lunes, 30 de junio de 2025

JURAMENTO DE ADHESIÓN AL SEDEVACANTISMO TOTÁLITER Y RECHAZO AL SEDEPRIVACIONISMO

LATÍN
JUSJURÁNDUM AD AMPLECTÉNDAM ET DEFENDÉNDAM POSITIÓNEM THEOLÓGICAM SEDIS VACÁNTIS TOTÁLITER, ET AD REJICIÉNDAM POSITIÓNEM THEOLÓGICAM SEDIS PRIVATIONÍSTICÆ TÁMQUAM INSTRUMÉNTUM HÆRÉSIS CHRISTOLÓGICÆ AC ECCLESIOLÓGICÆ.
     
Ego, GEÓRGIUS RONDÓN SANTOS, plena consciéntia et líbero arbítrio, coram Deo Omnipoténti et in præséntia Sanctórum, sollémniter profíteor et decláro: 
 
I. DE IMMUTÁBILI FIDE CATHÓLICA 
Ómnia quæ a Magistério infallíbili Sanctæ Ecclésiæ Cathólicæ, præsértim a Sacris Concíliis Œcumenicis úsque ad Concílium Vaticanum (a Pio Papa IX convocátum et probátum) celebrátis, necnon a doctrínis Summórum Pontíficum qui Sedem Petri legítime úsque ad Sanctitátem Suam Pium Papam XII occupavérunt, definíta, declaráta et pronuntiáta sunt, ampléctor et profíteor. 

Fírmiter credo Ecclésiam esse unam, sanctam, cathólicam et apostólicam, únicam veram Christi Ecclésiam, extra quam nulla salus sit, et legítimum Románum Pontíficem esse successórem beáti Petri, Apostolórum Príncipis, vérumque Christi Vicárium, visíbile tótius Ecclésiæ Caput, Patrem et Doctórem ómnium Christianórum et fídei depósiti custódem. 

II. A REPUDIATIÓNE MODERNÍSMI ET ERRÓRUM EJUS
Omnes erróres modernísmi, quos Sanctitáte Sua Sanctus Pius X in Encýclicis “Pascéndi Domínici gregis” et in Decréto “Lamentábili Sane Éxitu” sollémniter damnávit, rejício et omníno damno. 
  
Præcípue ímprobo: 
  • Evolutionísmus dogmáticus, qui assérit dógmata fídei significatiónem mutáre posse.
  • Falsus œcumenísmus qui veram religiónem cum falsis religiónibus ǽquat.
  • Libértas religiósa ut jus errándi intellécta.
  • Collegiálitas episcopális quæ auctoritátem papálem subrúit.
  • Nova litúrgia quæ sanctum Missæ Sacrifícium aliórumque Sacraméntos corrúmpit.
  
III. SEDEVACANTE TOTÁLITER POSÍTIO 
Profíteor et decláro Sedem Apostólicam Petri in præsénti vacántem esse (sede vacánte) modo totáli et absolúto (Totáliter), eámque ita mansísse ex morte Pii XII, quæ die IX mensis Octobris anni Dómini MCMLVIII accídit.

Fírmiter affírmo eos qui sedem papálem a Joánne XXIII ad præsens tempus occupáre profitebántur non fúisse nec esse veros Pontífices Ecclésiæ Cathólicæ, públice hærésim maniféstam commisísse, præsértim per:
  • Promulgátio doctrinárum Concílii Vaticáni Secúndi, quod dicti sunt.
  • Imposítio novæ litúrgiæ Novi Órdinis Missæ, ac novis Pontificáli et Sacramentórumque Rituáli.
  • Proféssio pública doctrinárum Magistério immutábili Ecclésiæ adversárum.
Decláro has persónas, cum hærésis cum exercítio múneris Petríni incompatíbilis sit, omnem jurisdictiónem ecclesiásticam necessário amisísse, secúndum princípium canónicum “hæréticus factus est excommunicátus et deposítus”.
  
IV. A REJECTATIÓNE THESIS CASSICIACÉNSIS 
Theoríam illam, quæ “Thesis Cassiciácum” sive doctrínam “Papæ Materiáliter” appellátur, quæ inter possessiónem materiálem et formálem pontificátus distínguere conátur, omníno rejício. 
   
Propositiónem illam exprésse rejício, quárum omen est eos qui Sedem íncolunt ab anno MCMLVIII “materiáliter” sed non “formáliter” esse, quía exístimo: 
  1. Hæc distínctio nullum fundaméntum habet in doctrína Cathólica traditionáli de papátu. 
  2. Contra natúram indivisíbilem múneris Petríni, ut a Christo constitútum est, est. 
  3. Periculósam confusiónem de vera natúra auctoritátis papális indúcit. 
  4. Contradícit princípio quo hærésis pública a Ecclésia pénitus separátur. 
Confírmo nullam possessiónem “materiálem” papátus sine possessióne “formáli” ejus dari posse, cum auctóritas papális una et indivisíbilis sit, et quicúmque hærésin públicam commíserit a Córpore Mýstico Christi pénitus separátus sit.
   
V. DE FIDELITÁTE TRADITIÓNI 
Pollíceor me fidem Cathólicam servatúrum esse, quális ab Apóstolis trádita est et ab Ecclésia per vigínti sǽcula inviolabíliter serváta est.
  
Pollíceor me omnes innovatiónes depósito fídei advérsas repudiáre et solum iis pastóribus adhærére qui puram et immaculátam doctrínam Cathólicam servant.

Decláro me manére in communióne cum vera Ecclésia Cathólica, UNA, SANCTA, CATHÓLICA ET APOSTÓLICA, quæ semper Sedem Románam matrem et magístram ómnium Christianórum hábuit, et cujus supréma visibíliterque Sedis hódie omníno vacans est, sed quæ in ómnibus Pontifícibus a Sancto Petro úsque ad Pium XII manifestátur, et me confidénter speráre in Divína Providéntia restitutiónem legítimæ hierarchíæ. 
  
Hoc profíteor, hoc credo, hoc docébo et úsque ad mortem, Deo adjuvánte, deféndam. 

In nómine Patris, et Fílii, et Spíritus Sancti. Amen.

TRADUCCIÓN
JURAMENTO DE ABRAZAR Y DEFENDER LA POSICIÓN TEOLÓGICA SEDE VACANTE TOTALITER, Y RECHAZAR LA POSICIÓN TEOLÓGICA SEDEPRIVACIONISTA COMO INSTRUMENTO DE HEREJÍA CRISTOLÓGICA Y ECLESIOLÓGICA.
      
Yo, JORGE RONDÓN SANTOS, con plena conciencia y libre voluntad, ante  Dios Todopoderoso y en presencia de los santos, profeso y declaro solemnemente: 
 
I. DE LA FE CATÓLICA INMUTABLE 
Abrazo y profeso todo aquello que ha sido definido, declarado y pronunciado por el Magisterio infalible de la Santa Iglesia Católica, especialmente por los Santos Concilios Ecuménicos celebrados hasta el Concilio Vaticano (convocado y aprobado por el Papa Pio IX) inclusive, y por las enseñanzas de los Sumos Pontífices que ocuparon legítimamente la Sede de Pedro hasta Su Santidad el Papa Pío XII. 

Creo firmemente que la Iglesia es Una, Santa, Católica y Apostólica, es la única verdadera Iglesia de Cristo, fuera de la cual no hay salvación, y que el legítimo Romano Pontífice es el sucesor del Bienaventurado Pedro, Príncipe de los Apóstoles, y verdadero Vicario de Cristo, Cabeza visible de toda la Iglesia, Padre y Doctor de todos los cristianos y custodio del depósito de la Fe. 

II. DEL RECHAZO AL MODERNISMO Y SUS ERRORES 
Rechazo y condeno absolutamente todos los errores del modernismo, condenados solemnemente por Su Santidad San Pío X en la Encíclica “Pascéndi Domínici gregis” y en el Decreto “Lamentábili Sane Éxitu”. 
   
Repruebo especialmente: 
  • El evolucionismo dogmático que pretende que los dogmas de la fe puedan cambiar de sentido.
  • El ecumenismo falso que equipara la verdadera religión con las falsas religiones.
  • La libertad religiosa entendida como derecho al error.
  • La colegialidad episcopal que menoscaba la autoridad papal.
  • La nueva liturgia que corrompe el Santo Sacrificio de la Misa y los demás sacramentos. 
  
III. DE LA POSICIÓN SEDEVACANTE TOTÁLITER 
Profeso y declaro que la Sede Apostólica de Pedro se encuentra actualmente vacante (sede vacante) de manera total y absoluta (Totáliter), y que así permanece desde la muerte del Papa Pío XII, acaecida el 9 de  octubre de 1958.

Sostengo firmemente que quienes han pretendido ocupar la Sede Pontificia desde Juan XXIII hasta el presente, no han sido ni son verdaderos Papas de la Iglesia Católica, por haber incurrido públicamente en herejía manifiesta, especialmente a través de:
  • La promulgación de las enseñanzas del llamado “Concilio Vaticano II”.
  • La imposición de la nueva liturgia del Novus Ordo Missæ, los nuevos Pontifical y Rituales de sacramentos.
  • La profesión pública de doctrinas contrarias al Magisterio inmutable de la Iglesia 
Declaro que, siendo la herejía incompatible con el ejercicio del munus petrino, dichas personas han perdido automáticamente toda jurisdicción eclesiástica, según el principio canónico «hæréticus factus est excommunicátus et depósitus» (Quien se hace hereje es excomulgado y depuesto).
  
IV. DEL RECHAZO A LA TESIS CASSICIACUM 
Rechazo categóricamente la teoría conocida como “Tesis Cassiciácum” o doctrina del “Papa Materiáliter”, que pretende distinguir entre la posesión material y formal del pontificado. 
   
