domingo, 5 de octubre de 2014

INVALIDEZ DE LOS SACERDOTES Y OBISPOS CONCILIARES

Tomado del libro La verdad de lo que realmente ocurrió a la Iglesia Católica después del Vaticano II, por los Hnos. Miguel y Pedro Dimond, OSB; con algunas aclaraciones.
  
CAPÍTULO X - EL NUEVO RITO DE ORDENACIÓN
Michael Davies: “… se ha eliminado [del nuevo rito de Pablo VI] toda oración en el rito tradicional [de ordenación] que afirmaba expresamente el papel esencial de un sacerdote como hombre ordenado para ofrecer el Sacrificio propiciatorio por los vivos y los muertos. En la mayoría de los casos estas fueron las oraciones precisas eliminadas por los reformadores protestantes, o si no exactamente las mismas hay un claro paralelismo” (1). 
 

Además de la invalidez de los cambios hechos en la Misa, el diablo sabía que tenía que alterar el rito de ordenación para que los sacerdotes de la nueva Iglesia también fuesen inválidos.

El nuevo rito de las sagradas órdenes (obispos, sacerdotes, diáconos) fue aprobado e impuesto por Pablo VI el 18 de junio de 1968. La siguiente información es crucial que todo católico debe conocer, ya que se refiere a la validez de esencialmente todo “sacerdote” ordenado dentro de la estructura diocesana desde aproximadamente 1968
[NOTA: Jorge Mario Bergoglio, antipapa “Francisco I”, fue ordenado “sacerdote” el 13 de Diciembre de 1969, con el nuevo rito], y, en consecuencia, se refiere a la validez de innumerables confesiones, misas indultadas, etc.

El 30 de noviembre de 1947, el Papa Pío XII publicó una constitución apostólica llamada “Sacraméntum Ór
dinis”. En esta constitución, el Papa declaró, por virtud de su suprema autoridad apostólica, las palabras que son necesarias para una ordenación válida para el sacerdocio
      
Pío XII, en “Sacraméntum Órdinis”, reguló cómo debe administrarse el Sacramento del Orden Sacerdotal
     
LA FORMA TRADICIONAL PARA LA ORDENACIÓN SACERDOTAL
Papa Pío XII, Sacraméntum Órdinis, 30 de noviembre de 1947: “Siendo esto así, después de invocar la lumbre divina, con nuestra suprema autoridad apostólica y a ciencia cierta, declaramos y, en cuanto preciso sea, decretamos y disponemos: En la ordenación presbiteral, la materia es la primera imposición de manos del obispo que se hace en silencioLa forma [de la ordenación] consta de las palabras del “Prefacio” de las que son esenciales y, por tanto, requeridas para la validez, las siguientes
Da, te rogamos, Padre omnipotente, a este siervo tuyo la dignidad del Presbiterio (presbýterii dignitem); renueva en sus entrañas el espíritu de santidad para que (UT) alcance recibido de ti, oh Dios, el cargo del segundo mérito y muestre con el ejemplo de su conducta la severidad de las costumbres” (2).

LA NUEVA FORMA PARA LA ORDENACIÓN SACERDOTAL

Esta es la nueva forma del nuevo rito de ordenación sacerdotal:

“Da, te rogamos, Padre omnipotente, a este siervo tuyo, la dignidad del Presbiterio; renueva en sus entrañas el espíritu de santidad. Alcance recibido de ti, oh Dios, el cargo del segundo mérito y muestre con el ejemplo de su conducta la severidad de las costumbres” (3).

La diferencia entre las dos formas está en que en el nuevo rito se ha omitido la palabra latina “ut” (que significa “para que”). Esto puede parecer insignificante, pero en Sacraméntum Órdinis, Pío XII declaró que esta palabra era esencial para la validez. Además, la omisión de “para que” sugiere una relajación de la designación del efecto sacramental (que confiere el oficio de segundo rango). En otras palabras, la eliminación de “para que” presupone una ordenación que ya ha sido realizada, sin embargo no se realiza a medida que se pronuncian las palabras.

