jueves, 23 de agosto de 2018

ORACIÓN “En ego”, A JESÚS CRUCIFICADO

LATÍN
En ego, o bone et dulcíssime Jesu, ante conspéctum tuum génibus me provólvo ac máximo ánimi ardóre te oro atque obtéstor, ut meum in cor vívidos Fídei, Spei et Caritátis sensus, atque veram peccatórum meórum pœniténtiam, éaque emendándi firmíssimam voluntátem velis imprímere; dum magno ánimi afféctu et dolóre tua quinque vúlnera mecum ipse consídero ac mente contémplor, illud præ óculis habens, quod jam in ore ponébat tuo David Prophéta de te, o bone Jesu: «Fodérunt manus meas et pedes meos; dinumeravérunt ómnia ossa mea» (Ps. 21,17-18). Amen. Pater noster, Ave María et Glória Patri.
  
TRADUCCIÓN
Miradme, ¡oh mi amado y buen Jesús!, postrado en vuestra presencia: Os ruego, con el mayor fervor, imprimáis en mi corazón vivos sentimientos de Fe, Esperanza y Caridad, verdadero dolor de mis pecados y firmísimo propósito de jamás ofenderos; mientras que yo, con el mayor afecto y compasión de que soy capaz, voy considerando y contemplando vuestras cinco llagas, teniendo presente lo que de Vos, ¡oh buen Jesús!, dijo el profeta David: «Han taladrado mis manos y mis pies; se pueden contar todos mis huesos» (Salmo 21,17-18). Amén. Padrenuestro, Ave María y Gloria.
 
Su Santidad el Papa Pío VII, mediante decreto de la Sagrada Congregación de Indulgencias fechado a 10 de Abril de 1821, se dignó confirmar a perpetuidad la Indulgencia plenaria concedida por sus predecesores Clemente VIII y Benedicto XIV a cuantos, confesados y comulgados, rezaren esta oración (tanto en latín como en cualquier traducción fiel al original) delante de la imagen de Jesús Crucificado, con plena contrición y teniendo en mente las necesidades de la Santa Iglesia. Su sucesor León XII, mediante decreto del 17 de Abril de 1825, extendió su aplicación también a los Fieles difuntos. Pío IX, mediante decreto del 13 de Julio de 1858, concedió Indulgencia Plenaria a cuantos recen dicha oración en acción de gracias después de la Misa y teniendo en mente las intenciones generales de la Santa Iglesia; y su sucesor Pío XI mediante decreto de la Sacra Penitenciaría Apostólica el 2 de Febrero de 1934, otorgó además 10 años de Indulgencia cuando se rece en cualquier otro momento y lugar.

NOTA: Otra versión antigua, más extensa, dice:
En ego, mi dilécte bone Jesu, coram sanctíssimo conspectu tuo prostrátus. Te igníto fervóre obtéstor, ut imprímas in cor meum sensus Fídei, Spei, Caritátis, commissorúmque peccatórum contritiónem, atque propósitum non peccándi de cœ́tero: dum ego magno dilectiónis afféctu, ac commiseratióne plenus, tua quínque vúlnera perpéndo, incípiens all illis verbis de te dictis, Deus mi, a S. Prophéta David «Fodérunt manus meas et pedes meos; dinumeravérunt ómnia ossa mea» (Ps. 21,17-18); et desínens in illis quæ pronuntiávit S. Zacharías Prophéta: «Aspícient ad me, quem confixérunt» (Zach. 12,10). [Miradme, ¡oh mi amado buen Jesús!, postrado ante vuestra santísima Presencia. Os suplico con todo fervor, que imprimáis en mi corazón sentimientos de Fe, Esperanza y Caridad, contrición de los pecados cometidos y propósito de no pecar en adelante: mientras que yo, lleno de compasión y con grande dilección y afecto, contemplo vuestras cinco llagas, comenzando por las palabras que de Vos, Dios mío, dijo San David Profeta: «Han taladrado mis manos y mis pies; se pueden contar todos mis huesos» (Salmo 21,17-18); y concluyendo por las que pronunció San Zacarías Profeta: «Pondrán sus ojos en mí, a quien traspasaron» (Zacarías 12,10)].
Sobre ésta, como quiera que las adiciones no deforman el sentido y espíritu de la oración original, también está cobijada por la Indulgencia.

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