Repruebo expresamente la proposición que sostiene que los ocupantes de la Sede desde 1958 son “papas materialmente” pero no “formalmente”, por considerar que: 
  1. Esta distinción carece de fundamento en la doctrina católica tradicional sobre el papado 
  2. Es contraria a la naturaleza indivisible del munus petrino tal como fue establecido por Cristo 
  3. Introduce una confusión peligrosa sobre la verdadera naturaleza de la autoridad papal 
  4. Contradice el principio que establece que la herejía pública separa completamente de la Iglesia 
Mantengo que no puede existir posesión “material” del papado sin posesión “formal” del mismo, pues la autoridad papal es una e indivisible, y que quien incurre en herejía pública queda completamente separado del Cuerpo Místico de Cristo. 
   
V. DE LA FIDELIDAD A LA TRADICIÓN 
Me comprometo a mantener íntegra la Fe Católica tal como fue transmitida por los Apóstoles y conservada inviolablemente por la Iglesia durante veinte siglos.
  
Prometo rechazar toda innovación contraria al depósito de la fe y adherirme únicamente a los pastores que mantengan la doctrina católica pura e inmaculada.

Declaro que permanezco en comunión con la verdadera Iglesia Católica, UNA, SANTA, CATÓLICA Y APOSTÓLICA, que siempre ha tenido la Sede de Roma como madre y maestra de todos los cristianos, y cuya suprema sede visible hoy se encuentra absolutamente vacante, pero que se manifiesta en todos los papas desde San Pedro al Papa Pío XII y que espero confiadamente en la Divina Providencia para la restauración de la jerarquía legítima. 
  
Así lo profeso, así lo creo, así lo enseñaré y defenderé hasta la muerte, con la ayuda de Dios. 

En el Nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Amén.

domingo, 29 de junio de 2025

DE LA VALIDEZ DEL LINAJE THUC-DATESSEN

La doctrina y la teología moral católica enseñan que la validez de los sacramentos se funda en la recta observancia de la materia (la acción realizada), la forma (las palabras pronunciadas) y la intención (la voluntad de hacer lo que la Iglesia hace y entiende del sacramento), intención que se colige actualmente por el empleo por el ministro de la forma y la materia establecidas, y próxima por el uso de los ornamentos sagrados y del texto litúrgico previsto para ello.

Por otro lado, como cuestión de derecho, todo sacramento se presume válidamente administrado si se emplea la materia y la forma establecidas, y solo en casos de duda razonable (no basta la simple sospecha) se pueden reiterar condicionalmente los sacramentos del Bautismo, la Confirmación y las Órdenes Sagradas sin incurrir en sacrilegio.

De conformidad a la Constitución Sacraméntum Órdinis de Pío XII, en el Sacramento de las Órdenes Sagradas (y la consagración episcopal), la materia es la imposición de las manos por el obispo, y la forma son las palabras que están en el Prefacio, de las cuales son parte esencial las siguientes (para nuestro análisis, nos centraremos en el Rito Romano):
  • DIACONAL: Emítte in eum, quǽsumus, Dómine, Spíritum Sanctum, quo in opus ministérii tui fidéliter exsequéndi septifórmis grátiæ tuæ múnere roborétur (Envía sobre él, te rogamos, Señor, al Espíritu Santo, por el que sea robustecido con el don de tu gracia septiforme para cumplir fielmente la obra de tu ministerio).
  • SACERDOTAL: Da, quǽsumus, omnípotens Pater, in hunc fámulum tuum Presbytérii dignitátem; ínnova in viscéribus ejus spíritum sanctitátis, ut accéptum a Te, Deus, secúndi mériti munus obtíneat censurámque morum exémplo suæ conversatiónis insínuet (Da, te rogamos, Padre omnipotente, a este siervo tuyo la dignidad del Presbiterio; renueva en sus entrañas el espíritu de santidad para que alcance recibido de ti, oh Dios, el cargo del segundo mérito y muestre con el ejemplo de su conducta la severidad de las costumbres).
  • EPISCOPAL: Comple in Sacerdóte tuo ministérii tui summam, et ornaméntis tótius glorificatiónis instrúctum cœléstis ungüénti rore sanctífica (Completa en tu sacerdote la plenitud de tu ministerio y, provisto de los ornamentos de toda glorificación, santifícalo con el rocío del ungüento celeste).
 
Esto establecido, se procede a demostrar la evidencia documental de que realmente Mons. Thục consagró obispo a Mons. Christian Marie Datessen, como se ve en este certificado:

 

TRADUCCIÓN
En el Nombre de la indivisa Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo.

Nos,

Pierre Martin NGÔ-ĐÌNH-THỤC,
Por la Misericordia de Dios y la Gracia de la Sede Apostólica, Sucesor de los Apóstoles, arzobispo titular de BULLA REGIA, exarzobispo de HUẾ en Vietnam,

Hacemos saber por las presentes, que en virtud de los poderes que Nos tenemos por Nuestro Oficio Sagrado y en su legítimo ejercicio,

Hemos, este sábado 25 de Septiembre de 1982, en el curso de la Misa votiva de Nuestra Señora de Belén, celebrada en la capilla del Priorato de San José en SAN AMANCIO DE MOISSAC 82200, conferimos “sub conditióne” la ORDENACIÓN EPISCOPAL a Nuestro muy amado Hijo

Dom CHRISTIAN MARIE DATESSEN, Abad de la Comunidad monástica de Nuestra Señora de Belén, y lo hemos confirmado en este cargo.
  
Para esta ceremonia, Nos hemos observado todos los ritos del Pontifical Romano, con la intención requerida, conforme a la doctrina de la Iglesia, en presencia de los religiosos y los fieles, y de testigos calificados que han leído y firmado con Nos el presente documento.
  
Dado en SAN AMANCIO, en este día, veinte y cinco de septiembre del año mil novecientos ochenta y dos, bajo Nuestro Sello y Nuestra Firma, para servir y valer lo que de derecho corresponde.
 
(Fdo. y Sell.) S. E. Mons. Pierre Martin NGÔ-ĐÌNH-THỤC
Arzobispo Tit. de Bulla Regia.
  
(Fdo.) Jean-Claude MEUNIER
  Sacerdote

(Sell.) FRATERNIDAD NUESTRA SEÑORA DE BELÉN - Priorato de San José

(Fdo.) Philippe BRAIDOTTI
  Sacerdote

Mons. Pierre Martin Ngô-Đình-Thục
Anuario Pontificio
Año 1982, pág. 623
 
Y ordenó sacerdote a Pierre-Louis Salle, por delegación que recibiera del obispo de Arrás (Francia) Gérard-Maurice-Eugène Huyghe:
  

TRADUCCIÓN
Nos, MONSEÑOR PIERRE MARTIN NGÔ-ĐÌNH-THỤC,

Por la Misericordia Divina y por la Gracia de la Santa Sede Apostólica, exarzobispo de Huế (Annam), actualmente Arzobispo titular de Bulla Regia, declaramos y certificamos haber conferido la Ordenación Sacerdotal al Padre PIERRE SALLE, nacido el 19 de marzo de 1927 y domiciliado en Blangy-sur-Ternoise, en la diócesis de Arrás. Lo ordenamos Sacerdote después de haber leído los documentos eclesiásticos escritos por Monseñor [Gérard-Maurice-Eugène] Huyghe, Obispo de Arrás, de varios sacerdotes de su diócesis, después de invocar al Espíritu Santo y haber manifestado firmemente nuestra intención de actuar en todo como desea la Tradición Apostólica, especialmente, por el Concilio de Trento sobre la doctrina del Santo Sacrificio de la Misa, recordado constante y precisamente por la Sede Apostólica.

El Padre Pierre Salle tiene, por tanto, la potestad de celebrar válida y lícitamente los Santos Misterios y de administrar los Sacramentos de Nuestra Santa Madre Iglesia.

Nos prometió respeto y obediencia; y le otorgamos el derecho de ejercer su ministerio bajo Nuestra jurisdicción Arzobispal encomendándole asumir sus responsabilidades Sacerdotales para la Gloria de Dios y la Salvación de las almas de acuerdo con lo que quiere la Esposa de Cristo Jesús: la Santa Iglesia Católica.

Recordamos, especialmente, al Padre Pierre Salle que el Santo Sacrificio de la Misa no es sólo latréutico y eucarístico, sino también propiciatorio e imperativo (Concilio de Trento). Le ordenamos que se remita, en lo que respecta a la Santa Renovación del Cuerpo y la Sangre de Cristo Jesús, a la enseñanza de la Encíclica “Miræ Caritatis” del Papa León XIII. Nos corresponde también recomendarle que se remita a las enseñanzas de la encíclica “Pascéndi” y al Magisterio de los santos Papas Pío XI y Pío XII. A él le encomendamos la conversión y la salvación de los pobres pecadores. Con esta intención, la consagramos a los Santísimos Corazones de Jesús y de María.

Dado en Tolón

Con Nuestra Paternal Bendición.
 
(Fdo. y Sell.) S. E. Mons. Pierre Martin NGÔ-ĐÌNH-THỤC
   
(Fdo.) Pierre NORRANT 
A su vez, Mons. Datessen consagró a Pierre Salle el 27 de Junio de 1983:
 
  
TRADUCCIÓN
FRATERNIDAD NUESTRA SEÑORA DE BELÉN

En el Nombre de la Indivisible Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo.

Nos,
Christian María Datessen,
Por la Gracia y la Misericordia de Dios, Obispo de la Iglesia de Jesucristo, Superior de la Comunidad Nuestra Señora de Belén,

Hacemos conocer por las presentes, que en virtud de los poderes que tenemos de Nuestro Consagrante, Mons. Pierre Martin NGÔ-ĐÌNH-THỤC, exarzobispo de Huế (Vietnam) y para responder a las necesidades de la Santa Iglesia Católica,

Hemos, este lunes 27 de junio de 1983, durante la Misa celebrada en la Capilla del Priorato San José, en SAN AMANCIO de MOISSAC 82200, conferido la ORDENACIÓN EPISCOPAL al Padre,

Pierre-Louis SALLE, precedentemente elevado al PRESBITERADO por Su Excelencia Mons. NGÔ-ĐÌNH-THỤC.

Hemos Nosotros para esta ceremonia, observado todos los ritos del Pontifical Romano, con la intención requerida, conforme a la doctrina de la Iglesia, en presencia de los Religiosos y testigos calificados que han leído y firmado aquí con Nos.