Dado que el nuevo rito pretende ser el rito romano, esta eliminación de “ut”
(“para que”) hace que el nuevo rito sea de una validez cuestionable. Sin embargo, hay un problema mucho mayor que demuestra que el nuevo rito es inválido
   
EL MAYOR PROBLEMA CON EL NUEVO RITO DE ORDENACIÓN NO ESTÁ LA FORMA, SINO EN LAS CEREMONIAS CIRCUNDANTES QUE HAN SIDO ELIMINADAS

El cambio a la forma esencial no es el único problema con el nuevo rito de ordenación promulgado por Pablo VI. Los siguientes puntos son demasiado importantes, debido a que el sacramento del orden, si bien fue instituido por Nuestro Señor Jesucristo, no fue instituido por Nuestro Señor con una forma sacramental específica –a diferencia de los sacramentos de la eucaristía y bautismo, que fueron instituidos con una forma sacramental específica–, de modo que la forma de las palabras en la ordenación le dan su significado e importancia por los ritos y ceremonias que lo circundan.
   
En su famosa bula, Apostólicæ curæ, del 13 de septiembre de 1896, el Papa León XIII declaró solemnemente que las ordenaciones anglicanas son inválidas. Esto significa que la secta anglicana no tiene sacerdotes u obispos válidos

Papa León XIII, Apostólicæ curæ, 13 de septiembre de 1896: “Por propia iniciativa y a ciencia cierta, pronunciamos y declaramos que las ordenaciones hechas en rito anglicano han sido y son absolutamente inválidas y totalmente nulas” (4).
      
El Papa León XIII declaró que los sacerdotes y obispos anglicanos son INVÁLIDOS Y NULOS
   
Al hacer esta declaración solemne, debe entenderse que el Papa León XIII no estaba invalidando las ordenaciones anglicanas, sino más bien estaba declarando que eran inválidas debido a los defectos en el rito. Pero, 
¿cuáles eran los defectos o problemas que León XIII veía en el rito anglicano que contribuían a su invalidez
Papa León XIII, Apostólicæ curæ, 13 de septiembre de 1896: “Cuando alguien hace uso correcto y serio de la forma debida y de la materia requerida para efectuar o conferir el sacramento, sería considerado por el propio hecho de hacer lo que la Iglesia hace. Sobre este principio se basa la doctrina de que un sacramento es verdaderamente conferido por el ministerio de quien es un hereje o un no bautizado [significando que una persona que no está bautizada sólo puede conferir el sacramento del bautismo, pero no los otros sacramentos], con tal que se emplee el rito católico. Por otra parte, si se cambia el rito, con la intención manifiesta de introducir otro rito no aprobado por la Iglesia y rechazar lo que la Iglesia hace, y que por la institución de Cristo pertenece a la naturaleza del sacramento, entonces está claro que sólo no es la intención necesaria querida para el sacramento, sino que también la intención es adversa a y destructiva del sacramento” (5).
Aquí vemos al Papa León XIII enseñando que si un ministro utiliza el rito católico en conferir el sacramento del orden, con la materia y forma correcta, él es tomado en cuenta por la misma razón de haber tenido la intención de hacer lo que la Iglesia hace (es necesario para la validez de cualquier sacramento tener el propósito de hacer lo que la Iglesia hace). Por otra parte, él nos dice, que si se cambia el rito con la manifiesta intención de introducir un nuevo rito no aprobado por la Iglesia, y rechazando lo que la Iglesia hace, entonces la intención no es apenas insuficiente, sino que es destructiva del sacramento.
     

La validez del Sacramento radica, aparte de la idoneidad del que lo confiere, en que se administre con la forma (el Ritual) y materia (el objeto que se utiliza) adecuada. Si no se hace lo que la Iglesia hace, EL SACRAMENTO ES DESTRUIDO.
    
¿Y cuáles son las cosas que el Papa León XIII describe que demuestran la intención destructiva del rito anglicano de ordenación?

Papa León XIII, Apostólicæ curæ, el 13 de septiembre de 1896: “Porque, al dejar de lado las otras razones que muestran que esto es insuficiente para la intención en el rito anglicano, que para todos sea suficiente este argumento: de los que han sido deliberadamente eliminados lo establece la dignidad y oficio del sacerdocio en el rito católico. Por consecuencia, esa forma no puede considerarse apta o suficiente para el sacramento que omite lo que debe esencialmente significar” (6).

