jueves, 27 de marzo de 2014

EL DEBER DEL CLERO EN LA GUERRA ES AUXILIAR ESPIRITUALMENTE A LA TROPA

Durante la Guerra Franco-Prusiana (1870), el fervor patriótico no distinguía estratos, ni ocupación. Incluso, hubo religiosos que con Rosario y fusil demostraron lealtad a su país.

Cromolitografía francesa de monjes-soldados (quizá con fin de propaganda)
     
Desde luego, esto NO ES ACONSEJABLE NI LÍCITO, como lo dice Santo Tomás de Aquino, puesto que el oficio de armas no es propio de los clérigos. PERO, sí en cambio, pueden ejercer como capellanes militares, administrando los sacramentos a la tropa.
    
El ministerio sacerdotal en la guerra abarca la oración y la administración de los Sacramentos a los combatientes
"Las órdenes de los clérigos están orientadas al servicio del altar, en el cual, bajo el sacramento, se presenta la pasión de Cristo según el testimonio del Apóstol: "Cuantas veces comáis este pan y bebáis el cáliz, otras tantas anunciaréis la muerte del Señor hasta que venga" (1 Cor 11, 26). Por eso desdice del clérigo matar o derramar sangre; más bien deben estar dispuestos para la efusión de su propia sangre por Cristo, a fin de imitar con obras lo que desempeñan por ministerio. Por eso está establecido que los derramadores de sangre, aun sin culpa por su parte, incurren en irregularidad. Mas a quien está destinado a un cargo no se le permite aquello que le hace no apto para el mismo. En consecuencia, bajo ningún título les es permitido a los clérigos tomar parte en la guerra, ordenada a verter sangre.
    
Los obispos y los clérigos pueden asistir a las guerras con autoridad del superior, no para combatir ellos con su propia mano, sino para atender con exhortaciones, absoluciones y otros auxilios espirituales; lo mismo que en la antigua ley se mandaba que los sacerdotes tocaran las trompetas en los combates (Jos 6,4). Y para esto se concedió a obispos y clérigos ir a la guerra. Que algunos personalmente combatan, es abusivo". (Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, Parte II-II, Cuestión 40, art. 2)

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Preferiblemente, los comentarios (y sus respuestas) deben guardar relación al contenido del artículo. De otro modo, su publicación dependerá de la pertinencia del contenido. La blasfemia está estrictamente prohibida. La administración del blog se reserva el derecho de publicación (sin que necesariamente signifique adhesión a su contenido), y renuncia expresa e irrevocablemente a TODA responsabilidad (civil, penal, administrativa, canónica, etc.) por comentarios que no sean de su autoría.