Dado en SAN AMANCIO, este mismo día, veintisiete de junio de mil novecientos ochenta y tres bajo Nuestro Sello y Nuestra Firma.

(Fdo. y Sell.) Christian Marie DATESSEN Obispo
   
(Fdo. y Sell.) Pierre NORRANT
Testigo.

(Fdo.) Jean-Claude MEUNIER
 Sacerdote

(Sell.) FRATERNIDAD NUESTRA SEÑORA DE BELÉN - Priorato de San José

(Fdo.) Philippe BRAIDOTTI
Sacerdote

Se objetará que las consagraciones sin mandato pontificio o en sede vacante son inválidas. A ello respondemos que, como se ha visto en el gran interregno de 1268-1271, la existencia o no de un Papa no ha sido contemplada nunca como elemento definitorio de la validez de la consagración. Por otra parte, Mons. Thục realizaba estas consagraciones por haber recibido de Pío XI potestad patriarcal para consagrar obispos sin necesidad de mandato pontificio, potestad que nunca le fue arrebatada. Y aun si no fuera el caso, ¿acaso se debía solicitar mandato a quien no lo tiene ni lo puede dar? No, porque Wojtyła, si bien era obispo válido, al ser un apóstata, no era papa ni tenía autoridad alguna según la Bula Cum ex Apostolátus Offício y el canon 188 § 4 pío-benedictino.

Así pues, se desmantela de una vez por todas el rumor que por años se había propalado como arma arrojadiza contra los obispos pertenecientes al linaje Thục-Datessen.

sábado, 28 de junio de 2025

ARROJAN OBJETO A PRÉVOST MIENTRAS SALUDABA A LA MULTITUD

Traducción del Comentario de los Padres de TRADITIO.
   
La policía está muy preocupada después de que un proyectil lanzado desde la multitud en la Plaza de San Pedro golpeara a León XIV Riggitano-Prévost en la cabeza.
El pseudopapa ya es controvertido como protegido del marxista-modernista Francisco I Bergoglio.
Se ha involucrado profundamente más en la política secular de izquierda que en cualquier cosa católica.
   
Parece que la luna de miel ya ha terminado para el más reciente pseudopapa León XIV Riggitano-Prévost. La multitud en el Vaticano se está volviendo cada vez más indisciplinada y ahora lanza objetos contra el apóstata Pseudopapa. El último incidente ocurrió el 26 de Junio de 2025, cuando un proyectil (¿bolso?), que afortunadamente no fue contundente, le dio a Riggitano-Prévost un buen golpe en la cabeza mientras saludaba a la multitud congregada en la Plaza de San Pedro para conmemorar el Día Internacional de la Lucha contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas (en vez de la Octava de Corpus Christi). La gendarmería del Vaticano está cada vez más preocupada por la posibilidad de un ataque más peligroso contra él.

Es el propio Riggitano-Prévost quien está avivando esta animadversión. ¿Qué hace paseándose entre multitudes indisciplinadas? Los verdaderos papas usaban la sédia gestatória (trono portátil), y solo en la Basílica de San Pedro. Lejos de ser el papa más “conservador” que esperaban los neoconservadores de la Neoiglesia, Riggitano-Prévost ha resultado ser un izquierdista político y un hereje modernista, peor que Francisco Bergoglio. Claro, puede que cante el Regína Cœli en latín de vez en cuando, pero eso es solo una parte del espectáculo que él y sus predecesores de la Antiiglesia ofrecen para engañar a sus despistados miembros [Parte de la información para este Comentario proviene de Catholic Culture].

Católicos tradicionales, Riggitano-Prévost dedica cada día gran parte de sus esfuerzos no a asuntos que tienen que ver con la religión, sino a la política verde de izquierdas, metiendo mano en cuestiones seculares de relaciones entre países seculares y reuniéndose con estrellas de rock y celebridades de cine, actividades que están totalmente fuera del ámbito papal, incluso si Riggitano-Prévost, no ordenado y no consagrado, fuera un verdadero Papa.

viernes, 27 de junio de 2025

NOVEL ARZOBISPÓN DE DETROIT SUPRIME SEDES DEL RITO DE 1962

Traducción del Comentario de los Padres de TRADITIO.

De conformidad con el decreto “Traditiónis Custódes”, el arzobispón Edward Joseph Weisenburger Walters de Detroit (Míchigan) ha eliminado las sedes de la Nueva Misa Latino de 1962 a partir del 1 de julio de 2025.
La Nueva Misa Latina es simplemente una corrupción de la Misa Latina Tradicional y se implementó para servir de puente hacia el Nuevo Servicio Protestante-Masónico-Pagano (Novus Ordo) de 1969, completamente inválido.
   
Edward Joseph Wiesenburger Walters, quien acababa de ser instalado como arzobispón de Detroit (Míchigan) el 18 de Marzo de 2025, no tardó en anunciar el 13 de Junio que las sedes de la Nueva Misa Latina de 1962 (anteriormente erróneamente llamada “Forma Extraordinaria del Rito Romano”) en esa arquidiócesis serían eliminadas a partir del 1 de Julio, de conformidad con el decreto “Traditiónis Custódes”. El Misal de 1962 es la Misal del Vaticano II, una corrupción de la Misa Latina Tradicional, implementada simplemente para servir de puente hacia el Nuevo Misal de 1969 (Novus Ordo), protestante, masónico y pagano, inválido (falso). Muchos neoconservadores de la cayeron en la trampa.

El novel arzobispón Wiesenburger emitió una declaración adjunta a su decreto, en la que, representando la intención de la Iglesia Sinodal del Nuevo Orden, básicamente calificó a quienes apoyan la corrupta Nueva Misa Latina de 1962 como traidores al Anticoncilio Vaticano II que gobierna la Pseudoiglesia [Parte de la información para este Comentario proviene de Catholic Review].

Católicos tradicionales, esto es una mejor manera de librarse de la corrupción del Nuevo Lío Latino de 1962, que ciertamente NO es la Misa Latina Tradicional, sino que ha sido aferrada como una manta sucia por los neoconservadores neoiglesianos, quienes se vendieron a la Iglesia apóstata del Nuevo Orden cuando fue impuesta por el Anticoncilio Vaticano II en 1965 para reemplazar a la Iglesia Católica como la Iglesia “institucional”. Estos neoconservadores neoiglesianos quieren tener su pequeño nicho en la secta apóstata de la Iglesia Sinodal, que es tanto anticatólica como antitradicional. Y esa Nueva Iglesia ciertamente NO es la Iglesia Católica, pero en muchos casos es mucho peor que la secta luterana y otras sectas protestantes.

HIMNO “Summi Regis Cor, avéto”


Himno atribuido a San Germán José de Colonia O. Præm.
  
LATÍN
Summi regis cor, avéto,
Te salúto corde læto,
Te complécti me deléctat
Et hoc meum cor afféctat,
Ut ad te lóquar, anímes.

Quo amóre vincebáris,
Quo dolóre torquebáris,
Cum te totum exhauríres,
Ut te nobis impertíres
Et nos a morte tólleres?

O mors illa, quam ámara,
Quam immítis, quam ávara,
Quæ per cellam introívit,
In qua mundi vita vivit.
Te mordens, cor dulcíssimum.

Propter mortem, quam tulísti,
Quándo pro me defecísti,
Cordis mei cor diléctum.
In te meum fer afféctum,
Hoc est, quod opto plúrimum.

O cor dulce, prædiléctum,
Munda cor meum illéctum
Et in vanis indurátum,
Pium fac et timorátum,
Repúlso tetro frigóre.

Per médullam cordis mei,
Peccatóris átque rei,
Tuus amor transferátur,
Quo cor totum rapiátur
Lánguens amóris vúlnere.

Dilatáre, aperíre,
Támquam rosa fragrans mire,
Cordi meo te conjúnge,
Unge illud et compúnge,
Qui amat te, quid pátitur?

Quídnam agat, nescit vere,
Nec se valet cohíbere,
Nullum modum dat amóri,
Multa morte vellet mori,
Amíre quísquis vincítur.

Viva cordis voce clamo,
Dulce cor, te námque amo,
Ad cor meum inclináre,
Ut se possit applicáre
Devóto tibi péctore.

Tuo vivat in amóre,
Nec dormítet in tórpore,
Ad te oret, ad te ploret,
Te adóret, te honóret.
Te fruens omni témpore.

Rosa cordis aperíre,
Cujus odor fragrat mire,
Te dignáre dilatáre,
Fac cor meum anheláre
Flamma desidérii.

Da cor cordi sociári,
Tecum, Jesu, vulnerári,
Nam cor cordi similátur,
Si cor meum perforátur
Sagíttis impropérii.

Infer tuum intra sinum
Cor ut tibi sit vicínum,
In dolóre gaudióso,
Cum defórmi specióso
Quod vix seípsum cápiat.

Hic repáuset, hic morétur,
Ecce jam post te movéur,
Te ardente vult sítire,
Jesu, noli contráore,
Ut bene de te séntiat.

jueves, 26 de junio de 2025

BUEN PASTOR

LA NO-PAPABILIDAD DE LEÓN XIV

Columna del Ing. Patricio Shaw Mihanović para PERIODISTA DIGITAL.
   
LA NO-PAPABILIDAD DE LEÓN XIV
   
Hay dos sentidos principales y muy distintos del verbo «juzgar»:
A. Sentido legal: Determinar un juez o tribunal si un hecho es contrario a la ley, y sentenciar lo procedente.
B. Sentido racional: Ejercer la segunda operación del entendimiento humano, que consiste unir a un sujeto un predicado, o desunírselo, y de ese modo comprometerse por reconocer un estado de cosas.

Es un horror vertiginoso y grosero confundir y mezclar ambos significados. Cuando se dice que un Papa no puede ser juzgado sino por Dios, se entiende en sentido legal y no en sentido racional; además, se entiende que se dice eso de un hombre de quien no hay pruebas apodícticas de que no es Papa, y que por ende tiene derecho a ser presumido inocente y legítimo, y a ser reconocido y obedecido. No es el caso de León XIV.
   
