Rescatado de CÍRCULO TRADICIONALISTA PEDRO MENÉNDEZ DE AVILÉS.
Se ha dicho que el veraneo es el invierno de las almas. Es tiempo, ciertamente en que el mundo, el demonio y la carne hacen mayor estrago en las almas. Pero Dios, que nos ha dado tantas bellezas y tantos modos de recreo, tiene derecho a esperar de su criatura racional otra correspondencia, más conforme con la razón y con la fe.
El veraneo, fuera de los lugares habituales de residencia, no será peligroso si pensamos que Dios está en todas partes, que nos ve, y que sus mandamientos obligan siempre y en todo lugar. Debemos tener muy presente que el mal ejemplo, especialmente para el pueblo sencillo, puede ser causa de gravísimo escándalo, digno de los terribles anatemas de Cristo.
Preciso es que no se dejen en el verano los medios habituales de piedad, y aun se aumenten, pues el descanso lo permite, ya que la vida sobrenatural no puede tener vacaciones, como no las tienen los enemigos del alma, que entonces se mueven con más afán.
Especial peligro ofrecen para la moralidad los baños públicos en playas, piscinas, orillas de río, etcétera.
La autoridad gubernativa suele dar todos los años oportunas instrucciones, que deben ser cumplidas con sumisión y hechas cumplir por los agentes de la misma autoridad y aun por los particulares, los cuales deben denunciar todos los actos públicos ofensivos a la moral.
Deben evitarse los baños mixtos (individuos de distintos sexos), que entrañan casi siempre ocasión próxima de pecado y de escándalo, por muchas precauciones que se tomen, y más, si cabe, en las piscinas, donde lo reducido del espacio y la aglomeración de personas hacen más próximo el peligro. Ni se atenúa porque las piscinas sean propiedad particular y aun familiares.
Únicamente pueden tolerarse las piscinas mixtas infantiles, siempre que sean sólo para niños que no han llegado al uso de razón. Pero tampoco deben ser éstos admitidos en las piscinas de mayores, de sexo distinto, por las imágenes que pueden quedarles para el día de mañana.
En las piscinas para hombres sólo puede tolerarse el simple bañador, y son más aceptables las variedades parecidas a la prenda llamada “Meyba”.
Para las mujeres solas el traje debe de ser tal que cubra el tronco, y con faldillas para fuera del agua.
En los baños mixtos, si de ningún modo se puede evitar, el traje de hombres y mujeres debe ser más modesto y emplearse sólo para el agua, cubriéndose al salir con el albornoz. Evítese la convivencia en la playa y fuera de ella con estas prendas.
En los concursos de natación públicos obsérvese lo dicho en los dos puntos anteriores.
Los baños escolares deben hacerse con separación de sexos, con trajes convenientes, por edades afines y bajo la vigilancia de los directores de los centros docentes.
Los baños de sol no deben ser pretexto para abusar del desnudo, que ordinariamente no es necesario, y que cuando lo es, debe practicarse lejos de la vista de otras personas.
Presentan especiales peligros las excursiones campestres, con baño mixto en un estanque o río; pues a los inconvenientes del baño público en general hay que añadir los que provienen de la frivolidad, ligereza y excesiva libertad de un día de excursión (Cfr. No. 72).
SECRETARIADO DEL EPISCOPADO ESPAÑOL – COMISIÓN EPISCOPAL DE ORTODOXIA Y MORALIDAD. Normas de decencia cristiana. Madrid, 1958, págs. 47-50.
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