Papa León XIII, Apostólicæ curæ, el 13 de septiembre de 1896: “Por tanto sucede que, como el sacramento del orden y el verdadero sacerdotium [el sacerdote sacrificador] de Cristo fue completamente eliminado del rito anglicano, y dado que el sacerdotium [sacerdocio] es de ninguna manera conferido verdadera y válidamente en la consagración episcopal del mismo rito, por la misma razón, por tanto, el episcopado de ninguna manera se puede conferir verdadera y válidamente por éste, y esto tanto o más cuanto que entre los primeros deberes del episcopado es el de la ordenación de los ministros para la santa Eucaristía y el Sacrificio” (7).

Papa León XIII, Apostólicæ curæ, el 13 de septiembre de 1896: “Estando plenamente consciente de la conexión necesaria entre la fe y el culto, entre la ley de la creencia y la ley de la oración’, bajo pretexto de regresar a la forma primitiva, ellos corrompieron el orden litúrgico en muchas maneras para acomodarse a los errores de los reformistas. Por esta razón, en todo el ordinal, no hay ninguna mención clara del sacrificio, de la consagración, del sacerdótium [sacerdocio sacrificador], sino, como ya hemos declarado, todo rastro de estas cosas, que estaban en las oraciones del rito romano en cuanto no las han rechazado por completo, fueron deliberadamente eliminadas. De esta manera, el carácter natural –o el espíritu, como suele llamarse– del ordinal se manifiesta claramente en sí mismo. Por tanto, si adolece en su origen, es totalmente insuficiente para conferir las órdenes, y era imposible que en el transcurso del tiempo se volviera suficiente, ya que ningún cambio ha tenido lugar” (8). 

Por causa de acoger en sí la herejía protestante y eliminarse toda referencia Católica, el sacerdocio y el episcopado anglicano NO TIENEN VALIDEZ ALGUNA
    
¡ESTIMADO LECTOR, ESTAS COSAS DESCRITAS ARRIBA POR EL PAPA LEÓN XIII COMO ES LA INVALIDEZ DEL RITO DE ORDENACIÓN ANGLICANO –LA ELIMINACIÓN SISTEMÁTICA DE TODA REFERENCIA AL SACRIFICIO DE LA MISA, LA CONSAGRACIÓN Y EL VERDADERO SACERDOCIO SACRIFICADOR– SON EXACTAMENTE LAS COSAS QUE OCURRIERON EN EL NUEVO RITO DE ORDENACIÓN PROMULGADO POR PABLO VI! 
       
Michael Davies, en su libro El Orden de Melquisedec –a pesar de sus conclusiones falsas sobre esta y otras materias– se ve obligado a admitir estos impresionantes hechos:
Michael Davies: “Como quedó claro en la sección anterior, cada oración en el rito tradicionalista [de la ordenación] que declaraba específicamente el oficio esencial del sacerdote como el hombre ordenado para ofrecer el Sacrificio propiciatorio para los vivos y a los muertos, ha sido eliminado [del nuevo rito de Pablo VI]. En la mayoría de los casos fueron estas las oraciones que fueron precisamente eliminadas por los reformistas protestantes, o si no precisamente las mismas, hay un claro paralelismo” (9).

Michael Davies: “… en el nuevo rito de la Ordenación no hay ninguna oración obligatoria que deje claro que la esencia del sacerdocio católico es la investidura de los poderes para ofrecer el sacrificio de la Misa y de absolver los pecados de los hombres, y que el sacramento imprime un carácter que diferencia a un sacerdote de un lego común, no sólo en grado sino en esencia... No hay ni una palabra en él que sea incompatible con la creencia protestante” (10).
Estas son algunas de las oraciones y ceremonias específicas que establecen la verdadera naturaleza del sacerdocio en el rito tradicional y que han sido eliminadas específicamente en el nuevo rito de Ordenación del Pablo VI. La siguiente información se encuentra en el libro de Michael Davies, The Order of Melchisedech [El Orden de Melquisedec], pp. 79 y siguientes.

