sábado, 16 de enero de 2021

RECHAZADO EN CORTE LA REPOSICIÓN DE LAS PLACAS DE INDALECIO PRIETO Y LARGO CABALLERO

Noticia tomada de ABC (España).
  
El juzgado de lo Contencioso deniega las medidas cautelares solicitadas por la Fundación del exmandatario socialista y da la razón provisionalmente al Ayuntamiento de Madrid.
   
El momento en el que los operarios municipales retiraron la placa de Largo Caballero en Chamberí - ABC
    
El juzgado de lo Contencioso número 15 de Madrid ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por la Fundación Francisco Largo Caballero que pedían suspender la decisión de retirar las placas dedicadas a los exmandatarios socialistas Francisco Largo Caballero e Indalecio Prieto. El magistrado, en un auto fechado este mismo viernes al que ha tenido acceso ABC, da la razón provisionalmente al Ayuntamiento de Madrid, que no tendrá que reponer, por el momento el distintivo que ya quitó de la fachada de la casa natal de Largo Caballero en Chamberí.
   
No obstante, el juez accede a lo solicitado por la Fundación y obliga al Consistorio a «continuar con la custodia de la placa conmemorativa en el Almacén de la Villa, en condiciones que impidan su deterioro». La resolución no es firme y cabe recurso de apelación ante el mismo juzgado en el plazo de 15 días.
   
El histórico dirigente marxista del PSOE y de la UGT, conocido como en «Lenin español», conserva todavía los distintivos en el distrito de Ciudad Lineal. Por su parte, el ministro de Marina y Aire, durante el Gobierno de Largo Caballero, y de Defensa entre 1936 y 1938, tiene una calle en Vicálvaro.
    
El Ayuntamiento de Madrid procedió el pasado 15 de octubre a la retirada de la placa en memoria de Largo Caballero en su vivienda natal. La eliminación de este distintivo del callejero se realizó días después de que se aprobase en el pleno la propuesta de Vox, que fue respaldada por PP y Cs. El gobierno municipal se apoyó en la Ley de Memoria Histórica que aprobó José Luis Rodríguez Zapatero para justificar la supresión de esta denominación en el callejero.
    
Según el artículo 15, «las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura». Ambos casos, indicaron a ABC fuentes municipales, tendrían cabida en la norma, «por sus responsabilidades con crímenes de guerra durante la Guerra Civil». Este extremo es el que ahora el juez tendrá que aclarar para responder al fondo del asunto.

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