La no-papalidad de León XIV es perfectamente cognoscible por vías intelectuales, a partir de sentencias de Fe sobre qué es imposible que haga un Papa. Encontrar, a partir de la Fe, que es imposible que León XIV sea papa no es, ni un juicio legal, ni siquiera un juicio intelectual sobre un papa verdadero, sino sobre un hombre a quien el papado no le pertenece como una propiedad intrínseca, y a quien ni siquiera le pertenece por el único modo como el papado pertenece a un Papa: por delegación directa de Cristo comprobada en los hechos por la defensa del Depósito de la Fe por ese delegado.
    
No hace falta un juicio futuro de la Iglesia para saber que León XIV no puede ser Papa, y tampoco hay excusa para esperar a eso. Renunciar al razonamiento en área religiosa para depender únicamente de lo que dice Roma, es perder la Fe, porque es imposible tenerla verdadera sin que la razón tenga motivos suficientes para tenerla y conocerla como verdadera. Además, es una contradicción, porque si no se puede saber si León XIV es papa hasta que un futuro papa lo diga, tampoco se va a saber que ese futuro papa sea papa y diga la verdad sobre León XIV, hasta que un papa más futuro todavía lo diga, y así hasta el Fin del Mundo.
   
El Volkswagen Tipo 1 no se hunde. Si veo que un auto se hunde y digo que no es un Volkswagen Tipo 1, no estoy «juzgando legalmente el Volkswagen Tipo 1» ni «negándolo» ni necesito que venga un especialista en ese tipo de auto para saber que no es un Volkswagen. La indefectibilidad e infalibilidad de la potestad papal en gobernar, enseñar y administrar sacramentos es más segura aún que la resistencia del Volkswagen Tipo 1 al hundimiento. Si veo que en un pretendiente papal ciertamente no se cumple esa indefectibilidad, tengo lo suficiente para saber que no es Papa, sin ninguna sentencia ni opinión de ninguna autoridad, y no tendré excusa ante Dios el día del juicio para decir que «no se podía saber» si León XIV no era papa.
   
Dar por posible que León XIV sea Papa, es dar por posible que el delegado autorizado y asistido por Cristo para dirigir y organizar la Revelación de Cristo en la tierra puede incitarnos positiva y explícitamente, y además con derecho divino, a descreer de dicha Revelación: esto es contrario a la misma Revelación, es herejía, es blasfemia; además es una completa imbecilidad, porque si la autoridad que debiera ser infalible para transmitir, explicitar e interpretar la Revelación y hasta debiera ser Regla próxima de la Fe católica es falible, no hay Revelación divina segura. Esto equivale a decir que no hay Revelación divina ninguna, pues una Revelación que fuera divina sería segura. Si no hay Revelación divina, no hay modo conocido como el hombre haya de rendir culto a Dios. Pero siendo el hombre racional e inmortal, si Dios existe no puede no haberle prescrito un modo debido de rendirle culto. Resulta entonces, del falibilismo, y del antisedevacantismo obstinado y ciego, que Dios no existe, y que el hombre fue hecho para alimentarse y copular, y para terminar comido por gusanos.
  
Los que no adoptan el sedevacantismo por no haberse visto ante las razones del mismo, si están en ignorancia invencible, pueden encontrar misericordia en Dios. Pero los que rechazan el sedevacantismo habiendo visto e ignorado sus razones, pueden esperar un juicio terrible y la condenación eterna. Resistir la verdad conocida como tal es uno de los siete pecados contra el Espíritu Santo, de los cuales Cristo dijo que no tienen perdón.

Patricio Shaw Mihanović

DJ, CERVEZA Y ECUMENISMO EN IGLESIA DE SALZBURGO

    

El pasado 23 de Mayo, la iglesia de San Andrés en Salzburgo (Austria) organizó un evento de DJ de discoteca por segundo año consecutivo como parte de la “Larga noche de las iglesias” („Langen nacht der Kirchen“), un proyecto ecuménico nacional.
   
Dos mil visitantes que llegaron hasta de la vecina Alemania asistieron a la fiesta, que fue antecedida por el programa de pódcast „Das Café am Rande der Freundlichkeit“ (El café al borde de la amistad) de Marco Wagner, Wolfram Felice (DJ Slashy Disco) y Robin Limpek. La cerveza se vendía en un puesto fuera de la iglesia. Algunos de los bancos se rompieron durante el evento.
   
Los croatas de la parroquia recientemente lanzaron una petición en línea contra tales eventos, titulada “Las iglesias no son discotecas” („Kirchen sind keine Diskotheken“), recogiendo 2.200 firmas hasta ahora. La petición, dirigida a la Conferencia Episcopal Austriaca, pide la prohibición de los eventos seculares en las iglesias católicas.
   
El presbítero Roland Rasser, preboste de San Andrés apoya la noche de fiesta, ya que «forma parte de nuestra misión principal no solo conectar con quienes asisten a la iglesia de todos modos». Admite que el alcohol no debería haber sido permitido en la iglesia. «Se vieron botellas de cerveza en la iglesia. Eso me ofendió y realmente me molestó».
  
Sin embargo, añadió que «es hora de evaluar lo que funcionó y lo que no, y sacar conclusiones para el futuro». Rasser quiere un nuevo concepto para el evento del año que viene.
  
El arzobispón Franz (en el siglo Anton) Lackner OFM de Salzburgo, primado de Alemania, también es el presidente de la conferencia episcopal austriaca. Electricista de profesión y ex-integrante de los “cascos azules” de las Naciones Unidas, en Diciembre de 2023 dijo en una entrevista al noticiario Zeit im Bild de la ÖRF que después de “Sodóma Súpplicans”, ningún presbítero en su archidiócesis puede negarse a “bendecir” parejas homosexuales o irregulares; y en 2024 afirmó en el seminario de Linz que la sinodalidad introducida por Francisco Bergoglio «no tiene vuelta atrás» y que la Iglesia en Europa occidental debe aportar un «concepto positivo de un mundo secular», que manifiesta (según él) la capacidad natural del hombre para el bien [= herejía pelagiana]. 

miércoles, 25 de junio de 2025

¿HACIA EL FIN DE LA GUERRA LITÚRGICA SIROMALABAR?

Noticia tomada de GLORIA NEWS.
   

El 19 de Junio, 300 presbíteros de la Archieparquía mayor de Ernakulam-Angamaly de los Siromalabares se reunieron con el Arzobispón Mayor Mar Rafael Thattil y su vicario, Mar José Pamplany, y llegaron a un compromiso sobre sus disputas sobre la liturgia. Sin embargo, acuerdos similares anteriores han fracasado en el último minuto.

La Iglesia Siromalabar es la segunda más grande de las 23 Iglesias Católicas Orientales, después de la Iglesia Grecocatólica Ucraniana. Su liturgia pertenece a la tradición siríaca oriental (rito de Edesa).

En 2021, la Iglesia siromalabar introdujo una liturgia uniformada. Esta requiere que los presbíteros estén de frente a la congregación durante las lecturas, se vuelvan hacia el altar (ad oriéntem) para la Anáfora (Canon/Plegaria Eucarística) y luego se enfrenten a la congregación nuevamente después de la Comunión.

Los opositores a la reforma quieren que el celebrante mire fijamente a la congregación durante toda la liturgia (versus pópulum), una práctica influenciada por el Vaticano II (1962-1965).

La mayoría de las diócesis siromalabares dieron la bienvenida a la reforma de 2021.

Hubo resistencia en la Archieparquía Mayor de Ernakulam-Angamaly en Kerala. Esta oposición se expresó a través de huelgas de hambre, boicots a celebraciones y la quema en efigie de cardenales, así como la quema de cartas de funcionarios eclesiales, tirándolas luego a la basura. En enero de 2025, los sacerdotes opuestos a la nueva liturgia, que habían ocupado la Casa del Arzobispón Mayor, fueron expulsados por la fuerza del edificio por agentes de policía.

Hasta ahora, todos los esfuerzos de mediación han fracasado, incluidos los de Francisco Bergoglio (que envió en 2023 al arzobispón eslovaco Cyril Vasiľ SJ como delegado, que solo empeoró la situación).

Los manifestantes pidieron que Thattyl y Pamplani emitan el comunicado el 29 de Junio, para que sea conocido en todas las parroquias siromalabares, esto en previsión a la fiesta del 3 de Julio, donde conmemoran según su rito a Santo Tomás Apostol (en el Rito Romano es el 21 de Diciembre, siendo el 3 de Julio la fiesta de la traslación de sus reliquias desde la India a Edesa).

Con todo, advierten que si el comunicado difiere de lo acordado o no se modifica la curia, las protestas continuarán.
  
El compromiso
Según AsiaNews, el compromiso es que solo se debe celebrar una misa en la forma uniforme determinada por el sínodo de 2021 en todas las iglesias los domingos y días festivos, en cualquier momento entre las 5:30h y las 10:00h o entre las 15:30h y las 18:00h, incluso en las siete parroquias que siguen el nuevo rito (en las iglesias bajo disputa judicial, el cambio se implementará una vez estas se resuelvan). Sin embargo, la forma anterior sigue siendo permisible.

La asamblea también decidió conceder a los 24 presbíteros recién nombrados en la archidiócesis los mismos derechos que al clero existente. Anteriormente, los sacerdotes recién ordenados debían firmar un juramento antes de su ordenación de que solo celebrarán con el rito uniforme. Esta obligación (impuesta en Octubre de 2024 por el entonces administrador archieparcal Mar Bosco Puthur –dejó el cargo tres meses después–) ha sido suprimida.

Todas las medidas disciplinarias contra los clérigos debido a la controversia litúrgica deben ser retiradas, y la curia designada por Puthur (entre ellos los cuatro decanos) sustituida. Además, todos los cargos y procedimientos legales presentados ante las autoridades estatales por los manifestantes deben ser retirados.