En el rito tradicional, el obispo se dirige a los ordenandos y dice:

“Porque es deber del sacerdote ofrecer el Sacrificio, bendecir, dirigir, enseñar y bautizar”.
Esta admonición ha sido abolida.

A continuación, en el rito tradicional sigue la Letanía de los Santos. Ella ha sido abreviada en el nuevo rito. El nuevo rito suprimió la siguiente afirmación no ecuménica:

Que os dignéis reconducir a todos los que se han desviado de la unidad de la Iglesia, y llevar a todos los creyentes a la luz del Evangelio”.
A continuación, en el rito tradicional, después de pronunciada la forma esencial, que ha sido cambiada en el nuevo rito (véase arriba), el obispo reza otra oración, que incluye lo siguiente:
Que su misión sea cambiar con la bendición incorrupta, para el servicio del pueblo, el pan y el vino en el Cuerpo y Sangre de tu Hijo”.
Esta admonición ha sido abolida.

En el rito tradicional, el obispo entona a continuación el Veni Creátor Spíritus mientras unge a cada sacerdote diciendo:

Dignaos, Señor, consagrar y santificar estas manos por esta unción y nuestra bendición. Que todo lo que bendigan sea bendito y que todo lo que consagren sea consagrado y santificado en el nombre de nuestro Señor Jesucristo”.
Esta oración ha sido abolida. Y esta oración es tan importante que fue incluso mencionada por Pío XII en Mediátor Dei # 57:
Papa Pío XII, Mediátor Dei, # 43, 20 de noviembre de 1947: “Además, como ya hemos dicho, sólo ellos [los sacerdotes] están investidos del carácter indeleble que los configura al Sacerdocio de Cristo, y sólo sus manos son consagradas para que 'sea bendito todo lo que bendigan, y todo lo que consagren sea consagrado y santificado en el nombre de nuestro Señor Jesucristo'” (11).
Nótese que Pío XII, al hablar de cómo los sacerdotes han sido marcados en la ordenación, hace referencia a esta muy importante oración que fue abolida específicamente en el nuevo rito de 1968 de Pablo VI.

Poco después de esta oración en el rito tradicional, el obispo le dice a cada ordenando:

Recibid el poder de ofrecer sacrificios a Dios, y celebrar la Misa, tanto para los vivos y los muertos, en el nombre de Nuestro Señor”.
Esta excepcionalmente importante oración ha sido eliminada en el nuevo rito.

En el rito tradicional, los nuevos sacerdotes a continuación concelebran la Misa con el obispo. Al final, cada nuevo sacerdote se arrodilla ante el obispo que impone sus manos sobre la cabeza de cada uno diciendo:

Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados les serán perdonados; y a quienes se los retuviereis les será retenidos”.
Esta ceremonia y oración ha sido abolida.

En el rito tradicional:

“… a continuación los nuevos sacerdotes prometen obediencia a su obispo quien les “encarga” tener en cuenta que el ofrecer la Santa Misa no está exenta de riesgos y que deben aprender de diligentes sacerdotes todo lo que sea necesario antes de comprometerse temerosamente en tal responsabilidad”.
Esta admonición ha sido abolida.

Finalmente, antes de terminar la Misa, el obispo imparte una bendición:

“La bendición del Dios Todopoderoso, Padre, Hijo, y Espíritu Santo, descienda sobre vosotros, y os bendecimos en el orden sacerdotal, permitiéndoos ofrecer sacrificios propiciatorios a Dios todopoderoso por los pecados del pueblo”.
Esta bendición ha sido abolida.
  
CONCLUSIÓN: ES TOTALMENTE EVIDENTE DE ESTOS HECHOS QUE NO HAY EN EL NUEVO RITO INTENCIÓN DE ORDENAR A VERDADEROS SACERDOTES SACRIFICANTES. CADA UNA DE LAS REFERENCIAS PRECEPTIVAS PARA EL VERDADERO SACRIFICIO SACERDOTAL FUERON ABOLIDAS DELIBERADAMENTE, AL IGUAL QUE EN EL RITO ANGLICANO –QUE FUE DECLARADO INVÁLIDO POR EL MISMO PAPA LEÓN XIII–.
 
