Durante la Semana Santa, la Pastoral Vocacional de la Diócesis de Veracruz organizó un retiro para su “preseminario”, que incluyó una “celebración de la Cena del Señor” presidida por el Pbro. Iván Alexander Rivera Cancio, la cual se hizo en la playa y se asemejó al servicio según el rito kikiano (fotos tomadas de la cuenta de Facebook):
Aparte de emplearse un rito inválido, el lugar de celebración contraría la instrucción “Redemptiónis sacraméntum” de la Congregación conciliar para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, de fecha 23 de Abril de 2004, que en su art. 108 dice:
«La celebración eucarística se ha de hacer en lugar sagrado, a no ser que, en un caso particular, la necesidad exija otra cosa; en este caso, la celebración debe realizarse en un lugar digno» [Código de Derecho Canónico, canon 932 § 1; cf. SAGRADA CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO, Instrucción “Litúrgicæ instauratiónes”, n. 9: AAS 62 (1970), pág. 701]. De la necesidad del caso juzgará, habitualmente, el Obispo diocesano para su diócesis.
Los modernistas, desesperados porque su clientela se reduce (y a juzgar por las estadísticas, la vida religiosa se está acabando desde hace sesenta años), y nadie quiere dar su vida para una institución corrupta en todos sentidos, intentan cualquier cosa, por ridícula que sea, para atraer a la chaviza. Pero al fin de cuentas, no todo vale.
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