«No impongas de ligero las manos sobre alguno, ni seas cómplice de
pecados ajenos. Consérvate limpio y puro a ti mismo» (I Timoteo V,
22/Versión de Mons. Félix Torres Amat).
«Epíscopus
sacros órdines némini conférat quin ex positívis arguméntis moráliter
certus sit de ejus canónica idoneitáte; secus non solum gravíssime
peccat, sed étiam perículo sese commíttit aliénis communicándi peccátis»
[El obispo no puede conferir las órdenes sagradas a nadie sin estar
moralmente cierto por argumentos positivos de la idoneidad canónica; de otro modo, no solamente peca gravísimamente, sino que se pone igualmente en
peligro de comunicar con los pecados ajenos] (Código Pío-Benedictino de Derecho Canónico).
Buen día. Quiero hacer una consulta: ¿Sabes donde puede conseguirse manuales de derecho canónico en castellano? Tienes en archivo algunos?
ResponderEliminarSi bien, fray Tarcisio, en Valparaíso (Chile) los Padres de los Sagrados Corazones publicaron unas “Nociones de Derecho Canónico en conformidad con el novísimo Código de Pío X” en 1919, no hemos hallado hasta el presente ningún manual de derecho canónico en castellano.
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