Traducción del artículo publicado por Giuliano Zoroddu para RADIO SPADA.
De un folleto distribuido a una clase de secundaria
En el Canto IX del Purgatorio vemos a Dante y Virgilio cruzando la puerta del segundo reino. Custodiándolo hay un ángel resplandeciente (vv. 79-81).
Este espíritu lleva en la mano la espada (vv. 82-84), símbolo de la justicia divina y de la Palabra de Dios, y se sitúa en lo alto de tres escalones (vv. 93-102, que significan los tres momentos del sacramento de la confesión –la contrición del corazón, la confesión oral, la satisfacción con las obras–, como las describe Santo Tomás de Aquino (Summa Theologíæ, III, q. 90, a. 2): a la que Alighieri recurre a menudo y voluntariamente como discípulo, y como maestro.
El ángel se sitúa en lo alto de las escaleras y reparte equitativamente la penitencia a realizar a cada una de las almas purgativas que se presentan ante él. Sus pies descansan sobre una losa de diamante (vv. 103-105). Esta piedra preciosa recuerda la firmeza, como nos dice Ezequiel 3, 9: “Ut adamántem et ut sílicem dedi fáciem tuam: ne tímeas eos, néque métuas a fácie eórum” (Como un diamante, más duro que el pedernal he hecho tu frente. No les temas, ni tengas miedo ante ellos). Sin embargo, también hay una referencia velada a la firmeza del apóstol Pedro a quien le dijeron: “Tu es Petrus, et super hanc petram ædificábo Ecclésiam meam, et portæ ínferi non prævalébunt advérsus eam (Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, y las puertas del infierno no prevalecerán contra ella). Este pasaje resultará mucho más importante que el de Ezequiel, como veremos más adelante.
Virgilio le dice a Dante que se postre para pedirle al ángel que abra la puerta: “quien abre la cerradura” (v. 108). Nótese el uso del verbo disolver, muy importante para la enseñanza sagrada sobre la que se construye el texto. De hecho, recuerda aquellas palabras que Jesús dirige a San Pedro en San Mateo 16, 19: “Et quodcúmque ligáveris super terram, erit ligátum et in cœlis: et quodcúmque solvéris super terram, erit solútum et in cœlis (Y todo lo que atéis en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que desatéis en la tierra quedará desatado en el cielo). “Las palabras desatar y atar entre los rabinos y doctores judíos contemporáneos de Jesucristo tenían el sentido de permitir, declarar lícito, y de prohibir, declarar ilícito” y pertenecen al ámbito de los pecados y su remisión.
El peregrino cumple lo que le ordena su guía: pide perdón de sus pecados, recibe la inscripción de las siete P en su frente y la invitación a purificarse (vv. 109-114).
En este punto el poeta vuelve a describir el espíritu bendito (vv. 115-117). Tiene un vestido color ceniza, un claro símbolo de penitencia y dos llaves.
Estas son las claves que en San Mateo 16, 19 leemos que Jesucristo hizo una promesa de colación a San Pedro: “Et tibi dabo claves regni cœlórum” (A ti te daré las llaves del reino de los cielos).
Estas llaves indican el poder supremo de jurisdicción sobre toda la Iglesia confiado por Cristo sólo a Pedro y, en la persona de Pedro, a sus sucesores, los Romanos Pontífices. El hecho de que este poder de atar y desatar en virtud de las Claves, es decir, "el derecho y la autoridad para gobernar la Iglesia, y el más amplio poder legislativo y judicial, así como el poder de imponer penas, etc., la facultad de remitir o retener los pecados aún más graves”, tan típico de Pedro (y de sus sucesores), que especifica al ángel: “De Pedro lo tengo” (v. 127).
Ejerce el poder de las Llaves dependiendo de Pedro porque lo recibió de él. Porque sólo Pedro lo recibió. De hecho, en el Evangelio también se da a los Apóstoles este poder de atar y desatar (cf. San Mateo 18,18), pero después de Pedro y subordinados a él, a quien sólo se confería el primado de jurisdicción.
Así, en este canto "penitencial" el poeta expresa algunas verdades fundamentales de la fe católica:
- el primado de Pedro y de sus sucesores, los Romanos Pontífices;
- la encomienda de Cristo de este poder de jurisdicción sólo a Pedro y a sus sucesores en la Sede Romana;
- la comunicación de esta misma potestad a los obispos y demás ministros sagrados siempre y sólo por conducto del Romano Pontífice;
- la necesidad de poseer facultad de jurisdicción para poder confesar válidamente.
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