Los informes sugieren que el nuevo acuerdo cuenta con la bendición tanto del Sínodo de Obispos de la Iglesia Siro-Malabar como del Dicasterio para las Iglesias Orientales.

El presbítero Joyce Kaithakottil comentó a AsiaNews: «Se trata de un paso positivo hacia la paz en la Iglesia. Esperamos y rezamos para que las autoridades no se retiren del acuerdo. En un primer momento, quizá no se aplique al 100%, pero el espíritu es de reconciliación. No queremos poner fin para siempre al excelente legado de la liturgia orientada al pueblo».

Lo que causó el “legado” del Vaticano II… la guerra litúrgica tanto en Oriente como en Occidente.

LA VOZ ARMENIA CONTRA LA COLEGIALIDAD Y EL “SACERDOCIO COMÚN” DEUTEROVATICANO


Ignacio Pedro XVI de Cilicia de los Armenios (nacido Luis Batanian/Լուդովիկ Պաթանեան) nació en Mardin de Turquía el 15 de febrero de 1899 en una familia que fue víctima del genocidio armenio. Fue ordenado sacerdote el 29 de junio de 1921, y el 5 de agosto de 1933 Pío XI lo elevó a archieparca de su ciudad natal, siendo consagrado el 29 de octubre siguiente. El 10 de agosto de 1940 fue nombrado arzobispo titular de Gabula, y el 6 de diciembre de 1952 fue trasladado a la Iglesia Arzobispal de Alepo de los Armenios, y en 1959, nombrado a arzobispo titular de Colonia en Armenia (cerca a Şebinkarahisar, Turquía). Ese mismo año fue llamado al cargo de Vicario del Patriarca Gregorio Pedro XV Agagianian, residente en Roma como Cardenal Prefecto de Propaganda Fide. Cuando Agagianian renunció a la sede patriarcal de Cilicia de los Armenios y al anexo arzobispado de Beirut, Batanian fue llamado a sucederlo por el Sínodo de los Obispos Armenios y asumió el nombre de Ignacio Pedro XVI (Իգնատիոս Պետրոս ԺԶ) el 4 de septiembre de 1962, elección confirmada por Juan XXIII bis Roncalli en el consistorio “único” del 15 de noviembre. Si bien renunció en 1977 por el límite de edad, permaneció en la sede patriarcal de Bzommar (cerca en Beirut) en el Líbano, donde murió el 9 de octubre de 1979. 

Batanian es recordado por su decidida defensa de la causa armenia (lideró la conmemoración por la diáspora en el Líbano de los 50 años del Genocidio, del cual dio testimonio también en el aula conciliar), por la construcción del orfanato Agagianian de Anjar y del nuevo monasterio de Bzommar (donde se venera como milagroso un cuadro de la Virgen Dolorosa de la escuela de Rafael), y por su compromiso durante la guerra civil libanesa (cuyo comienzo presenció como Patriarca).
  
Durante el Concilio, en virtud de sus estudios teológicos realizados en Roma (también bajo la guía del futuro cardenal Ernesto Ruffini) polemizó con varios prelados orientales y occidentales contrarios a la doctrina tradicional de la Iglesia. Prueba de ello lo es su intervención del 30 de septiembre de 1963 (Acta Synodália, período II, 1 parte, págs. 615-618) sobre algunos puntos del esquema Sobre la Iglesia (futura constitución “Lumen géntium”):
   
LATÍN
Pars I. Pag. 7, n. 1, lin. 9: óptime dícitur: «præcedéntium Conciliórum arguménto instans», ut cesset, una vice pro semper, aliquórum preténsio revisiónis Concílii Vaticáni I.

Pag. 9, n. 5 (De Ecclésia ut mýstico córpore Christi); nimis bréviter et generáliter lóquitur schema de hac veritáte speciátim post encýclicam Pii XII Córporis Mýstici. Clárior et ámplior determinátio multárum quæstiónum, quæ agitabántur inter auctóres, desiderátur.

Pag. 12, n. 9 (De néxibus Ecclésiæ cum christiánis non-cathólicis): schema, hac de re, tímide lóqui vidétur. Non áudet dícere quod christiáni non-cathólici sint membra Ecclésiæ, vel quália sint; quomódo vocándus sit nexus de quo fit sermo.

Vidétur quod vocábula «hæréticus», «schismáticus» non ámplius exístunt.

Si ita est, nonne doctrína Pii XII, in Córporis Mýstici [encýclicis], rejícitur, quia ibi álio modo determinántur membra Ecclésiæ, et clare excludúntur membra ecclesiárum separatárum.

Clárior expectátur exposítio, hac de re; ibíque dicéndum est quod de essďntia Ecclésiæ Christi est únitas magistérii et regíminis cujus centrum et fundaméntum est primátus Románi Pontíficis.

Cum áutem ecclésiæ non-cathólicæ rejícient unitátem hoc sensu, ídeo sunt extra hanc unitátem et extra veram Ecclésiam. Nec sunt veræ ecclésiæ Christi, cum non hábeant elemémtum essentiále Ecclésiæ Christi. Non súfficit dícere quod habent unitátem imperféctam, si non ádditur quod illa imperféctio est rei essentiális.

Pag. 11, n. 7, linn. 13-25: hic exprímitur perféctus actus fídei de Ecclésia Christi, qui solátium dat cathólicis cum Ecclésia sentiéntibus et ipsis acathólicis qui ánimo sincéro scire volunt quǽnam sit revéra fides cathólica circa Ecclésiam Christi.

Pag. 30, n. 19: opportúnum esset ad finem, mentiónem fácere de obséquio præstándo congregatiónibus Cúriæ Románæ, per quas Románus Póntifex exércet régimen et magistérium Ecclésiæ.

Pag. 31, n. 21, lin. 10: dícere: «… licet a Románo Pontífice, suprémo Ecclésiæ cápite, exercítium ejúsdem…».

Pars II. Pag. 5, n. 23 (De membrórum in Ecclésia Christi æqualitáte et inæqualitáte): schema vidétur multa dícere de æqualitáte membrorum in Ecclésia, et pauca de eorum inæqualitáte.

Affirmátur quídem inæquálitas, sed fere támquam quid secundárium, et statim conátus fit eam ad sat páuca reducéndi.

Dícitur enim, pag. 6, n. 23, lin. 13: «Et si quídam ex voluntáte Christi ut doctóres, mysteriórum dispensatóres et pastóres super álios constituúntur, veræ tamen inter omnes viget æquálitas quóad dignitátem et actiónem cunctis fidélibus commúnem».

Num præter hanc dignitátem et actiónem ómnibus commúnem, doctóres et dispensatóres mysteriórum, constitúti voluntáte Christi, non habent áliam dignitátem et actiónem, quæ supérant primam dignitátem et actiónem, et quæ cáusant magnam inæqualitátem?

Eádem pag. 6, lin. 17, schema addit: «Distínctio enim quam ipse Dóminus inter hierarchíam et pópulum pósuit, simul est conjúnctio, cum pastóres et álii fidéles inter se commúni necessitúdine devinciántur; Ecclésiæ præpósiti pópulo insérviant, pópulus áutem pastóribus et doctóribus suis obœ́diens, ad salútem commúnem cooperétur».

Num ex eo quod pastóres et súbditi devinciúntur inter se, præpósiti pópulo inserviéntes et pópulus obœ́diens eis, æquálitas an inæquálitas séquitur?

Comparatiónem quámdam addit schema, quæ pótius contrárium indicáre vidétur. Ait enim: «Fidéles áutem sicut ex dignatióne divína fratrem habent Christum, qui cum sit Dóminus ómnium, venit tamen non ministrári sed ministráre, ita étiam fratres habent eos qui, in sacro ministério positi, auctoritáte Christi et docent et sanctíficant et pascunt…».

Jamvéro sicut fidéles, licet hábeant Christum fratrem, sunt tamen ei subordináti et consequénter non sunt ei æquáles, ita fidéles subordinántur pastóribus et doctóribus suis, et consequénter non sunt eis æquáles.

Conátus ostendéndi quod fidéles habent obligatiónem apostolátum exercéndi non debet celáre vel mitigáre realitátem distinctiónis fidélium a pastóribus.

Nonne opportunius esset, inítio hujus schemátis, exponére bréviter clare et distíncte veritátem cathólicam, sciit: «Vera Ecclésia Christi est socíetas hierárchica, proínde inæquális, et ita a Christo auctóre constitúta ut álii doctóres, álii discípuli, álii præpósiti, álii súbditi, álii mysteriórum dispensatóres, álii sanctificándi, licet omnes ad eúndem finem últimum tendant. Præpósiti áutem ac doctóres sunt ut minístrent, súbditi áutem et discípuli ut ministréntur, etsi hi étiam sollíciti esse débeant de próximi salúte et ad apostolátum commúnem cum pastóribus cooperári»?

Hæc véritas est de fide, ex váriis definitiónibus Ecclésiæ, v. g. Concílii Tridentíni (cf. Denz. n. 960).

Hæc áutem constitútio Ecclésiæ est de jure divíno, scii, ipse Christus ministérium ecclesiásticum instítuit, non ita tamen ut omnes fidéles, eo ipso quod sunt fidéles, fruántur júribus própriis hujus ministérii, sed instítuit ministérium distínctum a réliquo cœtu fidélium, illíque tríbuit, independénter a fidélibus, ídeoque immediáte, auctoritátem regéndi, docéndi et sanctificándi fidélium cœtum.

Juvat hæc ómnia clare exponére, ut vitétur error Protestántium et aliórum dicéntium: «plenitúdinem potestátis esse pænes fidélium cœtum, qui, cum non possit per se ímplere múnera sacerdótio et magistério adnéxa, delégat peculiáres minístros ad hæc múnera obœúnda, qui minístri proínde dirígunt et docent auctoritáte a fidélium cœtu accépta».

Notándum est quod in schémate Pátribus Concílii Vaticáni I propósito dicebátur: «Christi áutem Ecclésia non est socíetas æquálium, ac si omnes in ea fidéles eádem jura habérent; verum est socíetas inæquális, et hoc non ídeo tantum, quía fidélium álii clérici sunt álii láici; sed proptérea quod máxime in Ecclésia est potéstas divínitus institúta, qua álii ad sanctificándum, docéndum et regéndum prædíti sunt, álii destituántur».