Por tanto, las siguientes palabras declaradas por el Papa León XIII se aplican exactamente al nuevo rito de Pablo VI.

Papa León XIII, Apostólicæ curæ, 13 de septiembre de 1896: “Por esta razón en todo el Ordinal no sólo no hay ninguna mención clara del sacrificio, de la consagración, del sacerdotium [sacerdocio sacrificial], sino, como hemos dicho, todo rastro de estas cosas que estaban en las oraciones del rito católico fueron eliminadas deliberadamente y por completo. En esta manera el carácter natural –o el espíritu como suele llamarse– del Ordinal se manifiesta claramente” (12).
El nuevo rito se ajusta precisamente a esta descripción. ¿Podría alguien negar este hecho? No, para hacerlo tendría que dar falso testimonio. El nuevo rito de la ordenación eliminó específicamente el sacerdocio sacrificial. La intención manifiesta es contraria a la intención de la Iglesia y no puede ser suficiente para su validez.
Papa León XIII, Apostólicæ curæ, el 13 de septiembre de 1896: “Porque, al dejar de lado otras razones que demuestran que esto es insuficiente para el propósito en el rito anglicano, que para todos que sea suficiente este argumento: de ellos han sido deliberadamente eliminadas todas las formas de dignidad y oficio del sacerdocio en el rito católico. Esa forma, consiguientemente, no puede considerarse apta o suficiente para el sacramento porque omite lo que debe esencialmente significar” (13).

Michael Davis demuestra que el nuevo rito no es válido.
En su libro The Order of Melchisedech “El Orden de Melquisedec”, Michael Davies (un hombre que en realidad defiende la validez del nuevo rito de ordenación) se ve obligado, ante la evidencia innegable, a hacer afirmación tras afirmación que prueba que el nuevo rito de ordenación debe ser considerado inválido, al igual que el rito anglicano. Estas son algunas:

Michael Davies, El Orden de Melquisedec, p. 97: “Si el nuevo rito católico se considera satisfactorio, entonces todo el caso formulado por Apostólicæ curæ [de León XIII] está minado… Si el nuevo rito católico, despojado de toda oración preceptiva que significa el poder esencial del sacerdocio es válido, entonces no parece haber ninguna razón por la cual el rito anglicano de 1662 no deba ser válido también, y mucho menos puede haber alguna posible objeción en a los Ordinales Anglicanos de 1977 Serie III”.
  
Michael Davies, El Orden de Melquisedec, p. 99: “Como comentario final sobre el nuevo ordinal católico, me gustaría citar un pasaje de Apostólicæ curæ y preguntar a cualquier lector que me demuestre cómo las palabras que el Papa León XIII escribió sobre el rito Cranmer no puedan ser aplicables al nuevo ordinal católico, al menos en cuanto a las oraciones preceptivas”.
  
Michael Davies, El Orden de Melquisedec, p. 109: “… las diferencias entre el rito católico de 1968 y del nuevo ordinal anglicano son tan mínimas que es difícil creer que no están destinadas para el mismo propósito… Se va encontrar que toda fórmula imperativa, que pudiera interpretarse como una negación de otorgamiento del poder específicamente sacerdotal a los fieles en general ha sido cuidadosamente excluida del nuevo rito”.
  
Michael Davies, El Orden de Melquisedec, pp. 94-95: “Cuando los cambios [del rito de la Ordenación] se consideran en conjunto parece imposible creer que cualquier católico integro pueda negar que no sea evidente y alarmante el paralelo con la reforma de Cranmer [la reforma anglicana]. Es bastante obvio que hay fuerzas poderosas dentro de la Iglesia católica y de las diversas denominaciones protestantes que están decididas a lograr a toda costa un ordinal común… Los protestantes del siglo decimosexto cambiaron el pontifical tradicional porque ellos rechazaban la doctrina católica del sacerdocio. El arzobispo Bugnini y su Consílium cambió de tal manera el Pontifical Romano que hace que parezca que hay poca o ninguna diferencia de creencia entre católicos y protestantes, socavando de esta manera la Apostólicæ curæ [de León XIII]” (14).
Santo Tomás de Aquino, Summa Teologica, Pt. III, q. 60, a. 8: “…la intención es esencial para el sacramento, como se explicará más adelante. Por tanto, si se intentase con esta adición o sustracción realizar un rito distinto al reconocido por la Iglesia, parece que el sacramento no es válido, pues no parece tener la intención de hacer lo que hace la Iglesia”.
   
