domingo, 5 de junio de 2022

DECRETO QUE PROHÍBE REPRESENTAR AL ESPÍRITU SANTO EN FORMA HUMANA

   
En algunas imágenes de la Santísima Trinidad se representaba a las tres Divinas Personas como tres varones iguales (aunque en algunas se diferenciaban por algún atributo o color). Y en tiempos modernos, la representación del Espíritu Santo en forma humana ha vuelto a hacer carrera, como fue el fresco pintado entre 1925 y 1927 por el pintor futurista italiano Gino Severini para la parroquia de San Nicolás de Semsales (diócesis de Friburgo, Suiza), imagen que encabeza este artículo. Pero este estilo, sobre el cual en su momento Benedicto XIV habló en Sollicitúdini nostræ en 1745 prohibiendo la representación del Espíritu Santo en forma humana, fue rechazado por el Santo Oficio, en el decreto que leemos a continuación.
     
LATÍN
DÚBIUM DE DE REPRÆSENTATIÓNE SPÍRITUS SANCTI SUB FORMA HUMÁNA
   
Propósito Suprémæ huic Sacræ Congregatióni Sancti Offícii dúbio: «An repræsentári possit Spíritus Sanctus sub forma humána sive cum Patre et Fílio sive seórsim».
    
Feria IV., 14 Martii 1928.
    
Eminentíssimi ac Reverendíssimi Dómini Cardináles fídei et móribus tutándis præpósiti, præhabíto RR. DD. Consultórum voto, respondéndum decrevérunt: Negatíve.
   
Et insequénti feria V, die 15 ejúsdem mensis et anni, Sanctíssimus D. N. Pius divína Providéntia Papa XI, in sólita audiéntia R. P. D. Assessóri S. Offícii impertíta, relátam sibi Reverendíssimum Patrum resolutiónem approbávit, mandans ad quos spectat ut eam servent et serváre fáciant.
     
Datum Rómæ, ex ǽdibus S. Offícii, die 15 Mártii 1928.
     
Alóisius Castellano, Suprémæ S. C. S. Off. Notárius
TRADUCCIÓN
DUDA SOBRE LA REPRESENTACIÓN DEL ESPÍRITU SANTO EN FORMA HUMANA
  
Se propuso esta duda a la Suprema y Sagrada Congregación del Santo Oficio: «¿Se puede representar al Espíritu Santo en forma humana, tanto con el Padre y el Hijo, o por separado?».
  
Miércoles 14 de Marzo de 1928
  
Los eminentísimos y reverendísimos señores cardenales encargados de proteger la Fe y las costumbres, previo el voto de los Rev.mos Sres. consultores, respondieron decretando: Negativo.
   
El jueves siguiente, 15 del mismo mes y año, Nuestro Santísimo Señor Pío, por la Divina Providencia Papa XI, en la acostumbrada Audiencia privada con los Reverendísimos Padres señores asesores del Santo Oficio, aprobó la resolución que los Reverendísimos Padres habían mostrado, mandando a quienes concierna que la guarden y la hagan guardar.
   
Dado en Roma, en la sede del Santo Oficio, el día 16 de Marzo de 1928. 
  
Luis Castellano, Notario de la Suprema y Sagrada Congregación del Santo Oficio.

4 comentarios:

  1. Buen día. La traducción al castellano tiene muchos errores de tipeo. Te sugiero que los arregles, más si no existe otra traducción de este documento. Saludos cordiales. Pax et Bonum.

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  2. Buen día. Disculpa, me equivoqué de artículo. El que hay que corregir es la traducción del que habla sobre la representación de la Ssma. Trinidad.

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