Et can. 11 sic enuntiabátur: «Si quis dixérit, Ecclésiam institútam divínitus esse támquam societátem coæquálium, ab epíscopis vero habéri offícium et ministérium, non áutem própriam regíminis potestátem, quæ ipsis divína ordinatióne cómpetat, quǽque ab iísdem sit líbere exercénda, anathéma sit».

Pag. 7, n. 24 (De sacerdótio universáli): ne errores, per falsas interpretatiónes textus ( 1 Pet., 2, 4-10 et Apoc. 1, 6 et 5, 9-10) renascántur quóad sacerdótium universále ejúsque consectária, optándum est ut doctrína magistérii ecclesiástici magis evidénter ponátur, tánquam firmíssima veritas, adducendo, v. g. id quod Concilium Tridentínum státuit: «Quod si quis omnes christiános promíscue Novi Testaménti sacerdótes esse aut omnes pari inter se potestáte spirituáli prædítos affírmet, nihil áliud fácere vidétur, quam ecclesiásticam hierarchíam, quæ est ut castrórum ácies ordináta, confúndere» (Denz. n. 960).

Perútile erit quóque, hac de re, in memóriam revocáre id quod Summus Póntifex Pius XII dicébat in Lítteris Encýclicis Mediátor Dei et hóminum diei 20 novémbris 1947: «Quod tamen christifidéles Eucharísticum partícipant Sacrifícium, non idcírco sacerdotáli étiam potestáte fruúntur. Id quídem vestrórum gregum clare præ óculis ponátis omníno necésse est.

Sunt enim, venerábiles fratres, qui hódie ad jam olim damnátos erróres accedéntes, docent in Novo Testaménto, sacerdótii nómine id solum veníre, quod ad omnes spectat, qui sacri fontis lavácro expiáti fúerint; ítemque præcéptum illud, quo Jesus Christus in novíssima Cœna id apóstolis commíserat faciéndum, quod ipse fecérat, ad cunctam dirécto pertínere christifidélium Ecclésiam; átque exínde, deínceps tantum, hierárchicum consecútum esse sacerdótium. Quaprópter pópulum autúmant vera pérfrui sacerdotáli potestáte, sacerdótem áutem ágere ex delegáto a communitáte múnere…

Quantópere captiósi hujus géneris erróres iis contradícant veritátibus, quas jam asseverávimus, de gradu tractántes quo sacérdos in mýstico Jesu Christi Córpore pollet, explanáre supervacáneum est» (Acta Apostólicæ Sedis, 2 decémbris 1947, pag. 553).

Pag. 8, n. 25 (De vita salutífera et apostólica laicórum):

Pag. 9, lin. 29, dícitur: «Ad quam apostólicam navitátem Ecclésia suos fílios instánter appéllat, præsértim láicos, qui váriis opportunitátibus datis majóre cum efficácia uti possunt, præcípue per contáctus suos personáles».

Pag. 10, n. 26, lin. 27, dícitur: «Láici ítaque pro sciéntia, competéntia in rebus, et auctoritáte qua pollent facultátem habent, immo aliquándo offícium, suam senténtiam declarándi, de iis quæ ad Ecclésiæ vel communitátis bonum pértinent».

Ne his et simílibus áliis verbis láici, nimis excúlti, tenténtur áliquo modo contémnere præpósitos minus doctos et agant independénter ab eis, juvat, ante ómnia, clare et distíncte, exponére quod essentiále est doctrínæ cathólicæ circa apostolátum laicórum, v. g. referéndo hæc quæ Summus Póntifex Joánnes XXIII dicit in Lítteris Encýclicis Mater et Magístra. «At si forte contíngat, ut de hac cáusa sacræ auctoritátis órdines áliquid præcéperint vel decréverint, palam est huic senténtiæ esse ab homínibus cathólicis próxime paréndum. Ecclésiæ enim non tantum jus et offícium est túeri princípia ad religiónem et ad morum integritátem spectántia, sed étiam pro sua auctoritáte senténtiam suam pronuntiáre, cum de princípiis iísdem ágitur ad efféctum adducéndis».

Pag. 23, n. 36, lin. 11: óptime ponúntur hæc verba «vel in monte contemplántem», quíbus magis mágisque osténditur necéssitas vitæ contemplatívæ, quæ fundaméntum constítuit veri apostolátus.
   
TRADUCCIÓN
«Parte I, pág. 7, n. 1, línea 9: [después de “máxime in novo et ætérno Testaménto”, N. del T.] es mejor decir: “insistiendo en el argumento de los concilios precedentes”, para que cese, de una vez por todas, cualquier pretensión de revisión del Concilio Vaticano I.

Pág. 9, n. 5 (Sobre la Iglesia como Cuerpo Místico de Cristo); el esquema aborda esta verdad de forma demasiado breve y general, especialmente después de la encíclica de Pío XII sobre el Cuerpo Místico. Sería deseable una explicación más clara y completa de las numerosas cuestiones que se debatieron entre los autores.

Pág. 12, n. 9 (Sobre los vínculos de la Iglesia con los cristianos no católicos): el esquema parece tímido al hablar de este asunto. No se atreve a decir si los cristianos no católicos son miembros de la Iglesia, ni qué tipo de miembros son; ni cómo debería definirse el vínculo que se discute.

Parece que los vocablos “herético” y “cismático” no existen más.

Si es así, ¿no se rechaza la doctrina de Pío XII, en Mýstici Córporis Christi, porque allí los miembros de la Iglesia son determinados de modo diverso y los miembros de iglesias separadas son claramente excluidos?

Es de esperar una exposición más clara sobre este asunto; y allí debe decirse que la esencia de la Iglesia de Cristo es la unidad de enseñanza y gobierno, cuyo centro y fundamento es el primado del Romano Pontífice.

Pero dado que las iglesias no católicas rechazan la unidad en este sentido, se encuentran, por lo tanto, fuera de esta unidad y de la verdadera Iglesia. Tampoco son verdaderas iglesias de Cristo, pues carecen del elemento esencial de la Iglesia de Cristo. No basta decir que tienen una unidad imperfecta, si no se añade que esta imperfección es esencial.

Pág. 11, n. 7, líneas 13-25: aquí se expresa el acto perfecto de fe acerca de la Iglesia de Cristo, que da consuelo a los católicos que sienten con la Iglesia y a los mismos no católicos que desean sinceramente saber cuál es verdaderamente la fe católica acerca de la Iglesia de Cristo.

Pág. 30, n. 19: Sería oportuno que al final se hiciese mención al obsequio que se debe prestar a las congregaciones de la Curia Romana, por las cuales el Romano Pontífice ejerce el gobierno y el magisterio de la Iglesia.

Pág. 31, n. 21, línea 10: decir: “…es permitido al Romano Pontífice, cabeza suprema de la Iglesia, ejercer el mismo…”.

Parte II, pág. 5, n. 23 (Sobre la igualdad y la desigualdad de los miembros de la Iglesia de Cristo): Se ve que el esquema habla mucho sobre la igualdad de los miembros de la Iglesia, y poco de su desigualdad.

Afírmase pues la desigualdad, pero casi como algo secundario, y pronto se pone todo conato para reducirla a muy poca cosa.

Porque dice en la pág. 6, n. 23, línea 13: “Y si algunos por voluntad de Cristo son constituidos como doctores, dispensadores de los misterios y pastores sobre los otros, todavía es vigente una verdadera igualdad en cuanto a la dignidad y la acción común a todos los fieles”.

Además de esta dignidad y acción común a todos, ¿no tienen los maestros y dispensadores de los misterios, instituidos por voluntad de Cristo, otra dignidad y acción que sobrepasan a la primera y que causan gran desigualdad?

En la misma página 6, línea 17, el esquema añade: “La distinción que el mismo Señor puso entre la jerarquía y el pueblo es al mismo tiempo una unión, pues los pastores y los demás fieles están unidos por un vínculo común: los que están a cargo de la Iglesia sirven al pueblo, y el pueblo, obediente a sus pastores y maestros, coopera para la salvación común”.

¿Se sigue la igualdad o la desigualdad del hecho de que pastores y súbditos están obligados entre sí, siendo los superiores quienes sirven al pueblo y el pueblo los obedece?

El esquema añade una cierta comparación que parece indicar lo contrario. Pues dice: “Pero así como los fieles tienen a Cristo como hermano por designio divino, quien, aunque es Señor de todo, vino no para ser servido sino para servir, así también tienen hermanos aquellos que, puestos en el ministerio sagrado, por la autoridad de Cristo enseñan, santifican y apacientan…”.

Ahora bien, así como los fieles, aunque tienen a Cristo por hermano, están sin embargo subordinados a Él y, por consiguiente, no son iguales a Él, así también los fieles están subordinados a sus pastores y maestros, y, por consiguiente, no son iguales a ellos.

El intento de mostrar que los fieles tienen la obligación de ejercer el apostolado no debe ocultar ni socavar la realidad de la distinción entre fieles y pastores.

¿No sería más apropiado, al comienzo de este esquema, explicar breve y claramente la verdad católica, a saber: “La verdadera Iglesia de Cristo es una sociedad jerárquica, por tanto desigual, y así constituida por Cristo autor, y en modo que algunos sean doctores y otros discípulos, algunos jefes y otros súbditos, algunos dispensadores de los misterios y otros para santificar, si bien todos tiendan al mismo fin último. Los jefes y los doctores están pues para servir, y los súbditos y los discípulos en cambio para ser servidos, aun si estos últimos deben ser también solícitos de la salvación del prójimo y cooperar en el apostolado común con los pastores”?

Ésta es la verdad sobre la fe, según diversas definiciones de la Iglesia, por ejemplo, el Concilio de Trento (cf. Denz. n. 960).

