponerlo a disposición de todos, no solo de los religiosos sino también de los laicos. ¡Qué gran contribución podría hacer una editorial, no solo para la restauración de la fe sino también para la gloria de Dios, al emprender tal tarea!

El aforismo de San Agustín de que «cantar bien es rezar dos veces» [«Qui bene cantat, bis orat». La frase, sin embargo, no consta en ninguna de las obras de San Agustín, N. del T.] bien debería ser tenido en cuenta por el hombre moderno y, en particular, por la Iglesia conciliar, que sin duda tendrá que expiar las innumerables blasfemias, ofensas y crímenes que ha cometido contra la fe católica. El retorno del Oficio Divino a su legítimo lugar de prominencia sería un paso acertado, que bien podría mitigar parte de la venganza divina.