viernes, 6 de septiembre de 2019

SOBRE LA AUTORIDAD HUMANA ESTÁ LA AUTORIDAD DIVINA

Tomado de la página del PADRE HERNÁN VERGARA.
 
“Indiscutiblemente Cristo dió a sus apóstoles y en ellos a sus legítimos sucesores una triple prerrogativa: la prerrogativa del magisterio, la de la jurisdicción y la del sacerdocio. Pero, esa prerrogativa de la jurisdicción (el poder legislativo, el poder coercitivo y el poder judicial) no es absoluto, ni independiente, sino que depende del poder absoluto que solamente tiene Dios, está respaldado por la autoridad divina y no puede rebasar los limites que Dios mismo le ha dado.
 
Sobre la autoridad humana, está la autoridad divina; sobre las normas jurídicas, la Verdad Revelada; sobre la jurisdicción de los hombres, cualquiera que sea ésta, está la ley de Dios.
 
Esas prerrogativas dadas por Cristo a los apóstoles y a sus legítimos sucesores no son en beneficio de ellos, sino ‘in ædificatiónem Córporis Christi’, para la edificación, no la destrucción del Cuerpo de Cristo. 
   
Son ideas que conviene recordar y precisar, ya que su Excelencia, al anticipar estos principios, parece querer decirnos: si no aceptáis lo que os voy a decir, no aceptáis la palabra de Cristo. ¡Depende, Excelencia, depende! Porque cuando la palabra de la autoridad humana, cualquiera que sea esa autoridad, contradice claramente la palabra de Dios, no debemos escucharla, siguiendo también las enseñanzas de Cristo y lo que San Pablo nos enseña:
‘Porque si nosotros mismos o un ángel del cielo os anunciare otro evangelio del que os hemos anunciado, sea anatema. Como antes os hemos dicho, os lo decimos ahora de nuevo: si alguno os anunciare otro evangelio del que habéis recibido, sea anatema. ¿Quiero, por ventura, persuadir a los hombres o a Dios? ¿Pretendo agradar a los hombres? Cierto que, si todavía pretendiese agradar a los hombres, no sería siervo de Cristo’…
Sobre el poder jurisdiccional está el poder sacramental, ya que el primero no imprime carácter, puede ser removido; mientras el poder sacramental, además de ser la base del poder jurisdiccional, no puede ser por nadie suprimido, ya que imprime un carácter indeleble.
 
Que exista en la Iglesia, fundada por Cristo, una autoridad, esencialmente ligada a la misión salvífica que Ella tiene, ni duda cabe; pero, tampoco podemos dudar de que los hombres, que por su dignidad y oficio han recibido ese poder, pueden abusar de él, en contra de la misma misión salvífica de la Iglesia, como nos lo comprueba abundantemente la historia de la Iglesia…
 
La obediencia ciega, muda, pasiva, considerada por algunos como heroica y necesaria, no puede admitirse de modo absoluto y sin restricción alguna. Ciegamente sólo andan los topos. Cuando Dios ha dado al hombre un átomo de inteligencia, es, sin duda, para que la emplee en todo, hasta en obedecer. Cuando Dios nos ha dado una ley, una doctrina es para ajustarnos a ella nuestros actos. Cuando una orden no debe cumplirse, la dignidad humana, la conciencia y la misma fe aconsejan e incluso imponen el gravísimo deber de no obedecer y de aceptar de lleno toda responsabilidad que nace de esa mal llamada entonces desobediencia.
 
Ya sabemos que hay pequeños espíritus incapaces de comprender lo que acabamos de escribir; ya sabemos que innumerables hombres minúsculos, justifican y esconden su infidelidad a Dios con su mal entendida obediencia a los hombres. Pero todo hombre sincero, que busca a Dios de verdad, debe siempre obrar como le dicta su inteligencia, su conciencia, su misma fe, suceda después lo que suceda; que la desobediencia a los hombres es en este caso una virtud sublime y heroica, porque antepone la obediencia a Dios sobre la obediencia a los hombres, aunque tenga que afrontar las represalias del abuso del poder.
 
La obediencia es el reconocimiento práctico de la autoridad, por parte de nuestra libertad o nuestra libre voluntad, porque ésta busca hacer la voluntad de Dios. Es una virtud moral, no es una virtud teologal”.
  
PADRE JOAQUÍN SÁENZ Y ARRIAGA SJ, ‘La nueva iglesia montiniana’, páginas 596-600.

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