Pero esta constitución de la Iglesia es de derecho divino, es decir, Cristo mismo instituyó el ministerio eclesiástico, no de tal modo, sin embargo, que todos los fieles, por el hecho mismo de ser fieles, gocen de los derechos propios de este ministerio, sino que instituyó un ministerio distinto del resto del grupo de fieles, y le dio, independientemente de los fieles, y por tanto inmediatamente, la autoridad de gobernar, enseñar y santificar al grupo de fieles.

Es útil explicar todo esto con claridad, para evitar el error de los protestantes y otros que dicen: “La plenitud del poder esta en la comunidad de los fieles, la cual, no pudiendo por sí cumplir las tareas anexas al sacerdocio y al magisterio, delega ministros particulares para realizar estas tareas, ministros que, por ende, dirigen y enseñan con autoridad recibida de la comunidad de los fieles”.
   
Es de advertir que en el esquema [Sobre la Iglesia de Cristo] propuesto a los Padres del Concilio Vaticano I se decía: “La Iglesia de Cristo no es luego una sociedad de iguales, como si todos los fieles en ella tuviesen los mismos derechos; sino que es una sociedad desigual, y esto no solo porque de los fieles algunos son clérigos y otros laicos; sino porque máximamente en la Iglesia hay una potestad divinamente instituida, por la cual algunos son dotados de potestad para santificar, enseñar y gobernar, y los otros están desprovistos de ella”.
   
Y así enunciaba el canon 11: “Si alguno dijere que la Iglesia fue divinamente instituida como una sociedad de iguales, y que tiene por los Obispos cierto oficio y ministerio que ellos puedan ejercer libremente, pero no la propia potestad de gobierno que le compete por divina ordenación, sea anatema”.
   
Pág. 7, n. 24 (Sobre el sacerdocio universal): para evitar que renazcan errores por falsas interpretaciones del texto (1 Ped. 2, 4-10 y Ap. 1, 6 y 5, 9-10) sobre el sacerdocio universal y sus consecuencias, es deseable que la doctrina del magisterio eclesiástico se exprese con mayor claridad, como la verdad más firme, citando, por ejemplo, lo que estableció el Concilio de Trento: “Y si alguno afirma que todos los cristianos indistintamente son sacerdotes del Nuevo Testamento o que todos están dotados de potestad espiritual igual entre sí, ninguna otra cosa parece hacer sino confundir la jerarquía eclesiástica que es como un ejército en orden de batalla (cf. Cant. 6, 3)” (Denz. n. 960).

A este respecto, será útil recordar también lo que dijo el Sumo Pontífice Pío XII en la Carta Encíclica Mediátor Dei et hóminum del 20 de noviembre de 1947: “Empero, por el hecho de que los fieles cristianos participen en el sacrificio eucarístico, no por eso gozan también de la potestad sacerdotal, cosa que, por cierto, es muy necesario que expliquéis claramente a vuestra grey.

Pues hay en la actualidad, venerables hermanos, quienes, acercándose a errores ya condenados, dicen que en el Nuevo Testamento sólo se entiende con el nombre de sacerdocio aquel que atañe a todos los bautizados; y que el precepto que Jesucristo dio a los Apóstoles en su última cena, de hacer lo que Él mismo había hecho, se refiere directamente a todo el conjunto de los fieles; y que sólo más adelante se introdujo el sacerdocio jerárquico. Por lo cual creen que el pueblo tiene verdadero poder sacerdotal, y que los sacerdotes obran solamente en virtud de una delegación de la comunidad. […]

No hay por qué explanar lo que esos capciosos errores se oponen a aquellas verdades que ya antes dejamos establecidas, al tratar del grado que ocupaba el sacerdote en el Cuerpo místico de Cristo” (Acta Apostólicæ Sedis, 2 de diciembre de 1947, pág. 553).

Pág. 8, n. 25 (Sobre la vida salvífica y apostólica de los laicos):

En la pág. 9, línea 29, dice: “A esta actividad apostólica la Iglesia llama urgentemente a sus hijos, especialmente a los laicos, quienes pueden aprovechar mejor las diversas oportunidades que se les ofrecen, especialmente a través de sus contactos personales”.
   
En la pág. 10, n. 26, línea 27, se dice: “Los laicos, por tanto, en virtud de su conocimiento, competencia en la materia y la autoridad que ejercen, tienen la facultad, y a veces incluso el deber, de manifestar su opinión sobre asuntos que pertenecen al bien de la Iglesia o de la comunidad”.
    
Para que los laicos con una formación excesiva no se sientan tentados por estas y otras palabras similares a despreciar a los superiores menos doctos y actuar con independencia, es útil, sobre todo, explicar con claridad y distinción lo esencial de la doctrina católica respecto al apostolado de los laicos, por ejemplo, remitiéndose a lo que dice el Sumo Pontífice Juan XXIII en la Carta Encíclica Mater et Magistra: “Pero si las órdenes de la autoridad sagrada han prescrito o decretado algo al respecto, es evidente que esta opinión debe ser obedecida rigurosamente por los católicos. Pues la Iglesia no solo tiene el derecho y el deber de proteger los principios relativos a la religión y la integridad moral, sino también de pronunciarse por propia autoridad cuando se trata de poner en práctica estos mismos principios”.
  
Pág. 23, n. 36, línea 11: estas palabras están mejor situadas “o en el monte contemplando”, que muestran cada vez más la necesidad de la vida contemplativa, que constituye el fundamento del verdadero apostolado».

Aun así el Concilio (a instancias de Montini) tomó las sendas del modernismo, y la constitución “Lumen géntium” es el más devastador de los documentos del Vaticano II, porque no se limita a dar una dirección ambigua (el “subsístit in” que incluso Ratzinger halló contradictorio) o herética (afirmar que la consagración episcopal confiere potestad de gobierno), sino que por medio de la colegialidad, la idea del doble poder supremo del Papa y el Colegio de los Obispos del cual él es miembro y presidente (así la “Nota explicatíva prǽvia” inserta por mandato de Montini al final de LG intentara en vano conjurar dicho riesgo) y la artificial división entre la colación de la jurisdicción y su ejercicio (distinción cuyo único exponente antiguo fue el exjesuita Giovanni Vincenzo Bolgeni) ataca la misma estructura de la Iglesia, como fue querida por el mismo Jesucristo, Su divino Fundador.

TRIDUO A LOS SANTOS JOSÉ DE ARIMATEA Y NICODEMO

Devoción dispuesta por el P. Mtro. Fr. José Venegas, del Orden de San Agustín, y publicada en México por la Imprenta de Alejandro Valdés en 1825.
   
OBSEQUIOSO TRIDUO PARA LOS DÍAS VEINTICINCO, VEINTISÉIS Y VEINTISIETE DE MES, EN RECUERDO DE LAS PIEDADES DE LOS JUSTOS VARONES JOSÉ DE ARIMATEA Y NICODEMO, PARA IMPLORAR DEL SEÑOR REMEDIOS DE LAS NECESIDADES, CONSUELO EN LOS CONFLICTOS Y ENTERA SUMISIÓN A LAS ÓRDENES DE LA DIVINA PROVIDENCIA
  

DÍA VEINTE Y CINCO
EJEMPLO DE PIEDAD
Habiendo expirado el Redentor en un duro afrentoso madero, quedó su purísima Madre en la cima del monte Calvario, sola, huérfana, desvalida y sin humano arbitrio para hacer a su hijo los obsequios últimos: vió la inhumanidad con que atravesó un soldado el costado del Señor ya muerto, crecían y se renovaban sus dolores con cuanto de nuevo acontecía, temía se multiplicaran los ultrajes con aquel sacratísimo cuerpo a que había de estar unido el divino Verbo, y queriéndolo sacar del sacrílego poder de los ministros de la iniquidad, rogó con lágrimas a José de Arimatea, tomara por su cuenta el remedio de esta inexplicable necesidad y apretado conflicto, así lo revelo la misma Señora a San Anselmo. Apenas entendió aquel distinguido acaudalado varón la grandeza del apuro y angustia, cuando corrió con velocidad al palacio en donde se presentó con intrepidez al profano y pagano juez, y le pidió con audacia santa el cuerpo de Jesús. Acción heróica, digna de alabanza, digna de eterna memoria, y muy proporcionada para la imitación, porque en la adversidad, en el conflicto o necesidad, se ha de favorecer al prójimo con arreglo a las facultades, pero con presteza y bizarría, teniendo siempre por creído que se hace con el Redentor el beneficio que se dispensa al mínimo de los fieles, pues así lo tiene asegurado el Señor en el Evangelio.
  
Se rezan tres Credos.
   
ORACIÓN A JESÚS CRUCIFICADO
Verdadero consolador de los corazones atribulados, esperanza de los espíritus abatidos, amante felicísimo de las almas afligidas, Jesús, descanso, alivio y frescura de todos los cansados y desamparados, remediador mío poderosísimo, que por hacerme compañía en los trabajos de mi destierro, quisiste el desamparo de tu Eterno Padre en los postreros momentos de tu Santísima Vida, y permitisteis humillasen los Apóstoles al tiempo de tu ignominiosa muerte, para que no hubiese quienes, de oficio, cuidasen de tu sepultura. Salvador mío dulcísimo, que por dejarnos un manantial de consolaciones, quisisteis partir de este mundo con los desconsuelos de dejar a tu desvalida dolorosa Madre, en los apuros de cuidar tu sagrado cadáver, quedando por agentes de sus últimos obsequios los humildísimos ruegos, suspiros y lágrimas de tan afligida gemidora tórtola: Yo te ruego por este apuro de la gran Señora, y la piadosa prontitud con que comenzó a ocurrir a tamaña necesidad el Santo José de Arimatea, experimente yo los venturosos efectos de aquella gran promesa que me tienes hecha por el Profeta: Llámame en tu tribulación, yo te libraré. Amén. Tres Aves Marías.
   