También vale la pena señalar que Cranmer, al crear el inválido rito anglicano, abolió el subdiaconado y las órdenes menores y las reemplazó con un ministerio de tres grados –obispos, sacerdotes y diáconos–. Esto es exactamente lo que hizo Pablo VI al cambiar los ritos católicos.

El nuevo rito menciona que los candidatos para la ordenación deben ser elevados al “sacerdocio”, pero también lo dice el anglicano inválido. El hecho es que el Papa León XIII explica en Apostólicæ curæ que si un rito de Ordenación implica la exclusión del poder de ofrecer los sacrificios propiciatorios, como hace el nuevo rito, entonces es necesariamente invalido, si bien que pueda expresar o mencionar la palabra “sacerdote”.
 
La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos admitió que la teología católica del sacerdocio no se hizo explícita en el rito de 1968. (15).

El hecho es que el nuevo rito de Pablo VI es un rito totalmente nuevo, que rechaza lo que la Iglesia hace al rechazar lo que por institución de Cristo pertenece a la naturaleza del sacramento [el sacerdocio sacrificial], por lo que es evidente que la intención necesariamente manifestada por este rito es insuficiente, e incluso adversa y destructivas del sacramento del orden sacerdotal (León XIII). Estos hechos demuestran que el nuevo rito de ordenación de Pablo VI no puede considerarse válido, sino que debe ser considerado nulo. Conclusión: Esto significa que toda confesión de pecados mortales a los “sacerdotes” que fueron ordenados en el nuevo rito debe hacerse de nuevo con un sacerdote ordenado válidamente en el rito tradicional del orden sacerdotal hecho por un obispo consagrado en el rito tradicional de la consagración episcopal. Si uno no puede recordar qué pecados fueron confesados a un “sacerdote” del nuevo rito, y cuáles fueron ya perdonados por un sacerdote ordenado en el rito tradicional, entonces el católico debe hacer una confesión general mencionando todos sus pecados mortales (si hubo alguno) que pudieran haber sido confesados a un “sacerdote” ordenado con el rito de Pablo VI (el nuevo rito).

Obviamente que, bajo pena de pecado mortal, ningún católico puede recurrir lícitamente a “sacerdotes” ordenados en el nuevo rito de Pablo VI para recibir la “comunión” o la confesión o cualquier otro sacramento que requiera un sacerdocio válido, puesto que ellos no son sacerdotes válidos.

Como ya fue mencionado, el Papa Inocencio XI, Decreto del Santo Oficio de 4 de marzo de 1679 
(16), condenó la idea de que los católicos pueden recibir sacramentos que sean “probables”. En otras palabras, incluso si uno creyera que el nuevo rito de ordenación es probablemente válido (lo cual claramente falso, ya que es claramente inválido), estaría igualmente prohibido, bajo pena de pecado mortal, recibir los sacramentos de manos aquellos “ordenados” en él. Los sacramentos solo pueden recibirse cuando la materia y la forma son ciertamente válidas.

Estos hechos significan que todas las misas indultadas celebradas por los “sacerdotes” ordenados en el nuevo rito de Pablo VI (rito de 1968) son inválidas y no pueden ser atendidas.

La Sociedad de San Pío X ocasionadamente permite que entren a su sociedad hombres que fueron “ordenados” en el nuevo rito de ordenación, y no siempre los vuelven a ordenar condicionalmente –o al menos no lo admiten públicamente-. Estas “misas” ofrecidas por tales “sacerdotes” serían inválidas.

Esos sacerdotes que fueron “ordenados” en el nuevo rito de Pablo VI que están abiertos a la verdad deben ser vueltos a ordenar por un obispo consagrado válidamente en el rito tradicionalista. Esto también significa necesariamente que el novus ordo missae (la nueva Misa), sin incluso considerar sus propios problemas que la hacen inválida en sí, es inválida si es celebrada por cualquier “sacerdote” ordenado en el nuevo rito de ordenación.

Notas de la Sección 10: 
1 Michael Davies, The Order of Melchisedech [El Orden de Melquisedec], edición inglesa, Harrison, NY: Roman Catholic Books, 1993, p. 83.
2 Denzinger, The Sources of Catholic Dogma [El Magisterio de la Iglesia], B. Herder Book Co. trigésima edición inglesa, 1957, no. 2301.
3 The Oratory Catechism [El Catecismo del Oratorio], publicado por The Oratory of Divine Truth, 2000, p. 340; también The Rites of the Catholic Church [Los Ritos de la Iglesia Católica], edición inglesa, The Liturgical Press, vol. 2, 1991, pp. 44-45.
4 The Great Encyclical Letters of Pope Leo XIII [Las Grandes Cartas Encíclicas del Papa León XIII], edición inglesa, Rockford, IL: Tan Books, 1995, p. 405; Denzinger 1966.
5 The Great Encyclical Letters of Pope Leo XIII, edición inglesa, p. 404.
6 The Great Encyclical Letters of Pope Leo XIII, edición inglesa, p. 401.
7 The Great Encyclical Letters of Pope Leo XIII, edición inglesa, p. 402.
8 The Great Encyclical Letters of Pope Leo XIII, edición inglesa, pp. 402-403.
9 Michael Davies, The Order of Melchisedech, edición inglesa, Harrison, NY: Roman Catholic Books, 1993, p. 83.
10 Michael Davies, The Order of Melchisedech, edición inglesa, p. xix.
11 The Papal Encyclicals [Las Encíclicas Papales], de Claudia Carlen, edición inglesa, Raleigh: The Pierian Press, 1990, vol. 4 (1939-1958), p. 127.
12 The Great Encyclical Letters of Pope Leo XIII, edición inglesa, pp. 402-403.
13 The Great Encyclical Letters of Pope Leo XIII, edición inglesa, p. 401.
14 Michael Davies, The Order of Melchisedech, edición inglesa, p. 94-95.
15 Michael Davies, The Order of Melchisedech, edición inglesa, p. xxii.
16 Denzinger 1151.
    
CAPÍTULO XI - EL NUEVO RITO DE CONSAGRACIÓN DE OBISPOS

Pablo VI también cambió el rito de la consagración de obispos. Esto es muy importante porque grupos como la Fraternidad de San Pedro y el Instituto Cristo Rey (grupos indultados que ofician la misa latina tradicional) ordenan a sus hombres según el rito de ordenación tradicional, pero son ordenaciones hechas por “obispos” que fueron ordenados según el nuevo rito de consagración episcopal.

Este asunto también es importante porque Benedicto XVI, el hombre que pretendió ser el obispo de Roma, fue “consagrado” en este nuevo rito de consagración episcopal el 28 de mayo de 1977 (1). Si él no es un obispo válidamente consagrado, entonces no puede ser el obispo de Roma.

En Sacraméntum Órdinis, del 30 de noviembre de 1947, el Papa Pío XII declaró cuál era la forma esencial para la consagración de los obispos: 


LA FORMA TRADICIONAL PARA LA CONSAGRACIÓN DE LOS OBISPOS
Papa Pío XII, Sacraméntum Órdinis, 30 de noviembre de 1947: “En cuanto a la materia y la forma en la otorgación de cada una de las órdenes, por nuestra misma suprema autoridad apostólica, decretamos y constituimos lo siguiente: (…) en la ordenación o consagración episcopal (…) La forma consta de las palabras del “Prefacio” de las que son esenciales y, por tanto, requeridas para la validez, estas son las siguientes:    
Completa en tu sacerdote la plenitud de tu ministerio y, provisto de los ornamentos de toda glorificación, santifícalo con el rocío del ungüento celeste” (2).
Con su mención de “la plenitud de tu ministerio… los ornamentos de toda glorificación”, esta forma tradicional significa de manera inequívoca el poder del episcopado, que es la “plenitud del sacerdocio”. En el rito de 1968 de Pablo VI, la nueva forma es la que se muestra a continuación. Ambas formas tienen sólo una cosa en común, la palabra “et”, que significa “y”. 
 