ORACIÓN A NUESTRA SEÑORA
Oh Virgen Santísima, ¡cómo se transformaron en trabajo vuestros placeres! Tuviste inefables gozos en veros Madre llena de Dios, de verle nacido, adorado de los ángeles, pastores y reyes, de tenerle pendiente de vuestros santísimos pechos, sustentado de vuestra purísima leche, y servido de vuestros virginales brazos. En su infancia tuvisteis, Señora, las satisfacciones de hacer con su Majestad todos los oficios de la Madre, poseída de interiores espiritualismos contentos, en su edad adulta le hiciste los servicios de esposa, abrazada de ardores seráficos, y transportada en dulcísimos arrobos y excelsos mentales. Mas difunto, os hallasteis anegada en un mar de angustias, por no tener arbitrio propio (según su divina ordenación) para hacerle los últimos obsequios por las penas que se congregaron como en un punto, para ahogaros, y por la piedad con el Santo José de Arimatea dio pronto expediente a vuestra pretensión, os suplico me alcancéis de vuestro Hijo Santísimo, buen éxito en todos mis negocios, especialmente en el único importantísimo de mi salvación. Amén.
  
Dos Padres nuestros, Aves Marías y Glorias.
  
DEPRECACIÓN A LOS SANTOS VARONES
¡Oh felicísimos Varones!, que ya pasasteis el piélago de esta mortalidad y merecisteis llegar al puerto de la perpetua quietud y paz, os ruego por vuestra encendida caridad, que pues estáis seguros vosotros, tengáis cuidado y solicitud de nosotros: mirad piadoso desde el alto cielo nuestra multiplicada miseria, por Jesucristo que os hizo tan dichoso, y entre tantos os escogió para que hicieseis con su sacratísimo cadáver los obsequios últimos, oficios propios y verdaderamente privados de los más amigos, de los más íntimos y de los más allegados. Amén.

En el nombre del Padre, y del Hijo ✠, y del Espíritu Santo. Amén.
   
DÍA VEINTE Y SEIS
Por la señal…
   
EJEMPLO DE LIBERALIDAD
Extraído el cuerpo de Jesús de la injusta y nula jurisdicción del juez más inicuo, comenzó a pensar su dolorosísima Madre en las expensas que se debían hacer para honrar el sacratísimo cadáver, según la costumbre de los hebreos, hallábase la Señora en el Calvario, desproveída aun de los auxilios temporales para la más pobre y escasa subsistencia, y cuando más le apretaba aquella urgente necesidad, se le presentó Nicodemo con cien libras de preciosos y costosos ungüentos, con mucho menos bastaba para cumplir con la funeraria ceremonia de los difuntos personajes del antiguo testamento, pero notan los intérpretes sagrados, que queriendo Nicodemo consolar a María Santísima, según los tamaños de su angustia, y queriendo honrar con su magnificencia el sagrado depósito del que había visto como un gran Profeta, hizo considerable desembolso para comprar tantos aromas, que hubiese para ungir y bañar el santísimo cadáver, y que sobrase para derramar por todo el camino de su entierro. Esta es profusión piadosa y religiosa prodigalidad. La prodigalidad siempre es criminal, y no tiene lugar sino en los gastos que se hacen para sostener la vanidad, el lujo, y desahogos de la corrupción. La liberalidad de Nicodemo, debe servir de estímulo a los ánimos opacados, que por la vileza de corazón no quieren extender la mano para aquellas asistencias, que son el apoyo del honor y del arreglo de las costumbres. Es verdad que aun el más poderoso de los hombres no puede favorecer a todos los desgraciados hijos de Adán, pero también es cierto que debe socorrer a aquellos con quienes tenga algún enlace, ya sea de amistad o paréntesis, o ya provenga de las circunstancias de tiempo, lugar y otras cualesquiera, lo que enseña admirablemente el gran Padre San Agustín en el libro primero de la doctrina cristiana.
  
Se rezan tres Credos.
   
ORACIÓN A JESÚS CRUCIFICADO
Tesoro de soberanas riquezas, abundancia perfecta de todos los que a ti se acogen, refrigerio dulcísimo de los trabajados y afligidos. Jesús, mi Dios, mi Rey, mi amabilísimo dueño, que, por enriquecerme de inestimables tesoros, quisisteis que todo os faltara sobre la tierra. Se muy bien, gran Señor, que si no tenias con que comer, lo sufríais como los pobres, que no tenías calzado, andabas por quebrados caminos, no os contentáis con haber sufrido las mayores penalidades de la pobreza, aunque tan voluntaria, durante vuestra preciosa vida, hasta en la muerte y después de ella quisisteis llevar este trabajo, quedando vuestro difunto cuerpo expuesto a la piedad de quien os quisiese hacer los últimos obsequios. Moristeis, es verdad, movisteis el corazón de Nicodemo, el hombre más liberal de Jerusalén para tales oficios, y para ocurrir como tan providente a las urgentísimas necesidades que apretaban al pie de la Cruz, el tiernísimo corazón de vuestra dolorosa Madre, las angustias de esta Señora os presento, para que hablen por mí, y os pido socorro en mis necesidades, consuelo en mis aflicciones, conformidad en todos los inevitables trabajos, y gracia para acumular aromas de ejemplos, que derrame sobre mis prójimos, expendiéndome todo en muchas piadosas acciones. Amén. Tres Aves Marías.
   
ORACIÓN A NUESTRA SEÑORA
Sacratísima Madre de Jesús, eximia imitadora de su pobreza, tesorera y liberal dispensadora de sus gracias, no queráis despreciar mis ruegos, acogido a vuestro patrocinio en mis necesidades. La insinuación de las divinas piedades, escrita por santa Gertrudis, me avisa, que el Señor te llama en el cielo: Madre y descanso de los huérfanos, desempeña este título como hay, que necesita de protección en la tierra. Cuando San Buenaventura os contempla manantial de beneficios, así os saluda, abrasado humano serafín: Dios te salve, abogada de los pobres. Poseedora sois, Señora, de gran caudal, aun solo por los conflictos de la voluntaria pobreza, con que quisisteis peregrinar. Mucho pues, tenéis que dar, no cabe en la humana comprensión la grandeza de merecimientos que adquiriste solo por las necesidades del Calvario, logre yo algo de tanta riqueza en mis necesidades. Amén.
  
Dos Padres nuestros, Aves Marías y Glorias.
  
DEPRECACIÓN A LOS SANTOS VARONES
¡Oh Santos Varones José y Nicodemo! No seáis escasos con los pobres que a vosotros claman: siendo viadores, ni atendisteis a humanos respetos, ni temisteis persecuciones, ni reparasteis en desembolsos por subvenir las necesidades que notabais en el monte Calvario, moradores sois ya del Cielo, en premio de vuestra piedad, allí sois más ricos, y se ha perfeccionado vuestra caridad, experimente yo en mis necesidades el auxilio que podéis darnos. Amén.
  
DÍA VEINTE Y SIETE
Por la señal…
   
EJEMPLO DE MISERICORDIA
José, llamado de Arimatea, por el lugar de su nacimiento, y Nicodemo, fariseo, personas respetables entre los judíos, y ocultos discípulos de Jesús, en el mismo día en que fue crucificado, embalsamaron su cuerpo, arreglados a la costumbre de los hebreos, y en sepulcro nuevo lo enterraron con aceleración, a fin de que no lo ultrajasen más sus enemigos, y no quedase confundido con los cadáveres de los dos ladrones. Estos oficios de piedad impelen, fuerzan y obligan a ejercer con denuedo, según el Apóstol, como atletas las obras de misericordia, en cuya recomendación acumulan los libros santos, vivísimos oráculos, siendo el más sobresaliente, el que forman las palabras de sabiduría increada dichas por el apóstol San Mateo: Quiero más obras de misericordia que el sacrificio, no obstante, ser este más excelente, como de virtud noble, que es la religión.
  
Se rezan tres Credos.
   
ORACIÓN A JESÚS CRUCIFICADO
Oh mi buen Jesús, consolador oportuno de los atribulado, seguro asilo de los desvalidos, quisiera deshacerme en lágrimas, contemplando la suma pobreza en que quisiste morir, y quedar después de muerto, ni una usada sábana que os amortajara, ni un palmo de tierra que os diera sepultura, en memoria de estas necesidades, os protesto vestir al desnudo siempre que pueda, y renovar mi corazón con la penitencia, para recibiros debidamente en el Sacramento, ayudadme y confortad estos propósitos con vuestra gracia. Amén. Tres Aves Marías.
   
ORACIÓN A NUESTRA SEÑORA
Ínclita Reina de los mártires, inseparable compañera de los trabajos de Jesús en su vida, y varonil mujer fuerte en todos los oficios de sepultura, tened presente que habiendo sacado del poder de los malvados, el santo cuerpo de tu Hijo, dos hombres de piedad lo entregaron a tus brazos, para que, poseedora de su Sangre y sus Llagas, las pudieses aplicar a los que a ti se acogen: como tan poderosa, como tal tesoro, os digo con vuestro querido Agustín: Santísima María, socorred a los miserables, alentad a los pusilánimes, consolad a los llorosos, favoreced al clero, interceded por el género femenino, y rogad por todo el pueblo cristiano, Señora benignísima, Señora de piedad, experimente los afectos de tu celestial valimiento todo el que hiciere de vos, devoto recuerdo. Amén.
  
Dos Padres nuestros, Aves Marías y Glorias.
  
DEPRECACIÓN A LOS SANTOS VARONES
Varones incomparables, que con tanto empeño os empleasteis en las obras mejores de misericordia, no os olvidéis de los que tanto necesitan de vuestras liberalidades, desde el alto trono que ocupáis en la corte celestial: mirad compasivos a esta nación, vuestro título os debe interesar en su protección y defensa, ella es, no se puede dudar, el abrigo de la piedad, si sobre ella cae el cruel azote de la guerra, la piedad lo ha de sentir, la primera, diciendo San Ambrosio, que el principal desahogo del marcial furor de herejes, infieles, incrédulos y libertinos, es la prisión del destierro y muerte de los pastores, la ruina de los altares y destrozo de las imágenes santas. Vosotros que sois los varones de misericordias, celebrados del Eclesiástico, sois los Varones del ruego, como que se equivocan los dos renombres. Sed pues, perpetuos rogadores, para que el Señor nos libre de los azotes de la guerra, del hambre y de la peste. Amén.