LA NUEVA FORMA DE PABLO VI PARA LA CONSAGRACIÓN DE LOS OBISPOS
“Y ahora derrama sobre este elegido aquella fuerza que está en Ti, el Espíritu que gobierna, que has dado a Tu Hijo amado, Jesucristo, el Espíritu que Él mismo dio a los santos apóstoles, que han fundado la Iglesia en todo lugar para constituir tu templo para la gloria incesante y alabanza de tu nombre” (3).
Esta nueva forma no significa inequívocamente el poder del episcopado. En las Escrituras o la Tradición (ej. Salmo 5,13), la frase “el Espíritu que gobierna” se usa para referirse a muchas cosas, pero no significa inequívocamente los poderes del episcopado. Por lo tanto, la validez de la nueva forma es gravemente dudosa en su validez.

Además del cambio tan devastador a la forma esencial, muchas otras cosas han sido eliminadas. De hecho, no hay ni una declaración inequívoca sobre el efecto sacramental que la consagración episcopal produce. En el rito tradicional de la consagración, el que va a consagrar instruye al obispo elegido en los términos siguientes:

Un Obispo juzga, interpreta, consagra, ordena, ofrece, bautiza y confirma”.
Esto ha sido eliminado. 

En el rito tradicional, al que va a ser obispo se le pide que confirme su creencia en cada uno de los artículos del Credo.

Esto ha sido eliminado. 


En el rito tradicional, al que va a ser obispo se le pregunta si

anatematizará toda herejía que surja en contra de la Santa Iglesia Católica”.
Esto ha sido eliminado. La supresión de este requisito de anatematizar la herejía es importante, porque de hecho ésta es una de las funciones de un obispo.

En el rito tradicional, después de la oración consagratoria, las funciones de un obispo son especificadas nuevamente con estas palabras

Dadle, oh Señor, las llaves del reino de los cielos (…) todo lo que atare sobre la tierra, sea también atado en los cielos; y todo lo que desatare sobre la tierra, sea también desatado en los cielos. A quienes él retenga los pecados les serán retenidos, y perdónales los pecados a quienes él se los perdone (…) Concédele, oh Señor, una sede episcopal…”
Esta oración completa ha sido abolida en el nuevo rito. 
    
CONCLUSIÓN: EL NUEVO RITO DE CONSAGRACIÓN EPISCOPAL DE PABLO VI TIENE UNA FORMA RADICALMENTE DIFERENTE DE LA QUE PÍO XII DECLARÓ ERA NECESARIA PARA SU VALIDEZ. LA NUEVA FORMA NO SIGNIFICA INEQUÍVOCAMENTE LOS PODERES DEL EPISCOPADO. EL NUEVO RITO DE CONSAGRACIÓN EPISCOPAL NO SE PUEDE CONSIDERAR VÁLIDO, PUESTO QUE SE CONSIDERA INVÁLIDO AQUELLO CUYA MATERIA O FORMA ES DUDOSA.

Todos los “sacerdotes” ordenados por “obispos” que fueron consagrados según este rito, aunque se utilice el rito de ordenación tradicional, como es en mayoría de los sacerdotes de la Fraternidad de San Pedro, de los sacerdotes del Instituto Cristo Rey, etc., no pueden considerarse sacerdotes válidos. Sus “misas” deben ser evitadas.
   
Notas de la Sección 11: 
1 Biografía de Benedicto XVI, sitio web del Vaticano: www.vatican.va
2 Denzinger, The Sources of Catholic Dogma [El Magisterio de la Iglesia], B. Herder Book Co. trigésima edición inglesa, 1957, no. 2301.
3 The Rites of the Catholic Church [Los Ritos de la Iglesia Católica], edición inglesa, Collegeville, MN: The Liturgical Press, 1991, Vol. 2, p. 73.

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